GASTOS NECESARIOS PARA VERIFICAR Y LIQUIDAR. Los gastos necesarios para verificar el siniestro y liquidar el daño indemnizable son a cargo del Asegura- dor, en cuanto no hayan sido causados por indicaciones inexactas del Asegurado. Se excluye el reembolso de la remuner- ación del personal dependiente del Asegurado (Art. 1614 C. Civil).
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