INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NO. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NO. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023
CON EL OBJETO DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO, SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y CERTIFICACIÓN CON DICTAMEN POR UNIDAD DE INSPECCIÓN DE MEDIDOR DE FLUJO PARA SUMINISTRO DE AGUA XXX XXXX, DE ACUERDO A LA NORMA NMX-AA-179-SCFI-2018 PARA LA ASIPONA DOS BOCAS
LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
EMITE LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
NO. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023
CON EL OBJETO DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO, SUMINISTRO, INSTALACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y CERTIFICACIÓN CON DICTAMEN POR UNIDAD DE INSPECCIÓN DE MEDIDOR DE FLUJO PARA SUMINISTRO DE AGUA XXX XXXX, DE ACUERDO A LA NORMA NMX-AA-179-SCFI-2018 PARA LA ASIPONA DOS BOCAS
Publicada en el Sistema CompraNet 2023 el 21 de julio 2023
xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/
Índice
Ref. |
APARTADO 1 |
|
Información general y específica de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional |
1.1 |
Nombre de la Convocante |
1.2 |
Obtención de la CONVOCATORIA a la Invitación a Cuando menos Tres Personas |
1.3 |
Tipo y número de Invitación asignado por el Sistema CompraNet 2023 |
1.4 |
Definiciones |
1.5 |
Recursos |
1.6 |
Idioma para presentar proposiciones |
1.7 |
Carácter de la Invitación a Cuando menos Tres Personas |
|
APARTADO 2 |
Objeto y alcance para la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional |
|
2.1 |
Cronograma de eventos de la Invitación |
2.2 |
Descripción detallada de los SERVICIOS |
2.3 |
Anexo 1 de la CONVOCATORIA |
2.4 |
Vigencia del Contrato |
2.5 |
Lugar donde se entregarán los SERVICIOS por parte del PROVEEDOR |
2.6 |
Condiciones de la ENTREGA de los SERVICIOS |
2.7 |
Normas Oficiales que aplica |
2.8 |
Forma de adjudicación del CONTRATO |
2.9 |
Período de vigencia de la cotización |
2.10 |
Condiciones de precio |
2.11 |
Condiciones de pago |
2.12 |
Anticipo |
2.13 |
Moneda en que se cotizará y efectuará el pago respectivo |
2.14 |
Monto del CONTRATO |
2.15 |
Cadenas Productivas |
2.16 |
Garantías de cumplimiento de CONTRATO |
2.17 |
Aplicación de las garantías de cumplimiento del CONTRATO |
2.18 |
Penas convencionales |
|
APARTADO 3 |
Actos del procedimiento de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional |
|
3.1 |
Autorización de reducción de plazos |
3.2 |
Designación del servidor público que presidirá los actos del procedimiento |
3.3 |
Visita a las Instalaciones |
3.4 |
Fecha, hora y lugar de la Junta de Aclaraciones |
3.5 |
Fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones |
3.6 |
Criterios que se aplicarán para adjudicar el CONTRATO |
3.7 |
Xxxxx, y forma de comunicación del fallo |
3.8 |
Formalización del CONTRATO |
3.9 |
Presentación conjunta de proposiciones |
3.10 |
Los licitantes solo podrán presentar una proposición por Invitación |
3.11 |
Forma en que deberá acreditar la existencia y personalidad jurídica el licitante |
3.11.1 |
Relación de documentos a presentar por el PROVEEDOR previo a la firma del Contrato |
3.12 |
Documentos de las proposiciones que deberán rubricarse |
3.13 |
Requisitos que deberán cumplir los licitantes |
3.14 |
Inconformidades |
3.15 |
Causas de descalificación |
3.16 |
Suspender temporalmente la Invitación |
3.17 |
Cancelación de la Invitación |
3.18 |
Declarar desierta la Invitación |
3.19 |
Rescisión del CONTRATO |
3.20 |
De las controversias |
3.21 |
Terminación anticipada del CONTRATO |
3.22 |
Atraso en la entrega de los SERVICIOS |
3.23 |
Sanciones |
3.24 |
Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales |
3.25 |
Acceso a la información |
3.26 |
Encuesta Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción |
3.27 |
Cuestionario a PROVEEDOR para integrar la lista de PROVEEDOR evaluados del Sistema de Gestión Integral |
|
APARTADO 4 |
4.1 |
Anexos que forman parte de la Propuesta Técnica, Legal y Económica |
APARTADO 1
INFORMACIÓN GENERAL Y ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
Nombre de la Convocante: Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
La Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., con domicilio fiscal en: “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx, Código Postal 86608”, con teléfonos (00 000) 000-00-00, 51-60, y 27-44, y Correo Electrónico xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en cumplimiento a lo regulado por el artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en correlación con el artículo 26, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, celebrará por conducto de la Gerencia de Administración y Finanzas de esta ASIPONA Dos Bocas, la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, con el objeto de realizar la “Contratación del Proyecto Ejecutivo, Suministro, Instalación, Puesta en Marcha y Certificación con Dictamen por Unidad de Inspección de Medidor de Flujo para Suministro de Agua xxx Xxxx, de acuerdo a la Norma NMX-AA-179-SCFI-2018 para la ASIPONA Dos Bocas”.
Obtención de la Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional
La difusión de la invitación a cuando menos tres personas ELECTRÓNICA nacional, se realizará a través del Sistema Electrónico CompraNet versión 2023 xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ y en la página web oficial de la Entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y se realizará el mismo día en que se entregue la última invitación y estará disponible hasta el día en que se emita el fallo correspondiente, la difusión es de carácter informativo, por lo que solamente podrán participar en el procedimiento de contratación aquellas personas que hayan sido invitadas por la convocante. De conformidad con el artículo 77 del Reglamento de la Ley.
El participante sufragará todos los costos relacionados con la preparación de su proposición y la ASIPONA DOS BOCAS, no asumirá en ningún caso dichos costos, cualquiera que sea la forma en que se realice la INVITACIÓN o el resultado de ésta, salvo los casos previstos en la LEY, la ASIPONA DOS BOCAS conservará, invariablemente, la documentación recibida.
Para participar en forma electrónica, será necesario que se registren a través del Sistema Electrónico CompraNet 2023, cumpliendo con los requisitos que el mismo sistema señala.
Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados; en el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
REGISTRO DE LICITANTES
De conformidad con el artículo 33 Bis de la LEY (LAASSP), será necesario que los interesados envíen mínimo con tres días de anticipación y máximo veinticuatro horas antes a la primera junta de aclaraciones un escrito simple, bajo protesta de decir verdad, que contenga los datos que actualmente están contenidos en el artículo 39, fracción VI inciso a) del REGLAMENTO.
Dicho escrito deberá estar dirigido al C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gerente de Administración y Finanzas, de la ASIPONA DOS BOCAS y podrá ser enviado vía correo electrónico a las siguientes direcciones: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, mínimo 24 horas antes de la celebración de la Junta de aclaraciones. En este escrito su firmante deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.
I. Del Licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre, domicilio, correo electrónico donde se le podrán notificar las actas derivadas de la presente invitación, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas, y
II. Del representante del licitante: número y fecha de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó.
En caso de NO recibir dicho escrito en el período establecido en párrafos anteriores para la Junta de Aclaraciones, los licitantes que deseen participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, deberán entregar el oficio antes mencionado como parte de su propuesta técnica, dentro del apartado de Documentación Legal, sin embargo NO recibirán respuesta por parte de la CONVOCANTE a las preguntas realizadas.
TIPO Y NÚMERO DE INVITACIÓN ASIGNADO POR EL SISTEMA COMPRANET 2023
El presente procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas es con el propósito de contratar el: “Contratación del Proyecto Ejecutivo, Suministro, Instalación, Puesta en Marcha y Certificación con Dictamen por Unidad de Inspección de Medidor de Flujo para Suministro de Agua xxx Xxxx, de acuerdo a la Norma NMX-AA-179-SCFI-2018 para la ASIPONA Dos Bocas” mismo que fue publicado en el Sistema CompraNet 2023 y registrado con folio No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023.
1.4 DEFINICIONES
Para efectos de la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, se establecen las siguientes definiciones:
ASIPONA DOS BOCAS |
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
CONVOCANTE |
La Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., a través de la Gerencia de Administración y Finanzas. |
CONVOCATORIA |
CONVOCATORIA de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional |
COMPRANET 2023 |
El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. |
OIC |
Órgano Interno de Control en la ASIPONA DOS BOCAS. |
CONTRATO |
Es el acto jurídico por virtud del cual se crean y transmiten derechos y obligaciones, con la intención de producir consecuencias de derechos. |
ENTIDAD |
Administración del Sistema Portuario Nacional S.A. de C.V. |
FUNCIONARIOS PÚBLICOS |
Personas al servicio de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., que asumen funciones de iniciativa, decisión y mando con carácter de autoridad y de representatividad y que ocupan los grupos jerárquicos de: Gerente de Administración y Finanzas, Subgerente de Administración, Subgerente de Operaciones y Ecología, Jefe del Departamento de Recursos Materiales. |
IVA |
Impuesto al Valor Agregado. |
LEY |
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público |
LICITANTE |
La persona física o moral que participe en esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, esto es, que adquiera la CONVOCATORIA y presente su proposición técnica y económica. |
PROVEEDOR |
Persona física o moral quien resulte ganador de esta INVITACIÓN. |
REGLAMENTO |
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
SE |
Secretaría de Economía. |
SFP |
Secretaría de la Función Pública. |
SHCP |
Secretaría de Hacienda y Crédito Público |
SERVICIOS |
“Contratación del Proyecto Ejecutivo, Suministro, Instalación, Puesta en Marcha y Certificación con Dictamen por Unidad de Inspección de Medidor de Flujo para Suministro de Agua xxx Xxxx, de acuerdo a la Norma NMX-AA-179-SCFI-2018 para la ASIPONA Dos Bocas”. |
OCDE |
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. |
PRECIO NO ACEPTABLE |
Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma Invitación a cuando menos tres personas. |
PRECIO CONVENIENTE |
Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Invitación a cuando menos tres personas, y a éste se le resta el porcentaje que determine la entidad en sus políticas, bases y lineamientos. |
RECURSOS
Para cubrir las erogaciones que deriven de la presente CONVOCATORIA, la ASIPONA DOS BOCAS cuenta con los recursos presupuéstales en la partida 33501 “Estudios e Investigaciones”, recurso presupuestal autorizado mediante escrito No. 307-A.-3052 de fecha 12 de diciembre de 2022 por parte de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaria de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
1.6 IDIOMA PARA PRESENTAR PROPOSICIONES
Las proposiciones deberán presentarse sólo en idioma español.
1.7 CARÁCTER DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
El carácter de esta Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023 será NACIONAL, en la cual únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana.
APARTADO 2
OBJETO Y ALCANCE PARA LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023
2.1 CRONOGRAMA DE EVENTOS DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
Cantidad |
Unidad |
Descripción |
1 (Uno) |
Servicio |
Con el objeto de realizar la “Contratación del Proyecto Ejecutivo, Suministro, Instalación, Puesta en Marcha y Certificación con Dictamen por Unidad de Inspección de Medidor de Flujo para Suministro de Agua xxx Xxxx, de acuerdo a la Norma NMX-AA-179-SCFI-2018 para la ASIPONA Dos Bocas”. |
JUNTAS DE ACLARACIONES
Día: |
24 |
Mes: |
07 |
Año: |
2023 |
Hora: |
10:00 |
LUGAR: |
La junta de aclaraciones se realizará de manera ELECTRÓNICA, en la sala de Licitaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Día: |
27 |
Mes: |
07 |
Año: |
2023 |
Hora: |
10:00 |
LUGAR: |
El acto de presentación y apertura de proposiciones se realizará de manera ELECTRÓNICA, en la sala de Licitaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO
Día: |
28 |
Mes: |
07 |
Año: |
2023 |
Hora: |
11:00 |
LUGAR: |
El acto de notificación de fallo se realizará de manera ELECTRÓNICA, en la sala de Licitaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Día: |
31 |
Mes: |
07 |
Año: |
2023 |
Hora: |
12:00 |
LUGAR: |
Sala de Licitaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
2.2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SERVICIOS |
2.3 ANEXO 1 DE LA CONVOCATORIA
La contratación del servicio que en su caso se formalice derivado de la presente Invitación, abarcará el presente ejercicio fiscal 2023, de conformidad a las especificaciones técnicas referidas por el área requirente incluidas en el Anexo 1 de esta Convocatoria.
2.4 VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del CONTRATO será de 5 meses (agosto-2023 a Diciembre 2023). O antes, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los SERVICIOS y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS. Lo anterior en base al artículo 54 BIS de la Ley.
2.5 LUGAR DONDE SE PRESTARAN LOS SERVICIOS POR PARTE DEL PROVEEDOR
Los SERVICIOS relacionados con la contratación se realizarán en el Recinto Portuario Dos Bocas, Tabasco, mismos que se ubica en: Carretera a playa Km. 1.5, Ranchería el Limón s/n, C.P. 86606, Paraíso, Tabasco.
2.6 CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La contratación de los SERVICIOS, objeto de esta Invitación deberán ser de calidad, cumpliendo con todos los requisitos señalados en esta CONVOCATORIA y sus anexos, a satisfacción de la ASIPONA DOS BOCAS.
La recepción satisfactoria de los SERVICIOS se considerará una vez que el PROVEEDOR cumpla con las condiciones que a continuación se describen:
Los SERVICIOS se entreguen de acuerdo a lo indicado en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA.
El PROVEEDOR será responsable de cada uno de los aspectos que se describen en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA.
Cumplir con la normatividad aplicable.
Desarrollar las funciones que se mencionan en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA.
La ASIPONA DOS BOCAS podrá realizar directamente inspecciones periódicas para verificar la calidad de los SERVICIOS, obligándose el PROVEEDOR a proporcionar todas las facilidades y documentos necesarios.
La recepción de los SERVICIOS prestados, ya sea total o parcial, se realizará previa la verificación del cumplimiento de los requisitos que para tales efectos se establecen en la presente CONVOCATORIA.
La ASIPONA DOS BOCAS recibirá y aceptará en definitiva los SERVICIOS si éstos hubieren sido prestados de acuerdo con lo solicitado en la presente CONVOCATORIA y en la propuesta presentada por el PROVEEDOR en la presente INVITACIÓN, en constancia de lo cual se levantará un acta de entrega recepción que será debidamente firmada por las partes dentro de los cinco días siguientes de la terminación.
El PROVEEDOR estará obligado a sacar en paz y a salvo a la ASIPONA DOS BOCAS y a pagarle las erogaciones efectuadas con motivo de toda reclamación que se formulara en su contra y cuya responsabilidad fuere imputable, directa o indirectamente, a él, porque hubiera obrado culposa o negligentemente, o porque hubiera incurrido en actos, hechos u omisiones que sean ilícitos o que se hubieran producido en contravención de instrucciones de la ASIPONA DOS BOCAS, o sin haber obtenido su consentimiento cuando éste fuere necesario de acuerdo con lo establecido en la presente CONVOCATORIA.
El PROVEEDOR se obliga a cumplir debida y oportunamente con todas las obligaciones de carácter civil, mercantil, administrativo, fiscal, de naturaleza laboral o de seguridad social, o de cualquier otro orden, que le incumban o que deriven de la entrega de los SERVICIOS objetos de la presente INVITACIÓN, por lo que deberá sacar en paz y a salvo a la ASIPONA DOS BOCAS de las reclamaciones que se formularan en su contra con motivo de su incumplimiento, real o supuesto, y le resarcirá de los daños que sufra como consecuencia de aquéllas.
Asimismo, el PROVEEDOR será el único responsable de la cabal eficiente y satisfactoria entrega de los SERVICIOS. Igualmente será responsable por daños y perjuicios que con motivo del suministro de los mismos, cause a la ASIPONA DOS BOCAS y/o terceros.
Sólo se considerarán cumplidas las obligaciones asumidas por el PROVEEDOR descritas en la presente CONVOCATORIA, hasta el momento en que se hayan recibido los SERVICIOS a satisfacción de la ASIPONA DOS BOCAS.
2.7 NORMAS OFICIALES QUE APLICAN
En materia ambiental
El proveedor deberá cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en materia de equilibrio ecológico y protección del medio ambiente y por otro lado a cumplir con las recomendaciones, medidas preventivas y correctivas que le indique la ASIPONA Dos Bocas en la materia.
El Proveedor asumiría la responsabilidad derivada de los daños que en materia ambiental, se originen a partir de la celebración del contrato con motivo de las actividades a realizar por su personal durante la realización de sus actividades.
La disposición final de cualquier tipo de material, desecho o residuo peligroso que genere en la realización de sus actividades conforme a lo dispuesto en la legislación ambiental aplicable.
Deberá contar y mantener vigente los permisos y autorizaciones que le apliquen, obligándose a la total reparación del daño que en su caso origine por su inobservancia.
En el mismo sentido, considerar con el área de ecología la solicitud de los siguientes formatos al proveedor:
I. Identificación de aspectos ambientales significativos y no significativos.
II. Identificación y evaluación de requisitos legales y otros requisitos.
III. Identificación de riesgos y oportunidades ambientales.
IV. Listado de controles operacionales ambientales.
En materia de SST:
El proveedor deberá cumplir con las medidas de seguridad indicadas en el “Manual de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente para Prestadores de Servicios Portuarios” (Manual SIPAP).
El proveedor deberá verificar que los EQUIPOS que utilice durante la realización de sus actividades cuenten con las autorizaciones y certificaciones correspondientes, cumplan con los requisitos y se sujeten de manera estricta a las normas de seguridad establecidas en las REGLAS DE OPERACIÓN o por las autoridades competentes.
El proveedor deberá contar con un Plan de Respuesta a Emergencias y Casos de Siniestro que deriven de la prestación de la realización de sus actividades.
