OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. Objeto 2.1. Conforme a la definición contenida en el Artículo 3 del Reglamento por el presente contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento económico de los Bienes de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con estándares y niveles de Servicio propios de la Explotación del Tramo, previstos en el presente Contrato. Las partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43. No se aplicaran reajustes del XXX x XXXX salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario. 2.2. Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Concesión y que por tanto son el objeto de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes: a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula en la Sección V del presente Contrato. b) La Construcción de la infraestructura del Tramo de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato. c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII del presente Contrato. d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del presente Contrato. 2.3. El presente Contrato de Concesión responde a un esquema BOT (build, opérate and transfer), por ello, la transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo de la Concesión, la misma que en todo momento mantiene su condición pública. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma. 2.4.Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de servicios, en las condiciones económicas y de serviciabilidad que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinado, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el Contrato.
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OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. ObjetoOBJETO
2.1. Conforme a la definición de Concesión contenida en el Artículo 3 artículo 5° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, por el presente contrato Contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público el Servicio a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento económico uso de los Bienes de la Concesión durante el Plazo de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con estándares y niveles los Niveles de Servicio propios de la Explotación del TramoServicio, previstos en el presente Contrato. Las partes Partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzadaSuma Alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, la cual incorpora todas las obligaciones del CONCESIONARIO y que están incluidas en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43función de la oferta presentada. No se aplicaran aplicarán reajustes del XXX x XXXX a la oferta presentada salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales prevalece sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario.
2.2. Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Concesión y que por tanto son constituyen el objeto de los derechos y obligaciones de que asumen las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes:
a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula contenidas en la Sección V del presente Contrato.
b) La Construcción de la infraestructura del Tramo de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato.
c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII del presente Contrato.
d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del el presente Contrato.
2.3. El presente Contrato La entrega de los Bienes de la Concesión responde a un esquema BOT (buildque realiza el CONCEDENTE al CONCESIONARIO, opérate and transfer)para su uso, por ello, la no supone transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo de la Concesiónpropiedad, la misma que en todo momento mantiene su condición públicapública y es titularidad del Estado. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma.
2.4. 2.4.Considerando Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de serviciosdel Servicio, en las condiciones económicas y de serviciabilidad Niveles de Servicio que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinadoConcesión, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y y, ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el ContratoContrato y según el marco legal vigente.
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Samples: Contrato De Concesión
OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. Objeto
2.1. 2.1.- Conforme a la definición contenida en el Artículo 3 3° del Reglamento Reglamento, por el presente contrato Contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público el Servicio a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento económico de los Bienes de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con los estándares y niveles Niveles de Servicio propios de la Explotación del TramoServicio, previstos en el presente Contrato. Las partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43. No se aplicaran reajustes del XXX x XXXX salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario.
2.2. 2.2.- Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Ia Concesión y que por tanto son el objeto de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes:
a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula en la Sección V del presente Contrato.
b) La Construcción de la infraestructura del Tramo Vial de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato.
c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII del presente Contrato.
d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del presente Contrato.
2.3. 2.3.- El presente Contrato de Concesión responde a un esquema BOT (build, opérate operate and transfer), por ello, la transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo Vial de la Concesión, la misma que en todo momento mantiene su condición pública. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma. 2.4.Considerando .
2.4.- Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de servicios, servicios en las condiciones económicas y de serviciabilidad que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinado, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el Contrato.
2.5.- La modalidad de la Concesión es cofinanciada, de conformidad con lo señalado en el Literal c) del Artículo 14 del TUO y en los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo N° 108 - 2006 -EF. Para tal efecto, el CONCEDENTE cofinanciará el monto que no sea cubierto por la recaudación del Peaje, a fin de cumplir con el monto asegurado por concepto de Pago por Servicio (PAS).
2.6.- Sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, conforme se describe en la Cláusula 2.2 que antecede, el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una causa única.
