Common use of GARANTÍA ÚNICA Clause in Contracts

GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia de Notariado y Registro garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor de la S.N.R. una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos: Cumplimiento del contrato, equivalente, al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Calidad de los servicios prestados, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, vigente por cinco años (5), contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y un año más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías en los términos, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTA.

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GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento EL CONTRATISTA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo la suscripción del objeto contractual por lo que el contratista contrato, deberá constituir a favor del Departamento de la Superintendencia Cundinamarca - Secretaría de Notariado y Registro garantía única Salud, con NIT. No. 899.999.114-0, las garantías que deberá cobijar se relacionan a continuación para los siguientes eventuales riesgos: El contratista deberá constituir a favor de la S.N.R. una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos: . Cumplimiento del contrato, equivalente, Contrato: Por una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, cuya con vigencia será igual al plazo término de ejecución duración del contrato mismo y seis cuatro (64) meses más, más contados a partir de la fecha de su perfeccionamientoexpedición de la garantía. Calidad de los servicios prestados, bienes: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contratoconvenio, vigente por cinco años con una vigencia igual al plazo total de ejecución del convenio y cuatro (5)4) meses previstos para la liquidación, contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio expedición de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 garantía. Calidad del Código Civil. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal servicio: Por un valor equivalente al cinco veinte por ciento (520%) del valor total del contratoconvenio, con una vigencia igual al plazo total de ejecución del contrato convenio y tres años máscuatro (4) meses previstos para la liquidación, contados a partir de la fecha de su perfeccionamientoexpedición de la garantía. Responsabilidad civil extra contractual a tercerosPARÁGRAFO PRIMERO: De ser necesario y siempre y cuando la normatividad legal vigente lo permita, equivalente al quince por ciento (15%) en el evento de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del valor total del presente contrato, vigente por el plazo contratista se obliga a modificar la garantía única de ejecución del contrato y un año másacuerdo con las normas legales vigentes, contados así como a partir reponer la garantía cuando el valor de la fecha misma sea afectado por razón de siniestros. PARÁGRAFO SEGUNDO: El contratista deberá mantener vigente la garantía única y serán de su perfeccionamientocargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de su constitución. Si el CONTRATISTA El Departamento de Cundinamarca - Secretaría de Salud, podrá solicitar a la aseguradora la prórroga o modificación de las pólizas a cargo del contratista, cuando éste se niega negare a constituir las garantías en los términoshacerlo, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en valor que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTAdescontará de las sumas a él adeudadas.

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GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia de Notariado y Registro garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir garantizar el contrato a favor través de cualquier mecanismo de cobertura del riesgo permitido por la Ley: póliza de seguros, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores, depósito de dinero en garantía o cartas de crédito stand by (sólo para personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia). Los riesgos a amparar son:  Buen Manejo y Correcta Inversión del Anticipo: por el equivalente al ciento por ciento (100%) de la S.N.R. suma anticipada, con una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida vigencia igual al plazo del contrato y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparoscuatro (4) meses más.  Cumplimiento: Cumplimiento del contrato, equivalente, al Por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, cuya y con una vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) cuatro meses más, contados a partir más  De estabilidad y calidad de la fecha de su perfeccionamiento. Calidad de los servicios prestados, equivalente obra: Igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, vigente por contrato y con una vigencia igual a cinco años (5)años, contados a partir del recibo final de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contratolas obras. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago de salarios De pago xx xxxxxxx, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente indemnización: Igual al cinco diez (510%) del valor total del contrato, contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados .  Garantía anexa de responsabilidad civil extracontractual: Igual a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente Quinientos (500) SMMLV salarios mínimos mensuales legales vigentes y con una vigencia igual al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo tiempo de ejecución del contrato y un año máscuatro meses mas El contratista deberá hacer entrega de estas garantías a la entidad, contados las cuales serán aprobadas por la misma., conforme a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías en los términosmontos, cuantías, amparos y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato extensiones consignados en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTApresente numeral.

