Horarios. Respetando, en todo caso, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan los siguientes horarios: Mañana: de 06h30’ a 14h30’ Tarde: de 14h30’ a 22h30’ Noche: de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: de 08:00 a 17:00 Para el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el horario de entrada entre las 8:00 y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleados, que tengan alguno de los otros horarios asignados. Para este mismo horario, el Central, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo y de una hora como máximo, haciendo uso del sistema de fichaje. El horario de salida dependerá del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva. La empresa procurará asignar a las personas a los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con la representación de los trabajadores, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresa, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación de las cargas de trabajo y la distribución irregular de la jornada. El cambio en la adscripción a uno u otro horario, deberá ser preavisado al trabajador con 7 días de antelación. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las de bolsa de horas. Siempre que sea posible se dará opción a la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficiente, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el Comité de Empresa en la primera quincena del mes de Diciembre del año anterior. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado ▇ ▇▇▇▇▇▇▇; y el resto de jornadas inhábiles con el orden de prioridad en los períodos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y Semana Santa.
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Sources: Convenio Colectivo
Horarios. Respetando, En la actualidad existe una serie de IHO que se encuentran en todo caso, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan los siguientes horarios: Mañana: de 06h30’ a 14h30’ Tarde: de 14h30’ a 22h30’ Noche: de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: de 08:00 a 17:00 Para el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el horario de entrada entre las 8:00 y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleadosparada, que tengan alguno seguirán sin funcionamiento en ▇▇▇▇ (▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ inventarios). Se ha previsto el ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ en funcionamiento de todas las fuentes de los otros horarios asignadosparques y viveros objeto de este Pliego. Para este mismo horarioCon carácter general, el Centrala excepción de las que se van a mantener paradas en 2013 y 2014, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo y de una hora como máximo, haciendo uso del sistema de fichaje. El horario de salida dependerá del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva. La empresa procurará asignar a las personas a los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con la representación de los trabajadores, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresa, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación funcionamiento de las cargas de trabajo y la distribución irregular de la jornada. El cambio en la adscripción a uno u instalaciones hidráulicas ornamentales será el siguiente: − Instalaciones hidráulicas: con carácter general si no se especifica otro horario, deberá ser preavisado al trabajador con se prevé un funcionamiento de 12 horas diarias, incluso festivos. − Estaciones de tratamiento y depuración de agua: o Estanque de El Retiro, de 7 días de antelación. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las de bolsa de a 22 horas. Siempre que sea posible se dará opción a la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficiente, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el Comité de Empresa en la primera quincena del mes de Diciembre del año anterior. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Cristal de El Retiro, de 7 a 22 horas. ▇ ▇; y ▇▇▇ de la Casa de Campo, de 8 a 20 horas. − Instalaciones Hidráulicas Ornamentales: El horario de funcionamiento será el resto mismo que el de jornadas inhábiles con el orden la instalación correspondiente. − Recirculaciones de prioridad en los períodos agua del ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la presa del Zarzón y Semana Santafrente al Parque de Atracciones. El horario de funcionamiento dependerá del volumen de agua circulante por el ▇▇▇▇▇▇, aunque con carácter general será de 9 a 16 horas. − Aprovechamientos de Agua de Drenaje de Infraestructuras Urbanas del ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ (Casa de Campo) será de 24 horas y Aprovechamiento de Aguas Subterráneas del Meaques según necesidad valorada por el Responsable del Contrato. − Depósitos de regulación y captaciones para riego: el necesario para el funcionamiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ establecido, según las épocas El Responsable del Contrato podrá modificar el horario de funcionamiento de las distintas instalaciones, en función de la calidad del agua, la previsión atmosférica y otras circunstancias que se consideren oportunas, sin dar lugar a reclamación alguna. Para ello que deberá ajustar los medios humanos y materiales al efecto.
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Sources: Contrato De Gestión Integral Del Servicio Público De Parques Y Viveros Municipales
Horarios. RespetandoEL CONCESIONARIO" está obligado a operar el local, espacio o terraza concesionada, en todo casolos términos del artículo 8 del Reglamento para Concesionarios, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan los siguientes horarios: Mañana: de 06h30’ a 14h30’ Tarde: de 14h30’ a 22h30’ Noche: de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: de 08:00 a 17:00 Para el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el un horario de entrada entre las 8:00 lunes a miércoles, de 12:00 del día a 2:00 de la mañana y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleados, que tengan alguno de los otros horarios asignados. Para este mismo horario, el Central, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo y de una hora como máximo, haciendo uso del sistema de fichaje. El horario de salida dependerá del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva. La empresa procurará asignar a las personas a los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con la representación de los trabajadores, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresa, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación de las cargas de trabajo y la distribución irregular de la jornada. El cambio en la adscripción a uno u otro horario, deberá ser preavisado al trabajador con 7 días de antelación. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las de bolsa de horas. Siempre que sea posible se dará opción a la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficiente, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el Comité de Empresa en la primera quincena del mes de Diciembre del año anterior. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado jueves ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, de 12:00 del día y hasta las 3:00 de la mañana de acuerdo a las condiciones, normas y productos que fueron acordadas en éste contrato, QUEDANDO ESTRÍCTAMENTE PROHIBIDO, REALIZAR CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES FALTAS:
