Common use of Objetivos de la formación Clause in Contracts

Objetivos de la formación. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: •Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. •Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñe. • Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. • Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales y las certificaciones de profesionalidad. • Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. • Conocer idiomas nacionales y extranjeros. •Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. • Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. • Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el art. 19 de la Ley de prevención de riesgos laborales. • Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional de cualificaciones la homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidad. • Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: www.terapeutas-ocupacionales.es

Objetivos de la formación. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: •Adaptar • Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. •Actualizar • Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñe. • Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. • Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales y las certificaciones de profesionalidad. • Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. • Conocer idiomas nacionales y extranjeros. •Adaptar • Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. • Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. • Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el art. artículo 19 de la Ley de prevención de riesgos laborales. • Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional de cualificaciones la homologación homologa- ción de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidad. • Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: doe.gobex.es

Objetivos de la formación. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: •Adaptar • Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. •Actualizar • Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñe. • Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. trabajo • Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales y las certificaciones de profesionalidad. • Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. • Conocer idiomas nacionales y extranjeros. •Adaptar extranjeros • Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. • Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. • Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el art. artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. • Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional de cualificaciones la homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidad. • Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: dependencia.info

Objetivos de la formación. La formación profesional para el empleo en la empresa se orientará hacía hacia los siguientes objetivos: •Adaptar • Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. •Actualizar • Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo el grupo profesional que se desempeñe. • Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. trabajo • Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales y las certificaciones de profesionalidad. La Comisión Paritaria del Convenio determinará los itinerarios formativos para que las nuevas contrataciones puedan optar a formarse con el objetivo de mejorar su titulación. • Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. • Conocer idiomas nacionales y extranjeros. •Adaptar • Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. • Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajogrupos profesionales. • Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el art. artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. • Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional Instituto Nacional de cualificaciones las Cualificaciones la homologación de las 15 certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidadprofesionalidad que se consideren necesarios. • Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: sanidad.ccoo.es

Objetivos de la formación. 1. La formación profesional en la empresa se orientará hacía los siguientes objetivos: •Adaptar • Adaptar al titular al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo. •Actualizar • Actualizar y poner al día los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo que se desempeñe. • Especializar, en sus diversos grados, en algún sector o materia del propio trabajo. trabajo • Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulos académicos y profesionales y las certificaciones de profesionalidad. • Reconversión profesional y adecuación al nuevo sistema de cualificación. • Conocer idiomas nacionales y extranjeros. •Adaptar extranjeros • Adaptar la mentalidad del personal y de las direcciones hacía una dirección participativa por objetivos. • Ampliar los conocimientos del personal que permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos correspondientes a otros puestos de trabajo. • Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y adecuada, en materia preventiva cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en las condiciones que establece el art. artículo 19 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laboralesRiesgos Laborales. • Homologar las certificaciones acreditativas de la formación continua Formación Continua en todo el ámbito de la atención a la dependencia y proponer al instituto nacional Instituto Nacional de cualificaciones Cualificaciones la homologación de las certificaciones para la obtención, en su caso, de los futuros certificados de profesionalidad. • Potenciar la formación en igualdad de oportunidades.

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Samples: www.inforesidencias.com