Procedimiento de evaluación de las proposiciones. 11.4.1. La evaluación de las ofertas respecto al criterio del apartado b), que no son evaluables en cifras o porcentajes, y que tienen una ponderación superior a los criterios evaluables en cifras o porcentajes, se realizará en primer lugar por un comité de expertos constituido en los términos del artículo 134.2 de la LCSP y del artículo 28 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx. 11.4.2. En un acto posterior, la Mesa de contratación realizará la valoración de las ofertas respecto al criterio a) evaluable en cifras o porcentajes (“el precio”). 11.4.3. Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación, teniendo en cuenta, en su caso, el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos discapacitados, antes expuesto. En caso de persistir el empate, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas. En último caso, la adjudicación será decidida mediante sorteo. PROCEDIMIENTO:
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Samples: Service Agreement, Service Agreement
Procedimiento de evaluación de las proposiciones. 11.4.1. La 10.4.1.- En primer lugar la Mesa de contratación habrá de realizar la evaluación de las ofertas respecto al criterio del apartado b), que no son evaluables en cifras o porcentajes, y que tienen una ponderación superior a los criterios evaluables señalados en cifras o porcentajes, se realizará en primer lugar por un comité el apdo. 2º y 3º del art. 10.3 que no pueden valorarse mediante la aplicación de expertos constituido en los términos del artículo 134.2 de la LCSP y del artículo 28 del RD 817/2009fórmulas aritméticas, de 8 xx xxxxconformidad con el procedimiento señalado en la cláusula anterior.
11.4.2. 10.4.2.- En un acto posterior, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 16.2, la Mesa de contratación realizará la valoración de las ofertas respecto al criterio a) evaluable a los restantes criterios evaluables en cifras o porcentajes (“porcentajes, con el precio”)procedimiento para ellos establecidos.
11.4.3. 10.4.3.- Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación, teniendo en cuenta, en su caso, el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos discapacitados, antes expuesto. En caso de persistir el empateproducirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas. En último caso, la adjudicación será decidida mediante sorteo. PROCEDIMIENTO:.
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Samples: Contract for Custody, Organization, and Treatment of Documentary Fund
Procedimiento de evaluación de las proposiciones. 11.4.1. La 11.4.1.- En primer lugar la Mesa de Contratación habrá de realizar la evaluación de las ofertas respecto al criterio del apartado ba los criterios A (proyecto de prevención técnica y vigilancia de la salud), B (instalaciones existentes y personal especializado), C (plan de formación personal), D (asesoramiento y apoyo técnico) y F (otras mejoras), que no son evaluables en cifras o porcentajes, y que tienen una ponderación superior a los criterios evaluables en cifras o porcentajes, se realizará en primer lugar por un comité pueden valorarse mediante la aplicación de expertos constituido en los términos del artículo 134.2 de la LCSP y del artículo 28 del RD 817/2009, de 8 xx xxxxfórmulas aritméticas.
11.4.2. 11.4.2.- En un acto posterior, la Mesa de contratación Contratación realizará la valoración de las ofertas respecto al criterio a) evaluable a los restantes criterios evaluables en cifras o porcentajes porcentajes, que en este caso es el criterio E (“el precio”).
11.4.3. 11.4.3.- Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación, teniendo en cuenta, en su caso, el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos discapacitados, antes expuesto. En caso de persistir el empateproducirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés públicopúblico y se dirimirá atendiendo a la puntuación otorgada con arreglo al primer criterio anunciado y de persistir el empate, teniendo en cuenta atendiendo sucesivamente a la puntuación otorgada con arreglo a los siguientes criterios por el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas. En último caso, la adjudicación será decidida mediante sorteo. PROCEDIMIENTO:que aparecen recogidos.
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Samples: Service Agreement
Procedimiento de evaluación de las proposiciones. 11.4.1. La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
10.4.1.- En primer lugar la Mesa de contratación habrá de realizar la evaluación de las ofertas respecto al criterio del apartado b), que no son evaluables en cifras o porcentajes, y que tienen una ponderación superior a los criterios evaluables en cifras o porcentajes, se realizará en primer lugar por un comité señalados con los números 8 al 17 que no pueden valorarse mediante la aplicación de expertos constituido en los términos del artículo 134.2 de la LCSP y del artículo 28 del RD 817/2009, de 8 xx xxxxfórmulas aritméticas.
11.4.2. 10.4.2.- En un acto posterior, de acuerdo con lo dispuesto en la Mesa de contratación realizará la valoración de las ofertas respecto al criterio a) evaluable en cifras o porcentajes (“el precio”).cláusula 16.2, la
11.4.3. 10.4.3.- Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación, teniendo en cuenta, cuenta en su caso, caso el criterio preferencial para las empresas con trabajadores fijos discapacitados, antes expuesto. En caso de persistir el empateproducirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas. En último casoSi el empate se produce entre empresas que se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el Decreto Territorial 84/2006, tendrá preferencia en la adjudicación será decidida mediante sorteo. PROCEDIMIENTO:del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos discapacitados en su plantilla.
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Samples: Contract for Services