Oferta. La oferta de las Obligaciones Negociables bajo el Programa fue autorizada por la Resolución de la CNV Nº RESFC-2021-21540-APN-DIR#CNV de fecha 9 de diciembre de 2021. La oferta de las Obligaciones Negociables al público en Argentina se hará por medio del Prospecto y del Suplemento, de conformidad con la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas de la CNV (incluyendo sin limitación el Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV) y otras regulaciones y procedimientos aplicables, conforme se describe en este Suplemento. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina por los Agentes Colocadores de conformidad con el Contrato de Colocación. Los Agentes Colocadores están autorizados bajo ley argentina para actuar como agentes de colocación en Argentina. Las Obligaciones Negociables serán colocadas de conformidad con lo establecido en el artículo 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y artículo 1, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará mediante el proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), a través del módulo de licitaciones sistema denominado SIOPEL de propiedad de, y operado por, el MAE (“SIOPEL”). La rueda de licitación tendrá la modalidad abierta (conforme lo establece el artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV). Durante el Período de Subasta, los Agentes Colocadores y en su caso, los Agentes del MAE (tal como se define más adelante en la presente sección) ingresarán las ofertas de compra recibidas por parte de los potenciales inversores interesados en suscribir las Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra” y los “Oferentes”). El registro de las Órdenes de Compra será llevado a través de, y en virtud de los procesos adoptados por, el SIOPEL (el “Registro”). Aquellos inversores que deseen suscribir Obligaciones Negociables podrán remitir sus Órdenes de Compra a:
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Oferta. La oferta consistirá en una proposición económica firmada por el solicitante (persona física) o el representante con poder suficiente (persona jurídica), y formulada con arreglo al modelo que se adjunta como ANEXO “Modelo de las Obligaciones Negociables bajo el Programa fue autorizada por la Resolución Oferta Económica”. Se entregará en sobre cerrado dirigido al “Órgano de Contratación del Consorcio de la CNV Nº RESFC-2021-21540-APN-DIR#CNV Zona Xxxxxx xx Xxxxx”, indicando en el exterior el número de fecha 9 de diciembre de 2021. La oferta de las Obligaciones Negociables al público en Argentina se hará por medio del Prospecto y del Suplemento, de conformidad con la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas expediente de la CNV oferta (incluyendo sin limitación OP1/10). El CZFC se reserva el Capítulo IVderecho de rechazar, Título VI mediante informe motivado, aquellas ofertas cuya adjudicación pueda eventualmente ser perjudicial para sus intereses, o provengan de las Normas entidades que se encuentren en cualquiera de la CNV) y otras regulaciones y procedimientos aplicables, conforme se describe en este Suplemento. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina por los Agentes Colocadores supuestos de conformidad con el Contrato prohibición de Colocación. Los Agentes Colocadores están autorizados bajo ley argentina para actuar como agentes de colocación en Argentina. Las Obligaciones Negociables serán colocadas de conformidad con lo establecido contratar previstos en el artículo 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y artículo 1, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas 49 de la CNVLey de Contratos del Sector Público. La colocación primaria De acuerdo con lo expuesto en “Descripción de la Propuesta”, las Obligaciones Negociables ofertas se realizará mediante encuadrarán en las siguientes cuatro categorías; 1.A- COMPRAVENTA EN ÚNICA OFERTA DE LA TOTALIDAD DE ACTIVOS OFERTADOS (COMPRAVENTA DEL LOTE) SIN CONSTITUCIÓN DE USUFRUCTO. - Indicar precio total ofertado por el proceso licitatorio denominado lote completo. - Indicar precios por activos según desglose del “subasta modelo de oferta económica”. (Precios IVA no incluido) Todos los precios ofertados deberán ser iguales o licitación pública” superiores a los precios mínimos indicados en el Cuadro Resumen