OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO. 7.8.1. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del Servicio que se pretende contratar, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones: Tanto a los plaguicidas a utilizar, como a los aparatos, equipos o sistemas para su aplicación, les será de obligado cumplimiento toda la actual normativa legal de carácter técnico, farmacológico y también la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato. Entre otros Reglamentos o Normas se cumplirá con los siguientes: Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Reglamento de Recipientes a Presión, Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, etc. En los casos de emergencia o graves plagas, Gerencia del Área podrá exigir la presencia del Técnico que actúe como representante y único interlocutor válido, aunque sea fuera del horario de trabajo habitual. Cualquier información o incumplimiento del contrato podrá ser comunicado al contratista a través de su representante en el Centro mediante la correspondiente Acta de Incidencias que será, en cualquier caso, aceptada y firmada por él mismo y el Jefe del Servicio que determine la Dirección del Área. Así mismo, el personal que realice cualquier trabajo objeto de la presente Contratación, deberá poseer la titulación o haber superado los cursos o pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. El contratista dotará al personal que utilice para la ejecución del contrato de todos los medios de seguridad, uniformes, herramientas, manuales, aparatos de medida, máquinas, equipos especiales, y en general cualquier mecanismo o aparataje necesario para su desarrollo y culminación. El contratista no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos algunos de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización del SMS. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Asimismo serán por su cuenta todas las sanciones que pudieran recaerle por incumplimiento de normas legales o reglamentarias de cualquier tipo. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el servicio y deberá indemnizar al SMS todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. El contratista responderá civil y, en su caso penalmente, de todos los daños y perjuicios, corporales, materiales o consecuencias causados en el centro, a su personal (fijo, temporal o interino, estatutario, laboral o funcionario), a usuarios o a terceros, por acción u omisión, que se deban o deriven del funcionamiento normal o anormal de los aparatos, elementos o sus instalaciones incluidos o utilizados en la realización del presente contrato de desinsectación, desratización o desinfección, así como por la existencia de cualquier clase de vicio o defecto.
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Samples: Pliego De Prescripciones Tecnicas Que Ha De Regir, Pliego De Prescripciones Tecnicas Que Ha De Regir
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO. 7.8.1. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del Servicio que se pretende contratarpresente contrato, se atenderá especialmente a y de las obligaciones específicas previstas en el pliego de prescripciones técnicas, el contratista asumirá las siguientes obligaciones: Tanto a los plaguicidas a utilizarCualquier modificación de dichos planes deberá solicitarse por el adjudicatario, como a los aparatosinformarse por el Inspector de Servicios Municipales y Salud Pública, equipos o sistemas para y aprobarse, en su aplicacióncaso, les será por el órgano de obligado cumplimiento toda contratación. Cualquier modificación de dicha relación deberá solicitarse por el adjudicatario, informarse por el Inspector de Servicios Municipales y Salud Pública, y aprobarse, en su caso, por el órgano de contratación. En todo caso, el adjudicatario deberá mantener actualizada la actual normativa legal información facilitada al Ayuntamiento con ocasión de carácter técnico, farmacológico y también la que pudiera producirse durante la vigencia formalización del contrato, informando puntualmente de las bajas y sustituciones que se produzcan, y garantizando que el servicio esté en todo momento cubierto por personal suficiente. Entre otros Reglamentos o Normas El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante ajena a dichas relaciones laborales. En ningún caso se cumplirá subrogará el Ayuntamiento en cualesquiera relaciones laborales del adjudicatario al finalizar el contrato. El contratista procederá inmediatamente, si fuera necesario, a la sustitución del personal preciso, de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. El adjudicatario queda obligado, con respecto a todo el personal que emplee en la ejecución del contrato, al abono de los siguientes: Reglamento salarios que le correspondan de acuerdo con el Convenio Sectorial que resulte aplicable, así como al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en materia de legislación laboral, fiscal, de Seguridad e Higiene Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, Reglamento así como al cumplimiento de Recipientes a Presión, Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, etc. En los casos de emergencia o graves plagas, Gerencia del Área podrá exigir la presencia del Técnico las que actúe como representante y único interlocutor válido, aunque sea fuera del horario de trabajo habitual. Cualquier información o incumplimiento del contrato podrá ser comunicado al contratista a través de su representante en el Centro mediante