GENERALIDADES DE LA OFERTA Cláusulas de Ejemplo

GENERALIDADES DE LA OFERTA. Todas las ventas y entregas efectuadas por el PRESTADOR se entenderán sometidas a las presentes Condiciones Generales. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de INSTAMAN MANTENIMIENTO INDUSTRIAL SL o aquí estipulado tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por el PRESTADOR, en este caso, estos pactos particulares prevalecerán. Dados los continuos avances técnicos y mejoras de los productos, el PRESTADOR se reserva la facultad de modificar sus especificaciones respecto de la información facilitada en su publicidad, hasta que no afecte el valor de los productos ofrecidos. Estas modificaciones tendrán asimismo validez en caso de que, por cualquier causa, se viera afectada la posibilidad de suministro de los productos ofrecidos.
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Todas las ventas y entregas efectuadas por el PRESTADOR se entenderán sometidas a las presentes Condiciones Generales. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de EM CLIMA POLA SL o aquí estipulado tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por el PRESTADOR, en este caso, estos pactos particulares prevalecerán. Dados los continuos avances técnicos y mejoras de los productos, el PRESTADOR se reserva la facultad de modificar sus especificaciones respecto de la información facilitada en su publicidad, hasta que no afecte el valor de los productos ofrecidos. Estas modificaciones tendrán asimismo validez en caso de que, por cualquier causa, se viera afectada la posibilidad de suministro de los productos ofrecidos.
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Todas las ventas y entregas efectuadas por el PRESTADOR se entenderán sometidas a las presentes Condiciones. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de COOP. AGRO-OLIVARERA NTRA. SRA. LA CABEZA S.C.A. o a lo aquí estipulado, tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por el PRESTADOR, en este caso, estos pactos particulares prevalecerán.
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Los detalles de cada reserva, como el alojamiento y régimen alimenticio, se informan al USUARIO en su respectiva descripción en la página web. Todas las ventas y entregas efectuadas por AGROTURISMO LA ERA se entenderán sometidas a las presentes Condiciones Generales. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de AGROTURISMO LA ERA o aquí estipulado tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por AGROTURISMO LA ERA, en este caso, estos pactos particulares prevalecerán. Dados los continuos avances técnicos y mejoras de los productos, AGROTURISMO LA ERA se reserva la facultad de modificar sus especificaciones respecto de la información facilitada en su publicidad, hasta que no afecte el valor de los servicios ofrecidos. Estas modificaciones tendrán asimismo validez en caso de que, por cualquier causa, se viera afectada la posibilidad de suministro de los servicios ofrecidos. Las entradas y salidas de los alojamientos son los sábados. Antes de las 17:00 el alojamiento no estará disponible. Si se llega antes, se puede llamar por teléfono y dejar el equipaje en la agencia. Para llegadas a partir de las 20:30 y hasta las 24:00, habrá un coste adicional de 70,00 €. No se aceptan llegadas más tarde de las 24:00; estas se dejarán para las 8:00 de la mañana del día siguiente. A la llegada a la agencia y conforme a la legislación vigente, el USUARIO deberá entregar la hoja de reserva y se procederá a identificar a todos los ocupantes del alojamiento. Seguidamente, el USUARIO firmará un contrato de alquiler y abonará el 60% restante del alquiler más 20,00 € de gastos de gestión y la Tasa turística de 0,50 € por día de estancia y persona mayor de 16 años, con un máximo de 7 días. (Ley 5/2012 de 20/3/12. X.X.X.X. xxx. 0000 xx 00/00/00) x xx xxxxxx. Usted puede pagar con tarjeta de crédito o efectivo. La fianza siempre será en efectivo. El alojamiento se entrega limpio y con todos los utensilios y menaje de cocina. Las toallas de baño y las sábanas por persona están incluidas en el precio del alquiler. A la hora pactada de salida del alojamiento, los inquilinos deben estar preparados y con las maletas hechas y el apartamento recogido y limpio. Si el USUARIO está interesado en contratar un servicio extra, debe hacerlo en el momento de hacer la reserva: Limpieza alojamientos de 1 dormitorio: 50,00 € alojamientos de 2 dormitorios: 60,00 € alojamientos de 3 dormitorios: 70,00 € alojamientos de 4 dormitorios 80,00 € Casa privada (ado...
