HONORARIOS Y GASTOS LEGALES Cláusulas de Ejemplo

HONORARIOS Y GASTOS LEGALES. LOS SUSCRIPTORES INDEMNIZARAN AL ASEGURADO LOS HONORARIOS Y GASTOS LEGALES RAZONABLEMENTE INCURRIDOS Y PAGADOS POR EL ASEGURADO EN LA DEFENSA DE CUALQUIER DEMANDA O PROCEDIMIENTO LEGAL CON RESPECTO AL CUAL EL ASEGURADO DEMUESTRA QUE EL ACTO O LOS ACTOS QUE HAN SIDO COMETIDOS, O LOS EVENTOS QUE HAN OCURRIDO, LE DARÍAN DERECHO AL ASEGURADO A RECUPERAR BAJO LOS TÉRMINOS DE ESTA PÓLIZA. LOS HONORARIOS Y GASTOS LEGALES PAGADOS POR LOS SUSCRIPTORES EN LA DEFENSA DE CUALQUIER DEMANDA O PROCEDIMIENTO LEGAL SERAN APLICADOS, SUJETO A LO ESTABLECIDO EN LA CONDICION GENERAL 8, A LA REDUCCION DEL LIMITE AGREGADO DE RESPONSABILIDAD Y AL SUBLIMITE CORRESPONDIENTE A LA CLAUSULA DE ASEGURAMIENTO APLICABLE. EL ASEGURADO DEBE NOTIFICAR A LOS SUSCRIPTORES OPORTUNAMENTE CON RESPECTO AL INICIO DE CUALQUIER DEMANDA O PROCEDIMIENTO LEGAL AL CUAL SE HACE REFERENCIA ARRIBA Y, A SOLICITUD DE LOS SUSCRIPTORES, EL ASEGURADO DEBE PROPORCIONARLES COPIAS DE TODOS LOS DOCUMENTOS. SI SE ALEGAN VARIAS CAUSAS DE ACCION EN CUALQUIER DEMANDA O PROCEDIMIENTO LEGAL, ALGUNAS DE LAS CUALES NO CONSTITUYEN UNA PERDIDA BAJO LOS TERMINOS DE ESTA POLIZA, INCLUYENDO, SIN LIMITACION, RECLAMACIONES POR DAÑOS PUNITIVOS, CONSECUENCIALES U OTROS DAÑOS NO COMPENSATORIOS, ENTONCES LOS HONORARIOS Y GASTOS LEGALES INCURRIDOS EN LA DEFENSA DE DICHAS CAUSAS DE ACCION CORRERAN POR CUENTA DEL ASEGURADO. SI EL MONTO DE LA PERDIDA SUFRIDA POR EL ASEGURADO ES MAYOR QUE EL MONTO RECUPERABLE BAJO LOS TERMINOS DE ESTA POLIZA, O EN CASO DE SER APLICABLE UN DEDUCIBLE, O AMBOS, ENTONCES LA RESPONSABILIDAD DE LOS SUSCRIPTORES BAJO LOS TERMINOS DEL PRIMER PARRAFO DE ESTA CONDICION GENERAL SE LIMITA A LA PROPORCION DE LOS HONORARIOS Y GASTOS LEGALES INCURRIDOS Y PAGADOS POR EL ASEGURADO O LOS SUSCRIPTORES QUE EL MONTO RECUPERABLE BAJO LOS TERMINOS DE ESTA POLIZA GUARDA CON EL TOTAL DE DICHO MONTO, MAS EL MONTO NO RECUPERABLE. DICHO MONTO, CALCULADO A PRORRATA, SERA APLICADO A LA REDUCCION DEL LIMITE AGREGADO DE RESPONSABILIDAD Y AL SUBLIMITE CORRESPONDIENTE A LA CLAUSULA DE ASEGURAMIENTO APLICABLE. LOS SUSCRIPTORES NO SERAN RESPONSABLES DE INDEMNIZAR AL ASEGURADO POR CONCEPTO DE HONORARIOS Y GASTOS LEGALES HASTA NO SER QUE SE HAYA EMITIDO UN DICTAMEN DEFINITIVO O CONVENIDO EN UN FINIQUITO DEFINITIVO DE CUALQUIER DEMANDA O PROCEDIMIENTO LEGAL. LOS SUSCRIPTORES NO TIENEN LA OBLIGACION DE TOMAR CONTROL DE LAS DEMANDAS O LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES A LOS CUALES SE HACE REFERENCIA EN EL PRIMER PARRAFO DE ESTA CONDICION GENERAL. A LA ...
HONORARIOS Y GASTOS LEGALES. La Compañía indemnizará al Asegurado los honorarios y gastos legales razonablemente incurridos y pagados por el Asegurado en la defensa de cualquier demanda o procedimiento legal con respecto al cual el Asegurado demuestra que el acto o los actos que han sido cometidos, o los eventos que han ocurrido, le darían derecho al Asegurado a recuperar bajo los términos de este anexo. Los honorarios y gastos legales pagados por la Compañía en la defensa de cualquier demanda o procedimiento legal serán aplicados, sujeto a lo establecido en la condición específica 8, a la reducción del límite agregado de responsabilidad y al sublímite correspondiente a la cláusula de aseguramiento aplicable. El Asegurado debe notificar a la Compañía oportunamente con respecto al inicio de cualquier demanda o procedimiento legal al que se hace referencia arriba y, a solicitud de la Compañía, el Asegurado debe proporcionarle copias de todos los documentos. Si se alegan varias causas de acción en cualquier demanda o procedimiento legal, algunas de las que no constituyen una pérdida bajo los términos de este anexo, incluyendo, sin limitación, consecuenciales u otros daños no compensatorios, entonces los honorarios y gastos legales, incurridos en la defensa de dichas causas de acción correrán por cuenta del Asegurado. Si el monto de la pérdida sufrida por el Asegurado es mayor que el monto recuperable bajo los términos de este anexo, o en caso de ser aplicable un deducible, o ambos, entonces la responsabilidad de la Compañía bajo los términos del primer párrafo de esta condición general se limita a la proporción de los honorarios y gastos legales incurridos y pagados por el Asegurado o la Compañía que el monto recuperable bajo los términos de este anexo guarda con el total de dicho monto, más el monto no recuperable. Dicho monto, calculado a prorrata, será aplicado a la reducción del límite agregado de responsabilidad y al sublímite correspondiente a la cláusula de aseguramiento aplicable. La Compañía no será responsable de indemnizar al Asegurado por concepto de honorarios y gastos legales hasta no ser que se haya emitido un dictamen definitivo o convenido en un finiquito definitivo de cualquier demanda o procedimiento legal. La Compañía no tiene la obligación de tomar control de las demandas o los procedimientos legales a los que se hace referencia en el primer párrafo de esta condición general. A la opción de la Compañía, el Asegurado permitirá que la Compañía tome control de la defens...
HONORARIOS Y GASTOS LEGALES. Si presentamos una acción en su contra, por no cumplir con estos términos y esta sale a nuestro favor, tenemos derecho a exigir 98 que usted nos indemnice para cubrir todos los honorarios legales razonables, los gastos y cualquier daño u otro tipo de alivio que podamos ser adjudicados.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO VI.1 Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan a continuación:

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este Título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el Título IV del Libro I del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en la normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en la presente Ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.