Common use of LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO Clause in Contracts

LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO. Bajo su responsabilidad y en la obra, el CONTRATISTA llevará un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación xx Xxxxxxx de Fe Pública en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder. En este libro el SUPERVISOR anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos, cada orden llevará fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido. El Superintendente de Obra también podrá utilizar el Libro de Órdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obra, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de Ordenes, deberá hacerla conocer a la ENTIDAD por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de Ordenes, dentro de dos (2) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tácitamente la orden sin derecho a reclamación posterior. Asimismo, el CONTRATISTA está facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma de ejecución de la obra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva. El original del Libro de Órdenes, será entregado a la ENTIDAD a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales. El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obra, salvo instrucción escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.

Appears in 4 contracts

Samples: www.aecid.bo, www.aecid.bo, www.aecid.es

LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO. Bajo su responsabilidad y en la obra, el CONTRATISTA llevará un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación xx Xxxxxxx de Fe Pública en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder. En este libro el SUPERVISOR anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos, cada orden llevará fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido. El Superintendente de Obra también podrá utilizar el Libro de Órdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obra, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de OrdenesÓrdenes, deberá hacerla conocer a la ENTIDAD por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de OrdenesÓrdenes, dentro de dos (2) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tácitamente la orden sin derecho a reclamación posterior. Asimismo, el CONTRATISTA está facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma de ejecución de la obra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva. El original del Libro de Órdenes, será entregado a la ENTIDAD a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales. El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obra, salvo instrucción escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.

Appears in 2 contracts

Samples: www.ende.bo, www.yotala.site

LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO. Bajo su responsabilidad y en la obraOBRA, el CONTRATISTA llevará un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos (2) copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación xx Xxxxxxx de Fe Pública en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder. En este libro el SUPERVISOR anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos, cada orden llevará fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido. El Superintendente SUPERINTENDENTE de Obra también podrá utilizar el Libro de Órdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obraOBRA, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de OrdenesÓrdenes, deberá hacerla conocer a la ENTIDAD por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de OrdenesÓrdenes, dentro de dos (2) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tácitamente la orden sin derecho a reclamación posterior. Asimismo, el CONTRATISTA está facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra OBRA que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma Cronograma de ejecución Ejecución de la obraObra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva. El original del Libro de Órdenes, será entregado a la ENTIDAD a tiempo de la Recepción Definitiva de la obraDefinitiva, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales. El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obraOBRA, salvo instrucción escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.

Appears in 2 contracts

Samples: www.bcb.gob.bo, www.bcb.gob.bo

LIBRO DE ÓRDENES DE TRABAJO. Bajo su responsabilidad y en la obra, el CONTRATISTA llevará un Libro de Órdenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación xx Xxxxxxx de Fe Pública en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder. En este libro el SUPERVISOR anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos, cada orden llevará fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido. El Superintendente de Obra también podrá utilizar el Libro de Órdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obra, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de Ordenes, deberá hacerla conocer a la ENTIDAD por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de Ordenes, dentro de dos (2) días subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedará sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tácitamente la orden sin derecho a reclamación posterior. Asimismo, el CONTRATISTA está esta facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de Órdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma de ejecución de la obra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva. El original del Libro de Órdenes, será entregado a la ENTIDAD a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, sólo entrarán en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a través del Libro de Órdenes o notas oficiales. El CONTRATISTA tiene la obligación de mantener el Libro de Órdenes en el lugar de ejecución de la obra, salvo instrucción escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.

Appears in 1 contract

Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada