Procedimientos para la solución de controversias. 25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
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Samples: www.mininterior.gov.ar, documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar, procurement-notices.undp.org
Procedimientos para la solución de controversias. 25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 veintiocho (28) días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
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Samples: www.salta.gov.ar, www.obrapublica.com, w2.neuquen.gov.ar
Procedimientos para la solución de controversias. 25.1 25.1. El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
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Samples: procurement-notices.undp.org