LICENCIAS Y RESTRICCIONES Cláusulas de Ejemplo

LICENCIAS Y RESTRICCIONES. 2.1 Licencia. Sujeta a las condiciones de este Contrato, el Autor le otorga por el presente una licencia para utilizar el Software en Su equipo de cómputo, sea un servidor Linux o una PC en Microsoft Windows®, u otros sistemas operativos en los que el software pueda correr, mediante uso de terminales o directamente en el equipo en mención, así como teléfono o asistente electrónico personal (PDA, EDA, HandHeld, etc) con el único fin de utilizar personalmente aplicaciones para alimentación de la base de datos del software o ver reflejada en pantalla, impresora, o por cualesquiera otros medios electrónicos la información ingresada previamente al software. Dicha licencia es limitada, personal y/o comercial, no exclusiva y no gratuita, y no puede sublicenciarse ni cederse. Usted puede utilizar el Software desde cualesquiera partes del mundo, siempre y cuando cuente con la tecnología para hacerlo, la cual no está contenida en el presente instrumento. Usted puede darle acceso al uso de la interfaz de usuario a las personas que quiera hacerlo, quedando limitada la responsabilidad del uso del mismo al Cliente.
LICENCIAS Y RESTRICCIONES. 2.1 Licencia. Sujeta a las condiciones de este Contrato, el Autor le otorga por el presente una licencia para utilizar el Software en Su equipo de cómputo, en un servidor con sistema operativo Linux, sea físico o virtual, u otros sistemas operativos en los que el software pueda correr, mediante uso de terminales o directamente en el equipo en mención, así como teléfono o asistente electrónico personal (PDA, EDA, HandHeld, entre otros) con el único fin de utilizar personalmente aplicaciones para alimentación de la base de datos del software o ver reflejada en pantalla, impresora, o por cualesquiera otros medios electrónicos la información ingresada previamente al software. Dicha licencia es limitada al uso del software y no incluye derechos sobre el mismo, es personal y/o comercial, no exclusiva y no gratuita, y no puede sublicenciarse ni cederse, y es para una persona o empresa por cada licencia otorgada, por lo que no podrá hacer uso de varias empresas en la misma instalación a no ser que pague por el derecho de cada empresa o entidad a utilizar en el software. La licencia le permite utilizar el Software desde cualesquiera partes del mundo, siempre y cuando cuente con la tecnología para hacerlo, la cual no está contenida ni otorgada en el presente instrumento. La licencia le otorga el derecho de darle acceso al uso de la interfaz de usuario a las personas que quiera hacerlo, quedando limitada la responsabilidad del uso del mismo al Cliente.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.