Common use of PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA Clause in Contracts

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El plazo de ejecución de la obra será de XXXXX meses. Dicho plazo empezará a contar desde el día siguiente de la firma del acta de comprobación del replanteo, si no tuviera reservas, en caso contrario desde el día siguiente en el que se notifique al adjudicatario la autorización para el inicio de las obras. AMAEM podrá modificar dicho plaza para adaptarlo a la buena marcha de las obras, previa comunicación al ADJUDICATARIO. Si se produjese retraso de los trabajos por causas imputables a AMAEM o por causas de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual a la demora producida, siempre que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEM. En caso de interrupciones, paralizaciones o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión de los trabajos de forma temporal o definitiva, comprometiéndose a no reclamar al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si la suspensión fuera definitiva, se procederá a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o de la obra en el plazo de un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIO, con los efectos propios de dicha figura.

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Samples: Contrato De Ejecución De Obras

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El plazo de ejecución de la obra será fijado por el Pliego de XXXXX mesesCondiciones Particulares, y comenzará a computarse desde la fecha del Acta de Inicio de los trabajos. Dicho En caso de demora en la suscripción del Acta de Inicio por culpa del Contratista, no se tendrá por prorrogado el plazo empezará de obra por el número de días correspondiente a contar desde el día siguiente aquélla, sin perjuicio de la firma del acta aplicación de comprobación del replanteo, si no tuviera reservas, en caso contrario desde el día siguiente la multa prevista en el punto 14.2 del presente. El Contratista realizará y terminará totalmente los trabajos materia del contrato dentro del plazo estipulado en el Pliego de Condiciones Particulares. Al plazo contractual sólo se le podrán agregar las prórrogas debidamente justificadas y aceptadas por el Comitente. A los efectos del otorgamiento de dichas prórrogas se tomarán en consideración, especialmente, las siguientes causas: − La encomienda por el Comitente de ejecución de trabajos imprevistos, siempre que se notifique al adjudicatario éstos determinen un incremento del plazo total contractual. − Demora comprobada en la autorización entrega por parte del Comitente de documentación, instrucciones, materiales, terrenos, u otros elementos necesarios para el inicio la iniciación o prosecución de las obrasobras y que contractualmente deban ser provistos por éste. AMAEM podrá modificar dicho plaza − Caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por tales sólo las que tengan causa directa en actos de la administración pública, no previstos en los pliegos de licitación, y los acontecimientos de origen natural extraordinarios y de características tales que impidan al Contratista la adopción de las medidas necesarias para adaptarlo prevenir sus efectos. − Dificultad fehacientemente demostrada posterior a la buena marcha iniciación de los trabajos para conseguir mano de obra, materiales, transporte u otros elementos, de modo que impida el normal desarrollo de las obrasobras e incida sobre el plazo de ejecución. Las solicitudes de prórroga deberán presentarse por Nota de Pedido dentro de los diez días corridos de la producción o terminación del hecho o causa que las motiva. Transcurrido dicho plazo no serán tomadas en consideración. El Contratista deberá fundar las causales de prórroga, previa comunicación al ADJUDICATARIOprecisar su influencia sobre el desarrollo en el tiempo de cada uno de los ítems o partidas afectadas y efectuar un análisis para establecer el tiempo neto de prórroga que solicita, eliminando la posible superposición de las distintas causales que invoque. Si El Comitente analizará a través del Inspector de Obra el pedido de prórroga dentro de un plazo xx xxxx días corridos a partir de la fecha de la presentación de la solicitud por parte del Contratista. Toda ampliación de plazo será resuelta con el correspondiente acto administrativo. En caso que el Comitente no dicte resolución dentro de los treinta días de la presentación de la solicitud del Contratista, a partir de su vencimiento y hasta su dictado se produjese retraso suspenderá provisoriamente la aplicación de las multas por demora que pudieran corresponder. El Contratista podrá solicitar la suspensión de los trabajos por causas imputables un tiempo determinado por Nota de Pedido debidamente fundada, con una antelación no menor a AMAEM o por causas los cinco días. La Inspección tendrá un plazo de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga cinco días desde la recepción de plazo igual la Nota de Xxxxxx para responder a la demora producidasolicitud, siempre vencido el cual sin que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEMmedie objeción el Contratista podrá suspender los trabajos. En caso contrario, el Contratista no podrá suspender los trabajos, bajo apercibimiento de interrupciones, paralizaciones la aplicación de una multa de 0,1‰ del monto total actualizado del contrato por cada día de suspensión parcial o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión total de los trabajos de forma temporal o definitivatrabajos. Dispuesta la suspensión, comprometiéndose a no reclamar al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si la suspensión fuera definitiva, se procederá las partes procederán a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o medición de la obra ejecutada hasta el momento en el plazo de la parte que alcance la suspensión, labrándose un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIOacta con los resultados, con los efectos propios el detalle de dicha figuraequipos en obra, el material acopiado y contratado, en viaje o en construcción, y la nómina del personal que quedará a cargo de la obra. La Jurisdicción deberá notificar la suspensión inmediatamente al Instituto Nacional de Educación Tecnológica, acompañando copia de la Orden de Servicio que la dispone.

