Inhabilitación. Sin perjuicio de las penas convencionales y las sanciones administrativas a que se refiere el presente contrato, así como su rescisión, “EL CEDIPIEM” podrá solicitar la inclusión de “EL PROVEEDOR”, en el Registro de Empresas Objetadas que lleve la Secretaría de la Contraloría, así como en el listado de empresas o personas sujetas al procedimiento administrativo sancionador, previsto en el artículo 74 fracciones II, IV, VI y VII, de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y 164 de su Reglamento.
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Samples: Contrato De Adjudicación, Contrato De Adjudicación, Contrato De Adjudicación
Inhabilitación. Sin perjuicio de las penas convencionales y las sanciones administrativas a que se refiere el presente contrato, así como su rescisiónde la rescisión de este instrumento, “EL CEDIPIEM” podrá solicitar la inclusión de incluir a “EL PROVEEDOR”, en el Registro de Empresas Objetadas que lleve la Secretaría de la Contraloría, así como en el listado de empresas o personas sujetas al procedimiento administrativo sancionador, previsto en el artículo 74 fracciones II, IV, VI y VII, de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y 164 de su Reglamento.
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Inhabilitación. Sin perjuicio de las penas convencionales y las sanciones administrativas a que se refiere el presente contrato, así como su rescisiónde la rescisión de este instrumento, “EL CEDIPIEM” podrá solicitar la inclusión de incluir a “EL PROVEEDOR”, en el Registro de Empresas Objetadas que lleve la Secretaría de la Contraloría, así como en el listado de empresas o personas sujetas al procedimiento administrativo sancionador, previsto en el artículo 74 fracciones II, IV, VI y VII, de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y 164 de su Reglamento.
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