Common use of PLAZO DE PRUEBA Clause in Contracts

PLAZO DE PRUEBA. La Compañía dentro de los quince (15) días de recibida la denuncia y/o las constancias a que se refiere el punto anterior, contados desde la fecha que sea posterior, deber hacer saber al Asegurado y al Tomador la aceptación, postergación o rechazo del otorgamiento del beneficio. Si las comprobaciones a que se refiere el punto 4 no resultaran concluyentes en cuanto al carácter total y temporario de la invalidez, la Compañía podrá ampliar el plazo de prueba por un término no mayor de tres (3) meses, a fin de confirmar el diagnóstico. La no contestación, por parte de la Compañía dentro del plazo establecido, significará automáticamente el reconocimiento del beneficio reclamado.

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Samples: cdn1.infocasas.com.uy

PLAZO DE PRUEBA. La Compañía dentro de los quince (15) días de recibida la denuncia y/o las constancias y/o pruebas a que se refiere el punto anterior, anterior contados desde la fecha que sea posterior, deber debe hacer saber al Asegurado Contratante y al Tomador Asegurado la aceptación, postergación o rechazo del otorgamiento del beneficiode los beneficios. Si las comprobaciones a que se refiere el punto 4 anterior no resultaran resultaren concluyentes en cuanto al carácter total y temporario permanente de la invalidez, la Compañía podrá ampliar el plazo de prueba por un término no mayor de tres (3) meses, a fin de confirmar el diagnóstico. La no contestación, por parte El silencio de la Compañía dentro del plazo establecidode los plazos establecidos, significará automáticamente el reconocimiento del beneficio reclamado.

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Samples: cdn1.infocasas.com.uy

PLAZO DE PRUEBA. La Compañía dentro de los quince treinta (1530) días de recibida la denuncia y/o las constancias y/o pruebas a que se refiere el punto anterior, anterior contados desde la fecha que sea posterior, deber debe hacer saber al Asegurado Contratante y al Tomador Asegurado la aceptación, postergación o rechazo del otorgamiento del beneficiode los beneficios. Si las comprobaciones a que se refiere el punto 4 anterior no resultaran resultaren concluyentes en cuanto al carácter total y temporario permanente de la invalidez, la Compañía podrá ampliar el plazo de prueba por un término no mayor de tres (3) meses, a fin de confirmar el diagnóstico. La no contestación, por parte El silencio de la Compañía dentro del plazo establecidode los plazos establecidos, significará automáticamente el reconocimiento del beneficio reclamado.

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PLAZO DE PRUEBA. La Compañía dentro de los quince treinta (1530) días corridos de recibida la denuncia y/o las constancias y/o pruebas a que se refiere el punto anterior, anterior contados desde la fecha que sea posterior, deber hacer saber al Asegurado y al Tomador la aceptación, postergación o rechazo del otorgamiento del beneficiode los beneficios. Si las comprobaciones a que se refiere el punto 4 no resultaran resultaren concluyentes en cuanto al carácter total y temporario permanente de la invalidez, la Compañía podrá ampliar el plazo de prueba por un término no mayor de tres (3) meses, a fin de confirmar el diagnóstico. La no contestación, por parte El silencio de la Compañía dentro del plazo establecidode los plazos establecidos, significará automáticamente el reconocimiento del beneficio reclamado.

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Samples: www.creditel.com.uy