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GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento CONTRATISTA se obliga a constituir a favor y a satisfacción de la UNIVERSIDAD, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria legalmente autorizada para funcionar en Colombia garantía única que se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato y hasta su liquidación, para las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que garantías el contratista deberá debe constituir a favor de la Superintendencia de Notariado Universidad a su costo y Registro garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor de ella, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la S.N.R. una póliza fecha de seguros expedida por una compañía comunicación de seguros legalmente establecida la asignación del contrato y constituida entregarlas en Colombiala sección de contratación junto con el contrato suscrito, las cuales deben amparar las siguientes vigencias, valores y riesgos: 8.1. Seguro de Cumplimiento, que cubra deberá contener los siguientes amparos: a. Cumplimiento de obligaciones: Que ampare todas las obligaciones pactadas sobre los términos, condiciones y especificaciones del contrato, equivalenteen cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del mismo, con vigencia igual al plazo de duración del contrato y seis (6) meses más. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare. x. Xxxxxx de devolución del anticipo: en cuantía equivalente al cien por ciento (100%) del mismo y con vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. c. Calidad del servicio: Que ampare los perjuicios sufridos por la Universidad imputables al contratista, derivados de la deficiente calidad de los servicios prestados, de acuerdo con lo pactado en el contrato. en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del mismo, con vigencia igual al plazo de duración del contrato y seis (6) meses más. d) Amparo de salarios y prestaciones sociales: Por una cuantía del cinco por ciento (5%) del valor del contrato y con una duración igual al plazo del respectivo contrato y tres (3) años más. e) Amparo de estabilidad y calidad de la obra: por cuantía mínima equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato y seis vigencia mínima de un (61) meses más, contados año contado a partir de la fecha de su perfeccionamientosuscripción del acta de entrega a satisfacción de la obra. Calidad 8.2. Seguro de los servicios prestadosResponsabilidad Civil Extracontractual: Por Doscientos (200) SMLMV con una vigencia igual al plazo del contrato, equivalente al veinte y deducibles hasta xxx xxxx por ciento (2010%) del valor del de cada pérdida, y de mínimo 1 SMLMV y máximo dos mil (2.000) SMLMV para cada uno de los siguientes sub amparos, los cuales deben cubrir el mismo valor señalado: a) Predios, labores y operaciones. b) Responsabilidad civil patronal. c) Contratistas y subcontratistas. d) Vehículos propios y no propios. 8.3. Seguro Colectivo de Vida: El CONTRATISTA debe tener en cuenta que una vez perfeccionado y legalizado el contrato y como requisito para ejecutar el contrato, vigente debe entregar a la UNIVERSIDAD una póliza de seguro de vida, accidentes e invalidez, expedida por cinco años (5), contados a partir una compañía de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida seguros legalmente constituida en el artículo 2060 país que ampare al personal contratado para la ejecución del Código Civilcontrato y que debe actualizarse cada vez que se produzca un cambio en el personal, siendo su responsabilidad cualquier daño causado a los trabajadores. Pago La misma deberá contener los siguientes amparos: a) Muerte: Que ampare contra el riesgo de salariosmuerte por cualquier causa, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal con un valor asegurado como mínimo por persona equivalente al cinco a doce (5%12) del valor total del contrato, SMLMV y con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato contrato. b) Incapacidad total y tres años máspermanente: Se ampara las lesiones orgánicas o alteraciones funcionales incurables que impidan a la persona desempeñar cualquier trabajo remunerado, contados relacionado con su formación profesional u ocupación habitual, siempre que dicha incapacidad haya existido por un periodo continuo no menor de 150 días, con un valor asegurado mínimo por persona equivalente a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente doce (12) SMLMV y con vigencia igual al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato contrato. c) Auxilio funerario: Ampara los gastos funerarios o los que se ocasionen como consecuencia del fallecimiento del asegurado. El valor será determinado de conformidad con el riesgo probable en la ejecución del contrato, y con un año másvalor asegurado mínimo por persona equivalente a un (1) SMLMV para auxilio funerario, contados a partir de la fecha y con vigencia igual al plazo del contrato. PARÁGRAFO: El CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías únicas y serán de su perfeccionamientocargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución y actualización, pudiendo la UNIVERSIDAD prorrogar la garantía única a cargo del CONTRATISTA cuando éste se negare a ampliarla, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas. Si El CONTRATISTA deberá tener en cuenta que en caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender el contrato resultante, o en cualquier otro evento necesario, el CONTRATISTA se niega obliga a constituir modificar la garantía única de acuerdo con las garantías en los términos, cuantías, normas legales vigentes y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTAningún costo adicional para la UNIVERSIDAD. NOVENA.

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Samples: Contrato De Obra

GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista Contratista deberá constituir a favor de LA CVC, una Garantía Única que avale el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas en el contrato y la Superintendencia de Notariado ejecución idónea y Registro garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor de la S.N.R. oportuna del objeto contratado consistente en una póliza de seguros expedida por una compañía Compañía de seguros Seguros legalmente establecida y constituida autorizada para funcionar en Colombia, que cubra los siguientes amparos: Cumplimiento del contrato, equivalente, al veinte o por ciento (20%) del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al plazo de ejecución una garantía bancaria la cual se mantendrá vigente durante la vida del contrato hasta su liquidación y seis (6) meses másla prolongación de sus efectos se ajustará a los límites, contados existencia y extensión del riesgo amparado. Los riesgos a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Calidad de los servicios prestadosampararse son: Cumplimiento, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la propuesta y con vigencia igual a la duración del contrato, vigente por cinco años contrato más SEIS (5)6) MESES, contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio expedición de la responsabilidad establecida póliza. Calidad del Servicio, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la propuesta y con vigencia igual a la duración del contrato y sus prorrogas. El anterior amparo se solicita, toda vez que este cubre a la entidad contra los perjuicios derivados de la mala calidad del servicio prestado, en el artículo 2060 cuanto a las obligaciones emanadas del Código Civil. contrato garantizado.Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales, que se ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato cuya cuantía asegurada será equivalente al cinco CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del contrato, con contrato y su vigencia se extenderá por un término igual al plazo de ejecución del contrato pactado y tres años más, TRES (3) AÑOS más contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y un año más, contados a partir inicio de la fecha vigencia xxx xxxxxx de su perfeccionamiento. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías en los términos, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTAla póliza..NOVENA.

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GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento el CONTRATISTA se obliga a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual constituir en una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, cuya casa matriz este aprobada por lo que el contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia de Notariado y Registro Bancaria, garantía única que deberá cobijar ampare los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor de De cumplimiento, la S.N.R. una póliza de seguros expedida cual se otorgará por una compañía de seguros legalmente establecida y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos: Cumplimiento del contrato, equivalente, un valor equivalente mínimo al veinte diez por ciento (2010%) por ciento del valor total del contrato, contrato y cuya vigencia será igual al plazo de ejecución la misma del contrato y seis (6) meses más, más contados a partir de la fecha de su perfeccionamientoexpedición de la garantía. Calidad de los servicios prestadosdel servicio, la cual se otorgará por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, vigente por cinco años (5), contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente mínimo al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente y cuya vigencia será de seis (6) meses a partir del acta de recibo del servicio a satisfacción. Responsabilidad civil extracontractual. Esta garantía se otorgará por el plazo de ejecución un valor equivalente mínimo xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato y cuya vigencia será por la duración del contrato y dos años más. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnización laborales del personal a cargo del contratista; la que se otorgará en un año porcentaje mínimo del veinte por ciento (20%) del valor del contrato y cuya vigencia será igual a la del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamientoexpedición de la garantía. Si Responsabilidad Civil Profesional Médica: Esta garantía se otorgara, por la empresa contratista, como asegurado, a favor del Hospital San Xxxxxx de Facatativa como Beneficiario, Cuyo amparo tiene como propósito indemnizar los perjuicios ocasionados por errores u omisiones con ocasión de la prestación del servicio médico por los cuales el CONTRATISTA se niega asegurado sea civilmente responsable, por cuantía igual al 20% del valor del contrato y vigencia igual a constituir las garantías en los términos, cuantías, la contractual y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTA.dos (2) años más. DECIMA:

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GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento EL CONTRATISTA se compromete a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista deberá constituir a favor de la Superintendencia Dirección Nacional de Notariado y Registro Derecho de Autor, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, la garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor de entidades públicas de que trata la S.N.R. Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 y demás Decretos reglamentarios, la cual consistirá en una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y constituida autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que cubra contenga los siguientes amparos: a) Cumplimiento del contrato, equivalente, General de Contrato: por un valor correspondiente al veinte treinta por ciento (2030%) del valor total del contrato, cuya con una vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato mismo y seis cuatro (64) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamientosuscripción del contrato, la cual deberá amparar además lo contemplado en el artículo 116 del Decreto 1510 de 2013. Calidad de los servicios prestados, equivalente b) Xxxxxxxx y prestaciones sociales: por un valor correspondiente al veinte cinco por ciento (205%) del valor del contrato, vigente por cinco años (5), contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamientofirma del contrato. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente c) Calidad del servicio: por un valor correspondiente al quince treinta por ciento (1530%) del valor total del contrato, vigente por el con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y un año cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha terminación del contrato. d) Responsabilidad civil extracontractual por un valor equivalente a 200 SMLMV, con una vigencia igual al término de su perfeccionamientoejecución del contrato. Si el CONTRATISTA se niega El objeto de este amparo corresponde a constituir la administración derivada de las garantías en actuaciones, hechos u omisiones de contratistas o subcontratistas. De igual manera debe amparar los términos, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará perjuicios ocasionados por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTA.eventuales reclamaciones de terceros derivada

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Para Realizar El Proceso De Digitalización Del Archivo De Registro De La Dnda

GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento contratista se obliga a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista deberá constituir a favor y a satisfacción de la Universidad Nacional de Colombia, de acuerdo con el artículo 72 del Manual de Contratación de la Universidad, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria legalmente autorizada para funcionar en Colombia, cuyas pólizas matrices estén aprobadas por la Superintendencia de Notariado y Registro Bancaria, garantía única que deberá cobijar se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato y hasta su liquidación, que ampare los siguientes riesgos: El contratista deberá constituir a favor  Cumplimiento de la S.N.R. una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida todas las obligaciones pactadas sobre los términos, condiciones y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos: Cumplimiento especificaciones del contrato, equivalente, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contratomismo, cuya con vigencia será igual al plazo de ejecución vigencia del contrato y seis (6) meses más. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare.  Buen manejo del anticipo, por una cuantía equivalente al ciento por ciento (100%), del valor del mismo y con una vigencia igual al plazo de vigencia del contrato y seis (6) meses más.  Estabilidad de obra, en una cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y por un término de (5) años contados a partir de la fecha del acta de su perfeccionamientorecibo final de obra a satisfacción. Calidad de los servicios prestadosmateriales de la obra, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contratomismo, vigente por cinco años con vigencia igual al plazo de vigencia del contrato y seis (5), contados a partir de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contrato6) meses más. Sin perjuicio de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que utilice el contratista, por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contratocontrato y con una vigencia igual al plazo de vigencia del mismo y tres (3) años más.  Responsabilidad civil extracontractual por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de vigencia del mismo y seis (6) meses más. El contratista deberá mantener vigente la garantía única y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, pudiendo la Universidad Nacional de Colombia prorrogar la garantía única a cargo del contratista cuando éste se negare a ampliarla, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas. En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender el contrato resultante, o en cualquier otro evento necesario, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. El valor asegurado mínimo por persona debe ser equivalente a 12 SMLMV para los amparos de vida e incapacidad total y permanente, y de 1 SMLMV para auxilio funerario, y con vigencia igual al plazo de ejecución la orden contractual o contrato. Lo anterior de conformidad con el artículo 72 numeral 3 del contrato Manual de convenios y tres años más, contados a partir Contratos de la fecha de su perfeccionamiento. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y un año más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías en los términos, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTAUniversidad.

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Samples: Invitación Pública Para Contratar La Obra Civil

GARANTÍA ÚNICA. El incumplimiento a las obligaciones contractuales constituye el mayor riesgo para el normal desarrollo del objeto contractual por lo que el contratista deberá constituir a favor de (en esta cláusula debe consignarse los amparos exigidos en la Superintendencia de Notariado y Registro garantía única que deberá cobijar los siguientes riesgoscon su valor y la vigencia, incluidos en el estudio previo y en el pliego de condiciones) 1) Cumplimiento pago de multas y cláusula penal pecuniaria: El contratista deberá constituir a favor de la S.N.R. una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y constituida en Colombia, que cubra los siguientes amparos: Cumplimiento del contrato, equivalente, Su cuantía será equivalente al veinte xxxx por ciento (20%xx%) del valor total del contrato, cuya vigencia será igual al contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y seis cuatro (64) meses más. 2) Calidad de los bienes suministrados: Por un valor equivalente al xxxx por ciento (xx%) del valor del contrato, con una vigencia de xx meses contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento. Calidad entrega de los servicios prestadosbienes y/o servicios, equivalente al veinte evidenciada en el acta de recibo a satisfacción por ciento (20%) del valor parte de xxxxxxxxxx. PARÁGRAFO PRIMERO: ALCANCE DE LOS AMPAROS: En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, vigente por cinco años (5), contados a partir el pago de las multas y de la fecha de terminación definitiva del plazo contractual, previo recibo a satisfacción del objeto del contratocláusula penal pecuniaria convenidas. Sin perjuicio En todo caso deberá reponer la garantía cuando el valor de la responsabilidad establecida en el artículo 2060 del Código Civil. Pago misma se vea afectada por razón de salariossiniestros, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al dentro de los cinco (5%05) días calendario siguiente a la ejecutoria del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo acto o sentencia que así lo declare. Tratándose de ejecución del contrato y tres años más, contados a partir pólizas no expirará por falta de pago de la fecha de su perfeccionamientoprima o revocatoria unilateral. Responsabilidad civil extra contractual a terceros, equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y un año más, contados a partir de PARÁGRAFO SEGUNDO: RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN: En la fecha de su perfeccionamiento. Si el CONTRATISTA se niega a constituir las garantías en los términos, cuantías, y duración establecidas en esta cláusula, el CONTRATANTE dará por terminado el contrato en el estado en que se encuentre sin que por este hecho deba reconocer o pagar indemnización alguna al CONTRATISTA.póliza deberá

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Transporte