Common use of Pliego de Observaciones Clause in Contracts

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 pesos (nueve millones quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos pesos 81/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México pagó a dos proveedores que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., en la prestación de los servicios del contrato DAGA/045/2013; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios de Consultoría, S.A. de C.V., y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios de administración de personal para el proyecto denominado: Control, Operación y Soporte, subcontratado con la empresa Estructura Empresarial JPC, S.A. de C.V. 8. El 15 de noviembre de 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles de pesos cobrados por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution Software, S.A. de C.V., contratada por el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnica, humana y material para la ejecución de los trabajos encomendados, ya que no presentó evidencia de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuados, no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personales, por lo que la información y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRAS. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRAS, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRAS, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugar.

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Samples: Contratos Suscritos Con La Administración Pública Federal

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio perjuicio, o ambos ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 3,919,300.63 pesos (nueve tres millones quinientos cincuenta y cuatro novecientos diecinueve mil cuatrocientos treinta y dos trescientos pesos 81/100 63/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que por el Fondo pago efectuado en 2020 a los proveedores del Servicio Integral de Fomento Capacidad Penitenciaria, Desarrolladora y Desarrollo Operadora de la Investigación Científica y Tecnológica Infraestructura de la Universidad Autónoma del Estado Oaxaca, S.A.P.I. de México pagó a dos proveedores que subcontratóC.V.; DIP Concesionaria Duranguense de Infraestructura Penitenciaria, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional S.A.P.I. de Obras y Servicios Públicos S.N.C.C.V.; Xxxxxxx, en la prestación S. de los servicios del contrato DAGA/045/2013R.L. de C.V.; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios de ConsultoríaCRS Xxxxxxx, S.A. de C.V.; Concesionaria en Infraestructura Penitenciaria de Michoacán, y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios de administración de personal para el proyecto denominado: Control, Operación y Soporte, subcontratado con la empresa Estructura Empresarial JPC, S.A. S.A.P.I. de C.V. 8. El 15 ; Operadora de noviembre Infraestructura Especializada de 2013Guanajuato, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. S.A.P.I. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles Centros Federales de pesos cobrados por Readaptación Social núms. 13 "Oaxaca", 14 "Durango", 15 "Chiapas", 16 "Femenil Xxxxxxx", 17 "Michoacán" y 18 "Coahuila", respectivamente, correspondiente al traslado del Impuesto al Valor Agregado sobre la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria contraprestación de los servicios prestados por el personalpúblicos que no son sujetos al pago de ese impuesto, ni más los rendimientos financieros generados desde la dispersión fecha de los pagos pago hasta su reintegro o recuperación, en incumplimiento del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Art. 66, Frac. III, y de la Ley del Impuesto al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos Valor Agregado, Art. 5, Fracs. II y III. Causa Raíz Probable de nómina, honorarios o facturas), por lo la Irregularidad Deficiente control para verificar que no se puede acreditar que los traslade a Prevención y Readaptación Social el Impuesto al Valor Agregado sobre servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señaladopúblicos exentos, la empresa Evolution Software, S.A. de C.V., contratada por el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnica, humana y material para la ejecución de los trabajos encomendados, ya que no presentó evidencia Centros Federales de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuados, no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personales, por lo que la información y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRAS. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRAS, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRAS, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugarReadaptación Social.

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Samples: Contratos De Prestación De Servicios a Largo Plazo

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio perjuicio, o ambos ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 435,223.98 pesos (nueve millones quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos cinco mil doscientos veintitrés pesos 81/100 98/100 M.N.), toda vez que se determinó por el pago efectuado en 2020 al proveedor del Servicio Integral de Capacidad Penitenciaria, Makobil, S. de R.L. de C.V., correspondiente al consumo de diésel del Centro Federal de Readaptación Social núm. 15 "Chiapas", amparado en un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México pagó a dos proveedores que subcontratóComprobante Fiscal Digital por Internet, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., en la prestación de los servicios del contrato DAGA/045/2013; integrado emitido por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios Grupo Comercial de ConsultoríaMéxico, S.A. de C.V., y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios de administración de personal para el proyecto denominado: Control, Operación y Soporte, subcontratado con la empresa Estructura Empresarial JPC, S.A. de C.V. 8. El 15 de en noviembre de 20132019, el FONDICT-UAEM suscribió cual se encuentra con BANOBRAS el Contrato abierto estado de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa cancelado en el cuadro que antecede, el costo total Portal de Verificación del servicio fue Servicio de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles de pesos cobrados por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution Software, S.A. de C.V., contratada por el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnica, humana y material para la ejecución de los trabajos encomendados, ya que no presentó evidencia de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuados, no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personalesAdministración Tributaria, por lo que la información erogación no se encuentra comprobada, más los rendimientos financieros generados desde la fecha de pago hasta su reintegro o recuperación, en incumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Art. 42; del Código Fiscal de la Federación, Arts. 29 y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V.29-A, y PROMEX CONSULTORESdel Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, S.A. DE C.V.Art. 66, las cuales no acreditaron Frac. III. Causa Raíz Probable de la forma en Irregularidad Carencia de controles para validar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia presentan los proveedores para amparar los pagos de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega servicios de los equipos y los cambios en el diseño Centros Federales de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRAS. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRAS, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRAS, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugarReadaptación Social.

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Samples: Contratos De Prestación De Servicios a Largo Plazo

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 35,913,072.71 pesos (nueve treinta y cinco millones quinientos cincuenta y cuatro novecientos trece mil cuatrocientos treinta setenta y dos pesos 81/100 71/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM), pagó a dos proveedores un proveedor que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., S.N.C. (BANOBRAS) en la prestación de los servicios del contrato DAGA/045/2013DAGA/055/2013; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios de Consultoría, S.A. de C.V., y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios administrados de administración de personal para el proyecto denominado: ControlRED LAN, Operación Red Inalámbrica y SoporteTelefonía IP, subcontratado subcontratados con la empresa Estructura Empresarial JPCEvolution Software, S.A. de C.V. 89. El 15 de noviembre 1 xx xxxxx de 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS BANOBRAS, el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013DAGA/026/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados los servicios de RED LANfábrica de software para sistematizar y automatizar los procesos relevantes de la institución, Red Inalámbrica así como el mantenimiento y Telefonía IP para las mejoras del portafolio de aplicaciones vigentes de BANOBRAS, con el cual tuvo un costo total por 54,008.7 en el ejercicio 2013 de 43,146.3 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre 1 xx xxxxx de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018diciembre de 2013, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles de pesos cobrados por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos Empresa Importe Objeto del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution Software, S.A. de C.V., contratada por el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnica, humana y material para la ejecución de los trabajos encomendados, ya que no presentó evidencia de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuados, no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personales, por lo que la información y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRAS. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRAS, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRAS, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugar.

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Samples: Contratos Suscritos Con La Administración Pública Federal