la correspondiente Acta de Incidencias que será, en cualquier caso, aceptada y firmada por él mismo y el Jefe del Servicio que determine la Dirección del Área. Así mismo, el personal que realice cualquier trabajo objeto de la presente Contratación, deberá poseer la titulación o haber superado los cursos o pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. El contratista dotará al personal que utilice para puedan promulgarse durante la ejecución del contrato mismo. Asimismo responderá de todos cuantas obligaciones le vengan impuestas en su carácter de empleador en régimen laboral o de cualquier otro tipo, sin que pueda repercutir a la Administración cualquier multa o sanción por incumplimiento y que pudieran haberle sido impuestas por los medios de seguridad, uniformes, herramientas, manuales, aparatos de medida, máquinas, equipos especiales, y en general cualquier mecanismo o aparataje necesario para su desarrollo y culminaciónorganismos competentes. El contratista no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos algunos de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización del SMS. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Asimismo serán estas obligaciones por su cuenta todas las sanciones que pudieran recaerle por incumplimiento de normas legales o reglamentarias de cualquier tipo. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para la propiedad industrial y comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el servicio y deberá indemnizar al SMS todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. El contratista responderá civil y, en su caso penalmente, de todos los daños y perjuicios, corporales, materiales o consecuencias causados en el centro, a su personal (fijo, temporal o interino, estatutario, laboral o funcionario), a usuarios o a terceros, por acción u omisión, que se deban o deriven del funcionamiento normal o anormal de los aparatos, elementos o sus instalaciones incluidos o utilizados en la realización del presente contrato de desinsectación, desratización o desinfección, así como por la existencia de cualquier clase de vicio o defectoAdministración contratante.
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO. 7.8.1. Además de las obligaciones generales generales, derivadas del régimen jurídico del Servicio que se pretende contratarpresente contrato, se atenderá especialmente específicamente a las siguientes obligaciones: Tanto - El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista; será de cuenta del contratista indemnizar todos los plaguicidas daños que se causen tanto a utilizarla Administración contratante como a terceros, como a los aparatos, equipos o sistemas para su aplicación, les será consecuencia de obligado cumplimiento toda las actuaciones que requiera la actual normativa legal de carácter técnico, farmacológico y también la que pudiera producirse durante la vigencia ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración. Entre otros Reglamentos o Normas se cumplirá - El contratista contará con los siguientes: Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Reglamento de Recipientes a Presión, Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, etc. En los casos de emergencia o graves plagas, Gerencia del Área podrá exigir la presencia del Técnico que actúe como representante y único interlocutor válido, aunque sea fuera del horario de trabajo habitual. Cualquier información o incumplimiento del contrato podrá ser comunicado al contratista a través de su representante en el Centro mediante la correspondiente Acta de Incidencias que será, en cualquier caso, aceptada y firmada por él mismo y el Jefe del Servicio que determine la Dirección del Área. Así mismo, el personal que realice cualquier trabajo objeto de la presente Contratación, deberá poseer la titulación o haber superado los cursos o pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. El contratista dotará al personal que utilice necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante del todo ajena a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuere necesario, a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada. En todo caso, el adjudicatario propondrá a la Administración contratante una relación del personal, el cual se someterá a las normas de control y seguridad establecidas. - Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos que se deriven del contrato. - El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes y aquellas otras que puedan publicarse sobre relaciones laborales y de seguridad social, prevención de riesgos laborales, así como cualesquiera obras aplicables al servicio que se contrata. - El contratista deberá cumplir, igualmente, el convenio colectivo vigente para las empresas de limpieza y, en particular, la obligación de subrogación del personal que viene prestando actualmente el servicio en las dependencias provinciales objeto del presente contrato. - Obtener todos los permisos, autorizaciones, seguros, etc., que fueren necesarios para la prestación del servicio. - Prestar el servicio de acuerdo con las instrucciones, órdenes y directrices del personal de la Diputación responsable de las dependencias objeto del presente contrato. - Realizar los trabajos que, con carácter extraordinario, fuera necesario llevar a cabo, cuya cuantía se calculará teniendo en cuenta el importe por hora de servicio ofertado por el contratista. - Serán de cuenta del contratista la aportación de todos los medios materiales