Horario de los trabajos. El Contratista dejará constancia del horario en que se desarrollarán las tareas en Obra. Si deseare modificar dicho horario, deberá solicitarlo a la Inspección de Obra, exponiendo las razones y demás argumentos que crea convenientes. El Comitente podrá o no acceder a tal requerimiento, comunicando al Contratista su decisión por intermedio de la Inspección de Obra. En caso de acceder al requerimiento formulado por el Contratista, el nuevo horario de trabajo deberá quedar asentado. Si el Contratista considerase necesario, a los fines de cumplir con el plazo de obra, que su personal trabaje horas extraordinarias, los costos emergentes de tal modalidad de trabajo se considerarán incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. El PCP podrá disponer que los trabajos también se realicen en horario nocturno, en cuyo caso el lugar de la Obra deberá estar suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de aquellos. En todos los casos, se considerará que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche están incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) deberá ser autorizado por la Inspección de Obra. En todos los casos se considerará que estos gastos están incluidos en los Precios Básicos, por lo que el Contratista no podrá exigir compensación alguna.
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Samples: Disposición, Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales Para Las Contrataciones De Obras Públicas
Horario de los trabajos. El Contratista dejará constancia del horario en que se desarrollarán las tareas en Obra. Si deseare modificar dicho horario, deberá solicitarlo a la Inspección de Obra, exponiendo las razones y demás argumentos que crea convenientes. El Comitente podrá o no acceder a tal requerimiento, comunicando al Contratista su decisión por intermedio de la Inspección de Obra. En caso de acceder al requerimiento formulado por el Contratista, el nuevo horario de trabajo deberá quedar asentado. Si el Contratista considerase necesario, a los fines de cumplir con el plazo de obra, que su personal trabaje horas extraordinarias, los costos emergentes de tal modalidad de trabajo se considerarán incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. El PCP podrá disponer que los trabajos también se realicen en horario nocturno, en cuyo caso el lugar de la Obra deberá estar suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de aquellos. En todos los casos, se considerará que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche están incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. IF-2022-84957122-APN-DGA#APNAC Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) deberá ser autorizado por la Inspección de Obra. En todos los casos se considerará que estos gastos están incluidos en los Precios Básicos, por lo que el Contratista no podrá exigir compensación alguna.
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Samples: Contract for Public Works
Horario de los trabajos. El Contratista dejará constancia del horario en que se desarrollarán las tareas en Obra. Si deseare modificar dicho horario, deberá solicitarlo a la Inspección de Obra, exponiendo las razones y demás argumentos que crea convenientes. El Comitente podrá o no acceder a tal requerimiento, comunicando al Contratista su decisión por intermedio de la Inspección de Obra. En caso de acceder al requerimiento formulado por el Contratista, el nuevo horario de trabajo deberá quedar asentado. Si el Contratista considerase necesario, a los fines de cumplir con el plazo de obra, que su personal trabaje horas extraordinarias, los costos emergentes de tal modalidad de trabajo se considerarán incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. El PCP PCE podrá disponer que los trabajos también se realicen en horario nocturno, en cuyo caso el lugar de la Obra deberá estar suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de aquellos. En todos los casos, se considerará que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche están incluidos en los Precios Básicos y el Contratista no podrá exigir compensación alguna. Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) deberá ser autorizado por la Inspección de Obra. En todos los casos se considerará que estos gastos están incluidos en los Precios Básicos, por lo que el Contratista no podrá exigir compensación alguna.
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Samples: Licitación Pública