Obligaciones del Fiduciario después de la Terminación. (a) En caso de que el Fiduciario deje de desempeñarse como fiduciario del presente Contrato de conformidad con la Cláusula 7.4 anterior, el Fiduciario deberá preparar los reportes y cuentas relacionadas con el Patrimonio del Fideicomiso, los cuales deberán de ser entregados al fiduciario sustituto en la fecha en que se haga efectiva tal terminación junto con los libros, registros y cualquier otro documento relacionado con el Fideicomiso. En la medida en que dichos reportes y cuentas deban ser entregados periódicamente en términos del presente Contrato, el Fiduciario únicamente deberá proporcionar dichos documentos desde la fecha en la que se entregó el último reporte o cuenta. La Subsidiaria contará con un plazo de 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a la entrega al fiduciario sustituto para revisar y, en su caso, comentar o requerir aclaraciones respecto de dichos reportes, en cuyo caso, el Fiduciario deberá revisar los reportes y, en su caso, los modificará y entregará de nueva cuenta, contando la Subsidiaria con un plazo igual al anteriormente indicado para revisar los documentos modificados.