OBLIGACIONES RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. 20.5.1 EL CONCESIONARIO declara conocer las Leyes ambientales aplicables, incluida la normatividad internacional de la materia, y las obligaciones que establece este Contrato en materia ambiental y las que se precise en normas complementarias y las previstas por EL CONCEDENTE. EL CONCESIONARIO se obliga a cumplir con dichas normas como componente indispensable de su gestión ambiental, implementando las medidas necesarias que aseguren un manejo apropiado en el sistema y los mecanismos que permitan una adecuada participación y comunicación con la ciudadanía. 20.5.2 Para garantizar la optimización en el consumo de combustible y de minimizar los efectos ambientales de la operación Sistema Integrado de Transporte, el CONCESIONARIO deberá desarrollar un Plan o Programa de Mantenimiento y Desempeño Ambiental, para aprobación de EL CONCEDENTE, seis (6) meses después de iniciada la operación efectiva. 20.5.2.1 El CONCESIONARIO deberá elaborar un programa de gestión ambiental el cual deberá ser presentado a EL CONCEDENTE para su revisión y aprobación dentro de los doce (12) meses siguientes a la firma del presente Contrato de Concesión, el cual deberá ser revisado y actualizado periódicamente cada año y en el momento en que EL CONCEDENTE y/o las autoridades ambientales así lo requieran. 20.5.2.2 El programa de gestión ambiental, deberá constar, entre otros, de los siguientes planes: plan de mantenimiento preventivo y correctivo, plan de capacitación, plan de manejo de residuos, plan de seguridad industrial, plan de contingencias, plan de mitigación de impactos. 20.5.2.3 El cumplimiento de la ejecución adecuada del programa de gestión ambiental será supervisada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, de manera permanentemente durante la ejecución del presente Contrato de Concesión. 20.5.3 El cumplimiento del desempeño ambiental de los autobuses será certificada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, periódicamente cada año. Lo que deberá ajustarse a la oferta ganadora y/o normas que para este fin determine el gobierno.24
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Samples: Contrato De Concesión
OBLIGACIONES RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. 20.5.1 EL CONCESIONARIO declara conocer las Leyes ambientales aplicables, incluida la normatividad internacional de la materia, y las obligaciones que establece este Contrato en materia ambiental y las que se precise en normas complementarias y las previstas por EL CONCEDENTE. EL CONCESIONARIO se obliga a cumplir con dichas normas como componente indispensable de su gestión ambiental, implementando las medidas necesarias que aseguren un manejo apropiado en el sistema y los mecanismos que permitan una adecuada participación y comunicación con la ciudadanía.
20.5.2 Para garantizar la optimización en el consumo de combustible y de minimizar los efectos ambientales de la operación Sistema Integrado de Transporte, el CONCESIONARIO deberá desarrollar un Plan o Programa de Mantenimiento y Desempeño Ambiental, para aprobación de EL CONCEDENTE, seis (6) meses después de iniciada la operación efectiva.
20.5.2.1 El CONCESIONARIO deberá elaborar un programa de gestión ambiental ambiental, el cual deberá ser presentado a EL CONCEDENTE para su revisión y aprobación dentro de los doce (12) meses siguientes a la firma del presente Contrato de Concesión, el cual deberá ser revisado y actualizado periódicamente cada año y en el momento en que EL CONCEDENTE las autoridades ambientales y/o las autoridades ambientales así EL CONCEDENTE lo requieran.
20.5.2.2 El programa de gestión ambiental, deberá constar, entre otros, de los siguientes planes: plan de mantenimiento preventivo y correctivo, plan de capacitación, plan de manejo de residuos, plan de seguridad industrial, plan de contingencias, plan de mitigación de impactos.
20.5.2.3 El cumplimiento de la ejecución adecuada del programa de gestión ambiental será supervisada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, de manera permanentemente durante la ejecución del presente Contrato de Concesión.
