Municipalidad
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San Xxxxxx xx Xxxxxxxx
DOCUMENTO DE LICITACIÓN
Documento para la Contratación de Obras por Licitación Privada Nacional (LPRN)
“RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX”
Licitación Privada Nacional No.: LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02
Contratante: Mancomunidad de Municipios Lencas del Centro de Lempira Colosuca
País: Honduras
INDICE GENERAL
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Criterios de Evaluación
Sección IV. Formularios de la Oferta
Sección V. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII. Planos
Sección IX. Lista de Cantidades Sección X. Formularios de Garantías ANEXOS.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. DISPOSICIONES GENERALES
1. Alcance de la licitación.
1.1 La Mancomunidad de Municipios Lencas del Centro de Lempira Colosuca, en adelante LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA invita a presentar Ofertas para la ejecución del proyecto “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX”.
El alcance del contrato incluye el suministro de materiales de construcción, la Mano de Obra Calificada y No Calificada, suministro de Herramienta Menor, Equipo y Maquinaria.
1.2 En base al artículo 72 de la Ley de Contratación del Estado (LCE) el Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en un plazo no mayor a cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha fijada en la orden de inicio respectiva.
1.3 En estos Documentos de Licitación:
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico o facsímile) con prueba de recibido;
(b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y
(c) “día” significa día calendario.
2. Fuente de los recursos.
La contratación a que se refiere esta Licitación se financiará a través de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA con fondos que provienen del proyecto “Restauración de la Iglesia de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx para su puesta en valor como motor de desarrollo local en la Mancomunidad Colosuca” (Código No. 2016/SPE/0000400180), financiado por la Cooperación Española, fondos de la Municipalidad de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx, el Instituto Hondureño de Turismo, aplicando los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado de Honduras (LCE) y su Reglamento (RLCE).
3. Fraude y corrupción.
3.1. El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
3.2. Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido (artículo 49 de la LCE).
3.3. Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la LCE, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.
3.4. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, LA
MANCOMUNIDAD
COLOSUCA actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere práctica corrupta, conforme al procedimiento establecido.
(a) “Colusión”. Consiste en las acciones entre Oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Contratante de los beneficios de una competencia libre y abierta.
(b) “Extorsión” o “Coacción”. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado.
(c) “Fraude”. Consiste en la tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o de contratación o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y de otros participantes.
(d) “Soborno” (“Cohecho”). Consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar indebidamente cualquier cosa de valor capaz de influir en las decisiones que deban tomar funcionarios públicos, o quienes actúen en su lugar en relación con el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente.
3.5. Si se comprueba que un Oferente o Contratista, directamente o indirectamente ha incurrido en prácticas corruptivas, el Contratante:
(a) Rechazará cualquier propuesta del Oferente relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o
(b) Declarará al Oferente y/o al personal de éste directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no aceptable, temporal o permanentemente, para ser adjudicatarios o ser contratados en futuros Proyectos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA; y/o
(c) Cancelará el contrato en el caso que el Contratista no haya tomado, en un plazo razonable, las acciones adecuadas para corregir esta situación.
3.6. Para los efectos pertinentes LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA se reserva el derecho de solicitar a los interesados cualquier información que estime necesaria. La negativa por parte del oferente en brindar la información solicitada, producirá su descalificación en este proceso.
4. Oferentes elegibles.
4.1. Podrán participar en esta Licitación únicamente contratistas hondureños, que teniendo plena capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:
(a) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
(b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
(c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
(d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
(e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
(f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;
(g) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; y,
(h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.
4.2. Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 4.1 inciso c) anterior (Art.16 LCE), se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, Tribunal Superior de Cuentas, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.
4.3 Las Ofertas presentadas por un Consorcio constituido por dos o más empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(b) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(c) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de del Consorcio;
(d) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(e) con la Oferta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.
4.4. Los Oferentes deberán proporcionar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos de la cláusula 13.1 de las IAO, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
5. Calificaciones del oferente.
5.1. Se considerarán las ofertas de oferentes con plena capacidad para contratar con el Estado.
5.2. Las Ofertas presentadas por un Consorcio constituido por dos o más empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) todos los integrantes del Consorcio deben ser empresas calificadas para la adjudicación del Contrato.
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de del Consorcio;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.
5.3. Los Oferentes deberán contar con las calificaciones necesarias para emprender los trabajos de conformidad con los requisitos establecidos en la Sección III, “Criterios de Evaluación”, para adjudicación múltiple.
5.4. La persona que suscriba deberá incluir con su Oferta, el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente.
5.5. Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario.
6. Una Oferta por oferente.
6.1. Cada Oferente presentará solamente una Oferta (artículo 48 LCE), ya sea individualmente o como miembro de un Consorcio. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas.
7. Costo de las propuestas.
7.1. Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en ningún momento será responsable por dichos gastos.
8. Visita al sitio de la obra.
8.1. Es obligatoria la visita al Sitio de las Obras y sus alrededores, la cual se realizará el día martes 6 de noviembre a las 8:30 a.m. siendo el punto de reunión las oficinas de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, ubicadas en la ciudad de Gracias, Lempira. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
8.2. Los Oferentes y cualquier miembro de su personal o representante, tendrá acceso a la información y lugar relacionados con las obras requeridas bajo su propio riesgo, haciéndose responsable de cualquier pérdida, daño, costos y gastos que se incurra como resultado de la inspección.
8.3. Durante la visita de campo LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA facilitará una lista y número de contacto de albañiles, ayudantes y carpinteros la cual EL OFERENTE deberá tomar en cuenta para la contratación de la mano de obra. Dichas personas son egresadas de la Escuela Taller Colosuca y miembros de la Parroquia San Xxxxxxxxx Xxxxxx (la cual incluye las xxxxxxxx de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx y San Xxxxxxxxx).
B. DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
9. Contenido de los documentos de licitación.
9.1. El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran a continuación y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO:
• Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO)
• Sección II Datos de la Licitación (DDL)
• Sección III Criterios de Evaluación
• Sección IV Formularios de la Oferta
• Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC)
• Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
• Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento
• Sección VIII Planos
• Sección IX Lista de Cantidades
• Sección X Formularios de Garantías
• ANEXOS.
9.2. Los documentos de Licitación deberán leerse en conjunto con las aclaraciones que se publiquen y cualquier enmienda emitida de conformidad con el numeral 11 de esta sección.
10. Aclaración de los documentos de Licitación.
10.1. Todo aquel que haya obtenido de manera oficial los documentos de licitación que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA por escrito o al correo electrónico a la dirección xxxxxxxx.xx@xxxxx.xxx. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes las reciba por lo menos diez (10) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
10.2. Las respuestas a solicitudes de aclaración se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y en el apartado de convocatorias de la página web de la AECID en Honduras xxx.xxxxx.xx
10.3. Si como resultado de las aclaraciones, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 11 y Sub cláusula 21.2, de las IAO.
10.4. No se celebrará reunión informativa para posibles aclaraciones.
11. Enmiendas a los documentos de licitación.
11.1. Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda.
11.2. Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que retiraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
11.3. Las enmiendas a documentos de licitación se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y en el apartado de convocatorias de la página web de la AECID en Honduras xxx.xxxxx.xx
11.4 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Sub cláusula 21.2 de las IAO.
C. PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS.
12. Idioma de las ofertas.
12.1. Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. En caso de que se presenten documentos cuyo idioma original sea distinto al indicado, deberán ser presentados traducidos al español. En caso de contradicción privará la traducción.
13. Documentos que conforman la oferta.
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) El Formulario de la Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta (formulario indicado en la Sección X);
(c) Oferta Económica (presupuesto por actividades, por insumos y fichas de costos unitarios), formularios indicado en la Sección IV;
(d) Oferta Técnica, formularios indicado en la Sección IV;
(e) Cualquier otro documento que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL.