que fueren necesarios para una correcta prestación del servicio. - El personal de seguridadla empresa deberá ir uniformado y con un distintivo que indique la empresa a que pertenece. - En el supuesto de que alguna de las dependencias objeto del contrato modifiquen su ubicación o su extensión, uniformesel contratista vendrá obligado a continuar la prestación del servicio en los términos pactados, herramientas, manuales, aparatos de medida, máquinas, equipos especialessin derecho a indemnización económica alguna, y sin perjuicio de la modificación contractual que deberá efectuarse para adecuar el importe económico al número de horas que hubiere que realizar. Durante el período de vigencia del contrato se extinguirá la prestación de limpieza en general cualquier mecanismo o aparataje necesario para su desarrollo las Oficinas de Recaudación xx Xxxxxxx y culminación. El contratista no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos algunos de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización del SMS. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Asimismo serán por su cuenta todas las sanciones que pudieran recaerle por incumplimiento de normas legales o reglamentarias de cualquier tipo. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a comenzará la propiedad industrial y comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados prestación en el servicio y deberá indemnizar al SMS todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse Xxxxxxx de la interposición de reclamaciones. El contratista responderá civil y, en las Monas una vez termine su caso penalmente, de todos los daños y perjuicios, corporales, materiales o consecuencias causados en el centro, a su personal (fijo, temporal o interino, estatutario, laboral o funcionario), a usuarios o a terceros, por acción u omisión, que se deban o deriven del funcionamiento normal o anormal de los aparatos, elementos o sus instalaciones incluidos o utilizados en la realización del presente contrato de desinsectación, desratización o desinfección, así como por la existencia de cualquier clase de vicio o defectorehabilitación.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particula Res Para Contratar
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO. 7.8.1. 11.8.1 Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del Servicio que se pretende contratar, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones: Tanto a los plaguicidas a utilizar, como a los aparatos, equipos o sistemas para su aplicación, les será de obligado cumplimiento toda la actual normativa legal de carácter técnico, farmacológico y también la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato. Entre otros Reglamentos o Normas se cumplirá con los siguientes: Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Reglamento de Recipientes a Presión, Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, etc. En los casos de emergencia o graves plagas, Gerencia del Área el Hospital podrá exigir la presencia del Técnico que actúe como representante y único interlocutor válido, aunque sea fuera del horario de trabajo habitual. Cualquier información o incumplimiento del contrato podrá ser comunicado al contratista a través de su representante en el Centro Hospital, mediante la correspondiente Acta de Incidencias que será, en cualquier caso, aceptada y firmada por él mismo y el Jefe del Servicio que determine la Dirección del ÁreaHospital. Así mismo, el personal que realice cualquier trabajo objeto de la presente Contratación, deberá poseer la titulación o haber superado los cursos o pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. El contratista dotará al personal Será por cuenta del adjudicatario los gastos que utilice ocasionen la obtención de todas las autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la ejecución del contrato de todos los medios de seguridad, uniformes, herramientas, manuales, aparatos de medida, máquinas, equipos especiales, y en general cualquier mecanismo o aparataje necesario para su desarrollo y culminación. El contratista no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros datos algunos realización de los trabajos contratados ni publicarobjeto del presente contrato, total o parcialmente, el contenido así como la gestión de los mismos sin autorización del SMS. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios trámites necesarios que se deriven derivan del incumplimiento mismo, incluidos los fiscales. También serán a su cargo las correspondientes pruebas y ensayos de esta obligaciónmateriales y trabajos. Asimismo serán por su cuenta todas las sanciones que pudieran recaerle por incumplimiento de normas legales o reglamentarias de cualquier tipo. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el servicio y deberá indemnizar al SMS todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. El contratista responderá civil y, en su caso penalmente, de todos los daños y perjuicios, corporales, materiales o consecuencias causados en el centro, a su personal (fijo, temporal o interino, estatutario, laboral o funcionario), a usuarios o a terceros, por acción u omisión, que se deban o deriven del funcionamiento normal o anormal de los aparatos, elementos o sus instalaciones incluidos o utilizados en la realización del presente contrato de desinsectación, desratización o desinfección, así como por la existencia de cualquier clase de vicio o defecto.
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