Infarto del Miocardio Cláusulas de Ejemplo

Infarto del Miocardio. Para efectos de este contrato de seguro colectivo, se entiende por Infarto del Miocardio la enfermedad que consiste en la oclusión permanente de un segmento del tronco principal o de cualquiera de las ramas de las arterias coronarias que aportan la sangre al músculo cardiaco, al cual, por falta de dicha nutrición a la zona, se le produce una desvitalización. El diagnóstico de esta enfermedad se fundamenta en los siguientes criterios: a) Un historial de típico dolor de pecho, sintomático e indicativo de una enfermedad cardiaca isquémica. b) Cambios en el electrocardiograma, sugerentes de Infarto del Miocardio. c) Aumento de las enzimas cardíacas por sobre los valores normales de laboratorio. d) Coronariografía que muestre una lesión obstructiva y un compromiso de la circulación coronaria. Para acreditar la ocurrencia del siniestro, se deberá entregar a la compañía copia de la historia clínica de hospitalización que fundamente el diagnóstico o un informe del médico tratante, copia de examen de electrocardiograma, de examen de enzimas cardiacas, de coronariografía, que certifiquen positivamente la presencia de un Infarto del Miocardio y, otros antecedentes que sean necesarios para acreditar el siniestro denunciado.
Infarto del Miocardio. MUERTE DE UNA PARTE DEL MÚSCULO CARDÍACO COMO RESULTADO DE UN FLUJO SANGUÍNEO INSUFICIENTE HACIA EL ÁREA COMPROMETIDA. EL DIAGNÓSTICO DEBE SER CONFIRMADO POR ESPECIALISTA Y EVIDENCIADO POR TODOS LOS SIGUIENTES CRITERIOS: UNA HISTORIA DE DOLOR TORÁCICO TÍPICO, NUEVOS CAMBIOS CARACTERÍSTICOS DE INFARTO EN EL ECG ELEVACIÓN DE LAS ENZIMAS ESPECÍFICAS DE INFARTO, TROPONINAS U OTROS MARCADORES BIOQUÍMICOS.

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  • Idioma El idioma oficial de la presente Licitación es el español, por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante el procedimiento que intercambien el Oferente/Proponente y el Comité de Compras y Contrataciones deberán ser presentados en este idioma o, de encontrarse en idioma distinto, deberán contar con la traducción al español realizada por un intérprete judicial debidamente autorizado.

  • ACTO DE FALLO 11.1. ESTA LICITACION ES PRESENCIAL, POR LO QUE EL ACTO DE FALLO SE EFECTUARA EN JUNTA PUBLICA EL DIA 25 XX XXXXXX DEL 2015, A LAS 14:00 HORAS, EN LA SALA DE JUNTAS DEL ISESALUD, CON DOMICILIO INDICADO EN EL PUNTO 7.1 DE ESTA CONVOCATORIA, A LA QUE LIBREMENTE PODRAN ASISTIR LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PRESENTADO PROPOSICION, ENTREGANDOSELES COPIA DEL MISMO Y LEVANTANDOSE EL ACTA RESPECTIVA. 11.2. SE DARÁ LECTURA AL RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS DE LOS CONCURSANTES, MISMO QUE ES LA BASE PARA LA EMISION DEL FALLO. 11.3. EL FALLO QUE EMITA LA CONVOCANTE CONTEMPLARA LO SIGUIENTE: A) NOMBRE DE LOS LICITANTES CUYAS PROPUESTAS FUERON DESECHADAS COMO RESULTADO DE SU ANÁLISIS DETALLADO Y LAS RAZONES LEGALES, TECNICAS O ECONOMICAS QUE SUSTENTAN TAL DETERMINACION E INDICANDO LOS PUNTOS DE LA CONVOCATORIA QUE EN CADA CASO SE INCUMPLA; B) RELACION DE LOS LICITANTES CUYAS PROPUESTAS SE PRESUMEN SOLVENTES, DESCRIBIENDO EN LO GENERAL DICHAS PROPOSICIONES. SE PRESUMIRA LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSCIONES, CUANDO NO SE SEÑALE EXPRESAMENTE INCUMPLIMIENTO ALGUNO, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 36 Y 36 BIS DE LA LEY. C) EN CASO DE QUE SE DETERMINE QUE EL PRECIO DE UNA PROPOSICION NO ES ACEPTABLE O NO ES CONVENIENTE, SE ANEXARA COPIA DE LA INVESTIGACION DE PRECIOS REALIZADA O DEL CALCULO CORRESPONDIENTE CON EL QUE CUENTE LA CONVOCANTE; D) NOMBRE DEL LICITANTE A QUIEN SE ADJUDICA EL CONTRATO/PEDIDO, INDICANDO LAS RAZONES QUE MOTIVARON LA ADJUDICACION, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS PREVISTOS EN LA CONVOCATORIA, ASI COMO LA INDICACION DE LA (S) PARTIDA (S) Y MONTOS ASIGNADOS A CADA LICITANTE; E) FECHA, LUGAR Y HORA PARA LA FIRMA DEL CONTRATO Y/O PEDIDO, PRESENTACIÓN DE XXXXXXXXX Y, EN SU CASO ALGUNA OTRA INDICACIÓN DE INFORMACIÓN QUE CONFORME A LAS CONVOCATORIA SE SOLICITE AL PARTICIPANTE GANADOR.

  • Idiomas El presente Convenio está redactado en francés y en inglés. Ambos textos son igualmente auténticos. El Consejo Federal Suizo se encargará de que se hagan traducciones oficiales del Convenio en los idiomas ruso y español.

  • ACTO DE APERTURA Lugar/Dirección Día y Hora

  • AMBITO DE APLICACIÓN El presente convenio será de aplicación en todo territorio donde las Instituciones Universitarias nacionales tengan actividades de cualquier tipo que sea, con las limitaciones sobre extraterritorialidad que impongan las normas de Derecho laboral argentino.

  • Ámbito de aplicación Esta cláusula regula la solución de todas aquellas controversias que se deriven del presente Contrato, así como, aquellas relacionadas con la ejecución, interpretación, resolución, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato. No podrán ser materia de trato directo ni de arbitraje las decisiones del OSINERGMIN u otras Autoridades Gubernamentales Competentes que se dicten en ejecución de sus competencias administrativas atribuidas por norma expresa, cuya vía de reclamo es la vía administrativa.

  • Documentos que componen la Oferta 11.1 La oferta deberá contener los siguientes documentos: (a) Formulario de Oferta y Lista de Precios, de conformidad con las Cláusulas 12, 14 y 15 de las IAO; (b) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO, si se requiere; (c) confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO; (d) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 16 de las IAO, que establezca que el Oferente es elegible para presentar una oferta; (e) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, que certifique que los Bienes y Servicios Conexos que proporcionará el Oferente son de origen elegible; (f) evidencia documentada, de conformidad con las Cláusulas 18 y 30 de las IAO, que establezca que los Bienes y Servicios Conexos se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación; (g) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO, que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato en caso que su oferta sea aceptada; y (h) cualquier otro documento requerido en los DDL.

  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al museo la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer una licenciatura universitaria relacionada con la gestión de personal, en jornada completa y con dedicación exclusiva al servicio, actuando como coordinador de servicio, in situ en el centro de trabajo, debiendo cumplir con el siguiente perfil profesional: - Experiencia superior a 5 años en gestión de personal en servicios auxiliares en museos o entidades culturales similares. - Perfil de relaciones públicas. - Dotes organizativas. - Coordinación de equipos. - Capacidad para la resolución de conflictos. Actuará como responsable del servicio frente al museo y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del museo, emitiendo además informes mensuales que recojan todas las incidencias habidas, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etcétera. El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados, debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. El adjudicatario no paralizará su coordinación con el museo, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del museo. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el museo, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al museo, y debiendo el adjudicatario poner a disposición del museo, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El museo deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadores adscritos al contrato. Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades, bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del museo sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el museo o por terceras personas facilitadas por el museo se considera obligatoria, y no supondrá gasto para el adjudicatario, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • Costo de la Oferta 9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Comprador no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de licitación.

  • UBICACIÓN Acuerdan las partes que la prestación del servicio público domiciliario de GLP, se llevará a cabo en la siguiente dirección: de la ciudad o municipio de .