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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El plazo de ejecución de la obra será fijado por el Pliego de XXXXX mesesCondiciones Particulares, y comenzará a computarse desde la fecha del Acta de Inicio de los trabajos. Dicho En caso de demora en la suscripción del Acta de Inicio por culpa del Contratista, no se tendrá por prorrogado el plazo empezará de obra por el número de días correspondiente a contar desde el día siguiente aquélla, sin perjuicio de la firma del acta aplicación de comprobación del replanteo, si no tuviera reservas, en caso contrario desde el día siguiente la multa prevista en el punto 14.2 del presente. El Contratista realizará y terminará totalmente los trabajos materia del contrato dentro del plazo estipulado en el Pliego de Condiciones Particulares. Al plazo contractual sólo se le podrán agregar las prórrogas debidamente justificadas y aceptadas por el Comitente. A los efectos del otorgamiento de dichas prórrogas se tomarán en consideración, especialmente, las siguientes causas: − La encomienda por el Comitente de ejecución de trabajos imprevistos, siempre que se notifique al adjudicatario éstos determinen un incremento del plazo total contractual. − Demora comprobada en la autorización entrega por parte del Comitente de documentación, instrucciones, materiales, terrenos, u otros elementos necesarios para el inicio la iniciación o prosecución de las obrasobras y que contractualmente deban ser provistos por éste. AMAEM podrá modificar dicho plaza − Caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por tales sólo las que tengan causa directa en actos de la administración pública, no previstos en los pliegos de licitación, y los acontecimientos de origen natural extraordinarios y de características tales que impidan al Contratista la adopción de las medidas necesarias para adaptarlo prevenir sus efectos. − Dificultad fehacientemente demostrada posterior a la buena marcha iniciación de los trabajos para conseguir mano de obra, materiales, transporte u otros elementos, de modo que impida el normal desarrollo de las obrasobras e incida sobre el plazo de ejecución. Las solicitudes de prórroga deberán presentarse por Nota de Pedido dentro de los diez días corridos de la producción o terminación del hecho o causa que las motiva. Transcurrido dicho plazo no serán tomadas en consideración. El Contratista deberá fundar las causales de prórroga, previa comunicación precisar su influencia sobre el desarrollo en el tiempo de cada uno de los ítems o partidas afectadas y efectuar un El Comitente analizará a través del Inspector de Obra el pedido de prórroga dentro de un plazo xx xxxx días corridos a partir de la fecha de la presentación de la solicitud por parte del Contratista. Toda ampliación de plazo será resuelta con el correspondiente acto administrativo. En caso que el Comitente no dicte resolución dentro de los treinta días de la presentación de la solicitud del Contratista, a partir de su vencimiento y hasta su dictado se suspenderá provisoriamente la aplicación de las multas por demora que pudieran corresponder. En caso de requerirse la aplicación de las multas suspendidas, las mismas se liquidarán al ADJUDICATARIOvalor que corresponda al momento de su imposición. Si se produjese retraso El Contratista podrá solicitar la suspensión de los trabajos por causas imputables un tiempo determinado por Nota de Pedido debidamente fundada, con una antelación no menor a AMAEM o por causas los cinco días. La Inspección tendrá un plazo de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual cinco días para responder a la demora producidasolicitud, siempre vencido el cual sin que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEMmedie objeción el Contratista podrá suspender los trabajos. En caso contrario, el Contratista no podrá suspender los trabajos, bajo apercibimiento de interrupciones, paralizaciones la aplicación de una multa de 0,1‰ del monto total actualizado del contrato por cada día de suspensión parcial o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión total de los trabajos de forma temporal o definitivatrabajos. Dispuesta la suspensión, comprometiéndose a no reclamar al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si la suspensión fuera definitiva, se procederá las partes procederán a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o medición de la obra ejecutada hasta el momento en el plazo de la parte que alcance la suspensión, labrándose un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIOacta con los resultados, con los efectos propios el detalle de dicha figuraequipos en obra, el material acopiado y contratado, en viaje o en construcción, y la nómina del personal que quedará a cargo de la obra. La Jurisdicción deberá notificar la suspensión inmediatamente al Instituto Nacional de Educación Tecnológica, acompañando copia de la Orden de Servicio que la dispone.

