Aceptación de Obras de Construcción en estado actual de los niveles de Servicios Cláusulas de Ejemplo

Aceptación de Obras de Construcción en estado actual de los niveles de Servicios. Para la Aceptación de las Obras de Construcción, en caso los valores de medición no cumplan con los Niveles de Servicios mínimos establecidos en el Apéndice 3 del Anexo III del Contrato de Concesión, como resultado del desgaste de la infraestructura por causas no imputables al CONCESIONARIO, que se hayan generado durante el tiempo transcurrido entre la fecha de culminación de las Primeras Intervenciones de las Obras de Construcción finalizadas el 04 de febrero de 2012 y la fecha de solicitud de aceptación de las Obras de Construcción, el CONCEDENTE aceptará las Obras de Construcción en el estado en que se encuentran, sin que proceda la aplicación de penalidades ni la resolución del Contrato Concesión. El CONCESIONARIO iniciará este proceso de aceptación de Obras de Construcción, debiendo presentar al REGULADOR con copia al CONCEDENTE el Informe Final conteniendo como mínimo la descripción final de las Obras de Construcción, identificando los valores correspondientes a los Niveles de Servicio establecidos en el Apéndice 3 del Anexo III del Contrato de Concesión en virtud a lo señalado en el párrafo anterior. El REGULADOR emitirá su opinión en un plazo máximo de veinte (20) Días de recibido el Informe Final. Una vez emitida la opinión del REGULADOR o vencido el plazo para ello, el CONCESIONARIO solicitará al REGULADOR la emisión del último CAO y solicitará al CONCEDENTE la aceptación de la totalidad de las Obras de Construcción. En caso que el CONCEDENTE tenga observaciones no relacionadas con el cumplimiento de los niveles de servicio será de aplicación la Cláusula 6.29 del Contrato de Concesión. El REGULADOR emitirá el último CAO únicamente cuando el CONCESIONARIO hubiere dado pleno cumplimiento a las observaciones reféridas en el párrafo anterior, de acuerdo a la Cláusula 6.32 del Contrato de Concesión. En caso de no existir observaciones o vencido el plazo para su pronunciamiento, el REGULADOR tendrá un plazo máximo de cinco (05) días de presentada la soIicitud de emisión xxx XXX del CONCESIONARIO, para emitir el CAO respectivo y el CONCEDENTE comunicará al CONCESIONARIO la aceptación de las Obras de Construcción en el mismo plazo. En este caso no se aplicará la cláusula 6.30 del Contrato de Concesión. El pago xxx XXX se realizara de conformidad con lo establecido en el numeral 1.10 del Apéndice II del Anexo ll.2 del Contrato de Concesión. Con la aceptación de las Obras de Construcción, en el estado en que se encuentran, se da inicio a la Explotación seg...

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  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

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