MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 284.c) de la LCSP. Cuando las modificaciones en el contrato supongan la introducción de nuevas unidades de obra no comprendidas en el mismo, los precios de dichas modificaciones serán los fijados por el Órgano de Contratación y en caso de que el contratista no los acepte, el Órgano de Contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente. En lo no regulado anteriormente, se estará a lo dispuesto en los artículos 202 y 282 de la LCSP por lo que se refiere a la modificación y artículo 203 en el supuesto de suspensión.
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Samples: Contract for Postal and Notification Services, Contract for Services, Contract for Services
MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido para atender a causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 284.c220.e) de la LCSPLey de Contratos del Sector Público. Cuando las modificaciones en el contrato supongan la introducción de nuevas unidades de obra no comprendidas en el mismo, los precios de dichas modificaciones serán los fijados por el Órgano Organo de Contratación y en caso de que el contratista no los acepte, el Órgano Organo de Contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente. En lo no regulado anteriormente, se estará a lo dispuesto en los artículos 202 y 282 de la LCSP por lo que se refiere a la modificación y artículo 203 en el supuesto de suspensión.
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Samples: Contract for the Acquisition of an Adapted Vehicle, Contract for Services, Contract for Services