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Los detalles de cada reserva, como el alojamiento y régimen alimenticio, se informan al USUARIO en su respectiva descripción en la página web. Todas las ventas y entregas efectuadas por XXXXXXXX se entenderán sometidas a las presentes Condiciones Generales. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial xx XXXXXXXX o aquí estipulado tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por XXXXXXXX, en este caso, estos pactos particulares prevalecerán. Dados los continuos avances técnicos y mejoras de los productos, XXXXXXXX se reserva la facultad de modificar sus especificaciones respecto de la información facilitada en su publicidad, hasta que no afecte el valor de los servicios ofrecidos. Estas modificaciones tendrán asimismo validez en caso de que, por cualquier causa, se viera afectada la posibilidad de suministro de los servicios ofrecidos. Las entradas y salidas de los alojamientos son los sábados. ● Antes de las 17:00 el alojamiento no estará disponible. ● Si se llega antes, se puede llamar por teléfono y dejar el equipaje en la agencia. ● Para llegadas a partir de las 20:30 y hasta las 24:00, habrá un coste adicional de 70,00 €. ● No se aceptan llegadas más tarde de las 24:00; estas se dejarán para las 8:00 de la mañana del día siguiente. A la llegada a la agencia y conforme a la legislación vigente, el USUARIO deberá entregar la hoja de reserva y se procederá a identificar a todos los ocupantes del alojamiento. Seguidamente, el USUARIO firmará un contrato de alquiler y abonará el 60% restante del alquiler más 20,00 € de gastos de gestión y la Tasa turística de 0,50 € por día de estancia y persona mayor de 16 años, con un máximo de 7 días. (Ley 5/2012 de 20/3/12. D.O.G.C. núm. 6094 de 23/03/12) y la fianza. Usted puede pagar con tarjeta de crédito o efectivo. La fianza siempre será en efectivo. El alojamiento se entrega limpio y con todos los utensilios y menaje de cocina. Las toallas de baño y las sábanas por persona están incluidas en el precio del alquiler. A la hora pactada de salida del alojamiento, los inquilinos deben estar preparados y con las maletas hechas y el apartamento recogido y limpio. Si el USUARIO está interesado en contratar un servicio extra, debe hacerlo en el momento de hacer la reserva: Limpieza ● alojamientos de 1 dormitorio: 50,00 € ● alojamientos de 2 dormitorios: 60,00 € ● alojamientos de 3 dormitorios: 70,00 € ● alojamientos de 4 dormitorios 80,00 € ● Casa privada (adosada) 110,00 € ● Chale...
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Se entiende que todas las ventas y entregas efectuadas por el PRESTADOR están sometidas a estas Condiciones. No tendrá efecto ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de MUSTRAMIT, SL o a lo aquí estipulado, salvo pacto expreso por escrito firmado por el PRESTADOR. En este caso, estos pactos particulares prevalecerán.
GENERALIDADES DE LA OFERTA. Todas las ventas y entregas efectuadas por SIKTENPULL, S.L. se entenderán sometidas a las presentes Condiciones Generales. Ninguna modificación, alteración o pacto contrario a la Propuesta Comercial de SIKTENPULL, S.L. o aquí estipulado tendrá efecto, salvo pacto expreso por escrito firmado por XXXXXXXXXX, S.L., en este caso, estos pactos particulares prevalecerán. Dados los continuos avances técnicos y mejoras de los productos, SIKTENPULL, S.L. se reserva la facultad de modificar sus especificaciones respecto de la información facilitada en su publicidad, hasta que no afecte el valor de los servicios ofrecidos. Estas modificaciones tendrán asimismo validez en caso de que, por cualquier causa, se viera afectada la posibilidad de suministro de los productos ofrecidos.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.