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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El plazo previsto para la ejecución de este proyecto es de 20 días calendario. Este plazo ha sido discriminado de la siguiente manera: Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los cinco (5) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación a la SUPERVISIÓN. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomara como válido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por la SUPERVISIÓN en un plazo de dos (2) días calendario. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra por la SUPERVISIÓN –según sea el caso - y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las multas correspondientes, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y la SUPERVISIÓN deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el solo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una multa por cada periodo equivalente a: El monto de cada multa se aplica a la planilla de cada periodo de atraso y será acumulativa en caso de persistir el atraso en función a los plazos establecidos en el Cronograma de Ejecución de Obra. Este cronograma establecerá claramente las etapas de Diseño y Ejecución del proyecto. En este sentido, el Diseño no podrá ser entregado más allá de transcurridos 25 días calendarios posteriores a la emisión de la orden de proceder. De establecer la SUPERVISIÓN un atraso acumulado en el avance de obras mayor al 10% antes de concluir el plazo de ejecución de obras, la obra será SUPERVISIÓN tendrá la obligación de XXXXX mesesdefinir las acciones a seguir con el contrato, a efectos del procesamiento, estas podrán ser la Paralización de las obras en caso de que el atraso en las obras no sean causadas por la SUPERVISIÓN o el CONTRATISTA, la ampliación del plazo de ejecución o la resolución del contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Dicho plazo empezará a contar desde el día siguiente El objetivo de la firma ampliación del acta plazo de comprobación ejecución solo se aplicara cuando la SUPERVISIÓN considere que esta decisión servirá para compensar las causales de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran haberse presentado y concluir la ejecución de obras a satisfacción del replanteocontratante. Si el plazo total fenece sin que se haya concluido la Obra en su integridad y en forma satisfactoria con un porcentaje de atraso menor o igual al 10% la SUPERVISIÓN comunicara oficialmente esta situación al CONTRATANTE adicionalmente se aplicaran multas por incumplimiento al contrato hasta la Entrega Provisional, si no tuviera reservaspara lo cual se aplicara una multa equivalente al: Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la SUPERVISIÓN, en caso contrario desde el día siguiente bajo su directa responsabilidad, del Certificado o Planilla de pago o del Certificado de liquidación final y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el que se notifique al adjudicatario Art. 47 de la autorización para el inicio de las obras. AMAEM podrá modificar dicho plaza para adaptarlo a la buena marcha de las obras, previa comunicación al ADJUDICATARIO. Si se produjese retraso de los trabajos por causas imputables a AMAEM o por causas de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual a la demora producida, siempre que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEMLey 1178. En caso de interrupciones, paralizaciones Resolución del Contrato cuando el porcentaje de atraso es mayor o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión de los trabajos de forma temporal o definitiva, comprometiéndose a no reclamar igual al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si 10% la suspensión fuera definitiva, se procederá a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga SUPERVISIÓN comunicará oficialmente esta situación al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o de la obra en el plazo de un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIO, con los efectos propios de dicha figuraCONTRATANTE.

