IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX Cláusulas de Ejemplo

IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. €, EQUIVALENTE AL % DEL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, IVA NO INC. Lotes: Nº Importe (€) (%)
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. Nº Lote Importe (%)
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. Para contratos de tracto sucesivo. Artículo 199 RGLCAP. 5 Artículo 200 RGLCAP. 6 Artículo 201 RGLCAP.
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. Para contratos de tracto sucesivo. Artículo 199 RGLCAP. 5 Artículo 200 RGLCAP. 6 Artículo 201 RGLCAP. Firmante(s): XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) Fecha: 16/01/2018 14:46 Copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por el Servicio Murciano de Salud, según el artículo 27.3.c), Ley 39/2015, 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Puede contrastar la autenticidad del documento con el siguiente Código Seguro de Verificación (CSV): BA66EC95D07A857A4827F98B2CDD6C5A Región xx Xxxxxx Consejería de Salud
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 05/09/2016 14:10, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): C588421EFF91A2DA67DA150A8E0863AE
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. 20.000,00 €, EQUIVALENTE AL 1,815 % DEL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, IVA NO INC. Nº Importe (€) (1,815%) 1.101.783,47 20.000,00
IMPORTE DE LA GARANTÍA PROVISIONAL (EN SU CASO, POR XXXXX. €, EQUIVALENTE AL % DEL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, IVA NO INC. 3 Artículo 89.2 TRLCSP. Nº Importe (€) (%)

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  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Construcción de las Obras por el Contratista 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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