Plus de actividad o asistencia. 1. En tal concepto se abonará la cantidad que se especifica en las tablas que se acompañan como Anexo VII al presente Conve- nio. 2. Dado que el citado plus se establece con la finalidad de evi- tar el absentismo, éste se devengará proporcionalmente a la jor- nada ordinaria efectivamente trabajada y siempre que el rendi- miento sea el normal y correcto. 3. Igualmente, y para que el personal contratado tenga dere- cho a su percepción deberá observar la puntualidad necesaria, entendiéndose por ésta la presencia del trabajador o trabajadora en el centro de trabajo a la hora señalada para el inicio de la jor- nada y no abandonar aquél antes de que tenga lugar la finaliza- ción de la misma. 4. Teniendo en cuenta el fin cuya consecución se pretende, la ausencia injustificada del personal contratado al inicio o a la finali- zación de la jornada determinará la pérdida del derecho a perci- birlo, sin perjuicio de las sanciones previstas en el V Convenio General del Sector de la Construcción.
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Plus de actividad o asistencia. 1. En tal concepto se abonará la cantidad que se especifica en las tablas que se acompañan como Anexo VII VI al presente Conve- nio.
2. Dado que el citado plus se establece con la finalidad de evi- tar el absentismo, éste se ,éstese devengará proporcionalmente a la jor- nada jorna- da ordinaria efectivamente trabajada y siempre que el rendi- miento rendimien- to sea el normal y correcto.
3. Igualmente, y para que el personal contratado tenga dere- cho a su percepción percepción, deberá observar la puntualidad necesaria, entendiéndose por ésta la presencia del trabajador o trabajadora en el centro de trabajo a la hora señalada para el inicio de la jor- nada y no abandonar aquél antes de que tenga lugar la finaliza- ción de la misma.
4. Teniendo en cuenta el fin cuya consecución se pretende, la ausencia injustificada del personal contratado al inicio o a la finali- zación de la jornada determinará la pérdida del derecho a perci- birlo, sin perjuicio de las sanciones previstas en el V Convenio General del Sector de la Construcción.
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