14. Precios de la oferta.
14.1. El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas (oferta económica) presentada por el Oferente.
14.2. El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales con dos cifras decimales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades valoradas (Oferta Económica). LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades valoradas (Oferta Económica). Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.
14.3. Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.
14.4. Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato, para lo cual se utilizará lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo Número A-003-2010, Procedimiento para Reconocimiento de Mayores Costos o Ajuste de Precios por Fórmula. El Oferente
deberá proporcionar
con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato.
15. Moneda de la oferta y pago.
15.1. Los precios unitarios deberán ser cotizados por el Oferente enteramente en Lempiras. Los pagos que correspondan conforme al contrato se harán en las mismas cotizadas.
16. Validez de las ofertas.
16.1. Las Ofertas permanecerán válidas por un período de treinta (30) días.
16.2. En circunstancias excepcionales, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. En tal caso la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá prorrogarse por el mismo período. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas.
17. Garantía de mantenimiento de oferta.
17.1. El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL
17.2. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por un monto del 2% del valor de la oferta presentada, denominada en Lempiras.
17.3. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá:
(a) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(b) permanecer válida por un período de treinta (30) días contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.4. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá:
(a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros;
(b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA con anterioridad a la presentación de la Oferta;
(c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.7 de las IAO;
17.5. Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA por incumplimiento.
17.6. La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento previa solicitud por escrito.
17.7. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si:
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Cláusula 28 de las IAO;
(c) si el Oferente
seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con:
(i) firmar el Contrato; o
(ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada.
17.8. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.
18. Ofertas alternativas de los oferentes.
18.1. Basados en el artículo 113 del Reglamento de la LCE no se considerarán Ofertas alternativas.
19. Formato y firma de la oferta.
19.1. El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.2. El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar foliadas y firmadas por la persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar firmadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.3. Según establece el artículo 112 del RLCE, no serán admisibles enmiendas, borrones o raspaduras en el precio o en otra información esencial prevista con ese carácter en el pliego de condiciones, salvo cuando hubieren sido expresamente salvadas por el firmante, lo cual deberá constar con claridad en la oferta y en sus copias; en ningún caso se admitirán ofertas escritas con lápiz “grafito”.
D. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
20. Presentación, sello e identificación de las ofertas.
20.1. Los Oferentes deberán entregar sus Ofertas personalmente. El Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIA”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar.
20.2. Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) estar dirigidos a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA a la dirección proporcionada en los DDL;
(b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL.
20.3. Además de la identificación requerida en la Sub cláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.
20.4. La oferta deberá presentarse conforme a los formularios suministrados en las Secciones IV y X, sin agregar condiciones no autorizadas o irregularidades de cualquier caso que tiendan a hacer la oferta incompleta, indefinida o ambigua en cuanto a su significado, sin condiciones que reserve el licitante, el derecho de aceptar o rechazar cualquier adjudicación.
20.5. Deberá presentar con la oferta debidamente sellada y firmada todos los planos y cada hoja de este documento de licitación.
20.7. El oferente deberá cumplir con lo establecido en el artículo 47 de la LCE y los artículos 110, 111, 112, 114, 115, 116 y 117 de su Reglamento.
20.8. Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
21. Plazo para la presentación de las ofertas.
21.1. Las Ofertas deberán ser entregadas a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en la dirección especificada conforme a la Sub cláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
21.2. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite (artículo 105 del RLCE).
22. Ofertas tardías.
Toda Oferta que reciba LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir (artículo 121 del RLCE).
23. Retiro, sustitución y modificación de las ofertas.
23.1. Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO (artículo 118 del RLCE).
23.2. Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda.
23.3. Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL.
23.4. El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Sub cláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Sub cláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO.
23.5. Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original.
E. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
24. Apertura de las ofertas.
24.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL.
24.2. Primero se abrirán y leerán los sobres marcados como “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO.
24.3. En el acto de apertura, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA leerá en voz alta y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas, descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta y cualquier otro detalle que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes.
