Common use of Marcas notoriamente conocidas Clause in Contracts

Marcas notoriamente conocidas. A efectos de la aplicación del artículo 6 bis del Convenio de París y del artículo 16, apartados 2 y 3, del Acuerdo sobre los ADPIC en relación con la protección de marcas notoriamente conocidas, cada una de las Partes podrá tomar en consideración la Recomendación Conjunta sobre las disposiciones de protección de las marcas notoriamente conocidas, adoptada por la Asamblea de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial y la Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en el 34o período de sesiones de las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI (septiembre de 1999).

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Samples: Acuerdo De Asociación, www.boe.es

Marcas notoriamente conocidas. A efectos Cada una de la aplicación del las Partes aplicará el artículo 6 bis del Convenio de París y del el artículo 16, apartados 2 y 3, del Acuerdo sobre los ADPIC en relación con la protección de marcas notoriamente conocidas, cada una de las Partes y podrá tomar en consideración la Recomendación Conjunta sobre las disposiciones de protección de las marcas notoriamente conocidas, adoptada por la Asamblea de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial y la Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en el 34o período periodo de sesiones de las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI (septiembre de 1999).

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Marcas notoriamente conocidas. A efectos Con el fin de dar efecto a la aplicación del protección de las marcas notoriamente conocidas, tal como se menciona en el artículo 6 bis del Convenio de París (1967) y del en el artículo 16, apartados 2 y 3, del Acuerdo sobre los ADPIC en relación con la protección de marcas notoriamente conocidasADPIC, cada una de las Partes podrá tomar en consideración aplicará la Recomendación Conjunta sobre las disposiciones de protección de las marcas notoriamente conocidas, conocidas adoptada por la Asamblea de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial y la Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en el 34o período 34.o periodo de sesiones de las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI (OMPI, celebrado del 20 al 29 de septiembre de 1999).

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