Para tal efecto la Subgerencia de Protección Portuaria determinará los “requerimientos generales” y los “requerimientos específicos” que le apliquen dependiendo de las actividades o servicios que se incluyan en su alcance, ejemplo de ello son los formatos siguientes:
Identificación de peligros, evaluación de riesgos y control operacional.
Identificación y evaluación de cumplimiento de requisitos legales.
Listado de controles operacionales en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Programa de capacitaciones al personal en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
2.8 FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los SERVICIOS derivados de esta INVITACIÓN serán adjudicados por el servicio completo a un solo licitante (Anexo 1).
2.9 PERÍODO DE VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN
La cotización que presenten los LICITANTES dentro de su propuesta económica, deberá tener una vigencia de 40 días naturales contados a partir de la fecha de la presentación de las proposiciones. El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, no afecta la solvencia de la proposición, esto de conformidad con el último párrafo del artículo 36 de la LEY.
2.10 CONDICIONES DE PRECIO
Los precios permanecerán fijos durante la vigencia del CONTRATO.
Los LICITANTES deberán conformar su propuesta de precios de acuerdo con el formato de cotización adjunto a esta CONVOCATORIA como ANEXO 3.
NOTA: Cuando con posterioridad a la adjudicación del CONTRATO correspondiente se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los SERVICIOS aún no prestado y aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del CONTRATO correspondiente, la entidad reconocerá incrementos o requerirá reducciones, de conformidad con las disposiciones que emita la SFP, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 44 de la LEY.
2.11 CONDICIONES DE PAGO
Las políticas de pago que aplicará la ASIPONA DOS BOCAS, para la facturación que se derive después de la entrega del SERVICIOS y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
Los pagos se realizarán de acuerdo a la propuesta económica presentada por el licitante. ANEXO 3. FORMATO PARA INDICAR PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS, de la siguiente manera:
Los trabajos objeto del presente contrato se pagarán en una sola exhibición, cuando estos estén totalmente concluidos y recepcionados a satisfacción del área requirente (Subgerencia de Operaciones y Ecología de la entidad).
El requerimiento de pago deberá venir acompañado con la documentación que acredite el cumplimiento total de los servicios descritos en el Anexo 1.
De acuerdo a los días establecidos por la CONVOCANTE, el PROVEEDOR entregará a la ASIPONA DOS BOCAS la factura correspondiente a los SERVICIOS prestados, debidamente requisitados. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de dos días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago.
En caso de correcciones a la factura y la documentación anexa, la ASIPONA DOS BOCAS rechazará, dentro de un plazo máximo de 2 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago.
El PROVEEDOR deberá presentar para su pago, carta de solicitud de pago en hoja membretada durante la vigencia de la prestación de los servicios, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, Clave Interbancaria, banco, plaza y número de sucursal, agregando copia de la carátula de su Estado de Cuenta, para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica.
2.12 ANTICIPO
Para la “Contratación del Proyecto Ejecutivo, Suministro, Instalación, Puesta en Marcha y Certificación con Dictamen por Unidad de Inspección de Medidor de Flujo para Suministro de Agua xxx Xxxx, de acuerdo a la Norma NMX-AA-179-SCFI-2018 para la ASIPONA Dos Bocas”, se otorgará un anticipo equivalente al 10% del valor total del contrato, exclusivamente para la atención de la partida 2 y 3,
El anticipo otorgado deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos; su garantía deberá constituirse por el importe total del anticipo otorgado al 100% incluyendo el IVA), en la misma moneda en la que se otorgue el anticipo de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, la que se cancelará hasta que se haya realizado la amortización total.
2.13 MONEDA EN QUE SE COTIZARÁ Y EFECTUARÁ EL PAGO RESPECTIVO
Los LICITANTES deberán presentar sus ofertas en pesos mexicanos; desglosando el IVA; asimismo, la ASIPONA DOS BOCAS efectuará los pagos en este tipo de moneda. No se aceptarán propuestas con valores expresados en moneda extranjera.
2.14 MONTO DEL CONTRATO
El CONTRATO que resulte de esta INVITACIÓN será en los términos establecidos en esta CONVOCATORIA, el monto se derivará de la proposición más solvente que resulte de esta INVITACIÓN.
La ASIPONA DOS BOCAS se compromete a contratar la cantidad de SERVICIOS indicados en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA.
El monto del contrato podrá ampliarse hasta en un 20% adicional al mismo, esto con fundamento en el artículo 52 de la LEY, siempre que dicho aumento se garantice mediante una empresa afianzadora y la entidad disponga con suficiencia presupuestal en la partida correspondiente y el precio unitario de los SERVICIOS sea igual al pactado originalmente.
2.15 CADENAS PRODUCTIVAS
En virtud de que la ASIPONA DOS BOCAS, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el LICITANTE ganador pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que este incorporado a la cadena productiva del LICITANTE ganador mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico.
El licitante ganador, con base en la información que se indica en el ANEXO 18, denominado Formato xx Xxxxxxx Productivas, podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación. (Afiliarse al Programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad. Además el registro no tiene ningún costo.
2.16 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En cumplimiento con el artículo 48, fracción II de la LEY, el LICITANTE que resulte ganador deberá entregar, a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 20% del monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA), a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional de Dos Bocas, S.A. de C.V., así como la copia de la factura correspondiente al pago de dicha fianza. Con dicha fianza el LICITANTE garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato.
La fianza deberá contener los siguientes requisitos:
Deberá estar vigente por todo el período de duración del contrato y tendrá como objeto el de respaldar cualquier responsabilidad que resultase a cargo del “LICITANTE”. En caso de que antes de la recepción satisfactoria del arrendamiento, se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la fianza continuará vigente hasta que el “LICITANTE” corrija los errores y satisfaga dichas responsabilidades.
Dentro del monto de la fianza que “EL LICITANTE” otorgue a la “ASIPONA Dos Bocas”, no se considerará el IVA.
De conformidad con las “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL POR LAS QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PÓLIZAS DE FIANZAS CONSTITUIDAS COMO GARANTÍA EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS REALIZADAS AL AMPARO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS” publicadas con fecha 15 xx xxxxx de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la fianza presentada deberá ser conforme al modelo del anexo 2 referenciado en dichas disposiciones y que para pronta referencia se indica a continuación:
ANEXO 2 MODELO DE LA PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA. (ENTIDADES)
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: __________. en lo sucesivo (la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Domicilio: __________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: _________ (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
(Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático), en lo sucesivo "la Beneficiaria".
Domicilio: Boulevard Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Col. Jardines en la Montaña, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a "la Contratante" y a "la Beneficiaria": _______.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio: _____________________________. (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: _________________________. (Número asignado por la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Monto Afianzado: _________________. (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Moneda: _________.
Fecha de expedición: ______________.
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: ____ (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el "Contrato":
Número asignado por "la Contratante": _________________.
Objeto: __________________________________________.
Monto del Contrato: (Con número y letra, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: _________________________________________.
Fecha de suscripción: ______________________________.
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma).
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como "la Beneficiaria", se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA.
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato" a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se compromete a pagar a la Beneficiaria, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del "Contrato".
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del "Contrato" indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el ___% de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al "Contrato" en monto fuera superior a los indicados, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos sin embargo, previa solicitud del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente que en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta que se dé cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del "Contrato" y continuará vigente en caso de que "la Contratante" otorgue prórroga o espera al cumplimiento del "Contrato", en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora"), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La "Afianzadora o la "Aseguradora") acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la "Contratante" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del "Contrato", cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora o a la Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá comunicar a "la Beneficiaria" de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el "Contrato", "la Contratante" haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del "Contrato" especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN
"La Beneficiaria" podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
2.17 APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La garantía de cumplimiento del contrato se hará efectiva cuando se presente cualquiera de los casos siguientes:
Cuando no se cumpla con las características y especificaciones de los SERVICIOS, de conformidad con la propuesta técnica.
Cuando se decrete la rescisión por causas atribuibles al PROVEEDOR,
Cuando se decrete la terminación anticipada del contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR.
En general, cuando no se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el CONTRATO y cause un perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS.
En caso de rescisión la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
La garantía de cumplimiento de contrato será liberada en los términos previstos en que fue expedida por la institución afianzadora.
Para la cancelación de la garantía de cumplimiento de CONTRATO, se requerirá la manifestación expresa de la ASIPONA DOS BOCAS, mediante oficio de cancelación dirigido a la compañía afianzadora.
2.18 PENAS CONVENCIONALES
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 53 de la Ley, la ASIPONA DOS BOCAS aplicará penas convencionales al PROVEEDOR, por retraso en la prestación de los SERVICIOS.
Descripción del servicio |
Penalización |
En caso de retraso en el inicio de la prestación de los SERVICIOS. |
Será del 0.5% por cada día natural de demora, sobre el valor diario de los servicios prestados con atraso, esta pena convencional no excederá del 10% (diez por ciento) del monto total del CONTRATO. Adicionalmente se aplicará la deductiva de conformidad con el artículo 53 Bis de la Ley. |
El monto máximo de las penas convencionales por atraso será del 10% del monto total del CONTRATO.
Cabe señalar que el pago de los SERVICIOS quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Las penas convencionales serán calculadas y les serán notificadas por la Subgerencia de Administración de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., siendo esta aplicada a la facturación de los servicios del mes siguiente, Independientemente de la aplicación de las penas mencionadas las ASIPONA Dos Bocas S.A. de C.V. podrá optar por la rescisión del contrato.
APARTADO III
ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL.
3.1 AUTORIZACIÓN DE REDUCCIÓN DE PLAZOS
La Invitación a Cuando Menos Tres Personas ELECTRÓNICA Nacional se realiza de conformidad con el plazo establecido en la fracción IV del artículo 43 de la LEY, por lo que no se considera reducción de plazos.
3.2 DESIGNACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDIRÁ LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO
El C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gerente de Administración y Finanzas de esta Entidad, designó con Oficio No. ASIPONA DBO-GAF.-011/2023 de fecha 12 de enero de 2023, al Maestro Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Subgerente de Administración de la ASIPONA DOS BOCAS, para presidir los actos de procedimiento licitatorio, aceptar o desechar propuestas técnicas y económicas.
Asimismo, los actos del procedimiento de licitación, deberán estar asistidos por un representante del área requirente de los servicios, que en este caso será la Subgerencia de Operaciones y Ecología de la entidad, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos técnicos contenidos en la CONVOCATORIA.
3.3 VISITA A LAS INSTALACIONES
Para este procedimiento, no se realizará Visita a las Instalaciones.
3.4 FECHA, HORA Y LUGAR DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
Con objeto de evitar errores en la interpretación del contenido de la presente Convocatoria y sus anexos, la CONVOCANTE celebrará una junta de aclaraciones, en la fecha y hora señalada en el calendario de la INVITACIÓN que aparece en esta CONVOCATORIA, en los siguientes términos:
Este acto se llevará a cabo de manera ELECTRÓNICA a través del Sistema de la Secretaria de Hacienda CompraNet 2023 el día 24 de julio de 2023 a las 10:00 horas, en la sala de licitaciones de la Convocante señalado en el punto 1.1 de esta convocatoria; y se realizará con el objeto de aclarar las dudas que puedan motivarse en la lectura del contenido de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas, este evento es optativa para los licitantes.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la INVITACIÓN, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado, y en su caso del representante.
A más tardar 24 horas antes de la fecha y hora que se vaya a realizar la junta de aclaraciones los LICITANTES deberán presentar el escrito citado en el párrafo anterior y podrán hacer llegar las solicitudes de aclaración a través de CompraNet 2023 en el link: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/, por correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; será de la estricta responsabilidad de los LICITANTES verificar la correcta recepción de sus preguntas por parte del área convocante.
El período durante el cual los LICITANTES podrán hacer llegar sus preguntas a la ASIPONA DOS BOCAS será preferentemente el 23 de julio de 2023 a más tardar las 10:00 horas, con la finalidad de que a la fecha de inicio de dicha junta de aclaraciones, la ASIPONA DOS BOCAS cuente con todas las respuestas correspondientes, situación que agilizará en gran medida el desarrollo del acto y evitará desarrollar un nuevo acto, de acuerdo con lo señalado en el tercer párrafo de este punto.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el párrafo anterior, no serán contestadas por la ASIPONA DOS BOCAS por resultar extemporáneas, y se integrará al expediente respectivo. En caso de que algún licitante requiera presentar nuevas solicitudes de aclaración a las respuestas de las solicitudes de aclaraciones consignadas en la junta correspondiente, las deberá entregar por medio del Sistema CompraNet 2023.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la ASIPONA DOS BOCAS.
La ASIPONA DOS BOCAS en la junta de aclaraciones dará contestación a las solicitudes de aclaración de los licitantes, las cuales se harán constar en el Acta respectiva. Las respuestas serán enviadas a los licitantes por medios electrónicos CompraNet 2023.
En dicho evento, representantes de la ASIPONA DOS BOCAS darán lectura a todas las preguntas recibidas, así como a las respuestas de las mismas, aclarando de que en caso de que la ASIPONA DOS BOCAS, no esté en posibilidades de responder en dicho acto a todas las preguntas, debido a la cantidad o complejidad de las mismas, se programará una segunda reunión para dar a conocer las respuestas pendientes.
Se aclara que la inobservancia de lo acordado en la Junta de Aclaraciones y asentado en el Acta correspondiente, será causal para desechar las proposiciones, en caso de que se incumpla algún requisito definido en dicho acto, que afecte la solvencia de las proposiciones.
Si derivado de la junta de aclaraciones se determina posponer la fecha de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, la modificación respectiva a la convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas se publicará en CompraNet 2023;
Al término de la junta se elaborará el acta correspondiente, la que será firmada por los LICITANTES que hayan asistido a la junta, así como por los representantes de la ASIPONA DOS BOCAS, asistentes en el acto. Dicha acta formará parte integral de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Al concluir el acto, copia de dicha acta se entregará a los LICITANTES por medio de CompraNet 2023 y se pondrá a la vista del público en los tableros informativos de la entidad, durante un período de 5 días naturales, siendo de la exclusiva responsabilidad de los LICITANTES acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal.
3.5 FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Este acto se llevará a cabo conforme a lo establecido en los artículos 34 y 35 de la Ley el 27 de julio de 2023 y dará inicio a las 10:00 horas en la Sala de Licitaciones de las oficinas de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicada en el domicilio descrito en el punto 1.1 de esta CONVOCATORIA.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Se llevará a cabo de manera ELECTRÓNICA mediante el Sistema Electrónico CompraNet, y recibidas las proposiciones en la fecha dentro de las horas establecidas, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas hasta su conclusión de conformidad a lo establecido en el artículo 39 fracción III inciso “d” del Reglamento de la Ley.
Una vez recibida la documentación legal y administrativa se procederá a la apertura ELECTRÓNICA que contenga las proposiciones técnicas y económicas de los INVITADOS, sin que ello implique la evaluación de su contenido de acuerdo a lo previsto por el artículo 35, fracción I de la Ley y 47, octavo párrafo del Reglamento de la Ley. En caso de que exista faltantes u omisiones respecto a la presentación de algún documento, éstas se harán constar en el acuse de recepción que se envié para tal fin, sin que se deseche la proposición correspondiente conforme a lo señalado en el artículo 48 fracción III del Reglamento de la Ley.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 47, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley, la Convocante podrá determinar, dependiendo del número de proposiciones presentadas y del número de partidas licitadas, incluir en el acta el precio unitario de cada una de las partidas comprendidas en cada proposición o anexar copia de la proposición económica de los LICITANTES al acta respectiva, en este último caso se dará lectura al importe total de cada proposición económica. El acta se difundirá en el Sistema CompraNet 2023 el mismo día que se lleve el acto de presentación y apertura de las proposiciones.
De conformidad con el numeral 30 del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET”, publicado el 28 xx xxxxx de 2011, cuando por causas ajenas a dicho sistema o a la Convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación de la apertura de los sobres; a tal efecto la Convocante difundirá en CompraNet 2023 la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
La Secretaría de la Función Pública, podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en su poder.
De conformidad a lo establecido en el artículo 56 penúltimo párrafo de la Ley, la Convocante conservará toda la documentación e información electrónica comprobatoria de los actos, cuando menos por un lapso de tres años, contados a partir de la fecha de su recepción; excepto la documentación contable, en cuyo caso se estará a lo previsto por las disposiciones normativas aplicables.
Los servidores públicos facultados para presidir el acto rubricarán las proposiciones técnicas y económicas presentadas en esta invitación a cuando menos tres personas, de acuerdo a lo señalado por los artículos 35 fracción II de la Ley y 39 fracción III inciso “j” de su Reglamento.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones recibidas en tiempo y forma para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas.
En el acta, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación a cuando menos tres personas; esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto, y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición a través del Sistema CompraNet 2023.
Los LICITANTES al haber concluido el envío de sus proposiciones deberán conservar el acuse de recibo electrónico que emita la SFP a través de CompraNet de la presentación de proposiciones, en el caso de que la hayan enviado por CompraNet 2023.
La Convocante tendrá como no presentada la proposición del LICITANTE, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma; el Órgano Interno de Control dará fe de este acontecimiento.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el LICITANTE en el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la Convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la Convocante tampoco podrá desechar la proposición. Lo antes señalado conforme a lo dispuesto en el artículo 50 segundo párrafo del reglamento de la Ley.
3.6 CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA ADJUDICAR EL CONTRATO
Los criterios en que se fundamenta la evaluación de las proposiciones y la adjudicación de los SERVICIOS serán los siguientes:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 36 de la Ley, el criterio que se utilizará es BINARIO, esto es mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte las mejores condiciones para la Entidad y el precio más bajo y/o conveniente. En todos los casos la ASIPONA DOS BOCAS verificará que las proposiciones recibidas cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria a la licitación.
