OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN Cláusulas de Ejemplo

OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado, podrá reparar el daño o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEÁNICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto pagará la indemnización en dinero efectivo, cheque o transferencia bancaria.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto para cumplir válidamente con el Asegurado hasta el límite de responsabilidad de la suma contratada, utilizará cualquiera de las siguientes opciones de indemnización: • Sustitución de repuestos a través del sistema IRV: Consiste en el uso de una herramienta tecnológica que permite cotizar y adquirir en el mercado los repuestos. Cuando el monto de la mano de obra sea insuficiente para cubrir el deducible, el cliente podrá optar por el depósito del monto que haga falta para cubrir el deducible, con el propósito de hacer entrega de los repuestos cotizados. • Sustitución de repuestos mediante compra directa: Adquirir directamente los repuestos seleccionados por el cliente para reparar el vehículo siniestrado. • Pago en efectivo: Pagar las indemnizaciones en efectivo de los daños ocasionados al automotor siniestrado, girándole el monto de la valoración de los daños, el cual incluye la mano de obra sin el Impuesto de Ventas y costo de los repuestos indicados en la valoración, entre otros rubros. Opera también cuando los costos de reparación del automotor exceden el Monto Asegurado, en cuyo caso se indemnizará la cuantía correspondiente, según las condiciones de aseguramiento del bien y su Valor Declarado, menos las deducciones aplicables, conforme al Límite de Responsabilidad establecido para la cobertura afectada. • Reembolso: Sustituir las partes dañadas del vehículo, reembolsando al Asegurado el costo de los repuestos indicados en el avalúo, adquiridos con uno de los proveedores de la red de servicios auxiliares.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEÁNICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, o con el Perjudicado o sus Beneficiarios en los casos de Lesión o Muerte de Terceras Personas: y en lo que respecta a los daños amparados en Daños a la Propiedad de Terceros, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. 23 ARTÍCULO 28. OBJETOS RECUPERADOS 23
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEANICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad. OCEANICA Habrá cumplido válidamente sus obligaciones al restablecer en lo posible y en forma racionalmente equivalente, el estado de cosas que existían inmediatamente antes del siniestro, según lo dispuesto en la presente póliza, con sus límites y alcances.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEÁNICA, para cumplir válidamente sus obligaciones con el Asegurado, podrá:
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto para cumplir válidamente con el Asegurado hasta el límite de responsabilidad de la suma contratada, utilizará cualquiera de las siguientes opciones de indemnización:  Sustitución de repuestos a través del sistema IRV: Consiste en el uso de una herramienta tecnológica que permite cotizar y adquirir en el mercado los repuestos considerando el tipo seleccionado por el cliente.  Sustitución de repuestos mediante compra directa: Adquirir directamente los repuestos seleccionados por el cliente para reparar el vehículo siniestrado.  Pago en Efectivo: Pagar las indemnizaciones en efectivo de los daños ocasionados al automotor siniestrado, girándole el monto de la valoración de los daños, el cual incluye la mano de obra sin el Impuesto de Ventas, costo de los repuestos indicados en la valoración, entre otros rubros. Opera también cuando los costos de reparación del automotor exceden el Monto Asegurado, en cuyo caso se indemnizará la cuantía correspondiente, según las condiciones de aseguramiento del bien y su Valor Real Efectivo, menos las deducciones aplicables, conforme al Límite de Responsabilidad establecido para la cobertura afectada.  Reembolso: Sustituir las partes dañadas del vehículo, reembolsando al Asegurado el costo de los repuestos seleccionados indicados en el avalúo, adquiridos con uno de los proveedores de adjudicatarios de la red de proveedores de servicios auxiliares.  Entrega de bienes: Proporcionar un bien o parte de éste en reemplazo del bien afectado de similar clase, calidad, valor útil a la fecha del siniestro, no pudiendo exigirse que sea idéntico al bien asegurado o al xxx Xxxxxxx Perjudicado, inmediatamente anterior a la ocurrencia del evento.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. 23 ARTÍCULO 30.