Moneda para la evaluación de las Ofertas. desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, el avance o elfuncionamiento de las Obras; (b) afecta de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla en una oferta que cumpla sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retirode las desviaciones o reservas. 28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera: (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; y (b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario. 28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5(b) de las IAO. 29.1 Las Ofertas serán evaluadas en pesos colombianos, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO.
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Samples: Licitación Pública Internacional
Moneda para la evaluación de las Ofertas. desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, el avance o elfuncionamiento de las Obras;
(b) afecta de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla transformarla en una oferta Oferta que cumpla cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retirode retiro de las desviaciones o reservas.
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5(b17.5 (b) de las IAO.
29.1 Las Ofertas serán evaluadas en pesos colombianosPara efectos de evaluación y comparación, de conformidad con la Subcláusula 15.1 el Contratante convertirá todos los precios de las IAOOfertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas.
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Samples: Licitación Pública Internacional
Moneda para la evaluación de las Ofertas. desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, el avance o elfuncionamiento de las Obras;
(b) afecta de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla transformarla en una oferta Oferta que cumpla cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos Documentos de licitación Licitación mediante la corrección o el retirode retiro de las desviaciones o reservas.
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:manera:20
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5(b) de las IAOrechazada.
29.1 Las Ofertas serán evaluadas en pesos colombianosPara efectos de evaluación y comparación, de conformidad con la Subcláusula 15.1 el Contratante convertirá todos los precios de las IAO.Ofertas expresados en diferentes monedas a pesos mexicanos, al tipo de cambio vendedor, establecido para transacciones semejantes por el Banco de México o por un banco comercial establecido en México. La fuente y la fecha del tipo de cambio será indicado
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Samples: Licitación Pública
Moneda para la evaluación de las Ofertas. desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, calidad o el avance o elfuncionamiento funcionamiento de las Obras;
(b) afecta limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla transformarla en una oferta que cumpla cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retirode retiro de las desviaciones o reservas.
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras; palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5(b17.5 (b) de las IAO.
29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en pesos colombianosla moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.
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Moneda para la evaluación de las Ofertas. desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad, el avance correcciones o elfuncionamiento retiro de las Obras;
(b) afecta de una manera considerabledesviaciones o reservas no conformes, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente convertirla en una oferta que cumpla sustancialmente con los requisitos de se ajuste a los documentos de licitación mediante la corrección o el retirode las desviaciones o reservaslicitación.
28.1 El Las ofertas que se determine que responden sustancialmente serán verificadas por el Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen para detectar errores aritméticos. Dichos Los errores aritméticos serán corregidos rectificados por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya : si existiera una discrepancia entre los montos indicados en cifras precios unitarios y en palabrasel precio total obtenido multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerán los indicados en palabras; y
(b) cuando haya una discrepancia entre prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido; si hay un error en un total correspondiente a una suma o resta de un rubro que se haya obtenido multiplicando subtotales, los subtotales prevalecerán y el precio unitario por la cantidad de unidadestotal será corregido; si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente monto en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitariopalabras.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado declarado en la Oferta oferta será ajustado por el Contratante de acuerdo con el procedimiento antes señalado anterior para la corrección de errores y, con la anuencia el acuerdo del OferenteLicitante, el nuevo monto se considerará de será considerado obligatorio cumplimiento para el OferenteLicitante. Si el Oferente Licitante no estuviera de acuerdo con acepta el monto corregido, la Oferta oferta será rechazada y la garantía de seriedad de la oferta podrá hacerse efectiva la Garantía ser ejecutada de Mantenimiento de Oferta de conformidad acuerdo con la Subcláusula IAL Cláusula 17.5(b) de las IAO).
29.1 Las Ofertas serán evaluadas en pesos colombianos, de conformidad con la Subcláusula 15.1 El Contratante convertirá todos los precios de las IAOofertas expresados en las diversas monedas en que hayan de pagarse dichos precios (excluyendo las Sumas Provisionales pero incluyendo la tarifa diaria donde fuera cotizada competitivamente) a:
a) la moneda del país del Contratante en los tipos de cambio de venta establecidos por la autoridad especificada en los DDL al día indicado en los DDL;
b) una moneda ampliamente usada en el comercio internacional, como el dólar estadounidense, estipulada en los DDL, al tipo de cambio de venta publicado en la prensa internacional que se estipula en los DDL al día indicado en los DDL, para los montos que se hayan de pagar en moneda extranjera; y, el tipo de cambio vendedor establecido para transacciones similares por la misma autoridad especificada en la IAL Cláusula 29.1 (a) anterior al día especificado en los DDL para los montos que se hayan de pagar en la moneda del país del Contratante.
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