INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA. EL VENDEDOR dispondrá de la autonomía técnica, administrativa, directiva inherente a su calidad, y por lo tanto, correrán por su cuenta los gastos y riesgos, la contratación de los trabajadores idóneos necesarios para el desarrollo del mismo, el pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones de cualquier tipo y liquidación de todas las prestaciones surgidas de las relaciones laborales entre los mencionados trabajadores y EL VENDEDOR. EL BANCO DAVIVIENDA queda totalmente exonerado del pago de estas obligaciones o de cualquier obligación derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridas por los funcionarios de EL VENDEDOR. PARÁGRAFO PRIMERO. Para los fines aquí previstos, EL VENDEDOR, se obliga: a) Obtener y mantener los permisos, autorizaciones, reglamentos, seguros y licencias para operar por cuenta propia y para realizar el objeto contratado, los cuales declara tener de acuerdo con las exigencias legales vigentes. b) Realizar por su propia cuenta y riesgo, el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del Contrato. c) Realizar el proceso de inducción, capacitación, dotación y entrenamiento del personal que vincule para la prestación y ejecución del Contrato. d) Propender por la concientización sobre seguridad de la información de sus funcionarios. e) Suscribir un acuerdo de confidencialidad con sus trabajadores. f) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, comprometiéndose además, a cotizar oportunamente a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia. g) Exigir al personal no vinculado mediante Contrato de trabajo, su afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en las normas vigentes sobre la materia. h) Contar con un programa de salud ocupacional acorde con los riesgos de las labores ejecutadas por el personal a su servicio. i) Cuando se requiera el ingreso de personal de EL VENDEDOR en las instalaciones de EL BANCO DAVIVIENDA, éste deberá asegurarse de que el personal portará en un lugar visible el carné que lo acredita como su funcionario, el cual deberá contener como mínimo los nombres y apellidos completos, foto, número de identificación y el nombre de EL VENDEDOR.
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INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA. EL
1) Es una empresa independiente, con capital de trabajo, personal y oficinas propias.
2) Es la única responsable por los derechos laborales de los funcionarios o consultores que utilice en la prestación de los servicios a BANCO DAVIVIENDA, por lo que BANCO DAVIVIENDA no tendrá vínculo laboral de ninguna especie con el personal que utilice EL VENDEDOR dispondrá CONTRATISTA en el cumplimiento de sus obligaciones.
3) Ha cumplido y cumplirá durante toda la vigencia del presente Contrato, con todas las obligaciones laborales, de seguridad social y otras que por su condición de patrono le corresponden conforme a la legislación costarricense, respecto al personal que destinará a las labores propias de esta contratación. Todo trámite debe ser realizado directamente por EL CONTRATISTA, sin que BANCO DAVIVIENDA esté obligado a colaborar y/o participar bajo ninguna forma de la autonomía técnicatramitología correspondiente para cumplir con esta obligación y cualquier otra estipulada en éste contrato.
4) Se encuentra al día en sus obligaciones relativas al sistema de seguridad social de su país de origen, administrativatanto en sus obligaciones sociales y/o laborales.
5) No ha incurrido ni incurrirá en ninguna falta o conducta que pueda ser objeto de cuestionamiento o considerarse violatoria de disposiciones legales y/o contractuales en relación con propiedad intelectual. En caso de utilizar EL CONTRATISTA personal extranjero, directiva inherente a su calidadgarantiza que dicho personal contará en todo momento con los permisos de trabajo y demás requisitos legales correspondientes, y por para realizar labores remuneradas en Xxxxx Rica, de conformidad con lo que establezca la legislación costarricense. Por lo tanto, correrán por su cuenta los gastos y riesgos, la contratación de los trabajadores idóneos necesarios para el desarrollo del mismo, el pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones de cualquier tipo y liquidación de todas las prestaciones surgidas de las relaciones laborales entre los mencionados trabajadores y EL VENDEDOR. EL BANCO DAVIVIENDA queda totalmente exonerado exonerada del pago de estas obligaciones o de cualquier obligación derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridas por los funcionarios de EL VENDEDORtrabajadores del CONTRATISTA. PARÁGRAFO PRIMERO. Para los fines aquí previstosAsimismo, EL VENDEDORCONTRATISTA autoriza a BANCO DAVIVIENDA a presentar ante cualquier autoridad judicial, se obliga:
a) Obtener arbitral, administrativa y/o cualquier otro ente competente, copia de éste contrato y mantener los permisos, autorizaciones, reglamentos, seguros y licencias para operar por cuenta propia y para realizar el objeto contratado, los cuales declara tener de acuerdo con las exigencias legales vigentes.
b) Realizar por su propia cuenta y riesgo, el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del Contrato.
c) Realizar el proceso de inducción, capacitación, dotación y entrenamiento del personal que vincule para la prestación y ejecución del Contrato.
d) Propender por la concientización sobre seguridad de la cualquier información de sus funcionarios.