Los requisitos de forma que se señalan en la presente CONVOCATORIA y que no afectan la solvencia de la proposición, se entenderán que si bien para efectos de descalificación no es indispensable su cumplimiento, si lo es para la mejor conducción del procedimiento.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente CONVOCATORIA podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones, asimismo ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
De conformidad con el Artículo 29 fracción XV de la LEY, será causa de desechamiento de la proposición el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente CONVOCATORIA, que afecte la solvencia de la proposición, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los SERVICIOS, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Siempre y cuando el precio sea conveniente de acuerdo con lo establecido en la fracción XII del artículo 2 de la Ley.
En caso de empate entre dos o más propuestas, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 54 del Reglamento de la LEY y en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la LEY.
En el caso de errores u omisiones aritméticos en la propuesta económica, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, éstos serán rectificados de la siguiente manera: si existiere una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido. Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el precio expresado en palabras. Si el licitante no aceptare la corrección, su oferta será desechada. Lo anterior de acuerdo con el artículo 55 del Reglamento de la LEY.
EVALUACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE LAS PROPOSICIONES:
Se realizará la evaluación cuantitativa y cualitativa de la documentación presentada por los licitantes bajo el criterio SI CUMPLE-NO CUMPLE.
Se verificará que las proposiciones cumplan con todo lo señalado en la presente CONVOCATORIA.
EVALUACIÓN TÉCNICA:
Con apego en lo establecido por el artículo 36 de la LEY; la convocante efectuará mediante el área requirente, la evaluación técnica utilizando el criterio de evaluación binario conforme la metodología que se describe a continuación:
El área requirente deberá verificar que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la Convocatoria a la Licitación; la utilización del criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudicará a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo y conveniente para la entidad.
3.7 FECHA Y FORMA DE COMUNICACIÓN DEL FALLO
Se llevará a cabo de manera ELECTRÓNICA a través del Sistema Electrónico CompraNet 2023 el día 28 de julio de 2023 a las 13:00 horas en la Sala de Licitaciones de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicada en el domicilio descrito en el punto 1.1 de esta CONVOCATORIA; en dicho evento se levantará un acta en la cual se contendrá la información conforme a lo señalado en el artículo 37 de la Ley, y se difundirá en Sistema Electrónico CompraNet 2023, el mismo día del evento.
A los LICITANTES se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en el Sistema Electrónico CompraNet 2023, conforme lo establecido en el artículo 37 cuarto párrafo de la Ley. Para efectos de la notificación y en términos del artículo 37 Bis de la Ley, a partir de esa fecha que se indica en el párrafo anterior, se pondrá a disposición copia de esta acta en “Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx.- Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx., C.P. 86608”; en donde se fijará copia de la carátula del Acta o un ejemplar o el aviso del lugar donde se encuentra disponible, por un término no menor de cinco días hábiles, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes, acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente de conformidad con los artículos 35, fracción III, de la Ley y 48 de su Reglamento último párrafo.
Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, procederá la inconformidad que se interponga por parte de los LICITANTES en los términos del artículo 65 de la LEY.
3.8 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La ASIPONA DOS BOCAS entregará un ejemplar del contrato o pedido con firmas autógrafas del Director General de la entidad al licitante ganador. La formalización del contrato o pedido deberá realizarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo, el representante del licitante que firme el contrato deberá identificarse y acreditar su personalidad en los términos del punto 3.11.1 que lo faculte para ello.
Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
La firma del CONTRATO se realizará en el Departamento de Recursos Materiales de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicada en la planta baja en las oficinas de la ASIPONA DOS BOCAS, para proceder a la firma del contrato el PROVEEDOR deberá presentar el documento expedido por el SAT, en la que se emita opinión positiva sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales (ART. 32D).
ACREDITACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad al DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2023, señala en su transitorio tercero, a su letra lo siguiente:
TERCERO. En los procedimientos de contratación iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben modificar sus convocatorias, siempre que se encuentren dentro de los siete días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones, a efecto de establecer que las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales sean un requisito obligatorio para la firma del contrato, y no para participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Por lo anterior, la ASIPONA Dos Bocas hace la atenta aclaración que para el caso del licitante que resulte adjudicado, las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social serán necesaria para llevar a cabo la formalización del contrato correspondiente, por lo que de no presentarse dichos documentos en sentido positivo, no se podrá formalizar contrato alguno.
Los derechos y obligaciones que se deriven del CONTRATO una vez adjudicado, no podrán cederse en forma parcial ni total, a favor de otra persona física o moral, excepto los derechos de cobro, previa solicitud del PROVEEDOR y de la autorización expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS.
El PROVEEDOR que injustificadamente y por causas imputables a él no formalice el CONTRATO adjudicado dentro del plazo establecido para tal efecto, será sancionado conforme a lo establecido en el artículo 60 de la LEY, sin menoscabo de las sanciones previstas en el artículo 59 de la misma. En estos casos, la ASIPONA DOS BOCAS podrá adjudicarlo al LICITANTE que haya presentado la propuesta económica siguiente más baja, siempre y cuando la diferencia en precio no rebase el 10% (diez por ciento) con respecto a la ganadora en primera instancia, de conformidad con el artículo 46, párrafo segundo de la LEY.
3.9 PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES
De conformidad con el artículo 77 último párrafo, del Reglamento de la Ley, no resulta aplicable a este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica la presentación de propuestas conjuntas.
…
No resulta aplicable a los procedimientos previstos en este artículo la presentación de propuestas conjuntas, salvo que la convocante lo estime conveniente para fomentar la participación de las MIPYMES, o bien, por necesidades técnicas para obtener proposiciones en forma integral, en cuyo caso se deberá considerar, en lo aplicable, lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 34 de la Ley y el artículo 44 de este Reglamento.
…
3.10 LOS LICITANTES SÓLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN POR INVITACIÓN
De conformidad con lo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 26 de la LEY y en el inciso f) numeral III del artículo 39 del Reglamento de la LEY, los licitantes participantes, solo podrán presentar una proposición por invitación pública.
3.11 FORMA EN QUE DEBERÁ ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA EL LICITANTE
En términos de lo previsto en la fracción V del artículo 48 del REGLAMENTO, el LICITANTE, dentro de su propuesta técnica, deberá proporcionar la información a que se refiere el formato que se agrega a las presentes CONVOCATORIA como ANEXO 5. Dicho formato deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE y estar rubricado por la persona que suscribe la oferta, quien debe contar con los documentos notariales que la acrediten como representante legal con las facultades expresas para firmar contratos.
El escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, contendrá los datos siguientes:
Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios; y
Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Únicamente el PROVEEDOR, y previo a la firma del CONTRATO correspondiente, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su legal existencia y las facultades de su representante para suscribir el CONTRATO, información que se detalla en el punto 3.11.1 de esta CONVOCATORIA.
3.11.1 RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
3.11.1.a) Para personas xxxxxxx:
Copia simple y copia certificada del Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público que corresponda, y de sus modificaciones en su caso, que acredite la existencia legal de su empresa.
Poder notarial debidamente expedido por Notario Público, en el cual se faculte expresamente al representante para firmar contratos. En caso de poderes generales para actos de dominio o de administración, éstos deberán presentar la inscripción ante el Registro Público que corresponda.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, del representante.
Cédula de identificación fiscal del PROVEEDOR.
3.11.1.b) Tratándose de personas físicas:
Acta de nacimiento para acreditar su nacionalidad mexicana.
Copia de credencial oficial vigente con fotografía y firma. Acompañado original para su cotejo.
3.11.1.c) Tratándose de personas físicas x xxxxxxx (ambos casos):
Copia de la constancia del domicilio fiscal en el formato de la SHCP.
Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria en el que se emita el cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social de forma POSITIVA.
Registro para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión Integral. Este formato deberá entregarse debidamente requisitado y firmado por el PROVEEDOR. Este formato se presenta como ANEXO 15 de esta CONVOCATORIA.
De conformidad al DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2023, señala en su transitorio tercero, a su letra lo siguiente:
TERCERO. En los procedimientos de contratación iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben modificar sus convocatorias, siempre que se encuentren dentro de los siete días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones, a efecto de establecer que las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales sean un requisito obligatorio para la firma del contrato, y no para participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Por lo anterior, la ASIPONA Dos Bocas hace la atenta aclaración que para el caso del licitante que resulte adjudicado, las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social serán necesaria para llevar a cabo la formalización del contrato correspondiente, por lo que de no presentarse dichos documentos en sentido positivo, no se podrá formalizar contrato alguno.
NOTA IMPORTANTE: Si el PROVEEDOR ya presentó con anterioridad a la ASIPONA DOS BOCAS los documentos que se señalan en los incisos a), b), c) d), e) y g) porque ya esté inscrito en el padrón de PROVEEDOR de esta ENTIDAD, no será necesario que los presenten nuevamente, siempre y cuando dichos documentos no hayan cambiado y estén vigentes.
3.12 DOCUMENTOS DE LAS PROPOSICIONES, QUE DEBERÁN RUBRICARSE
En términos de la fracción II del artículo 35 de la LEY, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público de la ASIPONA DOS BOCAS facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán los siguientes documentos:
Anexo 1. Descripción detallada de los servicios
Anexo 2. Carta proposición
Anexo 3. Relación de precios unitarios
Anexo 7. Artículo 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley
Anexo 8. Declaración de integridad
Anexo 11 A. Fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Física
Anexo 11 B. Fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Moral
3.13 REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES
Los licitantes deberán entregar la información señalada a continuación con base en los requisitos que deben cumplir, en el ANEXO 9, Formato “Relación de documentos a presentar en las proposiciones”.
REFERENCIA |
DOCUMENTO |
OBSERVACIONES |
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REQUISITOS LEGALES |
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3.13.1 |
Información que acredita la personalidad del LICITANTE, conforme al formato del ANEXO 5. Este documento lo presentará en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.2 |
Declaración de Integridad, en la que el LICITANTE manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la ASIPONA DOS BOCAS, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES, con fundamento en el artículo 39, Apartado I, Inciso f) del REGLAMENTO. Este documento lo elaborará en hoja membretada de acuerdo al formato presentado en el ANEXO 8 de esta CONVOCATORIA. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.3 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos contenidos en el Artículo 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público (Ver Texto en ANEXO 7 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.4 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste que conoce y acepta el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que en su caso se deriven de las Juntas de Aclaraciones. (Ver Texto en ANEXO 4 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.5 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos de la Fracción IX del Artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. (Ver Texto en ANEXO 11-A o 11-B según aplique de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.6 |
Escrito de Clasificación de Empresa ANEXO 18. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.7 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. ANEXO 12. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.8 |
Modelo del contrato. ANEXO 19. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS FINANCIEROS |
|||
3.13.9 |
FORMATO de acreditación del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales ANEXO 6. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.10 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. ANEXO 16. |
La falta de este documento, será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.11 |
Declaración fiscal anual del ejercicio 2022 para personas xxxxxxx y físicas, (copia simple legible con Acuse y Recibo de Pago), ANEXO 24.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.12 |
Última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio (mayo 2023) (copia simple legible con Acuse y Recibo de Pago). ANEXO 25.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS |
|||
3.13.13 |
FORMATO relación de documentos a presentar en las proposiciones. ANEXO 9. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.14 |
Formato de identificación de información confidencial o información reservada, que el LICITANTE entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, en la LICITACIÓN (Ver Texto en ANEXO 13 de esta CONVOCATORIA). |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.15 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. NOTA: Este documento lo entregarán debidamente llenado con los datos requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía electrónica. ANEXO 14. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
|
3.13.16 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión de Calidad y Ambiental. NOTA: Este documento será entregado, debidamente llenado con los datos requeridos, por el licitante ganador previo a la firma del CONTRATO. ANEXO 15. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.17 |
Programa xx Xxxxxxx Productivas. ANEXO 17. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.18 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema Integrado de Gestión de Calidad Ambiental, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, OHSAS 18001:2007, ISO 45001:2018 ANEXO 22. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.19 |
Copia del formato de registro de participación a la Invitación a cuando menos tres personas que genera el sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/, o escrito de interés en participar. ANEXO 23. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
REQUISITOS TÉCNICOS |
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3.13.20 |
Descripción detallada de los SERVICIOS, sin precios (ANEXO 1). Incluye:
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.21 |
Currículum del LICITANTE, el cual deberá contener al menos la información descrita en el ANEXO 10. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.22 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con al menos un año de experiencia en la entrega de SERVICIOS referidos en el ANEXO 1, al momento de presentar sus propuestas. ANEXO 26.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.23 |
Organigrama del área de la empresa que entregará los SERVICIOS a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. ANEXO 27. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.24 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para suministrar los SERVICIOS motivo de esta CONVOCATORIA. ANEXO 28. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.25 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que en su caso, cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. ANEXO 29. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.26 |
Formato libre para describir la propuesta de trabajo ANEXO 20, incluye: a).- Metodología y Plan de trabajo propuesto por el licitante. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.27 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. ANEXO 30. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.28 |
Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social expedida por dicha dependencia. ANEXO 21. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
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3.13.29 |
Aviso de Privacidad. ANEXO 31.
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La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS ECONÓMICOS |
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3.13.30 |
Carta proposición, esta deberá requisitarse de acuerdo con el formato mostrado en el ANEXO 2 de esta CONVOCATORIA. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.31 |
Relación de precios unitarios de los SERVICIOS, utilizando el formato de los ANEXO 3. Este documento deberá firmarse por la persona facultada (LICITANTE o su apoderado) y elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
3.14 INCONFORMIDADES
Las personas interesadas podrán inconformarse con base en lo establecido en los artículos del Capítulo Primero Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El área para recibir las inconformidades que pudieran suscitarse con motivo del proceso de adjudicación del contrato respectivo, es el Órgano Interno de Control en la ASIPONA DOS BOCAS, con dirección en: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxx, Paraíso, Tabasco, C.P. 86608, o directamente en la SFP en la Ciudad de México, cuyo domicilio es: Av. Xxxxxxxxxxx Xxx, Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, D.F. Tel. (00) 0000-0000.
3.15 CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Será causa de desechamiento, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la CONVOCATORIA que afecten la solvencia de la propuesta y, por cualquier motivo omitan algún requisito solicitado en la presente Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional.
Se desecharán las propuestas de los LICITANTES que incurran en uno o varios de los siguientes aspectos:
No cumplen con alguno de los requisitos especificados en la CONVOCATORIA y sus ANEXOS que afecte la solvencia de la propuesta.
Si se comprueba que algún LICITANTE ha acordado con otros elevar los precios de los SERVICIOS, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES.
Si presenta su propuesta técnica y/o económica incompleta.
Las propuestas incluyan contradicciones o intentos de especulación.
Cuando se reciba información oficial de que el LICITANTE, después de haber adquirido la CONVOCATORIA, se encuentre en cualquiera de los supuestos a que se refiere el artículo 50 y 60 de la LEY.
Cuando el LICITANTE proponga alternativas que modifiquen las condiciones establecidas en la presente CONVOCATORIA, o en su caso, las acordadas en las Juntas de Aclaraciones.
No cumplir con las especificaciones técnicas de esta CONVOCATORIA.
No presentar la vigencia de la proposición de acuerdo con lo solicitado.
Cualquier otra violación a las disposiciones de la LEY y/o su REGLAMENTO.
Que alguna de las propuestas presentadas no resulte solvente y estén por encima del presupuesto otorgado.
Cuando presuntamente el LICITANTE presente información falsa o imprecisa, y así lo determine la autoridad competente.
Las demás que se encuentren expresas en el cuerpo de la presente CONVOCATORIA o sus anexos.
Para estos casos se incluirán las observaciones procedentes en las actas que correspondan.
Se ratifica que no serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la ASIPONA DOS BOCAS, que tengan como propósito facilitar la presentación de proposiciones y agilizar los actos de la LICITACIÓN de contratación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los LICITANTES respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
3.16 SUSPENDER TEMPORALMENTE LA INVITACIÓN
La ASIPONA DOS BOCAS podrá suspender la INVITACIÓN, cuando se presuma que existe arreglo entre LICITANTES para elevar los precios del SERVICIOS objeto de esta INVITACIÓN o cualquier otro acuerdo que tenga como fin de obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES, o bien, cuando se presuma la existencia de otras irregularidades; en estos casos se realizará una notificación debidamente fundada y motivada, informando las causas de dicha suspensión a todos los LICITANTES, turnándose copia al Titular del Órgano Interno de Control para que por su conducto, se realicen las diligencias que considera pertinente.
Si desaparecen las causas que hubiesen motivado la suspensión, previa notificación por escrito a todos los LICITANTES, se reanudará la INVITACIÓN. Solamente podrán participar los LICITANTES que no hubiesen sido descalificados, lo cual será notificado al Titular del Órgano Interno de Control en esta Entidad.
3.17 CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN
Se podrá cancelar la INVITACIÓN en los siguientes casos:
En caso fortuito o de fuerza mayor.
Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para prestar los SERVICIOS, y que, de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la ENTIDAD.
Si se comprueba la existencia de arreglos entre la mayoría de los LICITANTES para elevar los precios de los SERVICIOS, y de otras irregularidades.
Por orden escrita debidamente fundada y motivada, de autoridad competente.
Cuando se suspenda definitivamente la INVITACIÓN, se avisará por escrito a todos los LICITANTES.
3.18 DECLARAR DESIERTA LA INVITACIÓN
Se podrá declarar desierta la Invitación a Cuando Menos Tres Personas cuando:
Ninguna de las proposiciones presentadas reúne los requisitos de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS.
Ninguno de las LICITANTES presente propuestas solventes.
Ninguna de las ofertas presentadas presente precios aceptables conforme a la investigación xx xxxxxxx realizada.
Cuando no se reciba ninguna proposición en el acto de presentación y apertura de las mismas.
En estos casos la ASIPONA DOS BOCAS emitirá una segunda CONVOCATORIA, o bien optará por el supuesto de excepción previsto en el artículo 41 fracción VII de la LEY.
3.19 RESCISIÓN DEL CONTRATO
La ASIPONA DOS BOCAS, en los términos del artículo 54 de la LEY, podrá rescindir administrativamente el CONTRATO por cualquiera de las siguientes causas:
Cuando el PROVEEDOR NO preste los SERVICIOS a que se refiera el CONTRATO y sus anexos, de conformidad con lo establecido en el mismo.
Cuando el PROVEEDOR subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del CONTRATO, o de los derechos del mismo.
Cuando no se dé cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el CONTRATO.
Que no otorgue a la ASIPONA DOS BOCAS, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión durante la prestación de los SERVICIOS.
Que el PROVEEDOR sea declarado en concurso mercantil.
Que ceda los derechos u obligaciones derivado de este contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
Se iniciará a partir de que el PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, la dependencia o entidad contará con un plazo de quince días para solventar, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el PROVEEDOR. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada y motivada y comunicada al PROVEEDOR dentro de dicho plazo, y
Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que debe efectuar la ASIPONA DOS BOCAS, por concepto de la prestación de SERVICIOS hasta el momento de la rescisión.
Asimismo, se podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los SERVICIOS y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS. En estos supuestos la ASIPONA DOS BOCAS reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el CONTRATO correspondiente. Además de las causas que deriven de la legislación aplicable.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se entregaran los SERVICIOS, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la ASIPONA DOS BOCAS de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
Al no dar por rescindido el contrato, la ASIPONA DOS BOCAS establecerá con el PROVEEDOR otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la LEY.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Cuando estas causas sean el motivo de la rescisión.
En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
3.20 DE LAS CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de la presente INVITACIÓN se resolverán con apego a lo previsto en la LEY, su REGLAMENTO y demás disposiciones legales vigentes, así como en las demás disposiciones administrativas de carácter federal.
3.21 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis de la LEY, el CONTRATO podrá darse por terminado anticipadamente por la ASIPONA DOS BOCAS, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los SERVICIOS originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP.
En estos supuestos la ASIPONA DOS BOCAS reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
3.22 ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
El PROVEEDOR debe hacer entrega de los SERVICIOS convenidos en el CONTRATO dentro de los plazos y formas fijados en el mismo, y de conformidad con lo señalado en el Anexo 1 de esta Convocatoria.
En caso contrario, el PROVEEDOR, según sea el caso, se hará acreedor a una pena convencional por cada día de atraso o a una deductiva, de acuerdo al punto 2.18 de esta CONVOCATORIA.
Previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas originalmente, a solicitud expresa del PROVEEDOR, y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a la ASIPONA DOS BOCAS, ésta podrá modificar el CONTRATO a efecto de diferir la fecha para la entrega de los SERVICIOS. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
En caso de que el PROVEEDOR no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor a la aplicación de las penas convencionales.
3.23 SANCIONES
El PROVEEDOR será inhabilitado temporalmente, por conducto de la Secretaría de la Función Pública, para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la LEY, cuando no firme el CONTRATO correspondiente por causas imputables al mismo, y también cuando incurran en los demás casos descritos en el artículo 60 de la Ley en los términos que en dicho numeral se expresan.
Las sanciones se aplicarán de conformidad con el siguiente procedimiento:
Se notificará por escrito al PROVEEDOR sobre hechos constitutivos de la infracción para que, dentro del término que para tal efecto se señale y que no podrá ser mayor de 10 días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime conveniente;
Transcurrido el término del plazo a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer;
La resolución será debidamente fundada y motivada, y se comunicará por escrito al PROVEEDOR.
3.24 NOTA INFORMATIVA PARA LICITANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO Y FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES
México es signatario de la Convención contra el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales y el Desarrollo Económico (OCDE) y por ello se ha comprometido a difundir sus lineamientos y asegurar que tanto el sector público como el privado, conozcan los lineamientos de la Convención.
En concordancia con dichos lineamientos, el gobierno mexicano analizó las leyes mexicanas y encontró que era menester modificar el artículo 22 del Código Penal federal para contemplar el cohecho de servidores públicos extranjeros, por lo cual en noviembre de 1999 el Ejecutivo Federal propuso adicionar al Código el Artículo 222 bis.
Con fundamento en lo señalado anteriormente, la SFP instruyó a las entidades de la Administración Pública Federal a incorporar en la CONVOCATORIA de Invitación a cuando menos tres personas el ANEXO 12, al cual deberán dar lectura los licitantes.
3.25 ACCESO A LA INFORMACIÓN
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala dentro de su articulado 113, lo siguiente:
(…)
Artículo 113. Se considera información confidencial:
I. La que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable;
II. Los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos, y
III. Aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales.
La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los Servidores Públicos facultados para ello.
(…)
En función de los antecedentes, los licitantes deberán entregar debidamente requisitado los datos requeridos el ANEXO 13, mediante el cual darán a conocer a la ASIPONA DOS BOCAS los documentos que le entregarán en la LICITACIÓN como información confidencial o información reservada.
3.26 ENCUESTA (PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN)
Los licitantes proporcionarán al finalizar la Invitación a cuando menos tres personas, el ANEXO 14, Formato ASIPONA DBO-GAF-F-19 Formato para Evaluar la Percepción de Transparencia en la Invitación a cuando menos tres personas, debidamente llenado con los datos requeridos. Este documento lo entregarán debidamente requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía fax o mensajería.
El llenado de esta encuesta es opcional; sin embargo es importante para la ASIPONA DOS BOCAS su llenado y entrega, con el fin de incidir en el proceso de mejora continua en el desarrollo de las licitaciones.
Datos Personales
El tratamiento de datos personales que los licitantes han proporcionado a la ASIPONA DOS BOCAS para los fines de la presente Invitación a cuando menos tres personas se sujetará a las facultades o atribuciones que la normatividad aplicable les confiere, en los términos que establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, por el caso de la ASIPONA DOS BOCAS y en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de Particulares, en el caso de los licitantes.
3.27 CUESTIONARIO A PROVEEDORES PARA INTEGRAR EL LISTADO DE PROVEEDORES EVALUADOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL
Con la finalidad de que la ASIPONA DOS BOCAS pueda incorporar al PROVEEDOR, en caso de que aún no lo esté, a su padrón de PROVEEDORES evaluados de su Sistema de Gestión Integral, de acuerdo a sus procedimientos internos ASIPONA DOS BOCAS -DBO-GAF-P-50 “ADQUISICIONES”, y ASIPONA DOS BOCAS -DBO-GAF-P-56 “EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROVEEDORES” el PROVEEDOR entregará debidamente requisitado el ANEXO 15, previo a la firma del contrato.
APARTADO IV
ANEXOS QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA TÉCNICA, LEGAL Y ECONÓMICA
4.1 ANEXOS QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
ANEXO 1 |
Descripción detallada de los SERVICIOS. |
ANEXO 2 |
FORMATO Carta Proposición. |
ANEXO 3 |
FORMATO para indicar precios unitarios de los SERVICIOS. |
ANEXO 4 |
FORMATO para declarar que conoce la CONVOCATORIA. |
ANEXO 5 |
FORMATO para acreditar la personalidad del LICITANTE. |
ANEXO 6 |
FORMATO de acreditación del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales. |
ANEXO 7 |
FORMATO para presentar el escrito referente al artículo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
ANEXO 8 |
FORMATO para manifestar la declaración de integridad. |
ANEXO 9 |
FORMATO relación de documentos a presentar en las proposiciones. |
ANEXO 10 |
FORMATO para la elaboración del Currículum empresarial. |
ANEXO 11-A |
FORMATO para presentar el escrito referente a la Fracción IX del Artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Física. |
ANEXO 11-B |
FORMATO para presentar el escrito referente a la Fracción IX del Artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Moral. |
ANEXO 12 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. |
ANEXO 13 |
FORMATO de identificación de información confidencial o información reservada. |
ANEXO 14 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. |
ANEXO 15 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión de Calidad y Ambiental. |
ANEXO 16 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. |
ANEXO 17 |
Formato xx Xxxxxxx Productivas. |
ANEXO 18 |
Escrito de clasificación de empresa. |
ANEXO 19 |
Modelo de Contrato. |
ANEXO 20 |
Propuesta de trabajo. |
ANEXO 21 |
Carta bajo protesta de decir verdad de encontrarse al corriente de sus Obligaciones en Materia de Seguridad Social con el IMSS. |
ANEXO 22 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema Integrado de Gestión de Calidad Ambiental, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, OHSAS 18001:2007, ISO 45001:2018. |
ANEXO 23 |
Copia del formato de registro de participación a la Invitación a cuando menos tres personas que genera el sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/, o escrito de interés en participar. |
ANEXO 24 |
Declaración fiscal anual del ejercicio 2022 para personas xxxxxxx y físicas.
NOTA: El licitante deberá adjuntar el comprobante de pago para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
|
ANEXO 25 |
Última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2023.
NOTA: El licitante deberá adjuntar el comprobante de pago para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. |
ANEXO 26 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en la entrega de SERVICIOS referidos en el ANEXO 1, al momento de presentar sus propuestas. |
ANEXO 27 |
Organigrama del área de la empresa que entregará los SERVICIOS a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. |
ANEXO 28 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para suministrar los SERVICIOS motivo de esta CONVOCATORIA. |
ANEXO 29 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. |
ANEXO 30 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. |
ANEXO 31 |
Aviso de privacidad del Licitante. |
ANEXO 1
DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SERVICIOS
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
1. ANTECEDENTES.
La nueva norma de CONAGUA regula la medición de volúmenes de aguas nacionales que son extraídos, principalmente enfocada a pozos de agua. Esta norma pretende mejorar la relación del usuario con la autoridad, así como mejorar en la administración del recurso.
La norma aplica a todos aquellos que tienen la obligación legal de medir los volúmenes de aguas nacionales que usen, exploten o aprovechen usuarios de aguas nacionales que tengan el título de asignación o concesión por la CONAGUA para:
Fuentes de abastecimiento subterránea (Pozos) con infraestructura por bombeo en tubería a presión. Aplica para empresas públicas o privadas
Fuentes de abastecimiento Superficial. Ya sea mediante bombeo, o superficie libre.
El cumplimiento de esta norma será a partir del primero de julio de 2022 de acuerdo con la publicación del Diario Oficial de la Federación del 20 xx Xxxx del 2021, y es obligatorio a nivel nacional.
Para el cumplimiento de la norma, es necesario cumplir una serie de lineamientos y pasos que van desde la revisión de las instalaciones, adecuaciones en medidores y telemetría (Transmisión de datos hacia CONAGUA), tramites (PSI y UVA) y varios pasos más para la implementación de dicha norma.
Como marco normativo, la norma fue publicada en el DOF en julio de 2018, bajo las siguientes premisas :
Entra en vigor el 21 de Septiembre de 2019 según publicación del DOF 21/09/2018.
Al ser una norma NMX, no es de carácter obligatorio
El 28 xx Xxxxx de 2022, es publicado en el DOF un comunicado de Prensa de la CONAGUA. A partir de este comunicado, la norma NMX-AA-179-SCFI-2018 se vuelve de carácter obligatorio a quien le aplica
Es de aplicación en todo el país y en aguas nacionales
Por tal motivo Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. (ASIPONA DB) requiere, para este requerimiento legal de cumplimiento OBLIGATORIO para el título de concesión a nombre de ASIPONA con Número 11TAB109487/29FMDL10:
No de titulo |
11TAB109487/29FMDL10 |
Vigencia |
10 años |
No. de puntos de extracción |
Uno de Uno |
Volumen anual autorizado de Extracción |
160,000 m3/Año |
Extracción |
Subsuelo (Pozo) |
Gasto máximo (L/seg) |
7 |
Debido a la especialización que se requiere para la realización de estos trabajos y a que la ASIPONA DB no cuenta el personal suficiente para el cumplimiento de la norma, se requiere contratar los servicios especializados a fin de que se realice dichos trabajos para la ASIPONA DB, los cuales se llevarán bajo la supervisión de un coordinador responsable del desarrollo y cumplimiento de los servicios, para cumplir con un Prestador de servicios integrados y una Unidad de verificación.
Como resultado esperado, se requiere realizar el diseño, construcción, aplicación y certificación del medidor de acuerdo al punto 5.1 de la mencionada norma:
5.2 Fuente de abastecimiento subterráneo:
Si la fuente de abastecimiento es de agua subterránea, se debe identificar si la forma de extracción es mediante bombeo, en cuyos supuestos se debe seleccionar un medidor que cumpla con las características establecidas en los incisos primarios 6.1 y 6.6 de esta Norma Mexicana siempre y cuando se trate de diámetros nominales entre trece y ochocientos milímetros (13 mm < 𝐷𝑁 < 800 mm), en caso de tener un diámetro mayor se debe seleccionar un medidor que reúna los requisitos previstos en los incisos primarios 6.2 y 6.6 de esta Norma Mexicana
2. LOCALIZACION DE LOS TRABAJOS.
El lugar donde se realizarán estos trabajos es en la Terminal de Usos Múltiples (TUM) de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. (ASIPONA DB), particularmente en el área xxx xxxx profundo y la planta de ósmosis inversa.
3. DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
La Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. (ASIPONA DB) requiere para la realización del servicio se realicen las siguientes actividades:
SELECCIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DEL MEDIDOR O SISTEMA DE MEDICIÓN, ASÍ COMO LA TRANSMISIÓN REMOTA DE LA INFORMACIÓN DE MEDICIÓN.
SUMINISTRO DE SISTEMA DE MEDICIÓN NMX179 DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA MEXICANA NMXAA-179-SCFI-2018
ADECUACIÓN HIDRÁULICA ESPECIALIZADA DE TREN DE DESCARGA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913, EN LA ASESORÍA E INSTALACIÓN DE MEDIDORES XX XXXXXXX EN TUBERÍAS A PRESIÓN, DE ACUERDO A LO PREVISTO EN EL APARTADO 7.0 DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018
INSTALACIÓN ELÉCTRICA E HIDRÁULICA Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE AGUA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913
DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO INICIAL BAJO TÉRMINOS DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018.
Las actividades por cubrir se describen en el punto 4 de los presentes términos de referencia.
4. ALCANCE DE LOS TRABAJOS.
El alcance a realizar para el cierre del plan de acción derivado de la Auditoría ambiental NDA1 llevada a cabo en la ASIPONA DB Terminal de Usos Múltiples, considera los siguientes actividades y entregables:
4.1 SELECCIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DEL MEDIDOR O SISTEMA DE MEDICIÓN, ASÍ COMO LA TRANSMISIÓN REMOTA DE LA INFORMACIÓN DE MEDICIÓN.
Este Servicio deberá ser proporcionado por un Prestador de Servicios Integrados de acuerdo con la norma NMX-AA-179-SCFI-2018 - MEDICIÓN DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES USADOS, EXPLOTADOS O APROVECHADOS, bajo lineamientos del estándar de competencia EC0913 -"asesoría e instalación de Medidores xx Xxxxxxx en tuberías a presión".
Consistirá en realizar una revisión y levantamiento de información bibliográfica y en campo, de las medidas precisas del sistema de bombeo, derivaciones y conexiones en el área de extracción marcada en el título de concesión. En las siguientes figuras se aprecia detalle del actual arreglo mecánico y dispositivo medidor de flujo instalados en la descarga de la xxxxx xx xxxx profundo:
Figura 1 Detalle xxx xxxx profundo y arreglo mecánico actual
Figura 2 Detalle del dispositivo de medición de flujo actual.
Los alcances del presente concepto serán los siguientes:
Levantamiento técnico Inicial E1P1-(EC0913) - Trabajos en Campo.
Matriz de comparación para la selección del medidor- E2P1(EC0913) - Trabajos de Gabinete.
Proyecto técnico final para la Selección, instalación y operación del Medidor o Sistema de medición, así como la transmisión Remota de la información de medición de Acuerdo al Apéndice A de la norma NMX-AA-179-SCFI2018- E3P1-E3P2 (EC0913)- Trabajos de Gabinete.
supervisión de la instalación del Medidor o Sistema de Medición y la correcta ejecución del Proyecto técnico final - E4P1 (EC0913) Trabajos en Campo.
Validación del funcionamiento del Medidor o Sistema de Medición, así como de la transmisión Remota de la información de medición E5P1 (EC0913) – Trabajos en Campo.
ENTREGABLE:
Reporte técnico especializado conteniendo el total de la información de ASIPONA Clasificada conforme a la norma NMX-AA-179-SCFI2018.
Proyecto ejecutivo, desarrollado conforme a los alcances de la norma NMX-AA-179-SCFI2018.
Incluye planos en autocad del diseño detallado para el Arreglo mecánico y las medidas y especificaciones de las instalaciones a desarrollar.
4.2 SUMINISTRO DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018
El desarrollo del presente concepto consiste en llevar a cabo el suministro del sistema de medición de flujo acorde al punto 6.1 y 6.6 de la norma anteriormente citada.
