PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato es de USD 10.000.- (Dólares de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidos. Los honorarios serán pagados por la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de recibida la conformidad por parte del Director del Programa, de acuerdo al siguiente detalle: 15 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4). El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR), de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y su decreto reglamentario Nº 149/07 y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose los resguardos correspondientes. El Contratante dispondrá de hasta 10 días hábiles a partir de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por el Consultor en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productos.
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Samples: Loan Agreement
PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total mensual de honorarios por los servicios prestados por el consultor bajo los términos de este contrato, será de $ 72.860 (pesos uruguayos setenta y dos mil ochocientos sesenta) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a valores del contrato es año 2018 por 40 horas semanales de USD 10.000.- (Dólares labor, conforme a lo indicado en los Términos de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidosReferencia. Los honorarios serán pagados por la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de recibida la conformidad por parte del Director del Programa, El mismo será ajustado de acuerdo al siguiente detalle: 15 % incremento general otorgado a los funcionarios de la Administración Central que corresponda en cada año, sin incluir el porcentaje de recuperación, una vez aprobado que el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)mismo haya sido determinado. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y 27/12/06, su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07 y el demás legislación modificativa. También realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose ), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientescorrespondientes a las retenciones realizadas. El Contratante dispondrá Ninguna otra contraprestación, beneficio, indemnización o subsidio será pagado según lo dispuesto en el presente Contrato, excepto, en caso de hasta 10 días hábiles a partir que el consultor deba realizar viajes oficiales relacionados con el Proyecto en cuyo caso recibirá una partida de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes gastos que deberán ser levantadas por el Consultor previamente se determinará en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productoscada caso.
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Samples: Consultant Agreement
PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato costo mensual de la consultoría es de USD 10.000.- $ 42.430.- (Dólares pesos uruguayos cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta) más el Impuesto al Valor Agregado, reajustables de acuerdo a los montos fijados en la oportunidad y por el incremento general de los Estados Unidos funcionarios de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidosla Administración Central, sin incluir porcentaje de recuperación. Los honorarios serán pagados por pagos se realizarán en moneda nacional. Para el pago del último mes de la Unidad Coordinadora de Proyectos Consultoría, se requerirá la aprobación previa del MEF a los 30 días de recibida la conformidad informe final por parte del Director de la Unidad de Presupuesto Nacional o de quien este designe y del Programa, Banco Interamericano de acuerdo al siguiente detalle: 15 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)Desarrollo. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total de la remuneración el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 27/12/06 y su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07, Artículos 73 y 74, y las modificaciones según el artículo 17 del Decreto Nº 208/007, artículo 16 del Decreto Nº 444/008 y el artículo 2do del Decreto Nº 183/009. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose los resguardos correspondientes), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. El Contratante dispondrá de hasta 10 días hábiles a partir de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por el Consultor en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) restante 40% del MEF solicitará impuesto será reintegrado al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productosconsultor.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total mensual de honorarios por los servicios prestados por el consultor bajo los términos de este contrato, será de $ 48.000 (pesos uruguayos cuarenta y ocho mil )más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a valores del contrato es año 2018 por 40 (cuarenta) horas semanales de USD 10.000.- (Dólares de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidoslabor. Los honorarios serán pagados por la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de recibida la conformidad por parte del Director del Programa, El mismo será ajustado de acuerdo al siguiente detalle: 15 % incremento general otorgado a los funcionarios de la Administración Central que corresponda en cada año, sin incluir el porcentaje de recuperación, una vez aprobado que el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)mismo haya sido determinado. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total de los honorarios totales el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y 27/12/06, su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07 y el demás legislación modificativa. También realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose ), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientescorrespondientes a las retenciones realizadas. El Contratante dispondrá Ninguna otra contraprestación, beneficio, indemnización o subsidio será pagado según lo dispuesto en el presente Contrato, excepto, en caso de hasta 10 días hábiles a partir que el consultor deba realizar viajes oficiales relacionados con el Proyecto en cuyo caso recibirá una partida de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismosgastos que previamente se determinará en cada caso. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por el Consultor Los pagos se realizarán en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productosmoneda nacional.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato costo mensual de la consultoría por es de USD 10.000.- $ 51.231 (Dólares pesos uruguayos cincuenta y un mil doscientos treinta y uno) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a valores año 2017. La misma será ajustada de acuerdo al incremento general otorgado a los Estados Unidos funcionarios de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidosla Administración Central que corresponda en cada año, sin incluir el porcentaje de recuperación, una vez que el mismo haya sido determinado. Los honorarios serán pagados por pagos se realizarán en moneda nacional. Para el pago del último mes se requerirá la Unidad Coordinadora de Proyectos aprobación previa del MEF a los 30 días de recibida la conformidad informe final por parte del Director del Programa, Banco Interamericano de acuerdo al siguiente detalle: 15 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)Desarrollo. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total de los honorarios el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 27/12/06 y su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07, Artículos 73 y 74, y las modificaciones según el artículo 17 del Decreto Nº 208/007, artículo 16 del Decreto Nº 444/008 y el artículo 2do. del Decreto Nº 183/009. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose los resguardos correspondientes), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. El Contratante dispondrá de hasta 10 días hábiles restante 40% del impuesto será reintegrado al consultor. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientes a partir de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por el Consultor en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productosretenciones realizadas.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato mensual de la consultoría es de USD 10.000.- $ 60.000 (Dólares de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx pesos uruguayos sesenta mil) impuestos incluidosmás el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a valores de enero 2018. El mismo será ajustado de acuerdo al incremento general otorgado a los funcionarios de la Administración Central que corresponda, sin incluir el porcentaje de recuperación. Los honorarios serán pagados pagos en moneda nacional por la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de una vez recibida la conformidad por parte de la Dirección General de Secretaría del Director Ministerio de Economía y Finanzas, o de quien ésta delegue dicha responsabilidad. Para el pago final de la Consultoría, se requerirá la aprobación previa del Programa, informe final por parte del MEF y el Banco Interamericano de acuerdo al siguiente detalle: 15 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)Desarrollo. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total de los honorarios totales el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y 27/12/06, su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07 y el demás legislación modificativa y realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) ), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06, entregándose los resguardos correspondientes. El Contratante dispondrá de hasta 10 días hábiles a partir de la fecha de la presentación de los productosNinguna otra contraprestación, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por beneficio, indemnización o subsidio será pagado según lo dispuesto en el Consultor en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productospresente Contrato.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total del contrato honorario mensual de la consultoría es de USD 10.000.- $48.000 (Dólares de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx pesos uruguayos cuarenta y ocho mil) impuestos incluidosmás IVA, a valores 2016. Los montos fijados serán ajustados por el incremento general que se otorgue a los funcionarios de la Administración Central sin incluir porcentaje de recuperación, una vez que el mismo se haya determinado. Los honorarios serán pagados por en la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de una vez recibida la conformidad por parte del Director de la Unidad de Gestión de Deuda. Los pagos se realizarán en moneda nacional. Para el pago de la última remuneración se requerirá la aprobación previa del Programa, informe final por parte del Coordinador xxx Xxxxxxxx de acuerdo al siguiente detalle: 15 % una vez aprobado referencia y por el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)BID. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total de la remuneración el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 27/12/06 y su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07, Artículos 73 y 74, y las modificaciones según el artículo 17 del Decreto Nº 208/007, artículo 16 del Decreto Nº 444/008 y el artículo 2do del Decreto Nº 183/009. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose los resguardos correspondientes), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. El Contratante dispondrá de hasta 10 días hábiles restante 40% del impuesto será reintegrado al consultor. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientes a partir de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes que deberán ser levantadas por el Consultor en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productosretenciones realizadas.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO. El monto total mensual de honorarios por los servicios prestados por el consultor bajo los términos de este contrato, será de $ 72.860.- (pesos uruguayos setenta y dos mil ochocientos sesenta) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), expresado en valores del contrato es ejercicio 2018 por 40 horas semanales de USD 10.000.- (Dólares labor, conforme a lo indicado en los Términos de los Estados Unidos de Xxxxxxx xxxx mil) impuestos incluidosReferencia. Los honorarios serán pagados por la Unidad Coordinadora de Proyectos del MEF a los 30 días de recibida la conformidad por parte del Director del Programa, El mismo será ajustado de acuerdo al siguiente detalle: 15 % incremento general otorgado a los funcionarios de la Administración Central que corresponda en cada año, sin incluir el porcentaje de recuperación, una vez aprobado que el producto establecido en el punto 6.1). 20 % una vez aprobado el producto establecido en el punto 6.2). 65 % una vez aprobado el producto establecido en los puntos 6.3) y 6.4)mismo haya sido determinado. El Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del honorario total el porcentaje correspondiente al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.083 de 27/12/06 y su Decreto Reglamentario Nº 148/07, Artículos 73 y 74 y al Impuesto al Valor Agregado (IVA), entregándose los resguardos correspondientes. En caso de ser no residente, el Ministerio de Economía y Finanzas retendrá del pago realizado el porcentaje correspondiente (actualmente 12%) impuesto a la renta de los no residentes (IRNR)Físicas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y 27/12/06, su decreto Decreto reglamentario Nº 149/07 148/07 y el demás legislación modificativa. También realizará la retención del 60% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) entregándose ), de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 319/06 del 11/09/06 y Resolución de DGI Nº 1178/06 del 21/09/06. Se le entregará al consultor los respectivos resguardos correspondientescorrespondientes a las retenciones realizadas. El Contratante dispondrá Ninguna otra contraprestación, beneficio, indemnización o subsidio será pagado según lo dispuesto en el presente Contrato, excepto, en caso de hasta 10 días hábiles a partir que el consultor deba realizar viajes oficiales relacionados con el Proyecto en cuyo caso recibirá una partida de la fecha de la presentación de los productos, para comunicar su conformidad con los mismos. En caso contrario deberá emitir un reporte con las objeciones correspondientes gastos que deberán ser levantadas por el Consultor previamente se determinará en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Sin perjuicio de lo establecido, las partes de común acuerdo podrán acordar otros plazos si lo justifican dichas circunstancias. La Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) del MEF solicitará al Consultor la presentación de la factura una vez recibida la comunicación de la aprobación de los productoscada caso.
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