e) Suscribir un acuerdo de confidencialidad con sus trabajadores.
f) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, comprometiéndose ademásrelacionada, a cotizar oportunamente efectos de demostrar la naturaleza de este contrato, y por lo tanto, libera de toda responsabilidad a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materiaBANCO DAVIVIENDA por tal actuación.
g) Exigir al personal no vinculado mediante Contrato de trabajo, su afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en las normas vigentes sobre la materia.
h) Contar con un programa de salud ocupacional acorde con los riesgos de las labores ejecutadas por el personal a su servicio.
i) Cuando se requiera el ingreso de personal de EL VENDEDOR en las instalaciones de EL BANCO DAVIVIENDA, éste deberá asegurarse de que el personal portará en un lugar visible el carné que lo acredita como su funcionario, el cual deberá contener como mínimo los nombres y apellidos completos, foto, número de identificación y el nombre de EL VENDEDOR.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios
INDEPENDENCIA Y AUTONOMÍA. EL
1) Es una empresa independiente, con capital de trabajo, personal y oficinas propias.
2) Es la única responsable por los derechos laborales de los funcionarios o consultores que utilice en la prestación de los servicios a BANCO DAVIVIENDA, por lo que BANCO DAVIVIENDA no tendrá vínculo laboral de ninguna especie con el personal que utilice EL VENDEDOR dispondrá en el cumplimiento de sus obligaciones.
3) Ha cumplido y cumplirá durante toda la vigencia del presente Contrato, con todas las obligaciones laborales, de seguridad social y otras que por su condición de patrono le corresponden conforme a la legislación costarricense, respecto al personal que destinará a las labores propias de esta contratación. Todo trámite debe ser realizado directamente por EL VENDEDOR, sin que BANCO DAVIVIENDA esté obligado a colaborar y/o participar bajo ninguna forma de la autonomía técnicatramitología correspondiente para cumplir con esta obligación y cualquier otra estipulada en éste contrato.
4) Se encuentra al día en sus obligaciones relativas al sistema de seguridad social de su país de origen, administrativatanto en sus obligaciones sociales y/o laborales.
5) No ha incurrido ni incurrirá en ninguna falta o conducta que pueda ser objeto de cuestionamiento o considerarse violatoria de disposiciones legales y/o contractuales en relación con propiedad intelectual. En caso de utilizar EL VENDEDOR personal extranjero, directiva inherente a su calidadgarantiza que dicho personal contará en todo momento con los permisos de trabajo y demás requisitos legales correspondientes, y por para realizar labores remuneradas en Xxxxx Rica, de conformidad con lo que establezca la legislación costarricense. Por lo tanto, correrán por su cuenta los gastos y riesgos, la contratación de los trabajadores idóneos necesarios para el desarrollo del mismo, el pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones de cualquier tipo y liquidación de todas las prestaciones surgidas de las relaciones laborales entre los mencionados trabajadores y EL VENDEDOR. EL BANCO DAVIVIENDA queda totalmente exonerado exonerada del pago de estas obligaciones o de cualquier obligación derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridas por los funcionarios trabajadores del VENDEDOR. Asimismo, EL VENDEDOR autoriza a BANCO DAVIVIENDA a presentar ante cualquier autoridad judicial, arbitral, administrativa y/o cualquier otro ente competente, copia de EL VENDEDORéste contrato y cualquier información relacionada, a efectos de demostrar la naturaleza de este contrato, y por lo tanto, libera de toda responsabilidad a BANCO DAVIVIENDA por tal actuación. PARÁGRAFO PRIMERO. Para los fines aquí previstos, EL VENDEDOR, se obligaobliga a:
a) Obtener y mantener los permisos, autorizaciones, reglamentos, seguros y licencias para operar por cuenta propia y para realizar el objeto contratado, los cuales declara tener de acuerdo con las exigencias legales vigentes.
b) Realizar por su propia cuenta y riesgo, el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del Contrato.
c) Realizar el proceso de inducción, capacitación, dotación y entrenamiento del personal que vincule para la prestación y ejecución del Contrato.
d) Propender por la concientización sobre seguridad de la información de sus funcionarios.
e) Suscribir un acuerdo de confidencialidad con sus trabajadores.
f) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, comprometiéndose además, a cotizar oportunamente a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
g) Exigir al personal no vinculado mediante Contrato de trabajo, su afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en las normas vigentes sobre la materia.
h) Contar con un programa de salud ocupacional acorde con los riesgos de las labores ejecutadas por el personal a su servicio.
i) Cuando se requiera el ingreso de personal de EL VENDEDOR en las instalaciones de EL BANCO DAVIVIENDA, éste deberá asegurarse de que el personal portará en un lugar visible el carné que lo acredita como su funcionario, el cual deberá contener como mínimo los nombres y apellidos completos, foto, número de identificación y el nombre de EL VENDEDOR.
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