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Samples: Contrato Administrativo De

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El CONTRATISTA se obliga a ejecutar y a entregar la OBRA satisfactoriamente concluida de acuerdo con los documentos de este contrato en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días calendario. El plazo de ejecución será computado a partir de la obra fecha en que el Inspector de Obra expida el Acta de Inicio de Obra y/o según la fecha que se indique en dicho documento, hasta la Recepción Provisoria de la Obra. La emisión del Acta de Inicio de Obra constará en el Libro de Órdenes de Servicio. El Acta de Inicio de Obra será expedida en un plazo máximo de XXXXX meses. Dicho plazo empezará a contar 15 días desde el día siguiente de la firma del acta Contrato. En caso de comprobación que dicha Acta de Inicio no sea expedida en dicho plazo, el CONTRATISTA quedará facultado para rescindir el contrato de conformidad con la cláusula establecida en este Contrato. El contratista terminará las obras dentro del replanteo, si no tuviera reservas, en caso contrario desde el día siguiente plazo de terminación de las obras mencionado en el que se notifique al adjudicatario párrafo primero de esta cláusula, incluida la autorización para el inicio recepción provisoria de las obras. AMAEM podrá modificar dicho plaza para adaptarlo Las demoras en la iniciación, ejecución y terminación de los trabajos, darán lugar a la buena marcha aplicación de multas o sanciones. El monto de la penalidad por cada día de retraso de la fecha de terminación con respecto a la fecha prevista de terminación, para la totalidad de las obras, previa comunicación al ADJUDICATARIOObras es del 0.1% por día del Precio Final del Contrato. Si se produjese El monto máximo a aplicar por cada día de retraso de los trabajos por causas imputables a AMAEM o por causas la fecha de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual terminación con respecto a la demora producida, siempre que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEM. En caso fecha prevista de interrupciones, paralizaciones o suspensión terminación para la totalidad de las obrasObras es del 10% del precio final del Contrato. Este máximo incluye la compensación propiamente dicha y los importes por multas por cualquier otro concepto que se hayan aplicado al contratista. Cuando la certificación acumulada registre una disminución superior al 10% respecto de la establecida en la Curva de Certificaciones a la que se refiere la cláusula 26 de estas Condiciones Especiales del Contrato, la INSPECCIÓN, mediante Orden de Servicio, intimará al contratista a regularizar esta situación al próximo mes de certificación. Cumplido este plazo, sin que la contratista regularice la Curva de Certificaciones y está supere del acumulado el 10% y hasta el 20%, se aplicará una multa del 1, 5% del precio del contrato; superado el 20%, el 2,5% del precio del contrato, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEMmediaren causas justificadas, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias que la contratista deberá poner en conocimiento mediante Nota de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión de los trabajos de forma temporal o definitiva, comprometiéndose a no reclamar al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si la suspensión fuera definitiva, se procederá Pedido a la resolución del contrato sin indemnización algunaINSPECCIÓN, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación que, en caso de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del aprobar, deberá establecer un plazo conllevará se imponga al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx máximo de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o de la obra en el plazo de un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIO, con los efectos propios de dicha figuraregularización.