24.4 LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Sub cláusula 24.3 de las IAO. Se les solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo.
24.5. En cumplimiento con el artículo 124 del Reglamento de la LCE en ningún caso se permitirá obtener fotocopias de las ofertas; los interesados podrán examinar las ofertas inmediatamente después del acta de apertura, sin perjuicio de la confidencialidad prevista en el artículo 6 párrafo segundo de la Ley y 10 y 12 párrafo segundo de este Reglamento.
25. Confidencialidad.
25.1. No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
26. Aclaración de las ofertas.
26.1. Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se
solicitará, ofrecerá ni
permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA haya
descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 28 de las IAO
(artículo 127 Reglamento LCE).
27. Examen de las ofertas para determinar su cumplimiento.
27.1. Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA determinará si cada una de ellas:
(a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Cláusula 4 de las IAO;
(b) ha sido debidamente firmada;
(c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta;
(d) Oferta Económica en base a los formatos de la Sección IV.7; y
(e) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación.
27.2. Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras;
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3. Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una Oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
28. Corrección de errores.
28.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta de conformidad con la Sub cláusula 17.7 (b) de las IAO.
29. Moneda para la evaluación de las ofertas.
29.1. De conformidad
con la Cláusula 15 de las IAO, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA no permite ofertas que no sean expresadas en Lempiras.
30. Evaluación y comparación de las ofertas.
30.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2. El titular del órgano responsable de la Contratación designará una Comisión para el análisis y evaluación de las ofertas (artículo 33 LCE y 53, 125 y 136 de su Reglamento).
30.3. Se procederá al análisis y evaluación de ofertas siempre y cuando se tengan como mínimo dos (2) ofertas que cumplen con los requisitos de los Documentos de Licitación.
30.4. Basados en el artículo 132 del RLEC, podrán ser subsanados los defectos u omisiones contenidas en las ofertas, en cuanto no impliquen modificaciones del precio, objeto y condiciones ofrecidas de acuerdo a lo previsto en los artículos 5, párrafo segundo y 50 de la LEC. El oferente deberá subsanar el defecto u omisión dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de notificación correspondiente de la omisión; si no lo hiciere la oferta no será considerada.
30.5. Al evaluar las Ofertas, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica);
c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones y desviaciones; y
d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Sub cláusula 23.5 de las IAO.
e) Ajustes debidos a la aplicación de los factores de evaluación, indicados en la Sección III, Criterios de Evaluación.
f) ajustes debidos a la aplicación de un margen de preferencia, si corresponde, de conformidad con la cláusula 31 de las IAO.
30.6. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
30.7. En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la Cláusula 46 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.8. Si las ofertas resultan con un costo sustancialmente menor en relación al costo de la obra estimado por el Contratante u omiten la cotización de rubros significativos que razonablemente permita anticipar que el o los Oferentes no podrán terminar las obras dentro del plazo y condiciones estipulados, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá rechazar las ofertas que reúnan esas condiciones o solicitar duplique el valor de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
30.9. Si las ofertas evaluadas fueran significativamente desbalanceadas o especulativas en su estructura de precios en relación al Presupuesto Base del Contratante del costo real de la obra y/o con la comparación de los precios de los demás oferentes, tanto a la baja como a la alta en un porcentaje mayor a veinte por ciento (20%) en los rubros más significativos, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en apego a lo establecido en la LCE y su Reglamento, rechazará las ofertas que reúnan esas condiciones.
31. Preferencia Nacional.
Se aplicará el margen de preferencia nacional establecido en el artículo 53 de la LCE y 128 del RLCE.
F. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
32. Criterios de adjudicación.
32.1. De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA adjudicará el contrato al Oferente cuya oferta LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA haya sido determinado que cumple sustancialmente con los requisitos del Documento de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA haya determinado que dicho Oferente:
(a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO; y
(b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
33. Derecho del Contratante a aceptar o rechazar cualquiera o todas las ofertas.
33.1. No obstante lo dispuesto en la Cláusula 32 de las IAO, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
33.2. En aplicación a los artículos 55 y 57 LCE y 140 y 172 de su reglamento, el órgano responsable de la contratación declarará desierta la licitación cuando no se hubieren presentado ofertas o cuando no sea suficientemente motivada técnica y legalmente, en los siguientes casos:
(a) Cuando se hubiere omitido en el procedimiento alguno requisitos esenciales establecidos en la LCE o en sus disposiciones reglamentarias.
(b) Cuando las ofertas no se ajustes a los requisitos esenciales establecidos en el Reglamento de la LCE y el Documento de Licitación; y
(c) Cuando se comprobare que ha existido colusión.
34. Notificación de Adjudicación y firma del Contrato.
34.1. Antes de la expiración de la validez de la Oferta, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en cumplimiento al artículo 142 del RLCE, notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato a todos los Oferentes. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Notificación de la Resolución de Adjudicación”) deberá estipular el monto que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”).
34.2. El Contrato incorporará todos los acuerdos entre LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y el Oferente seleccionado. Dentro de los diez (10) días siguientes después de haber recibido el Contrato, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
34.3. LA
MANCOMUNIDAD COLOSUCA publicará en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y en el apartado de convocatorias de la página web de la AECID en Honduras xxx.xxxxx.xx, los resultados de la licitación, identificando la Oferta y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada.
34.4. Para la formalización del contrato no se requerirá otorgamiento de Escritura Pública, ni uso de papel sellado y timbres y se entenderán perfeccionados a partir de su suscripción (artículo 110 LCE y 144 del reglamento). El contrato se suscribirá dentro de los diez (10) días siguientes la adjudicación.
35. Garantía de cumplimiento.
35.1. Dentro de los diez (10) días siguientes después de haber recibido la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma de cheque certificado, Garantía bancaria o fianza emitida por un banco o una aseguradora que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en el formulario original especificado en la Sección X (Formularios de Garantía).
35.2. El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Sub cláusulas 34.2 y 35.1 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Contrato y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.6 de las IAO.
35.3. El oferente seleccionado que resulte adjudicado presentará una garantía por el 15% del valor de su oferta presentada para garantizar el fiel cumplimiento del contrato. Su vigencia será de hasta tres (3) meses, después del plazo previsto para la ejecución de la obra (artículo 101 LCE), si se justifica una prórroga en el plazo de entrega de la ejecución de la obra, la vigencia de la garantía deberá ser extendida por el adjudicatario por un término igual conforme lo dictamina el artículo 102 de la LCE.
36. Pago de anticipo y garantía.
36.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía para Pago de Anticipo.
36.2. De acuerdo al artículo 59 las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República, el valor del anticipo será del 15% del precio del contrato. Tendrá una vigencia por el mismo plazo del contrato y concluirá con el reintegro total del anticipo.
