Common use of Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos Clause in Contracts

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 al menos de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 “forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Suministro De Implantes Para El Tratamiento Del Dolor, Contract for Supply of Medical Equipment

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 2%, al menos menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está esté sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxxMinusválidos. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 18 forma Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 2 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. El contratista queda obligado igualmente obligado, igualmente, a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Contract for Public Works

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 100, al menos menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 19 forma Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Consultancy Agreement

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 100, al menos menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/200527/2000, de 8 xx xxxxx14 de enero. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 18 forma Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 2 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración 4, Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. No obstante, las empresas que, bien a través de acuerdos recogidos en la negociación colectiva o bien, en ausencia de aquella, por opción voluntariamente asumida, queden excepcionalmente exentas, de forma total o parcial, de tal obligación de reserva deberán aplicar alguna de las medidas sustitutorias, alternativa o simultáneamente que se regulan en el Real Decreto 27/2000 de 14 de enero por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores (BOE nº 22 de 26 de enero de 2.000). El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Construction Contract

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 al menos de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/200527/2000, de 8 xx xxxxx14 de enero. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 “forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Suministro De Marcapasos Y Electrodos

Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos. El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores minusválidos en un 2 por 100 100, al menos menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 20 “forma Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “declaración Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores minusválidos”. El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato y contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores minusválidos.

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Samples: Contrato Administrativo Especial