Deberá considerarse de acuerdo con lo siguiente:
a) Medidor de flujo:
Tipo Electromagnético Bridado DN 80 (3" pulgadas) cuerpo y bridas xx xxxxx al carbón
ANSI, interior goma dura (hard rubber) ip68 sumergible con electrodos hastelloy c
Amplificador con display remoto
Incluir al menos 20 metros de cable de señal para instalar Display en edificio de planta de Ósmosis
Todos los elementos deben cumplir con lo establecido en la NMX-AA-179-SCFI-2018 en el punto 6.1 Medidores para gasto a presión en conducciones con diámetros nominales entre trece y ochocientos milímetros (13 mm = DN = 800 mm).
b) Unidad de transmisión de datos cumpliendo con lo establecido en el apéndice J de la NMX-AA-179-SCFI-2018
Sistema de telemetría, incluye: memoria no volátil unidad de data Logger para almacenamiento de datos xx Xxxxxx enviada a CONAGUA según estructura acorde a la NMX-AA-179-SCFI-2018 comunicación vía protocolo modbus RS232
capacidad de almacenamiento cíclica de 6000 registros, ciclo de almacenaje 1 lectura por día
unidad de telemetría integral para envío de datos vía GPRS/WCDMA/HSPA/LTE, con redundancia en SMS, con comunicación dedicada multicarrier.
Gabinete para protección de electrónica, con xxxxxxxx, llave y chapa incluidas, para alojamiento de las unidades de procesamiento electrónicas.
unidad de telemetría y demás componentes. (plan de transmisión de datos incluidos durante el Primer año de operación)
sistema de respaldo con baterías de carga de ciclo profundo, selladas de tipo industrial totalmente libre de mantenimiento para un respaldo de todo el sistema
módulo ups para control y carga de baterías y entrada de funcionamiento inmediata con envío de alarma automática al activarse.
ENTREGABLE:
Equipo medidor de flujo y transmisor de datos conforme a la norma NMX-AA-179-SCFI2018.
Libre a bordo en las instalaciones de ASIPONA DOS BOCAS.
Incluye manuales de operación y revisión y toda la documentación técnica del equipo.
4.3 ADECUACIÓN HIDRÁULICA ESPECIALIZADA DE TREN DE DESCARGA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913
El desarrollo del presente concepto consiste en fabricar el arreglo mecánico y desarrollar el tren de descarga bajo la supervisión de personal certificado por el estándar EC0913.
Deberá considerarse de acuerdo con lo siguiente:
a) Arreglo mecánico:
Para este concepto deberá fabricarse el tren de descarga requerido conforme al diseño del proyecto ejecutivo del concepto 4.1.
Se debe considerar Materiales descritos en Reporte Levantamiento Técnico Inicial, herramienta y equipo, patrones calibrados, equipo de transporte, personal y todo lo necesario para su correcta ejecución.
ENTREGABLE:
Tren de descarga y arreglo mecánico adecuado conforme a la norma NMX-AA-179-SCFI2018.
Libre a bordo en las instalaciones de ASIPONA DOS BOCAS.
NOTA: ASIPONA DOS BOCAS únicamente considera dejar habilitada la brida correspondiente para la interconexión del arreglo mecánico y el tren de descarga del proyecto, el contratista será el encargado de suministrar materiales, mano de obra, accesorios y demás herramienta necesaria para el desarrollo del presente concepto.
4.4 INSTALACIÓN ELÉCTRICA E HIDRÁULICA Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE AGUA
El desarrollo del presente concepto consiste en realizar la instalación mecánica, eléctrica e hidráulica del sistema de medición y el panel de transmisión, por personal certificado por el estándar EC0913.
Deberá considerarse de acuerdo con lo siguiente:
a) Instalación del sistema:
Considera las maniobras para la instalación del sistema de medición, así como del tren de descarga y arreglo mecánico
Se deben considerar todas las interconexiones que actualmente tiene ASIPONA DOS BOCAS hacia la descarga xxx xxxx.
La instalación del panel de transmisión se realizará dentro del edificio de la planta de ósmosis.
b) Puesta en marcha:
Considera las actividades para poner en operación el sistema completo, incluyendo el sistema de transmisión de datos y telemetría del sistema.
Calibración de todos los elementos instalados.
c) Prueba de transmisión de datos:
Para la ejecución de esta actividad, se deberán habilitar los protocolos determinados en la norma NMX-AA-179-SCFI2018.
Se debe documentar la correcta transmisión de datos hacia la dependencia CONAGUA.
ENTREGABLE:
Instalación completa del sistema diseñado, desde la boca xxx xxxx con el arreglo mecánico y hasta el tren de descarga interconectado a todas las derivaciones que actualmente tiene ASIPONA DOS BOCAS.
Reporte técnico de las pruebas llevadas a cabo, en donde conste la calibración y correcta transmisión de datos a la CONAGUA.
Dictamen de funcionamiento del sistema instalado, verificando y certificando el correcto funcionamiento del sistema instalado en sus elementos electrónicos, mecánicos, eléctricos e hidráulicos. Dictamen de laboratorio o certificado de calibración emitido por laboratorio de calibración acreditado por la entidad de acreditación autorizada por la Secretaría de Economía que acredite que cumple con las características metrológicas especificadas en el Apéndice A de esta Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI2018. Con esta documentación se determinará si el medidor cumple con los requisitos establecidos en el Apéndice A de esta Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI2018.
NOTA: ASIPONA DOS BOCAS proporcionará las siguientes instalaciones en el lugar en donde se colocará el panel de lectura y transmisión de datos:
Alimentación eléctrica a 110 V. Alimentación Interruptor termomagnético de 10 A., con cable calibre 14 en una sola pieza con canalización bajo NOM
Conexión a tierra física adecuada y bajo especificación de la NOM.
Supresor xx xxxxx (regulador de voltaje) para evitar variaciones hacia los instrumentos electrónicos (con capacidad adecuada para el medidor de flujo).
4.5 DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO INICIAL BAJO TÉRMINOS DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018.
Para el presente concepto, el contratista deberá proporcionar los servicios de una Unidad de Inspección acreditada por la Entidad mexicana de acreditación (EMA) y aprobada por la CONAGUA, para realizar la certificación inicial del sistema, de acuerdo a lo siguiente:
a) Verificación de instalaciones:
Considera las visitas de campo y la recopilación de toda la información requerida para realizar el dictamen correspondiente. Esta actividad deberá ser desarrollada por personal certificado en el estándar de competencia EC0913, en la Asesoría e Instalación de Medidores xx Xxxxxxx en Tuberías a Presión, de acuerdo a lo previsto en la Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018.
Los servicios de la Unidad de inspección contratada, deberán ser independientes e imparciales del Prestador de Servicios Integrales que desarrolle los puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4 de los presentes términos de referencia, lo anterior en cumplimiento con la Ley Federal sobre infraestructura de la Calidad, y el punto 10 de la Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018.
b) Dictamen de cumplimiento inicial, conforme a punto 10 de la Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018
La verificación inicial o periódica se debe llevar a cabo únicamente por unidades de verificación acreditadas por la entidad de acreditación autorizada por la Secretaría de Economía y aprobadas por la Comisión Nacional del Agua a través de verificadores autorizados, ante quienes los usuarios deben presentar la solicitud correspondiente, conforme al siguiente procedimiento.
La verificación inicial debe realizarse dentro de los 30 días naturales posteriores a la instalación del medidor o sistema de medición por primera vez en el sitio o posterior a una reparación, dicha verificación se debe realizar por unidades de verificación acreditadas y aprobadas.
Los medidores del inciso primario 6.1 cuyo principio de medición sea relacionar los giros de las partes móviles con el volumen circulante (equipos xx xxxxxxx con propela, turbina, hélice, o similares) se deben verificar cada año contado a partir de la fecha en que se realizó la verificación inmediata anterior de la cual se obtuvo dictamen favorable.
Los medidores de los incisos primarios 6.1 y 6.2 sin partes móviles se deben verificar cada siete años, contados a partir de la fecha en que se realizó la verificación inmediata anterior de la cual se obtuvo dictamen favorable.
En la verificación inicial y extraordinaria del medidor o sistema de medición, la unidad de verificación acreditada y aprobada que realice los servicios, deberá apegarse al punto 10.3 de la Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018
5. ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES
Se deberá contemplar dentro de la revisión y gestión del presente proyecto, la descripción y adecuación de la documentación para las partidas 2 y 4 que comprenden el sistema de medición completo, y su instalación , estos son los conceptos que CONAGUA contempla para el beneficio fiscal de la disminución en el pago de derechos como lo señala la fracción I, del artículo 224-A de la Ley Federal de Derechos, en concatenación con la Regla 7.41 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Artículo 224-A. Los contribuyentes de los derechos a que se refiere el presente Capítulo, al momento de presentar sus declaraciones, podrán disminuir del pago del derecho respectivo las cantidades siguientes:
I.- El costo comprobado de los aparatos de medición y los gastos de su instalación que se efectúen, sin incluir las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otras contribuciones, para calcular el volumen de agua explotada, usada o aprovechada, en los términos de la presente Ley.
El monto a disminuir deberá señalarse en la declaración trimestral definitiva. Cuando el monto a disminuir sea mayor al derecho a cargo el excedente se descontará en las siguientes declaraciones trimestrales definitivas.
Los conceptos distintos a los anteriores, no se contemplarán para el beneficio fiscal de la disminución, por ejemplo, “servicio de transmisión de datos”, “piezas especiales (tales como la válvula check, válvula de regulación, silletas, etc.)”, “dictámenes emitidos por el Prestador de Servicios Integrados”, “mantenimiento preventivo o correctivo”, “modificaciones de obra estructural cuando se pretenda conservar el aparato de medición”, “gestión y documentos” etcétera, y deberán ser facturados por separado.
Adicionalmente, los PSI deberán expedir los CFDI por cada aparato de medición vendido e instalado en el aprovechamiento concesionado; en este sentido, las facturas que emitan no deberán contener los datos de más de un servicio prestado; es decir, que amparen más de un aparato de medición.
Por lo tanto, estos conceptos se deberán facturar de forma independiente, y son estas facturas las que se presentarán a la CONAGUA.
Adicionalmente, el proveedor deberá presentar un escrito una vez que se haya realizado el pago del concepto 1 y 2, para notificar a la CONAGUA que se ha adquirido el medidor y que ASIPONA DOS BOCAS se encuentran en el proceso de cumplimiento de la Norma con el objetivo de evitar cualquier sanción o requerimiento administrativo por parte de la CONAGUA.
Lo siguiente son los requerimientos básicos que deberán cubrir los trabajos en cada uno de sus Conceptos, los cuales tienen un carácter enunciativo, no limitativo.
El proveedor deberá realizar al menos una visita al sitio donde se realizarán los trabajos, a fin de que conozca la infraestructura existente y las condiciones físicas del lugar, las evalúe y determine la problemática que estos elementos puedan representar a favor o en contra de los mismos.
El proveedor deberá entregar de cada concepto desarrollado, los bienes e insumos así como la información descriptiva suficiente, de acuerdo con las especificaciones solicitadas en los presentes términos de referencia, a fin de que subsanar los requerimientos de la autoridad.
La ASIPONA DB se reserva el derecho de exigir al proveedor y éste de entregar, sin costo para la ASIPONA DB, en su caso, información adicional que se requiera, referente al objeto de estos términos, que, habiendo sido solicitada expresamente, haya sido omitida por el proveedor.
El proveedor deberá estar en contacto permanente con el personal designado para la supervisión del servicio de ASIPONA DB mediante reportes de avances y reuniones de trabajo, para efectos de supervisión y control.
El proveedor deberá considerar en su precio unitario, el uso de vehículos terrestre, brigadas de campo y de gabinete, ya que no se aceptarán reclamaciones de pagos extraordinarios por este motivo.
Toda la información documental que sirva de respaldo a los trabajos ejecutados deberá entregarse, además, en archivos electrónicos.
Toda la información documental impresa que se entregue deberá venir firmada por el proveedor y el coordinador responsable del desarrollo y cumplimiento de los servicios por parte de la ASIPONA DB, de lo contrario no se aceptara entrega.
Toda la información se entregará encuadernada en carpeta de argollas tamaño carta, perfectamente rotulada en su portada y lomo, incluyendo los anexos fotográficos DETALLADOS y referenciados a cada concepto desarrollado.
El proveedor deberá entregar memoria fotográfica de la ejecución de los conceptos que así lo requieran, y presentarla en el reporte mensual, incluyendo fotografías aéreas y georreferenciadas.
La persona responsable que designe el proveedor como PSI y como UNIDAD DE INSPECCIÓN responsable del Servicio deberá presentar evidencia de cumplir con las acreditaciones y certificaciones de la norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018, mismas que deberán estar vigentes durante toda la realización del proyecto.
6. PROGRAMA Y/O PLAZO DE EJECUCION.
El plazo para la realización de los trabajos será durante el periodo de duración del plan de acción de 5 meses (Agosto-2023 a Diciembre 2023).
ACTIVIDAD |
CONCEPTO |
AGO |
SEP |
OCT |
NOV |
DIC |
1 |
SELECCIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DEL MEDIDOR O SISTEMA DE MEDICIÓN, ASÍ COMO LA TRANSMISIÓN REMOTA DE LA INFORMACIÓN DE MEDICIÓN |
|
|
|
|
|
2 |
SUMINISTRO DE SISTEMA DE MEDICIÓN NMX179 DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA MEXICANA NMXAA-179-SCFI-2018 |
|
|
|
|
|
3 |
ADECUACIÓN HIDRÁULICA ESPECIALIZADA DE TREN DE DESCARGA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
|
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|
4 |
INSTALACIÓN ELÉCTRICA E HIDRÁULICA Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE AGUA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
|
|
|
|
|
5 |
DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO INICIAL BAJO TÉRMINOS DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018 |
|
|
|
|
|
7. FORMA DE PAGO.
Los trabajos objeto del presente contrato se pagarán de la siguiente manera:
PARTIDA 1: Se pagará de contado para realizar la programación del levantamiento inicial.
PARTIDA 2 Y 3: Se pagarán de forma anticipada para que el proveedor pueda iniciar la fabricación del medidor y del arreglo mecánico y su tren de descarga.
PARTIDA 4: Se pagará al término de la ejecución de la misma, contra entrega de la instalación, reporte y pruebas de operación.
PARTIDA 5: Se pagará a la entrega del dictamen de la Unidad de verificación, independientemente del resultado del dictamen.
ACTIVIDAD |
CONCEPTO |
CANTIDAD |
PU |
SUBTOTAL |
1 |
SELECCIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DEL MEDIDOR O SISTEMA DE MEDICIÓN, ASÍ COMO LA TRANSMISIÓN REMOTA DE LA INFORMACIÓN DE MEDICIÓN |
1 |
|
|
2 |
SUMINISTRO DE SISTEMA DE MEDICIÓN NMX179 DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA MEXICANA NMXAA-179-SCFI-2018 |
1 |
|
|
3 |
ADECUACIÓN HIDRÁULICA ESPECIALIZADA DE TREN DE DESCARGA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
1 |
|
|
4 |
INSTALACIÓN ELÉCTRICA E HIDRÁULICA Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE AGUA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
1 |
|
|
5 |
DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO INICIAL BAJO TÉRMINOS DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018 |
1 |
|
|
8. RECEPCIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS.
Se entregará debidamente firmados por el proveedor y el personal designado para la supervisión del servicio de ASIPONA DB y respaldados electrónicamente todos los insumos, servicios y documentos producto de los trabajos y que constituyen la materia de los mismos.
El proveedor entregará la información elaborada y recopilada como evidencias de cumplimiento del plan de acción derivado de la preauditoria ambiental en formato PDF en una USB acompañado de las minutas de trabajo firmadas originales en carpeta de 3 arillos.
Dentro de estas carpetas, integrará toda la información documental producto de la realización de los trabajos, perfectamente clasificada, de lo contrario no será aceptado por personal designado para la supervisión del servicio de ASIPONA DB.
Toda la información documental que se entregue como producto de este trabajo se deberá entregar respaldada en archivos electrónicos.
A T E N T A M E N T E
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DECLARO QUE CONOZCO Y REALIZARÉ TODOS LOS TRABAJOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO 1.
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 2
CARTA PROPOSICIÓN
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
Con relación a la convocatoria pública No. ___ publicada el _____________ del año en curso en la cual se convoca a los interesados para que participen en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, para llevar a cabo el servicio de __________________, que convoca la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., sobre el particular, por mi propio derecho, en mi carácter de (indicar puesto o cargo) de la empresa (nombre o razón social) manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
Que conozco y acato las disposiciones legales para la contratación de la ________________, que rigen estas operaciones para las empresas de participación estatal mayoritaria del Gobierno Federal Mexicano.
Que el subtotal de la Contratación de ______________, (antes de IVA) (pesos mexicanos) es: Monto $_______________ monto en letras (_________________)
Que el plazo de pago (días naturales) posteriores a la presentación de las facturas y documentos correspondientes es: ______________________
Que el período de vigencia del CONTRATO será de: __________________________________
Que el precio ofertado de los SERVICIOS permanecerá fijo durante la vigencia del CONTRATO.
Que el lugar donde presentaré las facturas es en el domicilio de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Que la vigencia de la propuesta es de 40 días naturales.
Hago constar que la CONVOCATORIA de la INVITACIÓN convocada por la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., han sido revisadas por el personal técnico, administrativo y jurídico de esta empresa y que estamos de acuerdo en que rijan las operaciones comerciales entre la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., y mi representada; por lo que nos sometemos a las normas del derecho mexicano, respecto a cualquier controversia que se llegara a suscitar, relativa a las operaciones correspondientes.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 3
FORMATO PARA INDICAR PRECIOS UNITARIOS DE LOS SERVICIOS
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
En relación al procedimiento de contratación convocado, en la cual se solicita a los interesados, para que participen en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, para llevar a cabo la Contratación de __________________, que convoca la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., sobre el particular, por mi propio derecho, en mi carácter de (indicar puesto o cargo) de la empresa (nombre o razón social), presento a continuación el precio unitario de lo siguiente:
ACTIVIDAD |
CONCEPTO |
CANTIDAD |
XXXXX UNITARIO |
IMPORTE |
1 |
SELECCIÓN, INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DEL MEDIDOR O SISTEMA DE MEDICIÓN, ASÍ COMO LA TRANSMISIÓN REMOTA DE LA INFORMACIÓN DE MEDICIÓN |
1 |
|
|
2 |
SUMINISTRO DE SISTEMA DE MEDICIÓN NMX179 DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA MEXICANA NMXAA-179-SCFI-2018 |
1 |
|
|
3 |
ADECUACIÓN HIDRÁULICA ESPECIALIZADA DE TREN DE DESCARGA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
1 |
|
|
4 |
INSTALACIÓN ELÉCTRICA E HIDRÁULICA Y PUESTA EN MARCHA DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE AGUA BAJO SUPERVISIÓN DE PERSONAL CERTIFICADO EN EL ESTÁNDAR DE COMPETENCIA EC0913 |
1 |
|
|
5 |
DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO INICIAL BAJO TÉRMINOS DE LA NORMA MEXICANA NMX-AA-179-SCFI-2018 |
1 |
|
|
Monto total de la propuesta: (con letra y sin incluir el IVA)
El proveedor deberá indicar en su oferta económica que el precio será fijo hasta la notificación del fallo y para el caso de resultar adjudicado sus precios se mantendrán fijos hasta que se concluyan todas las obligaciones contractuales establecidas. Asimismo, deberá indicarse en la oferta económica, la cantidad con letra, señalando que es Moneda Nacional y la vigencia del servicio de conformidad con el Anexo 1.- Anexo técnico, así como una vigencia de su propuesta de 40 días naturales a partir de la presentación de la proposición.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 4
FORMATO DECLARACIÓN DE QUE CONOCE LA CONVOCATORIA
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
Con relación a la convocatoria pública en la cual se convoca a los interesados para que participen en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023,_________________, que convoca la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., sobre el particular, manifiesto que conozco y acepto el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que derivaron de la Junta de Aclaraciones.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 5
FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
_______________(nombre)________________manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional, a nombre y representación de:__________________(persona física o moral)_____________.
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.
Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos
Correo electrónico Fax:
No. de la escritura pública en la que consta de acta constitutiva: Fecha:
N ombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma:
Relación de accionistas.
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva: (señalar objeto de la reforma y la fecha en que se realizó)
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público que protocolizó la reforma:
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
Protesto lo necesario
(Nombre y firma)
ANEXO 6
FORMATO DE ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023
ARTÍCULO 32-D CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
PROCEDIMIENTO QUE DEBE OBSERVARSE PARA CONTRATACIONES CON LA FEDERACIÓN Y ENTIDADES FEDERATIVAS
En atención a lo estipulado en el Artículo 32-D primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del Código Fiscal de la Federación y la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. Adjunto al presente me permito entregar a usted copia de la consulta realizada al SAT para verificar el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales.
• Que el acuse de recepción de la solicitud de la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales relativo al artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, contiene los siguientes datos:
-Fecha de recepción de la solicitud de la opinión: ___________________________.
-Folio: ______________________.
Se adjunta a la presente copia simple del acuse de recepción de la solicitud antes mencionada.
Así mismo, manifiesto que en el caso que exista créditos fiscales determinados firmes o no, me comprometo a pagarlos antes del inicio del presente contrato.
Sin otro particular quedo de Usted.
A t e n t a m e n t e
__________________________________
Nombre, denominación o razón social
ANEXO 7
FORMATO PARA PRESENTAR EL ESCRITO REFERENTE AL ARTÍCULO 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Lugar y fecha de expedición
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
A fin de participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023 para la Contratación ______________________, nos permitimos declarar bajo protesta de decir verdad, que conocemos la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y aceptamos participar en dicho proceso con estricto apego a sus preceptos, así como, “NO ENCONTRARNOS DENTRO DE LOS SUPUESTOS”, que establece el Artículo 50 de dicha Ley.
No tenemos ningún vínculo de los citados en la fracción I del Artículo 50 o dentro del supuesto establecido en el último párrafo del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con los servidores públicos, que deban decidir directamente o los que les hayan delegado tal facultad, sobre la adjudicación del pedido o contrato que sirve este proceso.
No tenemos impedimento legal para participar en este proceso.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 8
FORMATO DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
(LUGAR Y FECHA DE ELABORACIÓN)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
Conforme a la disposición señalada en el Artículo 30, fracción VII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, manifestamos que nos abstendremos (tanto por nosotros mismos como a través de interpósita persona), de adoptar conductas para que los servidores públicos de la entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que nos otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 9
ANEXO IV. Formato FO-CON-09
“Lista de verificación para revisar proposiciones”
Declaro que mi proposición incluye los siguientes documentos relacionados a continuación:
REFERENCIA |
DOCUMENTO |
OBSERVACIONES |
||||
REQUISITOS LEGALES |
||||||
3.13.1 |
Información que acredita la personalidad del LICITANTE, conforme al formato del ANEXO 5. Este documento lo presentará en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.2 |
Declaración de Integridad, en la que el LICITANTE manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la ASIPONA DOS BOCAS, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES, con fundamento en el artículo 39, Apartado I, Inciso f) del REGLAMENTO. Este documento lo elaborará en hoja membretada de acuerdo al formato presentado en el ANEXO 8 de esta CONVOCATORIA. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.3 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos contenidos en el Artículo 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público (Ver Texto en ANEXO 7 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.4 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste que conoce y acepta el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que en su caso se deriven de las Juntas de Aclaraciones. (Ver Texto en ANEXO 4 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.5 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos de la Fracción IX del Artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. (Ver Texto en ANEXO 11-A o 11-B según aplique de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.6 |
Escrito de Clasificación de Empresa ANEXO 18. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.7 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. ANEXO 12. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.8 |
Modelo del contrato. ANEXO 19. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
REQUISITOS FINANCIEROS |
||||||
3.13.9 |
FORMATO de acreditación del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales ANEXO 6. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.10 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. ANEXO 16. |
La falta de este documento, será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.11 |
Declaración fiscal anual del ejercicio 2022 para personas xxxxxxx y físicas, (copia simple legible con Acuse y Recibo de Pago), ANEXO 24.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.12 |
Última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio (mayo 2023) (copia simple legible con Acuse y Recibo de Pago). ANEXO 25.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS |
||||||
3.13.13 |
FORMATO relación de documentos a presentar en las proposiciones. ANEXO 9. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.14 |
Formato de identificación de información confidencial o información reservada, que el LICITANTE entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, en la LICITACIÓN (Ver Texto en ANEXO 13 de esta CONVOCATORIA). |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.15 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. NOTA: Este documento lo entregarán debidamente llenado con los datos requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía electrónica. ANEXO 14. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||||
|
3.13.16 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión de Calidad y Ambiental. NOTA: Este documento será entregado, debidamente llenado con los datos requeridos, por el licitante ganador previo a la firma del CONTRATO. ANEXO 15. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|||
|
3.13.17 |
Programa xx Xxxxxxx Productivas. ANEXO 17. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|||
|
3.13.18 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema Integrado de Gestión de Calidad Ambiental, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, OHSAS 18001:2007, ISO 45001:2018 ANEXO 22. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|||
|
3.13.19 |
Copia del formato de registro de participación a la Invitación a cuando menos tres personas que genera el sistema COMPRANET 2023 en la dirección: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/, o escrito de interés en participar. ANEXO 23. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|||
REQUISITOS TÉCNICOS |
||||||
3.13.20 |
Descripción detallada de los SERVICIOS, sin precios (ANEXO 1). Incluye:
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.21 |
Currículum del LICITANTE, el cual deberá contener al menos la información descrita en el ANEXO 10. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.22 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con al menos un año de experiencia en la entrega de SERVICIOS referidos en el ANEXO 1, al momento de presentar sus propuestas. ANEXO 26.
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.23 |
Organigrama del área de la empresa que entregará los SERVICIOS a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. ANEXO 27. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.24 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para suministrar los SERVICIOS motivo de esta CONVOCATORIA. ANEXO 28. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.25 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que en su caso, cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. ANEXO 29. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.26 |
Formato libre para describir la propuesta de trabajo ANEXO 20, incluye: a).- Metodología y Plan de trabajo propuesto por el licitante. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.27 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. ANEXO 30. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.28 |
Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social expedida por dicha dependencia. ANEXO 21. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||||
3.13.29 |
Aviso de Privacidad. ANEXO 31.
|
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||||
REQUISITOS ECONÓMICOS |
||||||
3.13.30 |
Carta proposición, esta deberá requisitarse de acuerdo con el formato mostrado en el ANEXO 2 de esta CONVOCATORIA. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
3.13.31 |
Relación de precios unitarios de los SERVICIOS, utilizando el formato de los ANEXO 3. Este documento deberá firmarse por la persona facultada (LICITANTE o su apoderado) y elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||||
ATENTAMENTE |
|
RECIBIÓ
|
|
|||
|
|
|
|
|||
NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE |
|
LA ASIPONA DOS BOCAS |
|
|||
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y FIRMA |
|
|
|
ANEXO 10
CURRICULUM EMPRESARIAL
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
1.- Generales
Nombre
Domicilio: Calle y Número: Colonia: Código Postal:
Delegación o Municipio: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax: Correo electrónico:
Registro federal de contribuyentes: Fecha de fundación:
Nota Importante: El licitante participante, deberá adjuntar al Curriculum, evidencia fotográfica de la ubicación de sus oficinas con el objetivo de que la CONVOCANTE corroboré el domicilio en el cual se ubica.
2 - Objeto de la empresa
3.- Relación de principales clientes
Nombre, Dirección y Teléfono
4.- Políticas de crédito y/o de Ventas.
5.- Relación y copia de contratos a fines al objeto de la contratación.
Incluye:
a).- Evidencia Fotográfica de sus oficinas.
b).- Organigrama estructural de los recursos humanos.
c).- Ubicación de sus oficinas en google maps.
d).- Copia de al menos 3 contratos relativos a los servicios solicitados. (Copia simple)
e).- Constancias que corroboren el cumplimiento total de las obligaciones contractuales. (Copia simple de Cartas de entrega recepción, cancelación de fianzas etc).
Para dar cumplimiento a lo solicitado en el NUMERAL 3.6 de la CONVOCATORIA.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 11-A
PERSONA FÍSICA
FORMATO FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
En cumplimiento con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y para los efectos de presentar propuesta y en caso, poder celebrar contrato respectivo con esa entidad en relación a la (nombre del procedimiento), me permito manifestarle bajo protesta de decir verdad, QUE EN MI CARÁCTER DE PERSONA FÍSICA no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
ANEXO 11-B
PERSONA MORAL
FORMATO FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
En cumplimiento con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y para los efectos de presentar propuesta y en caso, poder celebrar contrato respectivo con esa entidad en relación a la (nombre del procedimiento), nos permitimos manifestarle bajo protesta de decir verdad, que en mi carácter de PERSONA MORAL no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
A t e n t a m e n t e
CARGOS Y FIRMAS DE LOS SOCIOS O ACCIONISTAS QUE EJERZAN CONTROL SOBRE LA SOCIEDAD
ANEXO 12
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por está y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación– la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o SERVICIOS a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculante entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o SERVICIOS.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Articulo 222
(…)
Cometen el delito de cohecho:
El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
(…)
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros.
(…)
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en SERVICIOS o SERVICIOS:
A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral”.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 13
FORMATO DE IDENTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL O INFORMACIÓN RESERVADA
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
De conformidad con lo señalado en La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala en los artículos 110 y 113: a continuación señalo los documentos o las secciones de éstos que la contengan información confidencial o información reservada, así como el fundamento por el cual considero que tenga ese carácter, de la información que entrego a la ASIPONA DOS BOCAS, con motivo de mi participación en la Invitación a cuando menos tres personas de referencia.
Nombre del licitante: |
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Documento entregado dentro de la propuesta |
Fundamento legal |
Sugerencias |
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ASIPONA DOS BOCAS-DBO-GAF-F-19.
REV.1 28/07/09
Notas:
1.- Se deberán utilizar tanto renglones como sean necesario.
2.- Para señalar el fundamento legal se recomienda consultar la x Xxx Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 14
ASIPONA-DBO-GAF-F-48
FORMATO “ENCUESTA DE TRANSPARENCIA”.
ENCUESTA PARA EVALUAR LA PERCEPCIÓN DE TRANSPARENCIA EN LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NO. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, PARA LA CONTRATACIÓN DE ______.
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X“, SEGÚN SE CONSIDERE:
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CALIFICACIÓN |
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FACTOR |
EVENTO |
SUPUESTOS |
TOTALMENTE DE ACUERDO |
EN GENERAL DE ACUERDO |
EN GENERAL EN DESACUERDO |
TOTALMENTE EN DESACUERDO |
1 |
JUNTA DE ACLARACIONES |
El contenido de la CONVOCATORIA es claro para la contratación de los SERVICIOS que se pretende realizar. |
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2 |
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento. Se contestaron con claridad. |
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3 |
PRESENTACION DE PROPOSICIONES |
El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los LICITANTES. |
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4 |
La resolución técnica fue emitida conforme a la CONVOCATORIA y junta de aclaraciones del concurso. |
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5 |
FALLO |
En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los PROVEEDORES adjudicados y los que no resultaron adjudicados. |
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6 |
GENERALES |
El acceso al inmueble fue expedito |
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7 |
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. |
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8 |
El trato que me dieron los servidores públicos de la institución durante la LICITACIÓN, fue respetuoso y amable |
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9 |
Volvería a participar en otra LICITACIÓN que emita la institución. |
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10 |
El concurso se apegó a la normatividad aplicable |
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SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO AL CONCURSO, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE CUADRO:
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Rev. 04 18/11/21
ANEXO 15
CUESTIONARIO A PROVEEDORES PARA INTEGRAR EL LISTADO DE PROVEEDORES EVALUADOS.
Fecha: |
Cuestionario realizado por: |
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Nombre del PROVEEDOR:
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Dirección: |
Teléfono: |
Fax: |
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Correo Electrónico: |
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Contacto: |
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Personal entrevistado: |
Puesto: |
L lene completamente todas y cada una de las preguntas siguientes:
1.- ¿A cuántas empresas de nivel reconocido presentan sus SERVICIOS actualmente?
M ás de 5 empresas de 3 a 5 empresas
Menos de 3 empresas
2.- Respecto a su respuesta anterior llene la siguiente información:
-
EMPRESA
TELÉFONO
A
B
3.- ¿Cuenta su empresa con la implementación de un sistema de Gestión Integral, es decir con procedimientos escritos?
S i cuenta En proceso de implantación
No cuenta
4.- ¿Tiene la capacidad de cumplir con las especificaciones de calidad requeridas en los productos?
SI NO En caso de ser esta última explique: ______________________
5.- ¿Sus productos tienen Garantía?
SI NO En caso de ser SI especifique el______
6.- ¿Grado de cumplimiento respecto a los criterios de Calidad en el Servicio requeridos por ASIPONA DOS BOCAS (Tiempo de Entrega, Cantidad especificadas, precios pactados, atención inmediata a clientes, etc)?
D e 80% a 100%
D e 50% a 80%
M enos de 50%
7.- ¿Su empresa cuenta con la infraestructura necesaria de oficinas, almacenes, equipo de reparto, infraestructura informática y recursos asociados (correo electrónico, fax, personal capacitado, etc.)?
S I NO
CONDICIONES ECONOMICAS
8.- ¿Cuál es el plazo de crédito que está dispuesto a ofrecernos?
0 días 7 días 15días
20 días 30 o más
Especifique en caso de ser otro plazo distinto a los anteriores: _____________________________
8.- ¿Requiere anticipo?
S I NO
En caso de ser SI, especifique cantidad o porcentaje de anticipo requerido: __________________
9.- ¿Esta dispuesto a ofrecernos algún descuento?
S I NO
En caso de ser SI, la respuesta al anterior favor de contestar las siguientes cuestiones:
b) Especifique cantidad o porcentaje de descuento otorgado: __________________________________
c) Especifique las condiciones para otorgar el descuento: ___________________________________
ESTE ESPACIO DEBERÁ SER LLENADO SOLAMENTE POR EL JEFE DE RECURSOS MATERIALES DE LA ASIPONA DOS BOCAS |
Competitividad de los precios ofrecidos por el PROVEEDOR: Entre 0 y 10% de diferencia _____________ Entre 11 y 20% de diferencia _____________ Más de 20% de diferencia _______________ NOTA: La “diferencia” será en comparativa con los precios ofertados por otros PROVEEDORES bajo el criterio de mismo giro y productos semejantes. |
OBSERVACIONES: |
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Jefe de Recursos Materiales |
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PROVEEDOR |
ASIPONA-DBO-GAF-F-48
REV. 04 18/11/2021
ANEXO 16
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD,
QUE PRESENTARÁ LAS GARANTÍAS SOLICITADAS
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
PRESENTE.
Bajo protesta de decir verdad, manifestamos a usted, que en caso de resultar ganador de la licitación pública nacional electrónica arriba señalada, haremos entrega a la ASIPONA DOS BOCAS, de las siguientes garantías:
1.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dicha garantía podrá ser mediante cheque de caja o fianza expedida a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto total del contrato, sin incluir el I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato.
La póliza de fianza de garantía que presentará el proveedor deberá prever, contener y obedecer, como mínimo, las declaraciones contenidas en el modelo de fianza de garantía que indica las Disposiciones de Carácter Generales por las que se aprueban los modelos de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022.
El no presentar la Garantía dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, dará lugar a la rescisión Administrativa del contrato de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 54 de LAASSP.
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 17
PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DEL GOBIERNO FEDERAL
EL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS ES UNA SOLUCIÓN INTEGRAL QUE TIENE COMO OBJETIVO FORTALECER EL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE NUESTRO PAÍS, CON HERRAMIENTAS QUE LES PERMITAN INCREMENTAR SU CAPACIDAD PRODUCTIVA Y DE GESTIÓN.