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Samples: normas.gba.gob.ar

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el cronograma de trabajos en el plazo de __________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de _________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: Cuando la ENTIDAD así lo determine de acuerdo con el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30, del presente DBC. Por demora en el pago de planillas de avance de obra. Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será de XXXXX meses. Dicho plazo empezará analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a contar desde el día siguiente efectos de la firma del acta de comprobación del replanteo, si no tuviera reservas, en caso contrario desde el día siguiente en el que se notifique al adjudicatario la autorización para el inicio de las obras. AMAEM podrá modificar dicho plaza para adaptarlo a la buena marcha de las obras, previa comunicación al ADJUDICATARIO. Si se produjese retraso de los trabajos por causas imputables a AMAEM o por causas de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual a la demora producida, siempre que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEM. En caso de interrupciones, paralizaciones o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión de los trabajos de forma temporal o definitiva, comprometiéndose a no reclamar al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si la suspensión fuera definitiva, se procederá a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán emisión de la factura Orden de Cambio y/o se compensarán con cualquier otra cantidad Contrato Modificatorio que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto establezca la ampliación de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o de la obra en el plazo de un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIO, con los efectos propios de dicha figuraplazo.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. El plazo previsto para la ejecución de este proyecto es de 20 días calendario. Este plazo ha sido discriminado de la siguiente manera: MOROSIDAD Y PENALIDADES Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los cinco (5) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación a la SUPERVISIÓN. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomara como válido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por la SUPERVISIÓN en un plazo de dos (2) días calendario. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra por la SUPERVISIÓN –según sea el caso - y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las multas correspondientes, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y la SUPERVISIÓN deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el solo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una multa por cada periodo equivalente a: El 10% del porcentaje de avance ejecutado El monto de cada multa se aplica a la planilla de cada periodo de atraso y será acumulativa en caso de persistir el atraso en función a los plazos establecidos en el Cronograma de Ejecución de Obra. Este cronograma establecerá claramente las etapas de Diseño y Ejecución del proyecto. En este sentido, el Diseño no podrá ser entregado más allá de transcurridos 25 días calendarios posteriores a la emisión de la orden de proceder. De establecer la SUPERVISIÓN un atraso acumulado en el avance de obras mayor al 10% antes de concluir el plazo de ejecución de obras, la obra será SUPERVISIÓN tendrá la obligación de XXXXX mesesdefinir las acciones a seguir con el contrato, a efectos del procesamiento, estas podrán ser la Paralización de las obras en caso de que el atraso en las obras no sean causadas por la SUPERVISIÓN o el CONTRATISTA, la ampliación del plazo de ejecución o la resolución del contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Dicho plazo empezará a contar desde el día siguiente El objetivo de la firma ampliación del acta plazo de comprobación ejecución solo se aplicara cuando la SUPERVISIÓN considere que esta decisión servirá para compensar las causales de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran haberse presentado y concluir la ejecución de obras a satisfacción del replanteocontratante. Si el plazo total fenece sin que se haya concluido la Obra en su integridad y en forma satisfactoria con un porcentaje de atraso menor o igual al 10% la SUPERVISIÓN comunicara oficialmente esta situación al CONTRATANTE adicionalmente se aplicaran multas por incumplimiento al contrato hasta la Entrega Provisional, si no tuviera reservaspara lo cual se aplicara una multa equivalente al: 0.7% del monto total del Contrato por cada día (calendario) de atraso hasta la entrega Provisional. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la SUPERVISIÓN, en caso contrario desde el día siguiente bajo su directa responsabilidad, del Certificado o Planilla de pago o del Certificado de liquidación final y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el que se notifique al adjudicatario Art. 47 de la autorización para el inicio de las obras. AMAEM podrá modificar dicho plaza para adaptarlo a la buena marcha de las obras, previa comunicación al ADJUDICATARIO. Si se produjese retraso de los trabajos por causas imputables a AMAEM o por causas de fuerza mayor, EL ADJUDICATARIO, tendrá derecho a una prórroga de plazo igual a la demora producida, siempre que ésta haya sido reconocida previamente y por escrito por AMAEMLey 1178. En caso de interrupciones, paralizaciones Resolución del Contrato cuando el porcentaje de atraso es mayor o suspensión de las obras, salvo que sean directa y exclusivamente imputables a AMAEM, EL ADJUDICATARIO asumirá las consecuencias de dichas interrupciones, paralizaciones e incluso suspensión de los trabajos de forma temporal o definitiva, comprometiéndose a no reclamar igual al AMAEM ningún perjuicio, salvo el precio de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con el contrato. Si 10% la suspensión fuera definitiva, se procederá a la resolución del contrato sin indemnización alguna, con derecho del ADJUDICATARIO a percibir la liquidación de las obras realmente ejecutadas a los precios establecidos en el presente contrato. El incumplimiento del plazo conllevará se imponga SUPERVISIÓN comunicará oficialmente esta situación al ADJUDICATARIO las penalidades previstas en el Anexo 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, que se deducirán de la factura o se compensarán con cualquier otra cantidad que por cualquier concepto pueda adeudar AMAEM al ADJUDICATARIO. En el supuesto de resolución en virtud de lo previsto en esta cláusula EL ADJUDICATARIO deberá retirar inmediatamente cuanta maquinaria, materiales o cualquier elemento que tuviera en las obras en el plazo de dos días desde que reciba requerimiento a tales efectos. Caso contrario, AMAEM estará facultada para proceder a su retirada y depósito oneroso mediante contrato con cualesquiera terceros, cuyo coste será a cargo y cuenta del ADJUDICATARIO, siendo igualmente la recogida y el traslado a cargo del mismo, sin que AMAEM tenga responsabilidad alguna en cuanto a las obligaciones de vigilancia y custodia. La no recogida del depósito o de la obra en el plazo de un mes equivaldrá a su abandono por EL ADJUDICATARIO, con los efectos propios de dicha figuraCONTRATANTE.

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Samples: Contrato Administrativo De