Procedimiento de Reembolso o Pago en Efectivo. En caso de no utilizar el procedimiento para sustitución de repuestos a través del Sistema IRV (INS Repuestos Virtual), o la sustitución de repuestos dañados a través de la compra directa, se aplicará el procedimiento especial de Reembolso o Pago en Efectivo, según corresponda, para ello el INS le informará por escrito al Asegurado y/o al Tercero Perjudicado. En caso que en la notificación se indique la opción “Reembolso”, el Asegurado o Tercero Perjudicado deberá presentar ante el INS las facturas de mano de obra y repuestos únicamente de los proveedores que forman parte de la Red de Servicios Auxiliares para la adquisición de repuestos y/o para la reparación de los daños del vehículo, o de la de la Agencia representante de la marca del vehículo en el país. En caso de que los repuestos deban ser adquiridos en el extranjero, aplicará lo establecido en el Artículo “Coberturas” Inciso 4.1.b, 6.1.b y 8.1.b referentes al Límite de Responsabilidad.
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Samples: Insurance Contract, Insurance Contract
Procedimiento de Reembolso o Pago en Efectivo. En caso de no utilizar el procedimiento para sustitución de repuestos a través del Sistema IRV (INS Repuestos Virtual), o la sustitución de repuestos dañados a través de la compra directa, se aplicará el procedimiento especial de Reembolso o Pago en Efectivo, según corresponda, para ello el INS le informará por escrito al Asegurado y/o al Tercero Perjudicado. En caso que en la notificación se indique la opción “Reembolso”, el Asegurado o Tercero Perjudicado deberá presentar ante el INS las facturas de mano de obra y repuestos únicamente de los proveedores que forman forma parte de la Red de Servicios Auxiliares para la adquisición de repuestos y/o para la reparación de los daños del vehículo, o de la de la Agencia representante de la marca del vehículo en el país. En caso de que los repuestos deban ser adquiridos en el extranjero, aplicará lo establecido en el Artículo “Coberturas” Inciso 4.1.b, 6.1.b y 8.1.b referentes al Límite de Responsabilidad.
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Procedimiento de Reembolso o Pago en Efectivo. En caso de no utilizar el procedimiento para sustitución de repuestos a través del Sistema IRV (INS Repuestos Virtual), o la sustitución de repuestos dañados a través de la compra directa, se aplicará el procedimiento especial de Reembolso o Pago en Efectivo, según corresponda, para ello el INS le informará por escrito al Asegurado y/o al Tercero PerjudicadoAsegurado. En caso que en la notificación se indique la opción “Reembolso”, el Asegurado o Tercero Perjudicado deberá presentar ante el INS las facturas de mano de obra y repuestos únicamente de los proveedores que forman forma parte de la Red de Servicios Auxiliares para la adquisición de repuestos y/o para la reparación de los daños del vehículo, o de la de la Agencia representante de la marca del vehículo en el país. En caso de que los repuestos deban ser adquiridos en el extranjero, aplicará lo establecido en el Artículo “Coberturas” Inciso 4.1.b, 6.1.b y 8.1.b referentes al Límite de Responsabilidad.
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