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 342,443.25 pesos (nueve millones quinientos cincuenta trescientos cuarenta y cuatro dos mil cuatrocientos treinta cuarenta y dos tres pesos 81/100 25/100 M.N.), toda vez que DICONSA, S.A. de C.V. pagó al amparo del Anexo de Ejecución número AE/2207/2013 del 27 de diciembre de 2013, sin contar con el soporte documental que acredite que las actividades fueron ejecutadas y devengadas. 6. En la revisión del convenio número A3004, firmado entre el CONAFE y DICONSA, S.A. de C.V. se determinó un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo observó: 1. Con motivo de la Investigación Científica y Tecnológica visita domiciliaria a ELMECA S.A. de C.V., la Universidad Autónoma del Estado representante legal de México pagó a dos proveedores que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió dicha empresa al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., en la prestación de ser cuestionada si los servicios bienes motivo del contrato DAGA/045/2013; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado celebró con la empresa Intellego Servicios de ConsultoríaDICONSA, S.A. de C.V., los elaboró, fabricó o tuvo que auxiliarse de un tercero, persona física o moral, declaró que en el caso del uniforme se auxiliaron de un tercero denominado TECNOIMAGEN CORPORATIVO, S.A. de C.V. y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios de administración de personal para en el proyecto denominado: Control, Operación y Soporte, subcontratado con caso xxx xxxxxxx su representada es fabricante. Por tal motivo se solicitó información a la citada empresa Estructura Empresarial JPC, la que exhibió las facturas que expidió a ELMECA S.A. de C.V. 82. El 15 En el análisis de noviembre de 2013la documentación comprobatoria, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles de pesos cobrados expedida por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution SoftwareELMECA, S.A. de C.V., contratada por se observó que DICONSA le adjudicó al 100% la adquisición de 87,593 playeras tipo “Polo”, 42,304 chamarras y 42,304 mochilas que ampara el FONDICT-UAEM tampoco contó monto de 51,297.4 miles de pesos; sin que dicha empresa contara con la capacidad técnica, humana material y material humana, para proveer los bienes, no obstante que el Gerente Comercial de DICONSA indicó que cumplía con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 3. En lo que se puede observar que la empresa ELMECA, S.A. de C.V., subcontrató el 100% de dichos pedidos por un monto de 31,444.9 miles de pesos, advirtiéndose, además, que se tiene un sobrecosto de 21,904.0 miles de pesos, que representa un 41.5% arriba del precio ofertado al CONAFE por DICONSA, por la subcontratación que a su vez la empresa ELMECA, S.A. de C.V., realizó con TECNOIMAGEN CORPORATIVO, S.A. de C.V., quien ejecutó los servicios como puede observarse en el siguiente cuadro, de acuerdo con la facturación presentada por cada empresa que cubrió el costo de los productos: (Miles de pesos) CONCEPTO DESCRIPCIÓN PEDIDO PIEZAS FACTURA DICONSA A CONAFE FACTURA ELMECA A DICONSA FACTURA TECNOIMAGEN CORPORATIVO A ELMECA SOBRECOSTO PLAYERAS TIPO POLO GA02818/14 77,493 20,412.6 19,627.9 14,387.2 6,025.4 XXXXXXXXX XX00000/00 42,304 18,860.0 18,134.8 6,830.4 12,029.6 MOCHILAS GA02818/14 42,304 11,415.8 10,976.5 8,352.2 3,063.6 PLAYERAS TIPO POLO GA05224/14 10,100 2,660.5 2,558.2 1,875.1 785.4 MONTO TOTAL 53,348.9 51,297.4 31,444.9 21,904.0 FUENTE: Información proporcionada por DICONSA, S.A. de C.V., XXXXXX, S.A. de C.V. y TECNOIMAGEN CORPORATIVO, S.A. de C.V. De lo antes expuesto, se concluye que para la ejecución de los trabajos encomendadoscontratación, DICONSA no se ajustó a la normativa federal emitida para tal fin, ni garantizó las mejores condiciones para la Federación, ya que no presentó evidencia la adjudicación a la empresa ELMECA, S.A. de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuadosC.V., no obstantese fundó y motivó en los criterios de economía, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personaleseficacia, por lo que la información eficiencia, imparcialidad y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81honradez, que practicó garantizaran las mejores condiciones al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información Estado en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los serviciosdemás circunstancias pertinentes; asimismo, se pagaron en exceso 21,904.0 miles de pesos, de los Pedidos Cerrados Centralizados números GA02818/14 de playeras tipo “Polo”, chamarras y mochilas y el inicio GA05224/14 por playeras de operaciones tuvo un retraso tipo “Polo”, de cuatro mesesfechas 24 xx xxxxx de 2014 y 2 de diciembre de 2014, respectivamente. Lo anterior infringió los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1°, 24, 26 y 41 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4° del Reglamento de la Ley de Adquisiciones; artículo 1°, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación 66 de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRASsu reglamento. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, señaló en relación con las operaciones de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo alto costo respecto de la auditoría proporcionó diversa información y documentaciónempresa TECNOIMAGEN, la cual fue analizada y revisada en S.A. de C.V., que DICONSA desconocía su oportunidad y en base a la mismaexistencia, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó lo que no se presentan los elementos necesarios para solventa la solventación observación. 14-2-20VSS-12-0219-06-003 Pliego de las observaciones. AsimismoObservaciones Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal, por las irregularidades un monto de 21,904,048.08 pesos (veintiún millones novecientos cuatro mil cuarenta y ocho pesos 08/100 M.N.) XXX incluido, en virtud de que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRASDICONSA realizó un pago con sobrecosto por los bienes adquiridos a la empresa ELMECA, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 S.A. de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRASC.V., para cumplir con los servicios pactados que realice al no contar con la capacidad técnica, material y humana, subcontrató a la sociedad denominada TECNOIMAGEN CORPORATIVO, S.A. de C.V., quien realizó los servicios por un pago total de 21,904,048.08 (veintiún millones novecientos cuatro mil cuarenta y ocho pesos 08/100 M.N.) IVA incluido, no se garantizaron las investigaciones correspondientes mejores condiciones al Estado en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y finque las responsabilidades a las que haya lugardemás circunstancias pertinentes.

