Common use of Medios de impugnación Clause in Contracts

Medios de impugnación. Conforme al artículo 83 de la Ley de la CFE, el capítulo Tercero de su Reglamento y Capitulo Noveno del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad. En contra del fallo que adjudica el contrato procederá: a) El Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 83 fracción I, de la Ley de la CFE y en el capítulo Tercero de su Reglamento. b) La acción jurisdiccional que corresponda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Contra las demás resoluciones emitidas durante el concurso no procederá instancia ni medio ordinario de defensa alguno y, en caso de alguna irregularidad en tales resoluciones, éstas podrán ser combatidas con motivo del fallo. El recurso de reconsideración deberá presentarse por escrito ante la instancia colegiada, el cual procederá contra del fallo que adjudique un contrato derivado de un procedimiento de Contratación desarrollado al amparo de estas Disposiciones Generales, deberá presentarse ante la instancia colegiada prevista en el Estatuto Orgánico de la CFE, en la oficial ía de partes de la Oficina del Abogado General, ubicado en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx.000, xxxx 00, Xxx, Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en que se dé a conocer el fallo o que se le haya notificado al participante, en los casos en que no se celebre junta pública.

Appears in 1 contract

Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional

Medios de impugnación. Conforme al artículo 83 de la Ley de la CFE, el capítulo Tercero de su Reglamento y Capitulo Noveno del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad. En contra del fallo que adjudica el contrato procederá: a) El Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 83 fracción I, de la Ley de la CFE y en el capítulo Tercero de su Reglamento. b) La acción jurisdiccional que corresponda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Contra las demás resoluciones emitidas durante el concurso no procederá instancia ni medio ordinario de defensa alguno y, en caso de alguna irregularidad en tales resoluciones, éstas podrán ser combatidas con motivo del fallo. El recurso de reconsideración deberá presentarse por escrito ante la instancia colegiada, el cual procederá contra del fallo que adjudique un contrato derivado de un procedimiento de Contratación desarrollado al amparo de estas Disposiciones Generales, deberá presentarse ante la instancia colegiada prevista en el Estatuto Orgánico de la CFE, en la oficial ía oficialía de partes de la Oficina del Abogado General, ubicado en XxAv. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx.000, xxxx 00, Xxx, Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en que se dé a conocer el fallo o que se le haya notificado not ificado al participante, en los casos en que no se celebre junta pública.

Appears in 1 contract

Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional

Medios de impugnación. Conforme al artículo 83 de la Ley de la CFE, el capítulo Tercero de su Reglamento y Capitulo Noveno del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad. En contra del fallo que adjudica el contrato procederá: a) El Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 83 fracción I, de la Ley de la CFE y en el capítulo Tercero de su Reglamento. b) La acción jurisdiccional que corresponda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Contra las demás resoluciones emitidas durante el concurso no procederá instancia ni medio ordinario de defensa alguno y, en caso de alguna irregularidad en tales resoluciones, éstas podrán ser combatidas con motivo del fallo. El recurso de reconsideración deberá presentarse por escrito ante la instancia colegiada, el cual procederá contra del fallo que adjudique un contrato derivado de un procedimiento de Contratación desarrollado al amparo de estas Disposiciones Generales, deberá presentarse ante la instancia colegiada prevista en el Estatuto Orgánico de la CFE, en la oficial ía oficialía de partes de la Oficina del Abogado General, ubicado en XxAv. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx.000, xxxx 00, Xxx, Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en que se dé a conocer el fallo o que se le haya notificado al participante, en los casos en que no se celebre junta pública.

Appears in 1 contract

Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional

Medios de impugnación. Conforme al artículo 83 de la Ley de la CFE, el capítulo Tercero de su Reglamento y Capitulo Noveno del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad. En contra del fallo que adjudica el contrato procederá: a) El Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 83 fracción I, de la Ley de la CFE y en el capítulo Tercero de su Reglamento. b) La acción jurisdiccional que corresponda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Contra las demás resoluciones emitidas durante el concurso no procederá instancia ni medio ordinario de defensa alguno y, en caso de alguna irregularidad en tales resoluciones, éstas podrán ser combatidas con motivo del fallo. El recurso de reconsideración deberá presentarse por escrito ante la instancia colegiada, el cual procederá contra del fallo que adjudique un contrato derivado de un procedimiento de Contratación desarrollado al amparo de estas Disposiciones Generales, deberá presentarse presentar se ante la instancia colegiada prevista en el Estatuto Orgánico de la CFE, en la oficial ía oficialía de partes de la Oficina del Abogado General, ubicado en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx.000, xxxx 00, Xxx, Xxxxxx, Xxx. Del. Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en que se dé a conocer el fallo o que se le haya notificado al participante, en los casos en que no se celebre junta pública.

Appears in 1 contract

Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional