Notificación de Demanda Cláusulas de Ejemplo

Notificación de Demanda. Un Indemnizado notificará a la Parte obligada a pagar una suma de dinero conforme a esta Cláusula 27, dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha en que conozca de la existencia de cualquier acción legal (judicial o extrajudicial) o cualquier demanda o demanda pretendida contra dicho Indemnizado, con respecto a la cual se pretenda una indemnización de conformidad con las disposiciones anteriores de esta Cláusula 27. El incumplimiento o retraso por parte del Indemnizado respectivo en enviar dicha notificación reducirá la responsabilidad de la Parte obligada al pago de la indemnización conforme al Contrato por el monto de daños atribuible a tal incumplimiento o retraso en notificar no relevará a la Parte obligada del pago de la indemnización respectiva y de ninguna responsabilidad que le pudiera corresponder, además de lo previsto en la Cláusula 27. Con formato: Centrado En caso de que cualquier demanda o acción legal se planteara contra el Indemnizado y dicho Indemnizado notificara a la Parte indemnizadora respectiva, tal Parte indemnizadora podrá o deberá, si así lo solicita el Indemnizado, asumir su defensa, sin reserva de derechos, con la asesoría razonable de abogados a satisfacción de dicho Indemnizado. Después de la notificación de la Parte indemnizadora a dicho Indemnizado sobre su opción de asumir la defensa y tras la aprobación de dicho abogado por parte del Indemnizado, o si el Indemnizado respectivo rechazara que la Parte indemnizadora asuma su defensa, entonces la Parte indemnizadora no será responsable ante el Indemnizado en virtud de esta Cláusula 27 por los honorarios de abogados, gastos y Xxxxxx en los que posteriormente incurra el Indemnizado en relación con la defensa. Los honorarios de abogados, gastos o Costos en que un Indemnizado incurra antes de notificar a la Parte indemnizadora respectiva conforme a esta Cláusula 27.6 correrán por cuenta del Indemnizado. Ningún Indemnizado podrá transigir, conciliar o allanarse ante una demanda de indemnización en la cual la Parte indemnizadora respectiva no ha tenido la oportunidad de asumir la defensa, sin la previa aprobación de la Parte indemnizadora, la misma que no será denegada sino por motivos razonables. En caso el Indemnizado respectivo conciliara, se allane o celebre una transacción sin la previa aprobación de la Parte indemnizadora, entonces la Parte indemnizadora no estará obligada a pagar al Indemnizado respectivo suma alguna. La Parte indemnizadora respectiva controlará la est...
Notificación de Demanda. Tras el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de la Compañía que sean garantizadas por la presente Garantía, el Estado o su abogado debidamente autorizado podrá dar notificación escrita al Garante en su oficina principal en [insertar lugar] de la cantidad adeudada, y el Garante, dentro del plazo xx xxxx (10) Días Hábiles, pagará o hará que se pague la cantidad notificada en Dólares en el banco u otro lugar en [insertar jurisdicción] que designe el Estado, sin compensación o reducción alguna de dicho pago por cualquier reclamación o derecho que tenga o llegue a tener la Compañía Matriz o la Compañía.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.