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Samples: Contratos, Convenios De Colaboración Y Acuerdos Específicos

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio perjuicio, o ambos ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 325,273.93 pesos (nueve millones quinientos cincuenta trescientos veinticinco mil doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos tres pesos 81/100 93/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que por el Fondo pago realizado con cargo al contrato de Fomento y Desarrollo prestación de servicios núm. PTI- ID-S-P6-1-2020 relativo al desarrollo de la Investigación Científica ingeniería, procura y Tecnológica actividades tempranas para la construcción del área de almacenamiento que integran el paquete 6, para la Universidad Autónoma del Estado refinería en Dos Bocas, más los intereses generados desde la fecha de México pagó a dos proveedores que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional su pago hasta la de Obras y Servicios Públicos S.N.C.su recuperación en una categoría de especialista senior por un mes de trabajo, en la prestación estimación núm. 1, con periodo de ejecución del 17 xx xxxxxx al 25 de septiembre de 2020, pagada sin verificar que la cédula profesional correspondiente, anexa a los servicios generadores de dicha estimación, corresponde a una persona distinta a la señalada y que no existe en el Registro Nacional de Profesiones, en incumplimiento del contrato DAGA/045/2013Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 66, fracciones I y III; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta de la Ley de Petróleos Mexicanos artículos 82 y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa 83; de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios las Políticas Generales de ConsultoríaContratación para PTI Infraestructura de Desarrollo, S.A. de C.V., política V, numerales 1 y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta 2, inciso h, y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.)del contrato núm. PTI-ID-S-P6- 1-2020, por concepto apartado D-2, Requisitos y criterios de servicios evaluación técnica, núm. de administración documento DT- 10, Antecedentes profesionales, especialización y experiencia personal, criterio de personal para el proyecto denominado: Controlevaluación, Operación viñetas 2 y Soporte, subcontratado con 3. Causa Raíz Probable de la empresa Estructura Empresarial JPC, S.A. de C.V. 8. El 15 de noviembre de 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió Irregularidad Deficiencias en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica supervisión y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto control de los 48,607.8 miles de pesos cobrados por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution Software, S.A. de C.V., contratada por el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnica, humana y material para la ejecución de los trabajos encomendados, ya que no presentó evidencia de las acciones desarrolladas y quedaron todos los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedor, lo que evidencia que su única participación fue la de intermediación. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de los servicios, y la dispersión de los pagos efectuados, no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personales, por lo que la información y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de que el FONDICT-UAEM lo hubiera verificado, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRAS. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRAS, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRAS, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugartrabajos.