36.3. El valor del
anticipo será deducido mediante retenciones a partir del pago de la primera estimación ejecutada, en la misma proporción en que fue otorgado. En la última estimación se deducirá el saldo pendiente de dicho anticipo.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
A. DISPOSICIONES GENERALES | |
IAO 1.1 | El Contratante es: Mancomunidad de Municipios Lencas del Centro de Lempira Colosuca. Las Obras son: Restauración de la estructura de techos de la xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx, la cual consiste en el replanteo, reparación, limpieza, curado y reposición de piezas en la cubierta xx xxxxxx y soleras perimetrales de las naves que conforman el brazo longitudinal de la iglesia. Los trabajos abarcan la estructura principal de cubierta a dos aguas, la cual cubre 564 m2 de superficie en planta (interior y aleros) y está compuesta por veintiún tijeras o cerchas de sistema "par y nudillo”, apoyadas sobre soleras de coronación en las paredes longitudinales de adobe y en catorce pilastras xx xxxxxx al interior. El sistema de cubierta incluye la instalación de lámina impermeabilizante bajo teja y la terminación con xxxx xx xxxxx para una superficie total de 640 m2. El nombre del contrato es: “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX” El número de identificación de la Licitación es: LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02 |
IAO 1.2 | La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es cuatro (4) meses contados a partir de la orden formal de inicio de las obras |
B. DOCUMENTOS DE LICITACIÓN | |
IAO 10.1 | La dirección de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA para solicitar aclaraciones es: Notificaciones: Oficinas Mancomunidad Colosuca, Antiguo Edificio Normal Mixta, Bº Mercedes, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx. 00, Xxxxxxx, Lempira, Código Postal: 42101 Vía e-mail: xxxxxxxx.xx@xxxxx.xxx Las respuestas a aclaratorias serán enviadas a todos los que obtuvieron de manera oficial los documentos de licitación los potenciales oferentes al menos cinco (5) días antes de la fecha fijada para recepción de ofertas. |
IAO 10.4 | Adicionalmente a la posibilidad del envío de solicitud de aclaración a los Documentos de Licitación, no se celebrará una reunión de información para posibles aclaraciones |
C. PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS | |
IAO 13.1 (e) | Los Oferentes deberán presentar la siguiente documentación: Sobre No. 1 a) Documentos legales y financieros i. Fotocopia autenticada del testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social de la Empresa y sus reformas si las hubieren o Declaración de Comerciante Individual debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente ii. Fotocopia debidamente autenticada del Poder de representación autorizando a representar y suscribir contrato en nombre de la empresa oferente. Este poder deberá estar inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil iii. Fotocopia autenticada de los documentos personales del Representante Legal, como ser: tarjeta de identidad, solvencia municipal y RTN numérico por ambos lados, sí es extranjero, deberá acreditar su residencia en el país, con copia de sus documentos legales iv. Constancia de solvencia del CICH/CAH de la empresa y su representante v. Registro Tributario Nacional Numérico del contratista/empresa vi. Fotocopia de Constancia de Registro en la Oficina Normativa de Contrataciones del Estado (ONCAE) vigente vii. Constancia vigente de Inscripción en la Cámara de Comercio viii. Constancia vigente de Inscripción en la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO) ix. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades autenticada por Notario Público. Sección IV. Formularios de la Oferta x. Constancia de Solvencia extendida por el Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR) (previo a firma de contrato) xi. Permiso de Operación vigente extendido por la Municipalidad de su localidad xii. Constancia de Solvencia de la Procuraduría General de la República a favor de la empresa y su Representante Legal (previo a firma de contrato) xiii. Constancia de solvencia del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) (previo a firma de contrato) xiv. Declaración Jurada prohibiciones o inhabilidades (Formulario IV. 2) xv. Declaración jurada sobre la Veracidad de la Información (Formulario IV.3) xvi. Declaración Jurada de calidad de mano de obra a utilizar (Formulario IV.4) xvii. Declaración Jurada de Capacidad Técnica (Formulario IV.5) xviii. Balances y estados financieros del 30 xx xxxxx de 2018, debidamente certificados por contador público independiente o firma auditora xix. El documento de licitación original adquirido para participar en la licitación, que se titula "DOCUMENTO DE LICITACIÓN", debiendo ser firmado a mano con la firma corta de la persona que firma la oferta |
