VALORES GARANTIZADOS. Las primas del seguro colectivo establecido en la presente póliza cubren sólo los riesgos especificados en la misma. Por consiguiente, no generan ahorros, y no dan derecho a valores garantizados ni a préstamos de ninguna especie, por lo que no corresponderá pago o devolución alguna en caso de término anticipado de las coberturas.
VALORES GARANTIZADOS. Una vez transcurrido el período de vigencia básica establecido en el artículo16 y siempre que se encontrare al día en el pago de la prima, podrá el contratante hacer uso de alguno de los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza:
VALORES GARANTIZADOS. En las Condiciones Especiales y/o Particulares se indicará si la póliza tiene derecho a valores garantizados, sus períodos de carencia, cuantía y/o método de cálculo, que correspondan.
VALORES GARANTIZADOS. Esta modalidad de Seguro carece de valores de reducción, rescate y anticipo.
VALORES GARANTIZADOS. Siempre que el Contratante se encuentre al día en el pago de las primas del seguro, el Contratante podrá hacer uso de cualquiera de las opciones indicadas en los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza: La reducción del seguro se produce también cuando lo solicite el Contratante siempre que haya transcurrido el periodo de dos (2) años de vigencia de la póliza. En ambos supuestos, el Contratante puede ejercer cualquiera de estas opciones: - Reducción de la suma asegurada (seguro saldado).- Opción por la cual la presente póliza, sin pago posterior de prima, se convierte en un seguro de igual cobertura pero de capital reducido, determinado de acuerdo al cuadro de Valores Garantizados contenido en las Condiciones Particulares. Esta opción no podrá ser ejercida si hubiera algún préstamo pendiente de pago. - Reducción del plazo contratado (seguro prorrogado).- Opción por la cual se reduce el plazo de vigencia de la presente póliza de acuerdo al cuadro de valores garantizados contenido en las Condiciones Particulares, sin pago posterior de prima y por el capital asegurado inicial. En caso que el Asegurado sobreviva al plazo reducido que se menciona precedentemente, éste recibirá la suma asegurada que se indica como capital diferido en el mismo cuadro de valores garantizados. Esta opción no se podrá ejercer si hubiera un préstamo vigente. El Contratante tiene derecho a la rehabilitación de la póliza en cualquier momento antes de la ocurrencia de un siniestro, debiendo para ello cumplir con pagar la fracción de la prima vencida equivalente al diferencial de reserva matemática existente entre la provisión actual del seguro saldado y aquella calculada con la suma asegurada inicial.
VALORES GARANTIZADOS. Esta modalidad de Garantía carece de valores de reducción, rescate y anticipo.
VALORES GARANTIZADOS. Son los distintos usos que se le pueden dar a la parte de la reserva a la que tiene derecho el Asegurado. El monto de estos valores depende del plan contratado, la edad del Asegurado y el número de años xx xxxxxx anuales pagadas. Después de que el Asegurado haya cubierto las primas correspondientes y que haya transcurrido el número de años mínimo indicados en la tabla de valores garantizados respectiva, el Asegurado podrá hacer uso de alguno de los derechos que se describen posteriormente. Sin perjuicio de las condiciones establecidas en la descripción de cada valor garantizado, el Asegurado deberá solicitar por escrito dentro de los treinta días siguientes al vencimiento de la prima no pagada la opción escogida, remitiendo esta Póliza para su anotación, en cuyo caso quedarán cancelados los beneficios y cláusulas adicionales. Si en la fecha de solicitud del valor garantizado escogido, la Póliza se encuentra gravada con alguna deuda, ésta deberá ser liquidada a la Aseguradora, o bien, se reducirá el importe de la opción a la que pudiera pagarse con la diferencia entre el valor en efectivo disponible y el adeudo derivado de esta Póliza. Si en la tabla de valores garantizados aparece alguna cantidad en efectivo, ésta será pagada al propio Contratante en caso de supervivencia al final del periodo del seguro prorrogado. En cualquier momento el Asegurado podrá obtener como valor en efectivo del Seguro Saldado o del Seguro Prorrogado el 80% de la reserva matemática que corresponda.
VALORES GARANTIZADOS. El valor garantizado que se otorgará será el valor de rescate correspondiente a cada miembro asegurado del grupo. El valor de rescate es la cantidad en efectivo que puede recuperar el asegurado al cancelar su póliza. El monto de dicho rescate será igual a:
VALORES GARANTIZADOS. Son los distintos usos que se le pueden dar a la parte de la reserva a la que tiene derecho el Contratante. El monto de estos valores depende del plan contratado, la edad del Asegurado y el número de años xx xxxxxx pagadas. Después de que el Contratante haya cubierto las primas correspondientes y que haya transcurrido el número de años mínimo indicados en la tabla de valores garantizados respectiva, el Contratante podrá hacer uso de alguno de los derechos que se describen posteriormente. Sin perjuicio de las condiciones establecidas en la descripción de cada valor garantizado, el Contratante deberá solicitar por escrito dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de la prima no pagada, la opción escogida remitiendo esta Póliza para su anotación, en cuyo caso todas las coberturas adicionales incluidas en la Póliza se cancelan automáticamente y no producirán efecto legal alguno. Si en la fecha de solicitud del valor garantizado escogido, la Póliza se encuentra gravada con alguna deuda, ésta deberá ser liquidada a la Compañía, o bien se reducirá el importe de la opción a la que pudiera pagarse con la diferencia entre el valor en efectivo disponible y el adeudo derivado de esta Póliza.
VALORES GARANTIZADOS. Una vez transcurrido el período de vigencia básica establecido en el artículo N° 14 precedente, y siempre que se encontrare al día en el pago de la prima, podrá el contratante hacer uso de alguno de los siguientes valores garantizados, correspondientes al período transcurrido de vigencia de la póliza: