Common use of ORDEN DE CAMBIO Clause in Contracts

ORDEN DE CAMBIO. El contratante podrá ordenar la ejecución del proyecto, el aumento o disminución de las obras contratadas, o la ejecución de obras extraordinarias, hasta por un monto de un 15% del total del contrato. Para las disminuciones y aumentos de obras se utilizan los precios del presupuesto detallado. Para las obras extraordinarias deberán acordarse con el contratista los precios unitarios que serán utilizados que sean definidos mediante acta de negociación de precios unitarios. En caso que el Contratante ordenara, durante la ejecución del Proyecto, una variación de las obras, el Contratista podrá acordar con el Contratante una ampliación del plazo. En todos estos casos, será considerado como una modificación del contrato inicial y el Contratante deberá autorizarla, suscribiendo la orden de cambio respectiva. Para solicitar la orden de cambio el encargado de la administración, seguimiento y ejecución del contrato con el apoyo del Supervisor deberá justificar y gestionar ante la UACI, con al menos quince (15) días de anticipación a la finalización del plazo de ejecución de la obra, el trámite correspondiente. La justificación de la modificativa del contrato deberá estar firmada y sellada por el Contratista, el Supervisor externo, el encargado de la administración, seguimiento y ejecución del contrato y visto bueno del Jefe de Supervisión de la Unidad de Ingeniería y Jefe de la Unidad de Ingeniería de la DDIS.

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