1. Vender productos diferentes a los autorizados.
2. Cambiar los precios acordados,
3. Modificar o ampliar la superficie y espacio contratado.
4. Invadir áreas comunes u otros locales.
5. Arrendar y/o traspasar el local o espacio.
6. Trabajar después de los horarios establecidos.
7. Ingresar al recinto ferial con productos de las marcas competencia de los patrocinadores oficiales de “EL PARONATO” En caso de que por causa de fuerza mayor, existiera la necesidad de realizar alguna de las exclusiones señaladas en el párrafo anterior, se deberán previamente proponer y fundamentar por escrito a "EL PATRONATO", quién una vez analizado esto, podría autorizarlo, siempre y cuando éstas no contravengan al reglamento de concesionarios ni a sus intereses. En caso de no cumplirse con esta consulta previa y se lleve a cabo cualquiera de los hechos descritos en el primer párrafo de ésta cláusula, el contrato será rescindido y se cancelará de inmediato el uso del local, espacio o terraza concesionada, sin devolución de pagos efectuados; y el resto de jornadas inhábiles con el orden de prioridad debiendo "EL CONCESIONARIO" desocupar éste en los períodos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y Semana Santaun plazo no mayor a 24 horas.
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Sources: Contrato De Concesión Para Terraza
Horarios. Respetando, en todo caso, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan Las empresas licitadoras adecuarán sus propuestas técnicas contemplando los siguientes horarios: Mañanaturnos y horarios a las nuevas necesidades:
1) Limpieza diaria en turno de mañana: de 06h30’ 7 a 14h30’ Tarde: 11 de 14h30’ a 22h30’ Noche: la mañana se deberá realizar toda la limpieza de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: despachos de 08:00 a 17:00 Para Senadores en el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el horario de entrada entre las 8:00 y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleados, que tengan alguno de los otros horarios asignados. Para este mismo horario, el Central, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo edificio Ampliación y de una hora como máximo, haciendo uso despachos del sistema resto de fichaje. El horario de salida dependerá servicios del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva. La empresa procurará asignar a las personas a los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con la representación de los trabajadores, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresa, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación de las cargas de trabajo y la distribución irregular de la jornada. El cambio en la adscripción a uno u otro horario, deberá ser preavisado al trabajador con 7 días de antelación. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las de bolsa de horas. Siempre que sea posible se dará opción a la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficiente, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el Comité de Empresa en la primera quincena del mes de Diciembre del año anterior. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado ▇ edificio ▇▇▇▇▇▇▇; . La plantilla para acometer este servicio será de un mínimo de 23 personas.
2) Servicio de mantenimiento continuo entre las 11 de la mañana y las 18 horas para atender cualquier incidencia y para el resto de jornadas inhábiles con el orden de prioridad en los períodos mantenimiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ y de espacios comunes de los edificios Ampliación y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇. La plantilla para acometer este servicio será de un mínimo de 8 personas
3) Servicio de mantenimiento en turno de tarde: de 14 a 20 horas. La plantilla para acometer este servicio será de un mínimo de 8 personas.
4) Limpieza con motivo de sesiones plenarias, sesiones de Comisión y Semana Santaactos especiales: que se contabilizará a partir del último turno de la tarde y hasta su finalización. Serán necesarias, al menos, 3 personas.
5) Limpieza en la Residencia institucional: actualmente hay un servicio de mantenimiento semanal pero debe contemplarse la posibilidad de que esta residencia sea habilitada por lo que se deberá aumentar el servicio, en función de las nuevas necesidades.
6) Limpieza en el conjunto inmobiliario de la calle ▇▇▇▇▇▇: servicio de mantenimiento que se realizará con los medios propios de la empresa adjudicataria.
7) Los horarios del servicio de desinfección, desinsectación y desratización se adecuarán a la propuesta que realice la empresa adjudicataria de conformidad con lo establecido en la cláusula 14ª de este pliego. El Senado, por razones organizativas y de funcionamiento de la Cámara, podrá modificar los horarios inicialmente establecidos, comunicándose a la empresa adjudicataria con la debida antelación.
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Horarios. Respetando, en todo caso, el total anual de horas de trabajo establecido y salvo modificaciones que puedan pactarse al acordar el calendario anual, se fijan los siguientes horarios: Mañana: de 06h30’ a 14h30’ Tarde: de 14h30’ a 22h30’ Noche: de 22h30’ a 06h30’ Horario Central: de 08:00 a 17:00 Para el Horario Central existe la posibilidad de retrasar la entrada y por tanto la salida del trabajo, hasta en una hora, siendo el horario de entrada entre las 8:00 y las 9:00. Este apartado también será de aplicación para los Técnicos y Empleados, que tengan alguno de los otros horarios asignados. Para este mismo horario, el Central, el horario de entrada y por tanto de salida, también podrá ser adelantado en una hora, siendo el horario de entrada entre las 7:00 y las 8:00, siempre y cuando exista la aceptación explícita y previa del mando. El tiempo comida podrá ser de 30 minutos como mínimo y de una hora como máximo, haciendo uso del sistema de fichaje. El horario de salida dependerá del horario de la entrada, y del tiempo consumido en la comida, realizando 8 horas diarias de jornada de trabajo efectiva1. La empresa procurará asignar a las personas a distribución de los horarios de trabajo más convenientes de acuerdo con será la representación de los trabajadoresque se disponga en cada Departamento. Dada la naturaleza del servicio a prestar por DHL PARCEL, sin perjuicio de la facultad organizativa de la empresalas circunstancias en que se desempeña, como única responsable de la misma. El personal será adscrito a un horario fijo según un cuadrante horario orientativo, sin perjuicio de los cambios que pudieran ser necesarios llevar a cabo como consecuencia de la fluctuación de las cargas horas de trabajo demanda de servicios, y la distribución irregular estrecha vinculación con medios de transportes ajenos a la jornadaempresa, ésta deberá necesariamente adaptarse a aquellas incidencias ajenas o propias del negocio, que afectan a la prestación del servicio. El cambio en En este sentido, la adscripción empresa podrá, por razones de tipo organizativo, modificar los horarios asignados a uno u otro horariocada trabajador con el límite de que dicha modificación horaria deberá respe- tar, deberá al menos, el 75% del bloque horario original del trabajador. A estos efectos se conside- rará como bloque horario original el asignado desde 1 de enero de 2018. Asimismo, las modificaciones horarias a que se refiere el párrafo anterior deberán ser preavisado co- municadas al trabajador con 7 afectado y al Comité de empresa con, al menos, 10 días de antelaciónante- lación a su puesta en práctica. En el supuesto que no sea posible conceder el citado preaviso se entenderá que las horas efectivamente realizadas fuera del horario habitual se corresponden con las BOCM-20190907-1 Sin perjuicio de bolsa de horas. Siempre lo anterior, en aquellos casos en que sea posible se dará opción necesario efectuar modificacio- nes horarias, de carácter coyuntural y transitorio, debido a razones de fuerza mayor, caso fortuito o coyunturales, las mismas podrán realizarse sin necesidad del preaviso estipulado en el artículo anterior, debiendo comunicarse la elección permanente de turno entre los afectados. Si el principio de voluntariedad fuera insuficientemodificación horaria al trabajador afecta- do, se establecerá la rotatividad cada 4 semanas entre los turnos que se establezcan. El calendario laboral vigente para cada año se establecerá entre la Dirección y el así como al Comité de Empresa en Empresa, tan pronto la primera quincena del mes de Diciembre del año anteriormisma sea conocida por la empresa. Se determina para la colocación de jornadas inhábiles con carácter fijo para cada año, dos puentes a elegir y los días 24 y 31 de Diciembre siempre que no coincidan en sábado SÁBADO ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; y el resto de jornadas inhábiles con el orden de prioridad en los períodos ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇.▇.▇▇ .▇. Núm. 213 En todo caso, este tipo de modificación horaria se mantendrá únicamente durante el tiem- po que se prolongue la causa que la provoque. Así como, las partes establecen que en ningún caso las causas derivadas por motivos de planificación del trabajo y/u organizati- vos, tales como cubrir puntas de trabajo, ausencias por vacaciones ó ausencias por moti- vos varios, no son consideradas coyunturales o de fuerza mayor.
2. En el caso de que con posterioridad a su ingreso en DHL PARCEL, algún trabajador a tiempo parcial acreditase fehacientemente (mediante copia del contrato, alta en Seguridad Social y Semana Santajustificante de horario desempeñado) la obtención y desempeño de otro trabajo (excepto en empresas competencia de DHL PARCEL), fuera de los horarios desempeña- dos en DHL PARCEL, la empresa se compromete a realizar modificaciones horarias que no invadan el horario desempeñado en otro trabajo
3. El colectivo proveniente de la extinta Ttes La GUIPUZCOANA le seguirá siendo de apli- cación su anterior regulación a este respecto.
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Sources: Convenio Colectivo