IAO 13.1 (e) | b) Oferta Técnica i. Formularios IV.6 ii. Actas de recepción solicitados en el Formularios IV.6.4 iii. Currículo u Hoja de vida del Ingeniero/Arquitecto Residente del Proyecto (puede ser el mismo contratista y se requerirá al menos 3 días a la semana en campo) y Maestro de Obra asignado iv. Constancia del colegio profesional del ingeniero/arquitecto residente del proyecto Sobre No. 2 c) Oferta Económica x. Xxxxx de Oferta (Sección IV. 1) (documento no subsanable) ii. Garantía (fianza) de Mantenimiento de Oferta por el 2% sobre el valor ofertado y una vigencia de treinta (30) días calendario contados a partir del día de la apertura de la oferta (documento no subsanable) iii. Presupuesto por actividades con cantidades de obra y precios unitarios (Sección IV.7) iv. Fichas de Precios Unitarios (Sección IV.8) Los documentos solicitados en los incisos a), b) y c) constituyen los documentos de la oferta. La oferta debe entregarse con el documento base debidamente foliado, firmado y sellado Los documentos que se presenten en copia, deberán ser autenticados por Notario Público |
IAO 14 | El contrato comprenderá la totalidad de los trabajos y suministros necesarios para ejecutar las obras de acuerdo con lo establecido en este Documento de Licitación. El Oferente indicará por todos estos trabajos y suministros precios unitarios de los ítems comprendidos en los cuadros de cantidades de obra contenidos en la Sección IX. Lista de Cantidades de este documento. El Oferente deberá presentar obligatoriamente un análisis de Precios Unitarios (Fichas), incluyendo todos los componentes esenciales que los integran, desglosando los componentes de: mano de obra (calificada y no calificada), equipo, materiales con su debida cotización y gastos indirectos. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA no efectuará otros pagos por el objeto del contrato que no sean los correspondientes a los ítems indicados en el cuadro de cantidades, por cuanto los Oferentes deberán considerar incluidos en los precios de dichos ítems cualquier otro costo derivado de la ejecución de los contratos. Estos precios estarán sujetos a ajuste de valor por concepto del alza de precios de acuerdo con el procedimiento para el reconocimiento de mayores costos. Los Oferentes deberán incluir en sus precios todos los impuestos, fletes, y gravámenes que posteriormente deberá pagar en virtud del contrato o por cualquier otra razón. Entre los costos indirectos que los Licitantes deberán incluir en sus precios figurarán los costos de la contratación del superintendente de obra, quien será un Ingeniero Civil/Arquitcto Colegiado, con experiencia en este tipo de trabajo, los costos de la administración y maestro de obra. |
IAO 15.1 | Los Oferentes “no podrán” ofertar en monedas extranjeras. |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de treinta (30) días calendario. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco o una aseguradora utilizando el formulario para garantía de la Oferta (garantía bancaria, fianza o Cheque Certificado a la orden del Contratante), incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. |
IAO 17.2 | La Garantía de mantenimiento de la Oferta será por un mínimo del dos (2%) por ciento del monto de la oferta en lempiras. |
IAO 17.3 | La Garantía de Mantenimiento de la Oferta tendrá una vigencia por un período de treinta (30) días contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. |
IAO 18.1 | “No se considerarán” Ofertas alternativas. |
IAO 19.1 | Las Ofertas que los Oferentes deberán presentar serán de la siguiente manera: Una (1) Original y una (1) copia. |
D. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS | |
IAO 20.1 | Los Oferentes no podrán presentar Ofertas electrónicamente |
IAO 20.2 | Los sobres interiores y exteriores deberán llevar las siguientes leyendas adicionales de identificación: • PARTE CENTRAL: Atención: Sr. J. XXXX XXXXX XXXXXX PRESIDENTE MANCOMUNIDAD COLOSUCA Dirección: Oficinas Mancomunidad Colosuca, Antiguo Edificio Normal Mixta,Bº Mercedes, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx. 00 Xxxxxx: Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx: 00000 Xxxx: Xxxxxxxx, C.A. • ESQUINA SUPERIOR IZQUIERDA: Nombre del Oferente Dirección actual, teléfono, fax, correo electrónico. • ESQUINA INFERIOR IZQUIERDA: “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX”, LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02 • ESQUINA INFERIOR DERECHA: Nota de Advertencia “NO ABRIR ANTES DE”: MARTES 20 de NOVIEMBRE 2018, A LAS 9:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras. |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas será: MARTES 20 de NOVIEMBRE 2018, A LAS 9:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras. |
E. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS | |
IAO 24.1 | La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Salón de Sesiones de la Mancomunidad Colosuca, Antiguo Edificio Normal Mixta, Bº Mercedes, Ave Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx. 00, Xxxxxxx, Lempira MARTES 20 de NOVIEMBRE 2018, A LAS 9:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras. |
F. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO | |
IAO 10.1 | El pago de anticipo será por un monto máximo del Quince (15%) por ciento del monto del Contrato. |
