PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones. 4.2. Cuando la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico. 4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles. 4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.- 5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 de octubre de 2016 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos. 5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA CIENCIAS SOCIALES enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones.
4.2. Cuando la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA CIENCIAS SOCIALES realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico.
4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIACIENCIAS SOCIALES, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles.
4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.-
5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 28 de octubre septiembre de 2016 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIACIENCIAS SOCIALES; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA CIENCIAS SOCIALES otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos.
5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL COLEGIO DE HUMANIDADES Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA CIENCIAS SOCIALES le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones.
4.2. Cuando la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico.
4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIAOFICINA DEL ABOGADO GENERAL, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles.xxxx
4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.-
5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 15 de octubre diciembre de 2016 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIAOFICINA DEL ABOGADO GENERAL ; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos.
5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA LA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación Comisión informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones.
4.2. Cuando la COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA LA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico.
4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIALA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles.
4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.-
5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 31 de octubre enero de 2016 2017 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIALA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO ; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA LA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos.
5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN SECRETARÍA TÉCNICA DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA LA COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL PLANTEL DEL VALLE enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones.
4.2. Cuando la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL PLANTEL XXX XXXXX realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico.
4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIADEL PLANTEL XXX XXXXX, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles.xxxx
4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.-
5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 15 de octubre noviembre de 2016 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIADEL PLANTEL XXX XXXXX; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL PLANTEL XXX XXXXX otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos.
5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DEL PLANTEL XXX XXXXX le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO. 4.1. La COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA enviará a la TESORERÍA la factura ó recibo de honorarios de la PRESTADORA requisitada de acuerdo con la norma universitaria y la acompañará con oficio en el que señale si el producto entregable es conforme a lo estipulado en este contrato. En el caso de no presentación de producto entregable por causas ajenas a la PRESTADORA dicha Coordinación informará del caso a la OFICINA DEL ABOGADO GENERAL –que deberá emitir opinión al respecto de si es procedente ó no realizar un pago en esas condiciones.
4.2. Cuando la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA realice el envío a que se refiere el inciso 4.1 de esta cláusula, deberá notificar de ello a la PRESTADORA mediante comunicación vía correo electrónico.
4.3. Recibido el envío de la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, la TESORERÍA de la UNIVERSIDAD deberá realizar el pago correspondiente en un xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles.
4.4. Los pagos estipulados en este contrato se realizarán mediante cheque expedido a nombre de la PRESTADORA. QUINTA.-VIGENCIA.-
5.1. El presente contrato entrará en vigor a partir del día su firma y terminará el día 30 de octubre noviembre de 2016 ó al momento en que (a) el último de los productos entregables sea recibido por la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA; (b) se realice el último procedimiento de pago de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Cuarta de este instrumento; (c) se haya realizado el pago respectivo; y (d) la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA otorgue a la PRESTADORA oficio de anuencia final con los productos recibidos.
5.2. La PRESTADORA se compromete a atender a los requerimientos de información y aclaraciones que la COORDINACIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA le haga hasta por seis (6) meses luego de la terminación las actividades contratadas a través de este instrumento. Dichos requerimientos y aclaraciones sólo podrán versar sobre el contenido de los productos entregables señalados en la Cláusula Segunda de este contrato.
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