2.7.- El Contrato es principal, de prestaciones reciprocas, de tracto sucesivo y de ejecución continuada. Por otra parte y tal como se señala en las Cláusulas 9.13 a la 9.16 del presente Contrato, una de las características principales del mismo consiste en que en todo momento se debe mantener el equilibrio económico - financiero de los derechos y obligaciones que asumen las Partes.
2.8.- Considerando la naturaleza pública de la titularidad de los Bienes de la Concesión, el Servicio que es materia del Contrato se rige por los principios de continuidad, regularidad y no discriminación.
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Samples: Contrato De Concesión
OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. Objeto
2.1. 2.1.- Conforme a la definición contenida en el Artículo 3 del Reglamento Reglamento, por el presente contrato Contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento económico de los Bienes de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con los estándares y niveles Niveles de Servicio propios de la Explotación del TramoServicio, previstos en el presente Contrato. Las partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43. No se aplicaran reajustes del XXX x XXXX salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario.
2.2. 2.2.- Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Concesión y que por tanto son el objeto de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes:
a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula en la Sección V del presente Contrato.
b) La Construcción de la infraestructura del Tramo Vial de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato.
c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII del presente Contrato.
d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del presente Contrato.
2.3. 2.3.- El presente Contrato de Concesión responde a un esquema BOT (build, opérate operate and transfer), por ello, la transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo Vial de la Concesión, la misma que en todo momento mantiene su condición pública. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma. 2.4.Considerando .
2.4.- Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de servicios, servicios en las condiciones económicas y de serviciabilidad que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinado, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el Contrato.
2.5.- La modalidad de la Concesión es cofinanciada, de conformidad con lo señalado en el Literal c) del Artículo 14 del TUO y en los Artículos 2 y 3 del D.S. N° 108-2006-EF. Para tal efecto, el CONCEDENTE cofinanciará el monto que no sea cubierto por la recaudación del Peaje, a fin de cumplir con el monto asegurado por concepto de Pago por Servicio (PAS).
2.6.- Sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, conforme se describe en la Cláusula 2.2 que antecede, el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una causa única.
2.7.- El Contrato es principal, de prestaciones recíprocas, de tracto sucesivo y de ejecución continuada. Por otra parte y tal como se señala en las Cláusulas 9.13 a la 9.16 del presente Contrato, una de las características principales del mismo consiste en que en todo momento se debe mantener el equilibrio económico - financiero de las Partes.
2.8.- Considerando la naturaleza pública de la titularidad de los Bienes de la Concesión, el Servicio que es materia del Contrato se rige por los principios de continuidad, regularidad y no discriminación.
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Samples: Concession Agreement
OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. Objeto
2.1. Conforme a la definición contenida en el Artículo 3 del Reglamento Reglamento, por el presente contrato Contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento económico de los Bienes de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con estándares y niveles de Servicio propios de la Explotación del Tramo, previstos en el presente Contrato. Las partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43. No se aplicaran aplicarán reajustes del XXX x XXXX salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales prevalece sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario.
2.2. Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Concesión y que por tanto son el objeto de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes:
a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula en la Sección V del presente Contrato.
b) La Construcción de la infraestructura del Tramo de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato.
c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII del presente Contrato.
d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del presente Contrato.
2.3. El presente Contrato de Concesión responde a un esquema BOT (build, opérate operate and transfer), por ello, la transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo de la Concesión, la misma que en todo momento mantiene su condición pública. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma.
2.4. 2.4.Considerando Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de servicios, servicios en las condiciones económicas y de serviciabilidad que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinado, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el Contrato.
2.5. La modalidad de la Concesión es cofinanciada, de conformidad con lo señalado en el Literal c) del Artículo 14 del TUO y en los artículos 2 y 3 del D.S. N° 108-2006- EF. Para tal efecto, el CONCEDENTE cofinanciará el monto que no sea cubierto por la recaudación del Peaje, a fin de cumplir con el monto asegurado por concepto de Pago por Servicio (PAS).
2.6. Sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, conforme se describe en la Cláusula 2.2 que antecede, el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una causa única.
2.7. El Contrato es principal, de prestaciones reciprocas, de tracto sucesivo y de ejecución continuada. Por otra parte y tal como se señala en las Cláusulas 9.12 a la 9.15 del presente Contrato, una de las características principales del mismo consiste en que en todo momento se debe mantener el equilibrio económico- financiero de las Partes.
2.8. Considerando la naturaleza pública de la titularidad de los Bienes de la Concesión, el Servicio que es materia del Contrato se rige por los principios de continuidad, regularidad y no discriminación.
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Samples: Contrato De Concesión
OBJETO, MODALIDAD Y CARACTERES. Objeto
2.1. 2.1.- Conforme a la definición contenida en el Artículo 3 del Reglamento Reglamento, por el presente contrato Contrato el CONCEDENTE transfiere al CONCESIONARIO la potestad de prestar un servicio público a favor de los Usuarios, para lo cual le concede el aprovechamiento ¡«económico de los Bienes de la Concesión. Para tal fin, el CONCESIONARIO deberá cumplir con los parámetros, niveles, capacidad y otros asociados a la inversión, así como con los estándares y niveles Niveles de Servicio propios de la Explotación del TramoServicio, previstos en el presente Contrato. Las partes acuerdan que el presente Contrato se pacta a suma alzada, salvo lo establecido para el caso xx xxxxxx geológicas, en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el Numeral 6.43. No se aplicaran reajustes del XXX x XXXX salvo los expresamente previstos en este Contrato. Esta disposición prevales sobre cualquier otra que pudiera establecer o permitir una interpretación en contrario.
2.2. 2.2.- Las principales actividades o prestaciones que forman parte de la Concesión y que por tanto son el objeto de los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato, son las siguientes:
a) La entrega, transferencia, uso y reversión de los Bienes Reversibles que se regula en la Sección V del presente Contrato.
b) La Construcción de la infraestructura del Tramo Vial de la Concesión, según se detalla en la Sección VI del presente Contrato.
c) La Conservación de los Bienes de la Concesión, según los términos de la Sección VII Vil del presente Contrato.
d) La Explotación del Servicio, conforme a las condiciones de la Sección VIII del presente Contrato.
2.3. 2.3.- El presente Contrato de Concesión responde a un esquema BOT (build, opérate and transfer), por ello, la transferencia de actividades antes referida no supone la transferencia de propiedad de la infraestructura que forma parte del Tramo Vial de la Concesión, la misma que en todo momento mantiene su condición pública. El CONCESIONARIO adquiere el derecho de Concesión durante la vigencia de la misma. 2.4.Considerando .
2.4.- Considerando que el objeto del derecho de Concesión es contribuir con el bienestar social de la población a través de una adecuada prestación de servicios, servicios en las condiciones económicas y de serviciabilidad que se establecen en el Contrato de Concesión por tiempo determinado, los actos de disposición y la constitución de derechos sobre la Concesión, deben ser compatibles con esta naturaleza y ser aprobados por el CONCEDENTE, previa opinión del REGULADOR, conforme a lo que disponga el Contrato.
2.5.- La modalidad de la Concesión es cofinanciada, de conformidad con lo señalado en el Literal c) del Artículo 14 del TUO y en los Artículos 2 y 3 del Decreto Supremo N° 108- 2006-EF Para tal efecto, el CONCEDENTE cofinanciará el monto que no sea cubierto por la / recaudación del Peaje, a fin de cumplir con el monto asegurado por concepto de Pago
2.6.- Sin perjuicio de la multiplicidad de actividades y prestaciones en que se divide su objeto, conforme se describe en la Cláusula 2.2 que antecede, el Contrato es de naturaleza unitaria y responde a una causa única.
2.7.- El Contrato es principal, de prestaciones recíprocas, de tracto sucesivo y de ejecución continuada. Por otra parte y tal como se señala en las Cláusulas 9.13 a la 9.16 del presente Contrato, una de las características principales del mismo consiste en que en todo momento se debe mantener el equilibrio económico - financiero de los derechos y obligaciones que asumen las Partes.
2.8.- Considerando la naturaleza pública de la titularidad de los Bienes de la Concesión, el Servicio que es materia del Contrato se rige por los principios de continuidad, regularidad y no discriminación
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