AL INCORPORARTE A CADENAS PRODUCTIVAS TENDRÁS ACCESO SIN COSTO A LOS SIGUIENTES BENEFICIOS:
• CONOCE OPORTUNAMENTE AL CONSULTAR DESDE LA COMODIDAD DE TU NEGOCIO LOS PAGOS QUE TE REALIZARÁN LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES CON LA POSIBILIDAD DE OBTENER LA LIQUIDEZ QUE REQUIERES SOBRE TUS CUENTAS POR COBRAR DERIVADAS DE LA PROVEEDURÍA DE SERVICIOS Y SI REQUIERES CAPITAL DE TRABAJO PODRÁS ACCEDER A LOS PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE CRÉDITO PYME QUE NACIONAL FINANCIERA INSTRUMENTA A TRAVÉS DE LOS BANCOS.
• INCREMENTA TUS VENTAS, AL PERTENECER AL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL, MEDIANTE EL CUAL LAS DEPENDENCIAS Y/O ENTIDADES U OTRAS EMPRESAS PODRÁN CONSULTAR TU OFERTA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL MOMENTO QUE LO REQUIERAN, AL MISMO TIEMPO, CONOCERÁS OTRAS EMPRESAS CON LA POSIBILIDAD DE AMPLIAR TU BASE DE PROVEEDORES.
• PROFESIONALIZA TU NEGOCIO, A TRAVÉS DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN EN LÍNEA O PRESENCIALES, SOBRE TEMAS RELACIONADOS AL PROCESO DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL QUE TE AYUDARÁN A SER MÁS EFECTIVO AL PRESENTAR TUS PROPUESTAS.
• IDENTIFICA OPORTUNIDADES DE NEGOCIO, AL CONOCER LAS NECESIDADES DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE NUESTROS BOLETINES ELECTRÓNICOS.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
1.- CARTA REQUERIMIENTO DE AFILIACIÓN, FALLO O PEDIDO. DEBIDAMENTE FIRMADA POR EL ÁREA USUARIA COMPRADORA
2.- **COPIA SIMPLE DEL ACTA CONSTITUTIVA (ESCRITURA CON LA QUE SE CONSTITUYE O CREA LA EMPRESA). ESTA ESCRITURA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO. DEBE ANEXARSE COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
3.- **COPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA DE REFORMAS (MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DE LA EMPRESA) CAMBIOS DE RAZÓN SOCIAL, FUSIONES, CAMBIOS DE ADMINISTRACIÓN, ETC., ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO. COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
4.- **COPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA PÚBLICA MEDIANTE LA CUAL SE HAGA CONSTAR LOS PODERES Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL PARA ACTOS DE DOMINIO. ESTA ESCRITURA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO. DEBE ANEXARSE COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
5.- COMPROBANTE DE DOMICILIO FISCAL VIGENCIA NO MAYOR A 2 MESES, COMPROBANTE DE DOMICILIO OFICIAL (RECIBO DE AGUA, LUZ, TELÉFONO FIJO, PREDIO) DEBE ESTAR A NOMBRE DE LA EMPRESA, EN CASO DE NO SER ASÍ, ADJUNTAR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, COMODATO.
6.- IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL (LOS) REPRESENTANTE(ES) LEGAL(ES), CON ACTOS DE DOMINIO CREDENCIAL DE ELECTOR; PASAPORTE VIGENTE Ó FM2 (PARA EXTRANJEROS) LA FIRMA DEBERÁ COINCIDIR CON LA DEL CONVENIO
7.- ALTA EN HACIENDA Y SUS MODIFICACIONES FORMATO R-1 Ó R-2 EN CASO DE HABER CAMBIOS DE SITUACIÓN FISCAL (RAZÓN SOCIAL O DOMICILIO FISCAL) EN CASO DE NO TENER LAS ACTUALIZACIONES, PONDRÁN OBTENERLAS DE LA PÁGINA DEL SAT.
8.- CÉDULA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC, HOJA AZUL)
9.- ESTADO DE CUENTA BANCARIO DONDE SE DEPOSITARAN LOS RECURSOS, SUCURSAL, PLAZA, CLABE INTERBANCARIA VIGENCIA NO MAYOR A 2 MESES ESTADO DE CUENTA QUE EMITE LA INSTITUCIÓN FINANCIERA Y LLEGA SU DOMICILIO.
LA DOCUMENTACIÓN ARRIBA DESCRITA, ES NECESARIA PARA QUE LA PROMOTORÍA GENERE LOS CONTRATOS QUE LE PERMITIRÁN TERMINAR EL PROCESO DE AFILIACIÓN UNA VEZ FIRMADOS, LOS CUALES CONSTITUYEN UNA PARTE FUNDAMENTAL DEL EXPEDIENTE:
CONTRATO DE DESCUENTO AUTOMÁTICO CADENAS PRODUCTIVAS FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL CON PODERES DE DOMINIO.
2 CONVENIOS CON FIRMAS ORIGINALES CONTRATOS ORIGINALES DE CADA INTERMEDIARIO FINANCIERO. FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL CON PODERES DE DOMINIO.
(** ÚNICAMENTE, PARA PERSONAS XXXXXXX)
USTED PODRÁ CONTACTARSE CON LA PROMOTORÍA QUE VA A AFILIARLO LLAMANDO AL 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) Ó AL 00-00-00-00; Ó ACUDIR A LAS OFICINAS DE NACIONAL FINANCIERA EN: AV. INSURGENTES SUR NO. 1971, COL GUADALUPE INN, C.P. 01020, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, EN EL EDIFICIO ANEXO, NIVEL JARDÍN, ÁREA DE ATENCIÓN A CLIENTES.
ANEXO 18
Escrito de Clasificación de Empresa (en papel membretado del LICITANTE)
1. Registro Federal de Contribuyente: ________________
2. Razón Social: _________________________________
3. Estado de la Republica en que se localiza físicamente: __________
4. Delegación o Municipio: _________________________
5. Dirección (calle y número): _______________________
6. Colonia: ______________________
7. Código Postal: _________________
8. Lada. Teléfono y Fax: ____________
9. Correo electrónico: _______________
10. Nombre del Representante Legal: _____________________
11. Número de Trabajadores fijos con que cuenta la empresa: __________________
12. Sector (industrial, servicios o comercio): ________________________
SECTOR/ NUMERO DE EMPLEADOS (MARCAR EL QUE CORRESPONDA A SU EMPRESA)
TAMAÑO |
INDUSTRIA |
COMERCIO |
SERVICIOS |
MICRO |
0-10 |
0-10 |
0-10 |
PEQUEÑA |
00-00 |
00-00 |
11-50 |
MEDIANA |
51-250 |
31-100 |
51-100 |
13. Actividad económica de la empresa: _________________
Sin más por el momento quedo de usted, como su seguro servidor.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 19
MODELO DEL CONTRATATO
MODELO DEL CONTRATO
CONTRATO PLURIANUAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A PRECIO _____, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS, S.A. DE C.V., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “ASIPONA DOS BOCAS”, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL EL ALMIRANTE RETIRADO XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Y POR LA OTRA, LA PERSONA _________ DENOMINADA “________________”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EL C. __________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL “PROVEEDOR”, Y A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
1. El representante de la ASIPONA DOS BOCAS declara que:
1.1. Representación. El Almirante Retirado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, es Director General y Apoderado de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., contando con las facultades suficientes para la celebración del presente contrato, como lo acredita con el instrumento número 21,156, volumen 62 protocolo abierto, de fecha 25 de septiembre de 2020, protocolizado ante la fe del Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx y Xxxxxx, Titular de la Notaría Pública No. Uno y del Patrimonio Inmobiliario Federal, en ejercicio y con adscripción en la ciudad de Paraíso, Tabasco, documento que se encuentra inscrito ante el Registro Público de Comercio del Municipio de Comalcalco, Estado de Tabasco, bajo el folio mercantil electrónico número 692 de fecha 22 de febrero de 2021, contando con las facultades suficientes, conferidas por la Normatividad reglamentaria correspondiente, mismas que a la fecha del presente no le ha sido modificadas ni restringidas de forma alguna.
1.2. Legal existencia de la sociedad. Que su representada es una Sociedad Anónima de Capital Variable, de participación estatal mayoritaria, según consta en la escritura 76,610, libro 766, de fecha del 12 xx xxxxxx de 1999, otorgada ante la fe de la Dra. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx, Notario Público Número 114, del Distrito Federal; Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tabasco, dentro de los libros de la oficina ubicada en Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco, el día 28 de diciembre de 1999, bajo el número 59 del Libro de entradas de Comercio; a folio del 229 al 244 del Libro de duplicados, Volumen 23; quedó anotada a Folio 93 frente y 94 vuelta del Libro Primero de Comercio, Tomo 1, su constitución se autorizó por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio 101-463 de fecha 28 xx xxxxx de 1999.
1.3. Reforma al Estatuto. Que el 29 de noviembre de 1999, los estatutos sociales fueron reformados, según consta en la escritura pública 63,397, volumen 1,094, folio 95,547 de fecha 4 de enero de 2000, del protocolo de la Notaría Pública número 198, a cargo de su titular, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Registral de Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco, el 27 de julio de 2000, bajo el número 37 del Libro de entradas de comercio, a folios del 53 al 71 del Libro de Duplicados Volumen 24; quedó anotada a folios 120 vuelta y 121 frente del Libro Primero de Comercio; Tomo 1.
1.4. Cambio de Denominación. Mediante la escritura número 116,443 (Ciento dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y tres), de fecha 22 de octubre de 2021, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaría Pública No. 237 de la Ciudad de México y Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, se protocolizó el Acta de la Quincuagésima Octava Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2021, mediante la que se aprobó el cambio de denominación de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., para que se denomine Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., inscrita bajo el folio mercantil electrónico 692 el día 09 de diciembre de 2021 en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco.
1.5. Objeto Social. El objeto social de “LA ASIPONA DOS BOCAS”, consiste en la administración del Puerto de Dos Bocas, Tabasco, mediante el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la concesión que el Gobierno Federal le otorgó para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público federal, la construcción de obras e instalaciones y la prestación de los servicios portuarios en el puerto, así como la administración de los bienes que integran su respectiva zona de desarrollo.
I.6. Necesidad de los servicios. Requiere la elaboración de la Manifestación del Impacto Ambiental en la modalidad que corresponda para “Proyectos Arquitectónico y de Ingeniería de un Edificio de Oficinas Ecológico e inteligente para la ASIPONA Dos Bocas, Paraíso, Tabasco”.
I.7. Procedimiento de adjudicación. En el presente caso, se optó por llevar a cabo la contratación mediante Invitación a cuando menos tres personas Electrónica Nacional No. IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023, en pleno cumplimiento a lo ordenado por el párrafo tercero del artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación con el artículo 26, fracción I, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (En adelante la LAASSP).
I.8. Suficiencia presupuestal. Para cubrir las erogaciones que deriven del presente contrato, la ASIPONA DOS BOCAS cuenta con presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio 2023 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Oficio número 307-A.- 3052 de fecha 12 de Diciembre de 2022 con cargo a la partida presupuestal _________.
I.9. Domicilio. Para los efectos de este contrato señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxx, Paraíso Tabasco. C.P. 86608.
2.- El PROVEEDOR, declara que:
2.1. Legal existencia de la sociedad. Que es una persona ______, constituida de conformidad con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la escritura pública número ________ de fecha _________, otorgada ante la fe del Licenciado _________, Titular de la Notaría Pública número _____ del ________, y cuyo testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _________, bajo el número de folio mercantil _______ de fecha ___________, teniendo plena capacidad y recursos técnicos, materiales y jurídicos suficientes para obligarse y ejecutar “EL SERVICIO” en los términos de éste contrato. R.F.C. _______________.
2.2. Representación. Que el C. ____________________, en su carácter de ___________________, cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato, representando legalmente a la empresa, personalidad que acredita con el testimonio de la Escritura Pública número _______, Volumen ______ de fecha ___________, otorgada ante la fe del _______________, Titular de la Notaría Pública número _______ del Estado de _______ y del Patrimonio Inmobiliario Federal, manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le han sido otorgadas, a la fecha no le han sido modificadas, revocadas, canceladas ni limitadas en forma alguna. R.F.C. ___________.
2.3. Objeto social. Que dentro de sus actividades se encuentra, entre otras las de proporcionar “EL SERVICIO” de ________________________________________________________.
2.4. Aptitud Jurídica. Conoce plenamente el contenido de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como su Reglamento, y demás normatividad aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios vigente y, bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en lo que se refiere a la presentación oportuna en tiempo y forma de sus declaraciones por impuestos federales, además de no tener adeudos a su cargo por estos mismos conceptos.
2.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató ante la página electrónica de Proveedores y Contratistas Sancionados de la Secretaría de la Función Pública”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
2.6. Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
2.7. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
2.8. Elementos y recursos. Cuenta con todos los elementos humanos, técnicos, materiales, administrativos, económicos, financieros y de operación, necesarios para cumplir exacta y puntualmente lo dispuesto en el presente contrato.
2.9. Domicilio. Que, para todos los fines y efectos legales del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en ___________________, Código Postal ____________, en la Ciudad de _______________, Teléfono ____________________, correo electrónico ____________________ página web __________________
Expuesto lo anterior, las PARTES, celebran el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. Objeto. La ASIPONA DOS BOCAS encomienda al PROVEEDOR y éste acepta brindar a aquella el _________________________________________, que en adelante se le denominarán como los SERVICIOS, los cuales deberán ser prestados de conformidad con el ANEXO I correspondiente a la “Descripción detallada del Servicio” y a lo estipulado en el presente contrato.
SEGUNDA. Plazo de inicio de prestación de los SERVICIOS y vigencia del contrato. El PROVEEDOR iniciará la prestación de los SERVICIOS el día ___________________.
La vigencia del presente contrato será por un periodo comprendido del __________________.
TERCERA. Lugar de prestación de los SERVICIOS. El PROVEEDOR prestará los SERVICIOS en las instalaciones de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicadas en: Instalaciones
Administrativas: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608 Paraíso, Tabasco.
Instalaciones Operativas: Carretera a playa Km. 1.5, Ranchería el Limón s/n, C.P. 86606, Paraíso, Tabasco.
CUARTA. Prórroga en las fechas pactadas de prestación de los SERVICIOS. En términos del artículo 45 fracción XV de la LAASSP, el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato podrá prorrogarse por caso fortuito, fuerza mayor, o causas atribuibles a la ASIPONA DOS BOCAS, y se deberá llevar a cabo mediante el convenio modificatorio correspondiente.
QUINTA. Importe. El importe total del presente contrato será por la cantidad de ______________________ más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por los SERVICIOS que prestará.
SEXTA. Condición de los precios. Las PARTES están conformes en que el precio de la prestación del servicio es fijo.
SÉPTIMA. Impuestos. El IVA será trasladado en los términos de la Ley de la materia. Cada una de las PARTES del presente contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que la ASIPONA DOS BOCAS realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
OCTAVA. Plazo y condiciones de pago. El importe del presente contrato será cubierto al PROVEEDOR de manera mensual.
Cada uno de los pagos se efectuará contra la entrega de Comprobante Fiscal Digital y el documento que el PROVEEDOR entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, dirigido al titular de la Gerencia de Operaciones de la ASIPONA DOS BOCAS respecto del resultado de sus servicios. Lo anterior, sin perjuicio de que la ASIPONA DOS BOCAS requiera al PROVEEDOR, en cualquier tiempo, aquella información que estime necesaria.
El PROVEEDOR, una vez cumplida las obligaciones consignadas y recibidos los SERVICIOS a entera satisfacción de la ASIPONA DOS BOCAS, para el efecto de obtener el pago correspondiente, deberá subir su Factura Electrónica (CFDI) en la Plataforma del Sitio de Validación Electrónica (SVE) de la ASIPONA DOS BOCAS: xxxx://xxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/XXXX_XXX/Xxxxxxx.xxxx y/o presentar la documentación que de manera fehaciente acredite tal cumplimiento para tramitar su pago.
En la fecha de firma del presente contrato, se les entregará el manual de registro en la Plataforma del Sitio de Validación Electrónica (SVE) de la ASIPONA DOS BOCAS, mencionada en el párrafo anterior.
Por su parte, la ASIPONA DOS BOCAS cubrirá el pago dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la entrega satisfactoria de la factura. Los pagos serán en moneda nacional.
En el caso de que la factura entregada por el PROVEEDOR para su pago, presente errores o deficiencias, la ASIPONA DOS BOCAS dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de que se le indiquen las deficiencias y hasta que el PROVEEDOR presente las facturas corregidas, interrumpirá el plazo para el pago.
Los pagos al PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica de fondos o depósito en cuentas de cheques, por lo que el PROVEEDOR deberá indicar a la ASIPONA DOS BOCAS, el número de cuenta bancaria, CLABE (SWIFT), o cualquier otro requisito necesario para realizar el pago por ese conducto. La ASIPONA DOS BOCAS no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia bancaria.
El PROVEEDOR acepta que la ASIPONA DOS BOCAS podrá descontar al PROVEEDOR, las penas convencionales y las deducciones de la documentación que éste presente para los efectos del pago.
Los pagos serán en moneda nacional.
Responsabilidad de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI):
El proveedor deberá expedir el CFDI de acuerdo a las reglas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Si por cualquier causa el CFDI contiene errores, su corrección se hará emitiendo primero un CFDI de egreso e inmediatamente después un CFDI de ingreso por parte del proveedor de servicios. Ambos archivos deberán ser enviados al correo de la ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando el CFDI haya sido pagado por la ASIPONA DOS BOCAS y con posterioridad a dicho pago se determine un error, se requiere que antes de emitir los comprobantes descritos en el inciso anterior, el proveedor de servicios, obtenga la autorización del Departamento de Contabilidad de la ASIPONA DOS BOCAS, para llevar a cabo el cambio de comprobantes.
