MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Los apartados 1, 2 y 4 del artículo 42 se aplicarán a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectos. 2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso y de forma que el jurado no co- nozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentación. 3. Para la recepción electrónica de los planos y proyectos se aplica- rán las siguientes normas: a) la información relativa a las características técnicas necesarias para la presentación electrónica de los planos y proyectos, incluido el ci- frado, deberá estar a disposición de todas las partes interesadas. Además, los dispositivos de recepción electrónica de los planos y los proyectos deberán ser conformes a los requisitos del anexo X; b) los Estados miembros podrán crear o mantener regímenes volunta- xxxx de acreditación encaminados a mejorar el nivel del servicio de certificación de dichos dispositivos.
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MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Los apartados 1, 2 y 4 del artículo 42 se aplicarán a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectos.
2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso y de forma que el jurado no co- nozca conozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentación.
3. Para la recepción electrónica de los planos y proyectos se aplica- rán aplicarán las siguientes normas:
a) la información relativa a las características técnicas necesarias para la presentación electrónica de los planos y proyectos, incluido el ci- fradocifrado, deberá estar a disposición de todas las partes interesadas. Además, los dispositivos de recepción electrónica de los planos y los proyectos deberán ser conformes a los requisitos del anexo X;
b) los Estados miembros podrán crear o mantener regímenes volunta- xxxx volun tarios de acreditación encaminados a mejorar el nivel del servicio de certificación de dichos dispositivos.
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MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Los apartados 1, 2 y 4 del artículo 42 se aplicarán a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectos.
2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso y de forma que el jurado no co- co nozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentación.
3. Para la recepción electrónica de los planos y proyectos se aplica- aplica rán las siguientes normas:
a) la información relativa a las características técnicas necesarias para la presentación electrónica de los planos y proyectos, incluido el ci- fradocifra do, deberá estar a disposición de todas las partes interesadas. AdemásAde más, los dispositivos de recepción electrónica de los planos y los proyectos deberán ser conformes a los requisitos del anexo X;
b) los Estados miembros podrán crear o mantener regímenes volunta- volunta xxxx de acreditación encaminados a mejorar el nivel del servicio de certificación de dichos dispositivos.
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MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Los apartados 1, 2 y 4 del artículo 42 se aplicarán a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectosproyec- tos.
2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento almacenamien- to de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso y de forma que el jurado no co- nozca conozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentaciónpresen- tación.
3. Para la recepción electrónica de los planos y proyectos se aplica- rán aplicarán las siguientes normas:
a) la información relativa a las características técnicas necesarias necesa- rias para la presentación electrónica de los planos y proyectospro- yectos, incluido el ci- fradocifrado, deberá estar a disposición de todas las partes interesadas. Además, los dispositivos de recepción electrónica de los planos y los proyectos deberán ser conformes a los requisitos del anexo X;
b) los Estados miembros podrán crear o mantener regímenes volunta- xxxx voluntarios de acreditación encaminados a mejorar el nivel del servicio de certificación de dichos dispositivos.
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MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 1. Los apartados 1, 2 y 4 del artículo 42 se aplicarán a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectos.
2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso y de forma que el jurado no co- nozca conozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentación.
3. Para la recepción electrónica de los planos y proyectos se aplica- rán aplicarán las siguientes normas:
a) la información relativa a las características técnicas necesarias para la presentación electrónica de los planos y proyectos, incluido el ci- fradocifrado, deberá estar a disposición de todas las partes interesadas. Además, los dispositivos de recepción electrónica de los planos y los proyectos deberán ser conformes a los requisitos del anexo X;; ▼B
b) los Estados miembros podrán crear o mantener regímenes volunta- xxxx voluntarios de acreditación encaminados a mejorar el nivel del servicio de certificación certi- ficación de dichos dispositivos.
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