VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor del presente CONTRATO asciende a la suma de CIENTO CATORCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($114.000.000), incluido los impuestos a que haya lugar. El valor final del CONTRATO corresponderá a la prestación efectiva y real del servicio. En caso de terminación anticipada, cesión o suspensión del contrato, sólo habrá lugar al pago proporcional de los servicios efectivamente prestados por parte del CONTRATISTA. PARÁGRAFO PRIMERO – FORMA DE PAGO: EL FONDO, realizará el pago al CONTRATISTA de la siguiente manera:
(I) En mensualidades vencidas, por la suma de; NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($9.500.000), incluidos los impuestos a que haya lugar, previa radicación de la factura por parte del CONTRATISTA, y previa aprobación de la misma por parte del Supervisor del CONTRATO. Para los periodos que no correspondan a mensualidades completas, se cancelará la suma proporcional al valor mensual pactado por los días de servicio efectivamente prestados. Para el pago del CONTRATO, los meses deben entenderse de treinta (30) días calendario. PARÁGRAFO SEGUNDO – IMPUESTOS: Todos los impuestos, tasas y contribuciones que se puedan causar de la celebración, ejecución y/o liquidación del presente CONTRATO serán asumidos exclusivamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO TERCERO: El pago final del CONTRATO está sujeto a la presentación de la totalidad de informes o entregables, incluyendo el acta de liquidación firmada por los contratistas de cofinanciación. PARÁGRAFO CUARTO: De requerirse otras actividades por parte del CONTRATISTA (ej. aclaraciones, alcances, respuestas a derechos de petición, reuniones, remisión de información, etc.) posteriormente a la emisión del concepto de liquidación, se considerarán garantía del servicio y por lo tanto no generarán reconocimiento económico por parte de EL FONDO. PARÁGRAFO QUINTO – CONDICIONES PARA ORDEN DE PAGO: Para efectos de realizar los pagos a EL CONTRATISTA, EL FONDO verificará de manera previa el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 8 del Manual Operativo del FONDO. En todo caso, la radicación de los documentos de orden de pago deberá ser radicados por el Supervisor de acuerdo con el procedimiento para tal fin. Cada orden de pago debe contener los siguientes anexos: • Formato de orden de pago y/o giro debidamente diligenciado por el Ordenador del Gasto. • Factura electrónica de venta o en los casos que aplique documentos equivalentes electrónicos (quienes cumplan con los requisitos para expedirlos) para l...
VALOR Y FORMA DE PAGO. Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de DIECISEIS MILLONES DE PESOS ($16.000.000,00) M/CTE. IVA incluido. Dentro de dicho valor se
VALOR Y FORMA DE PAGO. La cuota de afiliación del plan mensual débito automático por valor de $69.900 mensual, elegido por este medio será pagadero con tarjeta de crédito, datos proporcionados por el afiliado, realizando el pago por medio de PAYU (plataforma de pagos online). El presente contrato adscrito al Plan seleccionado será renovado automáticamente cada vez que la entidad financiera realice el debito mensual. El precio será pagado por el AFILIADO al PRESTADOR mensualmente, de forma anticipada mediante el débito automático a la tarjeta de crédito que el AFILIADO expresamente indique y autorice al PRESTADOR mediante la suscripción del presente contrato, dicho valor no cambiará por un tiempo de 1 año. Deberá permanecer mínimo seis meses en este plan, pasado el periodo el AFILIADO tiene derecho a cancelar el contrato, sin ningún cobro o multa. Haga o no haga uso el afiliado de los servicios del prestador, el mismo deberá pagar el valor mensual objeto de este contrato. El incumplimiento x xxxx del AFILIADO en el pago oportuno de la cuota de afiliación mensual, significará la denegación del acceso a las instalaciones del PRESTADOR. Se reanudará el acceso una vez el AFILIADO realice el pago del saldo adeudado junto con los intereses xx xxxx calculados a la tasa máxima permitida por la ley. En caso xx xxxx, El PRESTADOR podrá debitar de la tarjeta de crédito del AFILIADO los intereses xx xxxx causados junto con el valor de la cuota mensual de afiliación del mes a adeudado. Parágrafo 1: Las tarifas de los planes están exentos de IVA al ser un servicio médico deportivo. A pesar de lo anterior, si en el futuro estos planes llegasen a gravarse con este u otro impuesto, serán asumidos por EL AFILIADO, según corresponda. Parágrafo 2: Si es de interés de EL AFILIADO el practicarse una evaluación médica con el Deportólogo o nutricionista para definir un programa de entrenamiento particular, deberá pagar el valor de cada consulta en forma adicional. La consulta médica deportiva tiene un valor de COP 40.000 pesos y la evaluación nutricional de COP 25.000 pesos. De tomarse las dos tendrán un valor total de COP 55.000 pesos. Parágrafo 3: En caso xx xxxx total o parcial en el pago del plan, EL AFILIADO no tendrá derecho a la prestación de los servicios contratados, hasta tanto no realice el pago Parágrafo 4. El AFILIADO tendrá derecho a suspender el débito automático mensual, debido a una incapacidad médica hasta por el término de la incapacidad, siempre y cuando el término de la incapacidad ...
VALOR Y FORMA DE PAGO. 7.1. El valor total del presente convenio asciende a la suma de COP [XXXX] PESOS M/CTE [valor en números].
7.2. Por parte del XXXX, aportará la suma de COP [XXXX] PESOS M/CTE [valor en números], de acuerdo con lo establecido en LA FICHA del Anexo 1.
7.3. La OIM está de acuerdo en aportar apoyo financiero al XXXX en la ejecución con miras a la puesta en práctica de [nombre del proyecto] (el “Proyecto”) a partir de [fecha de inicio del proyecto] hasta [fecha de conclusión del proyecto] por un valor máximo de [valor en letras] [valor en números] de conformidad con el presupuesto adjunto a este Convenio y considerado como parte integrante del mismo.
7.4. El valor aportado por la OIM al presente Convenio será desembolsado de la siguiente manera:
7.4.1. [Incluir los desembolsos necesarios con sus respectivos porcentajes y requisitos].
7.4.2. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en [nombre de la divisa] a la siguiente cuenta de banco: [detalles de la cuenta de banco].
7.4.3. XXXX mantendrá los registros financieros, los documentos de apoyo, los registros de estadísticas y cualquier otro registro pertinente al proyecto de conformidad con los principios contables de aceptación general para apoyar adecuadamente todos los gastos directos o indirectos de cualquier naturaleza comprometiendo transacciones en relación a los fondos aportados por la OIM en virtud del presente Convenio. XXXX podrá a disposición de la OIM o del representante designado por la OIM todos estos registros en cualquier plazo razonable y hasta la expiración de siete años a partir de la fecha del pago final, para cualquier inspección, auditoría o publicación. Si fuese necesario, se podrá solicitar a los empleados de XXXX durante la ejecución o posterior a esta, que estén a disposición para una entrevista.
7.4.4. Cualquier gasto que no fuese avalado por el informe financiero deberá ser reembolsado a la OIM a más tardar en la fecha de presentación del informe final.
7.4.5. La OIM tendrá derecho, sin perjuicio de cualquier otro derecho de que goce, a aplazar el pago parcial o integral del apoyo financiero hasta que XXXX haya completado, a la satisfacción de la OIM, todas las actividades referentes a dichos pagos.
VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor del contrato a suscribir será hasta por el valor resultante de la adjudicación, incluidos todos los costos directos e indirectos asociados al suministro de los bienes, el IVA, demás impuestos xx xxx. Se pagará al contratista un único pago equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del contrato a la finalización de la ejecución del objeto contractual. Los pagos se realizarán previa presentación de la factura correspondiente, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. El pago se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura y la certificación de cumplimiento, previa aprobación del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja). Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor total de la propuesta es xx XXXX MILLONES DE PESOS MCTE ($10.000.000) moneda corriente, pagaderos mediante la presentación de facturas y/o cuentas de cobro suscritas por el contratante y el contratista, previa revisión del supervisor del contrato.
VALOR Y FORMA DE PAGO. Para efectos fiscales se toma como valor del presente contrato la suma de MIL MONEDA LEGAL ($1.956.317.160) IVA Incluido y demás costos. El pago por el servicio de telecomunicaciones e Internet se cancelará en pagos mensuales, mes vencido, previa facturación con los requisitos legales y expedición de acta de ejecución de la prestación del servicio, suscrita por el Supervisor del contrato, Certificación sobre el cumplimiento en el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales) y aportes parafiscales (en Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA) al contratista se le realizaran descuentos a que haya lugar. Parágrafo 1. En caso de existir incumplimiento por parte del proveedor de alguno de los ítems de requerimientos técnicos, en especial en los tiempos de respuesta, o presentar actividades pendientes, éstas serán descontadas del pago mensual en un porcentaje del 20% del valor especificado y no exonera del cumplimiento del servicio. Parágrafo 2. Con relación a la disponibilidad del canal mensualmente el proveedor deberá facturar un porcentaje por la provisión del puerto de acceso dedicado a Internet (ADI) de acuerdo con la siguiente tabla establecida en el numeral 12 xxx Xxxxxx de Condiciones definitivo de la invitación que dio origen al presente contrato y hace parte integral del mismo. Los porcentajes expuestos, aplican para la facturación de acuerdo con la disponibilidad de los canales de comunicación entre las Sedes Seccionales e internet. Se deberá establecer el o los procedimientos y herramientas entre las partes para realizar la verificación de disponibilidad de los canales, a partir del inicio del contrato. Parágrafo 3. Al proponente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, para el pago previa presentación de la respectiva factura con el lleno de los requisitos legales según corresponda, se le deducirá el valor de la estampilla autorizada mediante ordenanza 030 de 2005 y que corresponde al 1% del valor neto del valor a
VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor del presente contrato es de cuantía indeterminada pero determinable. El trámite de pago con la Entidad Financiera del traslado de recursos de EL INTERMEDIADOR hacia EL OPERADOR por concepto de Recaudo Electrónico Vehicular de las tasas de peaje se realizará dentro del día siguiente desde el cierre del día (Hora: 23:59:59), el trámite de pago correspondiente a los fines de semana y días festivos se realizará el día hábil siguiente del tránsito del vehículo por la plaza de peaje. De forma semanal EL INTERMEDIADOR reportará a EL OPERADOR los pagos efectivamente realizados, con el fin de que las partes puedan conciliar la información suministrada. INTERMEDIADOR IP/REV hacia el OPERADOR IP/REV se realizará de manera inmediata dentro del día Autopistas del Caribe S.A.S Contrato No. ADC-090-2023 Interoperabilidad Recaudo Electrónico Vehicular (REV) suscrito entre Autopistas del Caribe S.A.S y Copiloto Colombia S.A.S. NIT. 000.000.000-5 Xxxxx 00X Xx. 19-21, Piso 4 Tel. (000) 0000000 Bogotá D.C – Colombia Página 3 de 11 siguiente desde el cierre del día (Hora: 23:59:59) sin ser requisito la conciliación previa dada la exigencia de disponibilidad de recursos. En caso de existir diferencias en el recaudo de las tarifas de los peajes, LAS PARTES realizarán una conciliación para la verificación de las operaciones en controversia y se ajustarán en el siguiente pago a la conciliación. PARÁGRAFO SEGUNDO: Teniendo en cuenta que la Sección 3.15 (h)(ii)(6) de la Parte General del Contrato de Concesión bajo el esquema de APP No. 009 de 2015 establece intereses xx xxxx en caso de consignaciones inferiores o extemporáneas en la Subcuenta Xxxxxxx Xxxxx, EL INTERMEDIADOR deberá asumir los valores que causen por dicho concepto, que le sean atribuibles al INTERMEDIADOR; siempre y cuando el OPERADOR haya enviado los informes en los tiempos establecidos para generar la orden de pago del recaudo realizado. En caso en que EL INTERMEDIADOR se niegue, EL OPERADOR procederá a hacer efectivas las garantías establecidas en la Cláusula 12° del presente contrato. PARÁGRAFO TERCERO: Como contraprestación por los Servicios prestados, EL OPERADOR pagará al INTERMEDIADOR IP/REV como remuneración por sus servicios de intermediación, una tarifa integral correspondiente a tres puntos cero tres por ciento (3.03%) más IVA, sobre el recaudo de peaje electrónico cobrado a los Usuarios de EL INTERMEDIADOR a través de la utilización de los TAG RFID, durante la vigencia del presente Contrato. PARÁ...
VALOR Y FORMA DE PAGO. Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($17.500.000,oo) M/CTE. IVA incluido. Se cancelará mediante actas parciales acorde a los pedidos parciales que solicite el Sanatorio de Contratación E.S.E, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta las cantidades de carne, pescado bagre y pollo efectivamente suministradas, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por los supervisores del contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar.
VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor del presente contrato es por la suma xxxxxxxxxxxxx MONEDA CORRIENTE ($xxxxxxxxxx.oo), la cual deberá ser entregada por parte xxx XXXX - FONDO EMPRENDER, a través de FONADE a la FIDUCIARIA y los recursos se entregarán a el BENEFICIARIO en la forma señalada en el Plan Operativo, para cada uno de los planes de negocio aprobados en las convocatorias realizadas por el FONDO EMPRENDER, previa presentación de las facturas o cuentas de cobro respectivas, las cuales serán avaladas previamente por el interventor del contrato. El primer desembolso de los recursos asignados no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato y se realizará una vez cumplidos los siguientes requisitos: i) perfeccionamiento del contrato de cooperación empresarial y su respectiva modificación si la hubiere, ii) suscripción del pagaré en blanco y carta de instrucciones, por parte de todos los BENEFICIARIO(S) , en calidad de deudor(es) solidario(s), con el cual se amparen los recursos desembolsados del FONDO EMPRENDER, a favor xxx XXXX-FONDO EMPRENDER, iii) constituir legalmente la empresa por un término no inferior a la duración del presente contrato y doce (12) meses más iv) El (o los) BENEFICIARIO(s) debe (n) conferir mandato especial en virtud del cual FONADE suscribirá el encargo fiduciario a nombre de FIDEICOMISO FONADE FONDO EMPRENDER. PARÁGRAFO: La