de Activos del Cuaderno de Ventas. - Indicar precio total ofertado por el lote completo. - Indicar precios por activos, según desglose del “modelo de oferta económica”. - Indicar el canon del usufructo total a percibir. Se indicará también el canon por activos según desglose del “modelo de oferta económica”. (la “Subasta”Precios y rentas IVA no incluido) Todos los precios ofertados deberán ser iguales o superiores a los precios mínimos indicados en el Cuadro Resumen de Activos del Cuaderno de Ventas. Por su parte, los cánones del usufructo a percibir deberán ser iguales o inferiores a los máximos indicados en el Cuadro Resumen de Activos del Cuaderno de Ventas. En esta categoría de oferta (1.B), es decir en la compraventa de la totalidad de activos con constitución de usufructo, a través la finalización del módulo término de licitaciones sistema denominado SIOPEL de propiedad de, y operado por, vigencia del usufructo el MAE (“SIOPEL”). La rueda de licitación Propietario tendrá la modalidad abierta opción de revender al CZFC un porcentaje de los inmuebles inicialmente adquiridos. (conforme lo establece La opción se podrá ejercitar sobre fincas registrales completas, que se encuentren libres de arriendos en el artículo 8momento de la reventa o que formen parte de un mismo contrato de arrendamiento que se encuentre vigente en ese momento, inciso dcoincidentes con las inicialmente transmitidas y que representen un máximo del 25% del precio inicial de adquisición) El precio de reventa será el mismo que el de adquisición sin actualización alguna. - Indicar precio ofertado por el/los inmuebles que deberán ser igual o superior a los precios mínimos. (Precios IVA no incluido) - Indicar precio ofertado por el/los inmueble/s que deberán ser igual o superior a los precios mínimos. - Indicar el canon ofertado por el/los inmueble/s que deberán ser igual o inferior a los máximos. ( Precios y canon IVA no incluido) En los dos supuestos anteriores (2.A y 2.B), Sección IIse podrán presentar tantas ofertas individuales como se considere conveniente, Capítulo IV del Título VI sin condicionar su oferta a la adjudicación de las Normas todos los inmuebles solicitados. Es recomendable que designen varias alternativas, especificando un orden de la CNV). Durante el Período de Subastaprioridad y precio y, los Agentes Colocadores y en su casocaso canon, los Agentes del MAE (tal como que se define más adelante en la presente sección) ingresarán las ofertas de compra recibidas por parte de los potenciales inversores interesados en suscribir las Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra” y los “Oferentes”). El registro de las Órdenes de Compra será llevado a través de, y en virtud de los procesos adoptados por, el SIOPEL (el “Registro”). Aquellos inversores que deseen suscribir Obligaciones Negociables podrán remitir sus Órdenes de Compra a:oferta para cada uno.
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Samples: Bases De Oferta Pública De Venta De Inmuebles Arrendados, Bases De Oferta Pública De Venta De Inmuebles Arrendados
Oferta. La Expone Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Dóme, que “la oferta o propuesta es la propuesta, esto es el proyecto del negocio jurídico que una persona formule a otra, deberá contener los elementos esenciales del negocio y ser comunicada al destinatario por los medios adecuados para hacerla conocer. Las reglas de la oferta derivan de una premisa muy simple: dos partes intercambian propuestas, hasta que la oferta de las Obligaciones Negociables bajo el Programa fue autorizada una de ellas es aceptada por la Resolución otra formando un contrato.”4 3 Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. Derecho Mercantil, México. Editorial Banca y Comercio, Sociedad Anónima. 1978. Vigésima Tercera Edición. Pág. 263 4 Xxxxxxx Xxxxxx-xxxx, Xxxxxx Xxxx. Contratos mercantiles. Colombia:. Editorial Universidad de Ibagué, 2012. Pág. 42. Es puntual referirse al tema de la CNV Nº RESFC-2021-21540-APN-DIR#CNV oferta, para la contratación mercantil dado que los negocios deben ser de fecha 9 de diciembre de 2021forma rápida y verdadera. La oferta de las Obligaciones Negociables al público en Argentina se hará por medio Tal es el caso del Prospecto y del Suplemento, de conformidad con contrato 360 que establece cómo la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, las Normas disquera tendrá derecho a ingresos derivados de la CNV (incluyendo sin limitación el Capítulo IVcarrera artística, Título VI tales como merchandising, grabaciones, conciertos y patrocinios entre otros, a cambio de promover su carrera a largo plazo, es decir las Normas obligaciones específicas de la CNV) y otras regulaciones y procedimientos aplicablescada concierto, conforme cada mercadería, cada patrocinio, etc., no se describe en este Suplemento. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina por los Agentes Colocadores establecerán de conformidad con el Contrato de Colocación. Los Agentes Colocadores están autorizados bajo ley argentina para actuar como agentes de colocación en Argentina. Las Obligaciones Negociables serán colocadas de conformidad con lo establecido antemano en el artículo 27contrato 360. En determinado tiempo y lugar se deberá hacer liquidaciones y pagos de regalías, Sección IVgrabaciones de discos, Capítulo Vpero no se puede realizar la analogía con otro tipo de contratos mercantiles, Título IIconmutativos los cuales ampliamente desde un inicio determinan las obligaciones que surgirán, y artículo 1puesto que el contrato 360 determina un marco general para obligaciones que surgirán hasta después, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de según se vaya desarrollando la CNV. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará mediante el proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), a través carrera del módulo de licitaciones sistema denominado SIOPEL de propiedad de, y operado por, el MAE (“SIOPEL”). La rueda de licitación tendrá la modalidad abierta (conforme lo establece el artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV). Durante el Período de Subasta, los Agentes Colocadores y en su caso, los Agentes del MAE (tal como se define más adelante en la presente sección) ingresarán las ofertas de compra recibidas por parte de los potenciales inversores interesados en suscribir las Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra” y los “Oferentes”). El registro de las Órdenes de Compra será llevado a través de, y en virtud de los procesos adoptados por, el SIOPEL (el “Registro”). Aquellos inversores que deseen suscribir Obligaciones Negociables podrán remitir sus Órdenes de Compra a:artista.
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Samples: Contrato 360 (Multiple Right Deals)
Oferta. (a) Generalidades
(b) Garantía de Seriedad
(i) Deberá ser otorgada en favor de la ANM.
(ii) Deberá señalar el número y objeto de la presente Selección Objetiva.
(iii) El tomador deberá ser el Oferente o el Contraoferente. En caso de ser una Estructura Plural, se tomará a nombre de cada uno de sus Integrantes, indicando su correspondiente porcentaje de participación en la Estructura Plural.
(iv) El valor asegurado debe corresponder al diez por ciento (10%) del valor total correspondiente al Programa Exploratorio Obligatorio ofrecido con la respectiva Oferta o Contraoferta. La oferta Garantía de Seriedad de la Oferta amparará los perjuicios derivados del incumplimiento de la Oferta (o la Contraoferta) en caso de que el Oferente (o el Contraoferente) resulte Adjudicatario de la presente Selección Objetiva. Para efectos de este numeral, se entiende que existe incumplimiento del Adjudicatario en los siguientes eventos:
(i) La no suscripción del Contrato en los términos y dentro de los plazos y condiciones previstos en los Términos de Referencia, sin justa causa.
(ii) La no ampliación de la vigencia de la Garantía de Seriedad cuando el término previsto en los Términos de Referencia para la Adjudicación del Contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del Contrato se prorrogue, por un término no superior a tres (3) meses.
(iii) La falta de otorgamiento por parte del Adjudicatario de las Obligaciones Negociables bajo el Programa fue autorizada Garantías del Contrato exigidas por la Resolución ANM en el Contrato, con el lleno de las condiciones y requisitos que correspondan, según los términos previstos en el Contrato y conforme a lo requerido por la Ley Aplicable. Las condiciones y requisitos de las Garantías del Contrato podrán verificarse en el Anexo 10 de los presentes Términos de Referencia.
(iv) El retiro de la CNV Nº RESFC-2021-21540-APN-DIR#CNV Oferta o de fecha 9 la Contraoferta o de diciembre la Oferta Mejorada, después de 2021vencido el plazo para la presentación de las mismas. Cuando exista incumplimiento de cualquiera de las obligaciones anteriormente enunciadas, se hará exigible el valor total de la Garantía de Seriedad. Para el efecto, bastará que la ANM, presente el acto administrativo en firme en el que se declare el incumplimiento del Oferente, del Contraoferente o el Adjudicatario, según corresponda, lo anterior sin perjuicio del debido proceso que le asiste a todo Participante. El pago de la Garantía de Seriedad, cuando esta se haga exigible, tiene carácter sancionatorio, sin perjuicio del derecho que le asiste a la ANM de exigir la indemnización de los perjuicios adicionales que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. La oferta no presentación de las Obligaciones Negociables al público la Garantía de Seriedad es causal de rechazo de la Oferta o de la Contraoferta. Si la Garantía de Seriedad se presenta, pero adolece de errores en Argentina su constitución de acuerdo con los requisitos contenidos en el presente numeral, la ANM podrá solicitar su corrección. Si dicha corrección no se hará entrega por medio del Prospecto el Oferente o el Contraoferente a satisfacción de la ANM en el plazo previsto para el efecto, se entenderá que el Oferente o el Contraoferente carece de voluntad de participación y del Suplementosu Oferta, su Contraoferta o su Oferta Mejorada será rechazada. Si el Oferente presenta una Oferta Mejorada, el Oferente deberá modificar la Garantía de Seriedad presentada con su Oferta o presentar otra Garantía de Seriedad diferente de la inicialmente presentada, de conformidad la siguiente manera:
(a) El monto garantizado de la Garantía de Seriedad para la Oferta Mejorada deberá ajustarse según el incremento en la Oferta Mejorada respecto de la Oferta inicial. Por lo tanto, el monto garantizado de la Garantía de Seriedad para la Oferta Mejorada deberá incrementarse en el valor correspondiente, pero en ningún evento incrementará en un valor superior al veinte por ciento (20%) por encima del monto garantizado en la Oferta inicial; y
(b) El plazo de vigencia de la garantía para respaldar la Oferta Mejorada deberá ser por un plazo de seis (6) meses contados desde la fecha de presentación de la Oferta Mejorada. Sin perjuicio de lo anterior, la Oferta Mejorada deberá presentarse en los términos, plazos y condiciones previstos en estos Términos de Referencia, junto con la Xxx xx Xxxxxxx Garantía de Capitales, las Normas de la CNV (incluyendo sin limitación el Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV) y otras regulaciones y procedimientos aplicables, conforme se describe en este Suplemento. Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina por Seriedad que refleje los Agentes Colocadores de conformidad con el Contrato de Colocación. Los Agentes Colocadores están autorizados bajo ley argentina para actuar como agentes de colocación en Argentina. Las Obligaciones Negociables serán colocadas de conformidad con lo establecido en el artículo 27, Sección IV, Capítulo V, Título II, y artículo 1, Sección I, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará mediante el proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” (la “Subasta”), a través del módulo de licitaciones sistema denominado SIOPEL de propiedad de, y operado por, el MAE (“SIOPEL”). La rueda de licitación tendrá la modalidad abierta (conforme lo establece el artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV). Durante el Período de Subasta, los Agentes Colocadores y en su caso, los Agentes del MAE (tal como se define más adelante en la presente sección) ingresarán las ofertas de compra recibidas por parte de los potenciales inversores interesados en suscribir las Obligaciones Negociables (las “Órdenes de Compra” y los “Oferentes”). El registro de las Órdenes de Compra será llevado a través de, y en virtud de los procesos adoptados por, el SIOPEL (el “Registro”). Aquellos inversores que deseen suscribir Obligaciones Negociables podrán remitir sus Órdenes de Compra a:requisitos arriba mencionados.
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