Common use of Preferencias de Adjudicación en caso de Empates Clause in Contracts

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados los criterios precedentes hubiera empate en la puntuación final de dos o más licitadores, se utilizarán, de conformidad con el artículo 147 de la LCSP, los siguientes criterios para dirimir el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso de continuar el empate se resolverá la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contract for Services, Contract for Services, Contratación

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos, se produzca un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, de conformidad con el artículo 147 de la LCSP, utilizarán los siguientes criterios para dirimir el empateresolver dicha igualdad: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les le imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso de continuar el empate se resolverá la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contrato De Obras

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados los criterios precedentes hubiera Cuando se produzca un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas por haber coincidido en el precio ofertado, se utilizaránserá preferible la proposición presentada por el licitador que acredite tener en su plantilla, de conformidad con en el artículo 147 de la LCSP, los siguientes criterios para dirimir el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo momento de presentación de ofertaslas proposiciones, tengan en su plantilla un porcentaje número de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga 2% de la normativa, tendrá misma. Tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso Se le exigirá la presentación de continuar un certificado de empresa en el empate se resolverá la adjudicación por sorteoque conste el número de trabajadores de plantilla y una copía básica de los contratos celebrados con los trabajadores discapacitados. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contrato Administrativo De Obras

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos para el lote o lotes u oferta integradora de que se trate, se produzca un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, de conformidad con el artículo 147 de la LCSP, utilizarán los siguientes criterios para dirimir el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un resolver dicha igualdad: a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga o en situación de exclusión social en la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras plantilla de cada una de las que hubieren empatado empresas, primando en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativacaso de igualdad, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso , o el mayor número de continuar el empate se resolverá personas trabajadoras en inclusión en la adjudicación por sorteoplantilla. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contract for Works

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos, se produjera empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, de conformidad con el artículo 147 de la LCSP, utilizarán los siguientes criterios para dirimir el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativaresolver dicha igualdad: 1. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del El mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. 2. En Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. 3. El sorteo, en caso de continuar el empate se resolverá que la adjudicación por sorteoaplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo, mediante los correspondientes contraltos de trabajo y documentos de cotizaciín a la Seguridad Social.

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Samples: Contrato De Suministro

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos para el contrato de que se trate, se produzca un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad de conformidad acuerdo con el artículo 147 147.2 de la LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios para dirimir sociales, referidos al momento de finalizar el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un : a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga o en situación de exclusión social en la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras plantilla de cada una de las que hubieren empatado empresas, primando en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativacaso de igualdad, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso , o el mayor número de continuar el empate se resolverá personas trabajadoras en inclusión en la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previoplantilla.

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Samples: Contrato De Obras

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos para el lote o lotes u oferta integradora de que se trate, se produzca un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, de conformidad los criterios para resolver dicha igualdad serán los previstos con carácter supletorio en el artículo 147 de la 147.2 LCSP, según el cual:” … el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios para dirimir sociales referidos al momento de finalizar el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un : a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga o en situación de exclusión social en la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras plantilla de cada una de las que hubieren empatado empresas, primando en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativacaso de igualdad, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso , o el mayor número de continuar el empate se resolverá personas trabajadoras en inclusión en la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previoplantilla.

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Samples: Concession Agreement

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos para la adjudicación el contrato, se produjera un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadores, se utilizaránofertas, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 147 147.1 de la LCSP, para el desempate se utilizarán los siguientes criterios para dirimir vinculados al objeto del contrato y se referirán a: a) En primer lugar el empate: Proposiciones empate se resolverá a favor de las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:729F16AD-D77E-49C6-8034-5224E11560D6-102589 En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso de continuar el empate se resolverá la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contrato De Obra

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos para la adjudicación el contrato, se produjera un empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadores, se utilizaránofertas, de conformidad acuerdo con lo establecido en el artículo 147 147.1 de la LCSP, para el desempate se utilizarán los siguientes criterios para dirimir vinculados al objeto del contrato y se referirán a: a) En primer lugar el empate: Proposiciones empate se resolverá a favor de las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En caso de continuar el empate se resolverá la adjudicación por sorteo. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo.

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Samples: Contrato De Obra

Preferencias de Adjudicación en caso de Empates. Si una vez aplicados Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios precedentes hubiera de valoración establecidos, se produjera empate en la puntuación final de otorgada a dos o más licitadoresofertas, se utilizarán, de conformidad con el artículo 147 de la LCSP, utilizarán los siguientes criterios para dirimir el empate: Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del resolver dicha igualdad: 1.- El mayor porcentaje número de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. En , o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. 2.- Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas. 3.- El sorteo, en caso de continuar el empate se resolverá que la adjudicación por sorteoaplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo, mediante los correspondientes contraltos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

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Samples: Contrato De Servicios