EJECUCIÓN CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

EJECUCIÓN CONTRACTUAL. 215.1. Cuando resulte técnicamente viable y siempre que se cuente con la conformidad expresa del área usuaria, se puede realizar aprobaciones parciales del expediente técnico de obra, por tramos, etapas, componentes o sectores, quedando facultada la Entidad para disponer la ejecución de los trabajos contemplados en los expedientes técnicos parciales. 215.2. En caso corresponda la modificación del contrato por variaciones en el monto del contrato original, dicha modificación se formaliza dentro de los siete (7) días calendarios siguientes a la aprobación del expediente técnico y su presupuesto; para tal efecto, el contratista amplía en dicho plazo la garantía de fiel cumplimiento.
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. Las actividades a desarrollar durante la ejecución de los contratos de mejoramientos por el contratista se ejecutarán teniendo en cuenta los siguientes contenidos para cada una de las Fases descritas a continuación.
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. Las actividades a desarrollar por parte de la Interventoría durante la ejecución de los Contratos objeto de interventoría, se llevarán a cabo teniendo en cuenta los siguientes contenidos para cada una de las Fases descritas a continuación. 2.1. Fase 1 – Pre-Construcción: La Interventoría deberá supervisar, verificar, hacer seguimiento y aprobar la ejecución durante la Fase 1. Pre - Construcción, de acuerdo con el alcance determinado en el Contratos objeto de interventoría, a uno o varios de los siguientes componentes: a) Componente 1: Ejecución de Estudios técnicos y/o complementación de diseños existentes, trámites de Licencias y/o permisos necesarios para el inicio de Fase 2 en los casos que se requiera. b) Componente 2: Ejecución de estudios técnicos y diseños integrales con recursos del Sistema General de Regalías SGR, trámites de Licencias y permisos necesarios para el inicio de Fase 2 en los casos que se requiera. c) Componente 3: Ejecución de estudios técnicos y diseños nuevos, trámite de Licencias y permisos necesarios para el inicio de Fase 2 en los casos que se requiera. d) Componente 4: Estudios y diseños técnicos especiales, trámites de Licencias y permisos necesarios para inicio de Fase 2 en los casos que se requiera. A continuación, se describe el contenido de cada uno de los componentes: 2.1.1. Componente 1: Estudios técnicos y diseños existentes, trámites de Licencias y/o permisos necesarios para el inicio de Fase 2 en los casos que se requiera: 2.1.1.1. Diseños contratados por una ETC o ET: Se refiere a aquellos Proyectos en los cuales la Entidad Territorial Certificada (ETC) o la Entidad Territorial (ET), a través del PA-FFIE le entrega al Contratista de Obra los estudios técnicos y diseños elaborados mediante contrato de consultoría dando cumplimiento a la normativa vigente aplicable, debidamente licenciados y con los permisos que corresponden para su ejecución. El Contratista Interventor deberá proceder al acompañamiento de la revisión, verificación y aceptación de los diseños entregados. Para ello se contará con un plazo máximo de quince (15) días hábiles y como resultado de esta revisión, el Contratista Interventor deberá revisar el informe presentado por el Contratista de Obra, y en caso de ser favorable, se deberá suscribir en conjunto, la respectiva Acta de aceptación, aprobación y apropiación de Diseños Existentes. En caso de generarse observaciones por parte del nuevo Contratista de Obra, o la nueva Interventoría, estas deberán s...
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. El contratista es el único responsable ante el Gobierno Regional de Ayacucho – Oficina Sub Regional Xxxxxx xxx Xxxx Xxxx de cumplir con los términos del Contrato suscrito y no podrá transferir o ceder parcial o totalmente a terceros dicha responsabilidad. Antes de la suscripción del Contrato, el postor al que se le hubiese adjudicado la Buena Pro, deberá presentar lo siguiente: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Copia de Registro Único de Contribuyentes, emitido por la SUNAT. Contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. y demás documentos estimados en la Propuesta Técnica. Una vez que la buena pro ha quedado consentida o administrativamente firme, tanto la Entidad como el postor ganador, están obligados a suscribir el contrato respectivo. El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato. El contrato es obligatorio para las partes y se regula por las normas de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En todo caso, son de aplicación supletoria las normas del Código Civil. Son causales de nulidad del contrato las previstas por el Artículo 9º de la Ley. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes: Dentro de los cinco (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo mínimo de cinco (02) días y xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida; Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción por ambas partes del documento que lo contiene. Durante la vigencia del contrato los plazos se ...
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. 1. Cuando el Grupo de Gestión Contractual cuente con la documentación señalada en el sub numeral
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. 13.1. Cesión y Subcontratación 387 13.2. Garantías 388 13.2.1. Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato 392 13.2.2. Garantía de buen uso del anticipo 393 13.2.3. Garantía Técnica para ciertos bienes 394 13.2.4. Garantía Adicional 394 13.2.5. Ejecución de las garantías 395 13.2.6. Devolución de las garantías 397 13.3. Pago de Anticipo 399 13.4. Fuerza Mayor o Caso Fortuito 405 13.5. Modificación de contratos 406 13.6. Contratos complementarios 406 13.7. Diferencia en Cantidades de Obra 408 13.8. Orden de trabajo 409 13.9. Contratos Modificatorios para Enmendar Casos de Errores 409
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. ASPECTOS PREVIOS A LA SUSCRIPCIÓN CONTRATO
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. De conformidad con el oficio No. GDT-140.0036, del 27 de enero de 2022, cuyo asunto es “Solicitud de terminación por mutuo acuerdo y de manera anticipada del Contrato de Prestación de Servicio No. 38 de 2021” suscrito por el Supervisor del Contrato designado por la Asociación Aeropuerto del Café, “… durante la ejecución del contrato, el objeto y las obligaciones fueron cumplidas por EL CONTRATISTA, por lo cual, fueron recibidas a entera satisfacción por el supervisor. Así mismo, cabe mencionar, que, dado el alcance del contrato, no vemos conveniente cederlo, ya que, el alcance requerido por la Asociación Aeropuerto del Café para la modelación BIM, es más amplio del considerado en este contrato. En este orden de ideas, se presenta el avance general y el balance económico del contrato:
EJECUCIÓN CONTRACTUAL. El plazo previsto para la ejecución del contrato es el señalado en el numeral 1.5, contado a partir de la suscripción del acta de inicio.