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Samples: Auditoría De Cumplimiento

Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 8,024,359.80 pesos (nueve ocho millones quinientos veinticuatro mil trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos nueve pesos 81/100 80/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM), pagó a dos cuatro proveedores que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., S.N.C. (BANOBRAS) en la prestación de los servicios del contrato DAGA/045/2013DAGA/026/2013; integrado por 8,479,612.19 3,752,882.62 pesos (ocho tres millones cuatrocientos setenta setecientos cincuenta y nueve dos mil seiscientos doce ochocientos ochenta y dos pesos 19/100 62/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa subcontratado con la empresa Zetting Technologies S.A. de ServicioC.V., 3,691,933.82 pesos (tres millones seiscientos noventa y un mil novecientos treinta y tres pesos 82/100 M.N.), subcontratado con la empresa Intellego Servicios de Consultoría, S.A. de C.V., y 1,074,820.62 por 337,737.62 pesos (un millón setenta trescientos treinta y cuatro siete mil ochocientos veinte setecientos treinta y siete pesos 62/100 M.N.), por concepto subcontratado con la empresa Evolution Software S.A. de servicios de administración de personal para el proyecto denominado: ControlC.V., Operación y Soporte241,805.74 pesos (doscientos cuarenta y un mil ochocientos cinco pesos 74/100 M.N.), subcontratado con la empresa Estructura Empresarial JPCSGC Capital Humano Consultores, S.A. S. de C.V.R.L. 810. El 15 de noviembre de 201300 xx xxxxxxx xx 0000, el FONDICTxx XXXXXXX-UAEM XXXX suscribió con BANOBRAS la SCT el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013713-SCT-FONDICT-UAEM-2013-01, cuyo objeto consistió en la prestación los servicios de Servicios Administrados Curso Taller de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRASEspecialización en procesos de Mejora de TIC, con un costo total por 54,008.7 que ascendió a 742.4 miles de pesos, con vigencia del 15 1 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018diciembre de 2013, en cuya revisión se observó lo siguiente: 1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y Se constató que el FONDICT-UAEM, misma fecha al no contar con la capacidad técnica, material y humana para la realización del objeto del referido contrato, subcontrató el 91.0 % de los servicios pactados con la SCT, (las acciones se emitieron en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato Resultado Núm. 1), con la empresa Evolution Software ND Negocios Digitales, S.A. de C.V., en cuya por 675.6 miles de pesos. 2. En la revisión de la información proporcionada por el FONDICT-UAEM de la empresa ND Negocios Digitales, S.A. de C.V., se observó lo siguiente: a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendadosEl 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo xx XXXXXXX-XXXX solicitó la cotización de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles de pesos cobrados por la empresa Evolution Software S.A. de C.V., al FONDICT-UAEM, lo que demuestra un sobrecosto por 35,913.0 miles de pesos; asimismo, no proporcionó evidencia documental que ampare los servicios proporcionados por las cuatro empresas, ya que no proporcionó detalle del personal que fue asignado a los trabajos desarrollados, ni documentación comprobatoria de los servicios prestados por el personal, ni la dispersión de los pagos al personal con su respectiva documentación que los ampare (recibos de nómina, honorarios o facturas), por lo que no se puede acreditar que los servicios hayan sido prestados al FONDICT- UAEM y al BANOBRAS en los términos del contrato. De acuerdo con lo anteriormente señalado, la empresa Evolution SoftwareND Negocios Digitales, S.A. de C.V., contratada por a la que dio respuesta el 1 de octubre de 2013. b) El mismo 1º de octubre de 2013, después de presentar su propuesta, el FONDICT- UAEM notificó que se dictaminó procedente su contratación, con base en la justificación para la asignación del curso taller de especialización en procesos de mejora en TIC, donde señala que este proveedor es el mejor precio y que la selección se fundó en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y