Permisos retribuidos para la formación. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho: a) Al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes oficiales, siempre que éstos no sean para aspirar a un puesto de trabajo de otro centro educativo, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la Empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
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Samples: Ix Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada, Convenio Colectivo Nacional, Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada
Permisos retribuidos para la formación. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes oficiales, siempre que éstos no sean para aspirar a un puesto de trabajo de otro centro educativo, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la EmpresaCentro, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Permisos retribuidos para la formación. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes oficiales, siempre que éstos no sean para aspirar a un puesto de trabajo de otro centro educativo, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la Empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico académi- co o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación forma- ción profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Permisos retribuidos para la formación. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes oficiales, siempre que éstos no sean para aspirar a un puesto de trabajo de otro centro educativo, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la Empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional pro- fesional con reserva del puesto de trabajo.
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Samples: Ix Convenio Colectivo Nacional De Centros De Enseñanza Privada
Permisos retribuidos para la formación. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho:
a) Al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir con- currir a exámenes oficiales, siempre que éstos no sean para aspirar aspi- rar a un puesto de trabajo de otro centro educativo, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado ins- taurado en la Empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
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Samples: Convenio Colectivo