El PROVEEDOR deberá proporcionar al Departamento de Contabilidad de la ASIPONA DOS BOCAS los Complementos de Pago en los tiempos y conforme a los requisitos establecidos en la Normatividad vigente aplicable, en cumplimiento a los Artículos 29, 29-A y 83 del Código Fiscal de la Federación.
Si el proveedor cancela el CFDI en forma distinta al señalado en los incisos anteriores, acepta pagar a la ASIPONA DOS BOCAS una pena convencional equivalente al monto del ISR del importe del comprobante como si hubiese sido considerado no deducible conforme a las disposiciones fiscales más el importe equivalente al IVA considerado no acreditable más las actualizaciones, recargos y multas que se causen conforme a las disposiciones fiscales por la cancelación del CFDI.
NOVENA. Devolución de pagos en exceso. En el supuesto de que el PROVEEDOR reciba pagos en exceso; este deberá reintegrar las cantidades pagadas de más, así como los intereses correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la LAASSP.
Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA. Transferencia de derechos de cobro. Tratándose del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., la ASIPONA DOS BOCAS otorga su conformidad para que el PROVEEDOR pueda transferir su derecho de cobro a favor de cualquier intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
El PROVEEDOR podrá transferir los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I. Solicitud por escrito al área de finanzas, en el que se exprese su intención de transferir todos o parte de sus derechos de cobro. La solicitud que aquí se menciona deberá darse cuando menos con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia de la futura transferencia.
En esta solicitud deberá declarar el PROVEEDOR, que no ha celebrado con anterioridad otra transferencia de derechos o acto jurídico que se traduzca en transferencia a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una transferencia anterior, deberá expresarlo así y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
II. Conformidad previa, expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS respecto de la solicitud del punto anterior.
III. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la transferencia de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra recibos materia de la transferencia, con el desglose de la transferencia, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la transferencia, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de la ASIPONA DOS BOCAS para que quede plenamente identificado el crédito cedido.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por la ASIPONA DOS BOCAS a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. La notificación o en su caso el aviso de la transferencia sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a la ASIPONA DOS BOCAS dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración del contrato respectivo o entre las PARTES que celebren el contrato o acto jurídico cuyo objeto sea transferir a favor de una de ellas el cobro de las facturas y/o contra recibos materia del contrato.
VI. Proporcionar cualquier otro dato o documento que la ASIPONA DOS BOCAS estimé necesario.
La ASIPONA DOS BOCAS tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el contrato, cuando una vez notificada la transferencia de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo titular del derecho.
La ASIPONA DOS BOCAS también podrá rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el presente contrato, cuando después de ser cobradas las facturas o contra recibos, éstas se hagan figurar por el PROVEEDOR en un contrato de transferencia de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos del PROVEEDOR, a los créditos generados conforme a este contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenido y así lo admite el PROVEEDOR, que la ASIPONA DOS BOCAS no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio o acto jurídico a través del cual el PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. Las PARTES convienen que, en caso de rescisión de este contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
a. Créditos a favor de los trabajadores del PROVEEDOR, en su caso.
b. Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
c. Créditos a favor de la ASIPONA DOS BOCAS.
d. Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los puntos anteriores.
DÉCIMA PRIMERA. Garantía de cumplimiento. La garantía de cumplimiento del CONTRATO que se solicite al PROVEEDOR, será mediante fianza expedida a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto máximo del CONTRATO, sin incluir el I.V.A y conforme a los términos de las Disposiciones de Carácter General por las que se aprueban los modelos de fianzas constituidas como garantía de las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022; esta garantía deberá estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del CONTRATO.
La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones:
Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
Que en caso de que la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para EL PROVEEDOR durante la prestación de los SERVICIOS, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el que se llamara a juicio a la ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven de la prestación del servicio, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por EL PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de demanda que implique pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, la ASIPONA DOS BOCAS procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e).
Para otorgarse el finiquito, previamente EL PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en la prestación de los SERVICIOS objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte de EL PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe;
Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS;
Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 95 Bis de dicha Ley;
En caso de incumplimiento en la prestación del servicio, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada.
La garantía de Cumplimiento la podrá entregar el PROVEEDOR por medios electrónicos; de conformidad con lo establecido por el artículo 214 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, vigente.
El no presentar la Garantía dentro del plazo señalado dará lugar a la rescisión administrativa del CONTRATO de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEGUNDA. Seguridad y Salud en el Trabajo. El PROVEEDOR será responsable de aplicar la Norma ISO 45001 2018, la cual tiene como objetivo las responsabilidades de salud y seguridad en el trabajo hacia sus trabajadores, en lo correspondiente a los puntos 8.1.3, 8.1.4, 8.1.4.1, 8.1.4.2 y 8.1.4.3 Compras.
DÉCIMA TERCERA. Representantes de las PARTES. Para lograr la adecuada coordinación de las labores del PROVEEDOR con el personal de la ASIPONA DOS BOCAS, las relaciones entre las PARTES se manejarán por conducto del representante legal del PROVEEDOR y por la ASIPONA DOS BOCAS por conducto de la Titular del Departamento del Sistema de Gestión de Calidad y Ambiental, la Ing. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx o con quien ésta designe, el cual estará autorizado para ejercer los derechos y hacer cumplir las obligaciones que deriven de este contrato a favor o a cargo de la parte a quien representa.
DÉCIMA CUARTA. Notificaciones. Para todos los efectos derivados del presente contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las PARTES convienen en señalar como sus domicilios los señalados en el capítulo de Declaraciones.
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
DÉCIMA QUINTA. Terminación anticipada. LA ASIPONA DOS BOCAS podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir la prestación de los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a LA ASIPONA DOS BOCAS, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a EL PROVEEDOR con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, LA ASIPONA DOS BOCAS a solicitud escrita de EL PROVEEDOR cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
DÉCIMA SEXTA. Rescisión administrativa del contrato. LA ASIPONA DOS BOCAS podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, sin justificación para LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios, objeto del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si no realiza la prestación de los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona a LA ASIPONA DOS BOCAS los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación de los servicios del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la Garantía de Cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si EL PROVEEDOR no realiza la prestación de los servicios objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por LA ASIPONA DOS BOCAS conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de LA ASIPONA DOS BOCAS en los términos de lo dispuesto en la cláusula SÉPTIMA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando EL PROVEEDOR y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de LA ASIPONA DOS BOCAS, durante la prestación de los servicios, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que EL PROVEEDOR incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de LA ASIPONA DOS BOCAS en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la prestación de los servicios del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, LA ASIPONA DOS BOCAS comunicará por escrito a EL PROVEEDOR el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término LA ASIPONA DOS BOCAS, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho EL PROVEEDOR, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a EL PROVEEDOR dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar LA ASIPONA DOS BOCAS por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación LA ASIPONA DOS BOCAS podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realizara la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de LA ASIPONA DOS BOCAS de que continúa vigente la necesidad de la prestación de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
LA ASIPONA DOS BOCAS podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, LA ASIPONA DOS BOCAS elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, LA ASIPONA DOS BOCAS establecerá con EL PROVEEDOR otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, LA ASIPONA DOS BOCAS quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a EL PROVEEDOR se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA ASIPONA DOS BOCAS.
EL PROVEEDOR será responsable por los daños y perjuicios que le cause a LA ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA SÉPTIMA. Penas convencionales. De conformidad con lo estipulado en el Artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la ASIPONA DOS BOCAS aplicará penas convencionales a EL PROVEEDOR, por retraso en la prestación de los servicios.
En caso de retraso en el inicio de la prestación de los SERVICIOS, la pena convencional que se aplicará será del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de demora, sobre el valor diario de los servicios prestados con atraso, esta pena convencional no excederá del 10% (diez por ciento) del monto total del CONTRATO.
Por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio, la pena convencional que se aplicará será del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de demora, sobre el monto total del CONTRATO, sin incluir el IVA.
Por lo anterior, el pago de la prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la ASIPONA DOS BOCAS, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la Garantía de Cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la Garantía de Cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que LA ASIPONA DOS BOCAS en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de LA ASIPONA DOS BOCAS.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la Garantía de Cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a LA ASIPONA DOS BOCAS por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde a la Gerencia de Operaciones o el supervisor del contrato de LA ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA OCTAVA. Deducciones. En caso de que EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, LA ASIPONA DOS BOCAS por conducto de la Subgerencia de Administración, aplicará una deducción del 0.5% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que EL PROVEEDOR presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la Garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando EL PROVEEDOR no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, EL PROVEEDOR realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la ASIPONA DOS BOCAS.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, LA ASIPONA DOS BOCAS podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por LA ASIPONA DOS BOCAS.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
DÉCIMA NOVENA. Modificaciones al contrato. Cualquier convenio por virtud del cual se modifiquen las estipulaciones contenidas en este CONTRATO, deberá otorgarse por escrito para que tenga validez y eficacia, y el monto total de las modificaciones, así como la vigencia, no rebasen en conjunto el 20% (veinte por ciento) de las condiciones pactadas originalmente, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que EL PROVEEDOR realizara trabajos no autorizados por la ASIPONA DOS BOCAS, ya sea por el valor indicado en el párrafo precedente o mayor a éste, independiente de la responsabilidad en que incurra por los trabajos excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
VIGÉSIMA. Derechos de autor y confidencialidad. El PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso, de que al prestar los servicios objeto de este contrato a ASIPONA DOS BOCAS, infrinja patentes, marcas o derechos de autor, obligándose a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar, liberando a ASIPONA DOS BOCAS o a terceros de toda responsabilidad.
En caso de violación en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del PROVEEDOR, salvo que exista impedimento.
Los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios, invariablemente se constituirán a favor de la ASIPONA DOS BOCAS, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
El PROVEEDOR, será el único responsable del uso de las licencias, autorizaciones y permisos que requiera para la prestación de los servicios referidos en el presente CONTRATO.
En tal virtud, EL PROVEEDOR manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de LA ASIPONA DOS BOCAS, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a EL PROVEEDOR, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a LA ASIPONA DOS BOCAS de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que LA ASIPONA DOS BOCAS tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, EL PROVEEDOR se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por LA ASIPONA DOS BOCAS.
VIGÉSIMA PRIMERA. Responsabilidad del PROVEEDOR frente a la ASIPONA DOS BOCAS. EL PROVEEDOR estará obligado a sacar en paz y a salvo a la ASIPONA DOS BOCAS y a pagarle las erogaciones efectuadas con motivo de toda reclamación que se formularé en su contra y cuya responsabilidad fuere imputable, directa o indirectamente a EL PROVEEDOR, cuando hubiere obrado culposa o negligentemente, o por haber incurrido en actos, hechos u omisiones que sean ilícitos o que se hubieran producido en contravención de instrucciones de la ASIPONA DOS BOCAS, o sin haber obtenido su consentimiento cuando éste fuere necesario de acuerdo con lo establecido en el presente CONTRATO.
Asimismo, EL PROVEEDOR, como empresario o patrón del personal que ocupa con motivo de la prestación de los servicios, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que la ASIPONA DOS BOCAS no será considerada como patrón sustituto en relación con la prestación de los servicios.
De acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, EL PROVEEDOR, conviene en responder a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten por la prestación de los servicios.
El PROVEEDOR se obliga a que los materiales y equipo que se utilicen en los trabajos objeto del presente CONTRATO, cumplan con las Normas de Calidad que la ASIPONA DOS BOCAS tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente CONTRATO, y que la realización de todas y cada una de las partes de los trabajos se efectúen de conformidad con la proposición técnica y económica pactado por las partes en el presente CONTRATO, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de los mismos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, se lleguen a causar a la ASIPONA DOS BOCAS o a terceros.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Suspensión temporal del contrato. Cuando en la prestación de los servicios, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, LA ASIPONA DOS BOCAS bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por LA ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a LA ASIPONA DOS BOCAS, a solicitud escrita de EL PROVEEDOR, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual EL PROVEEDOR deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
LA ASIPONA DOS BOCAS pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de EL PROVEEDOR, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que EL PROVEEDOR no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por LA ASIPONA DOS BOCAS, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
VIGÉSIMA TERCERA. Información. La Secretaría de la Función Pública y el Titular del Órgano Interno de Control en la ASIPONA DOS BOCAS, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar al PROVEEDOR información y/o documentación relacionada con este contrato debiendo proporcionar la información que en su momento se le requiera.
VIGÉSIMA CUARTA. Procedimiento conciliatorio. LAS PARTES acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
VIGÉSIMA QUINTA. Confidencialidad. LAS PARTES están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que LA ASIPONA DOS BOCAS entregue a EL PROVEEDOR tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione LA ASIPONA DOS BOCAS a EL PROVEEDOR para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que EL PROVEEDOR se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por LA ASIPONA DOS BOCAS con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
EL PROVEEDOR se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato específico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, EL PROVEEDOR se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de LA ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, EL PROVEEDOR tiene conocimiento en que LA ASIPONA DOS BOCAS podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, EL PROVEEDOR se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a LA ASIPONA DOS BOCAS cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a LA ASIPONA DOS BOCAS de cualquier proceso legal.
EL PROVEEDOR se obliga a poner en conocimiento de LA ASIPONA DOS BOCAS cualquier hecho o circunstancia que en razón de los servicios prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, EL PROVEEDOR no podrá, con motivo de la prestación de los servicios que realice a LA ASIPONA DOS BOCAS, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEXTA. Legislación. LAS PARTES se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. Jurisdicción y tribunales competentes. Para la interpretación y cumplimiento de este CONTRATO, y para todo aquello que no esté expresamente establecido en el mismo, las PARTES convienen en someterse a la jurisdicción de los tribunales Federales de la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, por lo tanto, EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro, o cualquier otra causa.
Una vez leído el presente instrumento y conscientes, las PARTES de su fuerza, alcance y contenido legales, lo firman al margen y al calce por duplicado, en la Ciudad Y Puerto de Paraíso, Tabasco, el _________, quedando un ejemplar del mismo en poder de cada una de ellas.
Por la ASIPONA DOS BOCAS
____________________________________________ ALM. RET. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL RFC: ___________________ |
Por el PROVEEDOR
_________________________________________ C. ________________________________ R.F.C.: __________________ |
ANEXO 20
FORMATO LIBRE PARA DESCRIBIR LA PROPUESTA DE TRABAJO
Este anexo deberá contener los siguientes documentos:
• Metodología y Plan de trabajo propuesto por el licitante
NOTA: Cada uno de los documentos deberán ser firmados por persona que ostente facultades suficientes para obligarse en los términos previstos por el Documento V, Anexo 4 de la presente convocatoria e incluir la manifestación de “Bajo Protesta de Decir Verdad”.
Nombre de la Empresa
Representante Legal
ANEXO 21
CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES CON EL IMSS
(ESTE FORMATO SE DEBERÁ ELABORAR EN HOJA MEMBRETADA DEL PARTICIPANTE)
Paraíso, Tabasco a ___ de ________________ de 2023
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO
NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Me refiero al procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional número IA-13-J2P-013J2P001-N-17-2023 en el que mi representada, la empresa __________________________ participa, sobre el particular, me permito informar a usted, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la empresa que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, tanto a lo relativo a las cuotas patronales como las cuotas de los trabajadores que prestan su servicio en nuestra empresa.
Los Licitantes, deberán presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social expedida por dicha Dependencia, de acuerdo al ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 27 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
Anexo formato de opinión de cumplimiento emitida por el IMSS.
Nombre de la Empresa
Representante Legal
ANEXO 22
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema Integrado de Gestión de Calidad Ambiental, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, OHSAS 18001:2007, ISO 45001:2018.
ANEXO 23
Copia del formato de registro de participación a la Invitación a cuando menos tres personas que genera el sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/
ANEXO 24
DECLARACIÓN FISCAL ANUAL DEL EJERCICIO 2022 PARA PERSONAS XXXXXXX Y PERSONAS FÍSICAS, (COPIA SIMPLE LEGIBLE CON ACUSE Y RECIBO DE PAGO).
ANEXO 25
ÚLTIMA DECLARACIÓN FISCAL PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL EJERCICIO 2023 (COPIA SIMPLE LEGIBLE CON ACUSE Y RECIBO DE PAGO).
ANEXO 26
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en la entrega de SERVICIOS referidos en el ANEXO 1, al momento de presentar sus propuestas.
ANEXO 27
Organigrama del área de la empresa que entregará los SERVICIOS a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE.
ANEXO 28
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para suministrar los SERVICIOS motivo de esta CONVOCATORIA.
ANEXO 29
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS.
ANEXO 30
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
ANEXO 31
Aviso de Privacidad
Paraíso, Tabasco a ___ de ________________ de 2023.
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL
DOS BOCAS S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Escrito en el que el LICITANTE manifieste su aviso de privacidad
Nombre de la Empresa
Representante Legal
Atentamente
Elaboración de la CONVOCATORIA
Aspectos Administrativos:
Elaboró
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Vo. Bo.
_________________________________________ |
L.C. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Jefe xxx Xxxxx. de Recursos Materiales
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Mtro. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Subgerente de Administración
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Autorizó
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C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Gerente de Administración y Finanzas |
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Aspectos Técnicos:
Elaboró
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Autorizó
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Biól. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Subgerente de Operaciones y Ecología
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Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Gerente de Operaciones
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Aspectos Jurídicos:
Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx |
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Gerente Jurídico |
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Por último agradecemos anticipadamente su participación y su apego a todo lo dispuesto en esta CONVOCATORIA.
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608, Paraíso, Tabasco.
Tel: (x00) 000 000 0000 Ext. 70498 xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx