Definición de Seguro Colectivo

Seguro Colectivo. Es el suscrito entre un Tomador y el Instituto con el propósito de cubrir, mediante un solo contrato o póliza de seguro, a múltiples Asegurados que tengan una característica particular en común de mayor relevancia que el simple propósito de asegurarse.
Seguro Colectivo. Este es un Seguro Colectivo que podrá ser contratado en Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva según decida administrarlo el Tomador con los Asegurados. El Tomador asume las responsabilidades que emanen de su actuación como “Tomador del Seguro Colectivo”. El deber de informar a los Asegurados, u otros legítimos interesados, sobre la contratación del seguro y sus condiciones o modificaciones será de la Compañía sin perjuicio que lo realice a través del Tomador.
Seguro Colectivo. Las empresas suscribirán una póliza de Seguro Vida a favor de sus trabajadores, por importe de 24.979 euros. En 2007 y 2008 el importe del Seguro Colectivo ascenderá 26.000 euros y en 2009 y 2010 a 27.300 euros y en que cubra las circunstancias que se establecen a continuación: Fallecimiento de cualquier índole incluido accidente de circulación e Invalidez Permanente Absoluta.

Examples of Seguro Colectivo in a sentence

  • Este es un Seguro Colectivo que podrá ser contratado en Modalidad Contributiva o Modalidad No-Contributiva según decida administrarlo el Tomador con los Asegurados.

  • El contratista deberá contratar para el total del personal los siguientes seguros: • Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, de acuerdo al Decreto Nº 1567/74 y sus modificaciones y/o normativas complementarias.

  • Las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo, concertarán un Seguro Colectivo de accidente a favor del trabajador o de la persona o personas por él asignadas en la correspondiente póliza.

  • Las Empresas que ya tuvieran concertadas pólizas de Seguro Colectivo que, en su conjunto, resultaran más beneficiosas que la prevista en el párrafo primero de este artículo, las mantendrán vigentes en sus propios términos.

  • Por medio del presente endoso se hace constar que para dar cumplimiento al Artículo 11 del Reglamento del Seguro de Grupo para la Operación de Vida y del Seguro Colectivo para la Operación de Accidentes y Enfermedades, se considerarán como válidos los Consentimientos Individuales correspondientes a vigencias anteriores a la contratación de este seguro aún y cuando se hayan otorgado a otras Compañías de Seguros, siempre que dichos consentimientos no tengan más de cinco años de antigüedad.


More Definitions of Seguro Colectivo

Seguro Colectivo. A efectos de la contratación, se considera que un seguro es de modalidad colectiva cuando incluye un grupo de personas unidas por un vínculo, diferente al interés Asegurador, que cumplan las condiciones legales de asegurabilidad, y cuya cobertura se realiza mediante adhesión obligatoria (colectivo cerrado) o voluntaria (colectivos abiertos o cofinanciados) a unas condiciones de contratación y/o contrato único previamente acordado por el Asegurador y el colectivo contratante.
Seguro Colectivo. Es aquel que mediante una sola póliza cubre contra los mismos riesgos, a un grupo determinado o determinable de personas vinculadas con o por el Contratante Colectivo.
Seguro Colectivo. Modalidad de seguro que se caracteriza por cubrir, mediante un solo contrato, a múltiples ASEGURADOS que integran una colectividad homogénea.
Seguro Colectivo. Muerte natural: 7.500,00 euros. Muerte por accidente, 24 horas: 15.325,81 euros. Gran invalidez por enfermedad profesional o accidente, 24 horas: 31.252,63 euros. Incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional o accidente, 24 horas: 31.252,63 euros. Incapacidad permanente total por enfermedad profesional o accidente, 24 horas: 21.035,42 euros. Incapacidad permanente parcial derivada de accidente, 24 horas según baremo (artículo 12.2), de las condiciones generales de la póliza con base en: 15.325,81 euros.
Seguro Colectivo modalidad de seguro celebrado con referencia a riesgos relativos a un grupo de personas, delimitado por alguna característica común extraña al propósito de asegurarse.
Seguro Colectivo. Es aquel que mediante una sola póliza cubre contra los mismos riesgos, a un grupo determinado o determinable de personas vinculadas con o por el tomador. En este caso llámase tomador o contratante, a quien celebra el contrato de seguro por el grupo asegurado.
Seguro Colectivo modalidad de seguro contratado por una persona jurídica que se caracteriza por cubrir a múltiples asegurados mediante un solo contrato. Solicitud-Certificado de seguro: documento que acredita la contratación del seguro bajo la modalidad de seguro colectivo.