Obligaciones de los terceros aceptantes. A) Es obligación de los terceros que acepten y confíen en los certificados emitidos por DNI y de firma centralizada: • Limitar la fiabilidad de los certificados a los usos permitidos de los mismos, en conformidad con lo expresado en las extensiones de los certificados y en la DPC. • Verificar la validez de los certificados en el momento de realizar cualquier operación basada en los mismos mediante la comprobación de que el certificado es válido y no está caducado o ha sido o revocado. • Asumir su responsabilidad en la correcta verificación de las firmas electrónicas. • Asumir su responsabilidad en la comprobación de la validez, revocación de los certificados en que confía. • Conocer las garantías y responsabilidades derivadas de la aceptación de los certificados en los que confía y asumir sus obligaciones. • Notificar cualquier hecho o situación anómala relativa al certificado y que pueda ser considerado como causa de revocación del mismo, utilizando los medios que la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) habilite a tal efecto. B) Los prestadores de servicios deberán verificar la validez de las firmas generadas por los ciudadanos a través de la red de Prestadores de Servicios de Validación: • En el supuesto que no se realice dicha comprobación, la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) no se hace responsable del uso y confianza que los prestadores de servicio otorguen a dichos certificados. • En caso que el Prestador de Servicios consulte en línea el estado de un Certificado de DNI y de firma centralizada debe almacenar el comprobante de la transacción para tener derecho a realizar posteriores reclamaciones en caso que el estado del certificado en el momento de la consulta no coincida con su situación real. C) Confianza en las firmas: • El prestador de servicios debe adoptar las medidas necesarias para determinar la fiabilidad de la firma, construyendo toda la cadena de certificación y verificando la caducidad y el estado todos los certificados en dicha cadena. • El prestador de servicios debe conocer e informarse sobre las Políticas y Prácticas de Certificación emitidos por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior). • Cuando se realice una operación que pueda ser considerada ilícita o se dé un uso no conforme a lo establecido en la DPC, no se deberá confiar en la firma emitida por el certificado. D) Para confiar en los Certificados emitidos por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior), el prestador de servicios deberá conocer y aceptar toda restricción a que esté sujeto el citado Certificado.
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Samples: Términos Y Condiciones, Declaración De Divulgación De Pki, Términos Y Condiciones
Obligaciones de los terceros aceptantes. A) Es obligación de los terceros que acepten y confíen en los certificados emitidos por DNI y la Dirección General de firma centralizadala Policía: • Limitar la fiabilidad de los certificados a los usos permitidos de los mismos, en conformidad con lo expresado en las extensiones de los certificados y en la DPC. • Verificar la validez de los certificados en el momento de realizar cualquier operación basada en los mismos mediante la comprobación de que el certificado es válido y no está caducado o ha sido o revocado. • Asumir su responsabilidad en la correcta verificación de las firmas electrónicas. • Asumir su responsabilidad en la comprobación de la validez, revocación de los certificados en que confía. • Conocer las garantías y responsabilidades derivadas de la aceptación de los certificados en los que confía y asumir sus obligaciones. • Notificar cualquier hecho o situación anómala relativa al certificado y que pueda ser considerado como causa de revocación del mismo, utilizando los medios que la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) habilite a tal efecto.DGP publique en los sitios Web xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xx
B) Los prestadores de servicios deberán verificar la validez de las firmas generadas por los ciudadanos certificados emitidos por la Dirección General de la Policía a través del Servicio de la red Validación de Prestadores de Servicios de Validación: esta Dirección General. • En el supuesto que no se realice dicha comprobación, la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) no se hace responsable del uso y confianza que los prestadores de servicio otorguen a dichos certificados. • En caso que el Prestador de Servicios consulte en línea el estado de un Certificado certificado (bien de DNI y de sede, sello, autenticación, firma centralizada o cifrado) debe almacenar el comprobante de la transacción para tener derecho a realizar posteriores reclamaciones en caso que el estado del certificado en el momento de la consulta no coincida con su situación real.
C) Confianza en las firmas: • El prestador de servicios debe adoptar las medidas necesarias para determinar la fiabilidad de la firma, construyendo toda la cadena de certificación y verificando la caducidad y el estado todos los certificados en dicha cadena. • El prestador de servicios debe conocer e informarse sobre las Políticas y Prácticas de Certificación emitidos por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior). • Cuando se realice una operación que pueda ser considerada ilícita o se dé un uso no conforme a lo establecido en la DPC, no se deberá confiar en la firma emitida por el certificado.
D) Para confiar en los Certificados emitidos por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior), el prestador de servicios deberá conocer y aceptar toda restricción a que esté sujeto el citado Certificado.
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