NORMAS OFICIALES QUE APLICAN Cláusulas de Ejemplo

NORMAS OFICIALES QUE APLICAN. Los LICITANTES deberán examinar todas las instrucciones, requisitos, condiciones, especificaciones, anexos y demás consideraciones incluidas en esta CONVOCATORIA, ya que si omiten alguna de sus partes relativa a la información requerida o presentan una proposición que no se ajuste en todos sus aspectos a lo solicitado, ASIPONA DOS BOCAS rechazará dicha proposición. En función de lo señalado en el párrafo antecedente, se obliga al LICITANTE, conforme al ANEXO 4, bajo protesta de decir verdad, que conoce y acata lo dispuesto en esta CONVOCATORIA y sus anexos. Con relación al artículo 31 del Reglamento de la LEY, se exige al LICITANTE el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, las normas mexicanas y a falta de estas las normas internacionales es, o en su caso, las normas de referencia, de conformidad por lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Las Normas a cumplir vienen descritas en el ANEXO 1.
NORMAS OFICIALES QUE APLICAN. Los LICITANTES deberán examinar todas las instrucciones, requisitos, condiciones, especificaciones, anexos y demás consideraciones incluidas en esta I3P, ya que si omiten alguna de sus partes relativa a la información requerida o presentan una proposición que no se ajuste en todos sus aspectos a lo solicitado, la API DOS BOCAS rechazará dicha proposición. En función de lo señalado en el párrafo antecedente, se obliga al LICITANTE, conforme al ANEXO 4, bajo protesta de decir verdad, que conoce y acata lo dispuesto en esta I3P y sus anexos. Con relación al artículo 31 y 32 del Reglamento de la LEY, se exige al LICITANTE el cumplimiento de la Xxx xx Xxxxxxx y demás normatividad correlacionadas, así como de Normas Oficiales Mexicanas, las Normas Mexicanas y a falta de estas las Normas Internacionales es, o en su caso, las normas de referencia, de conformidad por lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Con relación al artículo 31 del Reglamento de la LEY, se exige al LICITANTE el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, las normas mexicanas y a falta de estas las normas internacionales es, o en su caso, las normas de referencia, de conformidad por lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
NORMAS OFICIALES QUE APLICAN. Los LICITANTES deberán examinar todas las instrucciones, requisitos, condiciones, especificaciones, anexos y demás consideraciones incluidas en esta CONVOCATORIA, ya que si omiten alguna de sus partes relativa a la información requerida o presentan una proposición que no se ajuste en todos sus aspectos a lo solicitado, API COATZA rechazará dicha proposición. Con relación al artículo 31 y 32 del Reglamento de la LEY, se debe exigir al LICITANTE el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, las normas mexicanas y a falta de estas las normas internacionales, o en su caso, las normas de referencia, de conformidad por lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. No es procedente establecer como requisito obligatorio para los licitantes el cumplimiento de normas relativas a la comprobación de aseguramiento de calidad en la producción de los bienes. Lo anterior con fundamento en los criterios emitidos por la SFP.
NORMAS OFICIALES QUE APLICAN. En términos de lo previsto en el artículo 31 del Reglamento, en virtud de que no existen normas relativas al arrendamiento, la contratación se llevará a cabo conforme a las especificaciones determinadas en el ANEXO 1. No aplican Normas Oficiales Mexicanas, Norma Mexicana, Norma Internacional, Norma de Referencia o Especificación Técnica, que resulte aplicable para los vehículos requeridos conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad.
NORMAS OFICIALES QUE APLICAN. En materia ambiental

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

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  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

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