Normas básicas de comportamiento Cláusulas de Ejemplo

Normas básicas de comportamiento. El contratista y el experto o la experta asignados deberán esforzarse por cooperar de manera adecuada con los organismos del país de asignación. Durante el período de vigencia del contrato, se abstendrán de inmiscuirse en los asuntos internos del país del proyecto, en particular en cuestiones de política, religión, usos y costumbres. El contratista y el experto o la experta asignados deben tener en cuenta que están desempeñando una labor en el marco de la cooperación internacional o del ámbito educativo internacional con un país contraparte de la República Federal de Alemania. Por esta razón, deben estar atentos al mantenimiento de una relación amistosa entre el país de asignación y la República Federal de Alemania. La transferencia de capacidades y conocimientos a expertos y expertas locales es de suma importancia, por lo que, en caso de duda, tendrá prioridad frente a una rápida realización de tareas técnicas.
Normas básicas de comportamiento. La parte contratista estará obligada a respetar las disposiciones aplicables de los acuerdos de derecho internacional pertinentes (convenios básicos de cooperación técnica / canjes de notas), contratos de ejecución y contratos de la GIZ con sus comitentes relativos a la medida, siempre y cuando formen parte del contrato. La parte contratista deberá esforzarse por cooperar de manera adecuada con los organismos del país de asignación. Durante el período de vigencia del presente contrato, se abstendrá de inmiscuirse en los asuntos internos del país de asignación, en particular en cuestiones de política, religión, usos y costumbres. La parte contratista deberá tener en cuenta que está desempeñando una labor en el marco de la cooperación internacional o del ámbito educativo internacional con un país contraparte de la República Federal de Alemania. Por esta razón, deberá estar atenta al mantenimiento de una relación amistosa entre el país de asignación y la República Federal de Alemania. No estará permitido que la parte contratista o los expertos y expertas asignados persigan intereses ajenos a la medida durante la ejecución contractual en el país de asignación. Esta prohibición incluye asimismo el ejercicio de actividades secundarias en el país de asignación, salvo que hayan sido notificadas previamente a la GIZ. La parte contratista y los expertos y expertas asignados estarán también obligados a adaptar su comportamiento personal a las circunstancias locales. Esta obligación será aplicable también a los familiares que acompañen a los expertos y expertas asignados en su misión.
Normas básicas de comportamiento. El contratista estará obligado a respetar las disposiciones aplicables de los acuerdos de derecho internacional pertinentes (convenios básicos de cooperación técnica / canjes de notas), contratos de ejecución y contratos de la GIZ con sus comitentes relativos a la medida, siempre y cuando formen parte del contrato. Deberá esforzarse por cooperar de manera adecuada con los organismos del país de la misión. Durante el período de vigencia del presente contrato, se abstendrá de inmiscuirse en los asuntos internos del país de la misión, en particular en cuestiones de política, religión, usos y costumbres. El contratista deberá tener en cuenta que está desempeñando una labor en el marco de la cooperación internacional o del ámbito educativo internacional con un país contraparte de la República Federal de Alemania. Por esta razón, deberá estar atento al mantenimiento de una relación amistosa entre el país de la misión y la República Federal de Alemania. No estará permitido que el contratista y los expertos y expertas asignados persigan intereses ajenos a la medida durante la ejecución contractual en el país de la misión. Esta prohibición incluye asimismo el ejercicio de actividades secundarias en el país de la misión, salvo que hayan sido notificadas previamente a la GIZ. El contratista y los expertos y expertas asignados estarán también obligados a adaptar su comportamiento personal a las circunstancias locales. Esta obligación será aplicable también a los familiares que acompañen a los expertos y expertas asignados en su misión. El contratista y los expertos y expertas asignados tienen la obligación de cooperar con la representación diplomática de la República Federal de Alemania en el extranjero, con otros expertos o expertas que actúan en el país de la misión, con los representantes de la República Federal de Alemania en el país de la misión, así como, si ello fuera relevante para la realización de las prestaciones, con los representantes y expertos o expertas de organizaciones multilaterales y de otra índole.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.