20.5.3 El cumplimiento del desempeño ambiental de los autobuses será certificada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, periódicamente cada año. Lo que deberá ajustarse a la oferta ganadora y/o normas que para este fin determine el gobierno.24gobierno.36
20.5.4 NUMERAL ELIMINADO.37
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OBLIGACIONES RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. 20.5.1 EL CONCESIONARIO declara conocer las Leyes ambientales aplicables, incluida la normatividad internacional de la materia, y las obligaciones que establece este Contrato en materia ambiental y las que se precise en normas complementarias y las previstas por EL CONCEDENTE. EL CONCESIONARIO se obliga a cumplir con dichas normas como componente indispensable de su gestión ambiental, implementando las medidas necesarias que aseguren un manejo apropiado en el sistema y los mecanismos que permitan una adecuada participación y comunicación con la ciudadanía.
20.5.2 Para garantizar la optimización en el consumo de combustible y de minimizar los efectos ambientales de la operación Sistema Integrado de Transporte, el CONCESIONARIO deberá desarrollar un Plan o Programa de Mantenimiento y Desempeño Ambiental, para aprobación de EL CONCEDENTE, seis (6) meses después de iniciada la operación efectiva.
20.5.2.1 El CONCESIONARIO deberá elaborar un programa de gestión ambiental ambiental, el cual deberá ser presentado a EL CONCEDENTE para su revisión y aprobación dentro de los doce (12) meses siguientes a la firma del presente Contrato de Concesión, el cual deberá ser revisado y actualizado periódicamente cada año y en el momento en que EL CONCEDENTE las autoridades ambientales y/o las autoridades ambientales así EL CONCEDENTE lo requieran.
20.5.2.2 El programa de gestión ambiental, deberá constar, entre otros, de los siguientes planes: plan de mantenimiento preventivo y correctivo, plan de capacitación, plan de manejo de residuos, plan de seguridad industrial, plan de contingencias, plan de mitigación de impactos.
20.5.2.3 El cumplimiento de la ejecución adecuada del programa de gestión ambiental será supervisada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, de manera permanentemente durante la ejecución del presente Contrato de Concesión.
20.5.3 El cumplimiento del desempeño ambiental de los autobuses será certificada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, periódicamente cada año. Lo que deberá ajustarse a la oferta ganadora y/o normas que para este fin determine el gobierno.24
20.5.4 El CONCESIONARIO cede todos sus derechos respecto a los bonos de carbono que pudieran generarse a favor de EL CONCEDENTE; autorizando a este para realizar en su nombre los trámites necesarios para su consecución y disposición del mismo a favor del Sistema Integrado de Transporte.19
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OBLIGACIONES RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. 20.5.1 EL CONCESIONARIO declara conocer las Leyes ambientales aplicables, incluida la normatividad internacional de la materia, y las obligaciones que establece este Contrato en materia ambiental y las que se precise en normas complementarias y las previstas por EL CONCEDENTE. EL CONCESIONARIO se obliga a cumplir con dichas normas como componente indispensable de su gestión ambiental, implementando las medidas necesarias que aseguren un manejo apropiado en el sistema y los mecanismos que permitan una adecuada participación y comunicación con la ciudadanía.
20.5.2 Para garantizar la optimización en el consumo de combustible y de minimizar los efectos ambientales de la operación Sistema Integrado de Transporte, el CONCESIONARIO deberá desarrollar un Plan o Programa de Mantenimiento y Desempeño Ambiental, para aprobación de EL CONCEDENTE, seis (6) meses después de iniciada la operación efectiva.
20.5.2.1 El CONCESIONARIO deberá elaborar un programa de gestión ambiental el cual deberá ser presentado a EL CONCEDENTE para su revisión y aprobación dentro de los doce (12) meses siguientes a la firma del presente Contrato de Concesión, el cual deberá ser revisado y actualizado periódicamente cada año y en el momento en que EL CONCEDENTE y/o las autoridades ambientales así lo requieran.
20.5.2.2 El programa de gestión ambiental, deberá constar, entre otros, de los siguientes planes: plan de mantenimiento preventivo y correctivo, plan de capacitación, plan de manejo de residuos, plan de seguridad industrial, plan de contingencias, plan de mitigación de impactos.
20.5.2.3 El cumplimiento de la ejecución adecuada del programa de gestión ambiental será supervisada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, de manera permanentemente durante la ejecución del presente Contrato de Concesión.
20.5.3 El cumplimiento del desempeño ambiental de los autobuses será certificada por EL CONCEDENTE o por quién este designe, periódicamente cada año. Lo que deberá ajustarse a la oferta ganadora y/o normas que para este fin determine el gobierno.24
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