trasparencia; lo anterior sin contar con el soporte documental que acredite su experiencia técnica para el desarrollo de los servicios convenidos. c) El contrato de prestación de servicios entre el FONDICT-UAEM tampoco contó con la capacidad técnicay ND Negocios Digitales, humana y material para la ejecución S.A. de los trabajos encomendadosC.V., se formalizó el 1 de noviembre de 2013. Lo anterior resulta inconsistente, ya que no presentó con fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX- XXXX entregó a la SCT la propuesta técnica-económica, es decir, después del proceso de selección del FONDICT-UAEM al proveedor, asimismo, con fecha 24 de octubre de 2013, la SCT informó al FONDICT-UAEM que se dictaminó procedente dicha contratación, y se formalizó el contrato el 31 de octubre de 2013. Lo antes expuesto evidencia que el procedimiento de las acciones desarrolladas y quedaron todos adjudicación ya había sido formalizado un mes antes, para que el proveedor ND Negocios Digitales, S.A. de C.V., realizara los trabajos a cargo de las cuatro empresas subcontratadas por este proveedortrabajos, lo que evidencia que su única participación fue la prácticas inapropiadas en los procesos de intermediacióncontratación entre los participantes, lo cual se tradujo en una simulación de actos. 3. También se le requirió al FONDICT-UAEM que proporcionara, respecto del personal utilizado asignado para la prestación de los servicios, la documentación comprobatoria que acredite su contratación, documentación comprobatoria de y los serviciosservicios prestados, y así como la dispersión de los pagos efectuados, al personal con su respectiva documentación que los ampare; no obstante, el Contralor del FONDICT-UAEM UAEM, manifestó que el servicio que ampara el contrato no establece la contratación de servicios personales, por lo que la información y documentación proporcionada es la única que obra en poder del Fondo; sin embargo, sobre lo que se comprobó que fue suministrado por las empresas GRUPO INNOM, S.A. DE C.V., y PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V., las cuales no acreditaron la forma en que subcontrataron al personal; ni se tiene evidencia de constató que el FONDICT-UAEM no tiene evidencia de que lo hubiera verificadohaya verificado en su contratación, ni los trabajos realizados por la empresa, lo que evidencia que el FONDICT-UAEM desconoce los trabajos que desarrollaron los proveedores. Asimismo, en la auditoría número 81, proveedores que practicó al BANOBRAS la Dirección General de Auditoría de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se observaron retrasos por la entrega de los equipos y los cambios en el diseño de los servicios; asimismo, el inicio de operaciones tuvo un retraso de cuatro meses, y el FONDICT-UAEM cobró la instalación de servicios inconclusos, es decir, sin devengar. La Auditoría Superior de la Federación emitirá la acción resarcitoria en la Auditoría 81 practicada al BANOBRASsubcontrató. Con motivo de las reuniones de presentación de resultados y observaciones preliminares y de resultados finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada, mediante los oficios números 1246/2014 y 031/2014, de fechas 11 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, informó que durante el desarrollo de la auditoría proporcionó diversa información y documentación, ; la cual fue analizada y revisada en su oportunidad y en base a la misma, se emitieron las observaciones. Asimismo, del análisis realizado a la información y documentación adicionalmente aportada por el FONDICT-UAEM, se confirmó que no se presentan los elementos necesarios para la solventación de las observaciones. Asimismo, por las irregularidades que se detectaron y que pueden constituir responsabilidades administrativas para servidores públicos del BANOBRASde la SCT, mediante el oficio número DGAF/0029/2015 DGAF/0037/2015 del 12 de enero de 2015, se informó al Órgano Interno de Control en el BANOBRASla SCT, para que realice las investigaciones correspondientes y finque las responsabilidades a las que haya lugar.

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Samples: Contratos Suscritos Con La Administración Pública Federal