Sección III. Criterios de Evaluación
1. Criterios de Evaluación.
1.1 Al evaluar una Oferta, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA deberá considerar, además del precio ofertado, los métodos y criterios indicados a continuación.
1.2 LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA realizará el Examen Preliminar de las Ofertas para verificar el cumplimiento de las formalidades y requisitos estipulados en los Documentos de Licitación:
Ítem | CRITERIO DE EVALUACIÓN | Cumple | |
SI | NO | ||
1 | Oferta recibida antes de la hora y fecha límite para su presentación | ||
2 | Número de copias (1 original + 1 copia) | ||
3 | Idioma de la Oferta solicitado (Español) | ||
4 | Documento base y demás documentos que acompañan la oferta han sido debidamente foliadas, firmadas y selladas | ||
5 | Carta Oferta completa, firmada y sellada | ||
6 | Presupuesto por actividades completo, firmado y sellado | ||
7 | Garantías de Mantenimiento de Oferta en la forma, plazo de validez y valor correcto. | ||
8 | Presentación y contenido de los demás documentos legales requeridos, según la sub cláusula 13.1 de las IAO. | ||
Pasa a la Evaluación de la Oferta Económica: |
2. Sub criterios de Evaluación.
2.1 El Oferente, deberá cumplir con los siguientes sub criterios de capacidad:
Ítem | CRITERIO DE CALIFICACIÓN | Requerimiento Mínimo | Si Cumple | No Cumple |
A. | Experiencia general del oferente: Como contratista principal o subcontratista en ejecución de contratos de obra civil | ≥ 5 años | ||
B. | Experiencia Específica del oferente: - Proyectos de obra civil de similar magnitud sujeta a la presente licitación (edificaciones con techo xx xxxxxx, edificaciones protegidas dentro de Centros Históricos, etc.) | Al menos 3 proyectos | ||
C. | Ingeniero/Arquitecto Residente (se requerirán al menos 3 días a la semana en campo) | |||
- Experiencia en proyectos ejecutados como Ingeniero/Arquitecto Residente | ≥ 3 años | |||
- Proyectos de construcción o restauración de edificios patrimoniales de uso público | ≥ 2 proyectos | |||
D. | Maestro de Obra | |||
- Experiencia en proyectos ejecutados como Maestro de Obra | ≥ 5 años | |||
- Proyectos de restauración de edificios patrimoniales | ≥ 3 proyectos | |||
E. | Equipo Mínimo disponible para la ejecución del Proyecto (propio o alquilado) | Lista |
Ítem | CRITERIO DE CALIFICACIÓN | Requerimiento Mínimo | Si Cumple | No Cumple |
F. | Tiempo de ejecución del proyecto | ≤ 4 meses | ||
G. | Razón Corriente Liquidez: Activo Circulante Pasivo Circulante | ≥ 1.40 | ||
I. | Razón de Endeudamiento: Total Pasivo x 100% Total Activo | ≤ 40% | ||
J. | Índice de Capacidad del Contrato: Ingresos por Contrato (oferta) Ingresos Totales | ≤ 0.35 |
La Lista de Equipo Mínimo disponible que deberá incluir el siguiente equipamiento, propio o alquilado:
Descripción | Cantidad Mínima |
Soldadora | 1 |
Vehículo | 1 |
Bomba de mochila | 2 |
Xxxxxxx eléctrico con batería | 2 |
Sierra eléctrica circular para madera | 1 |
Polea con cuerda | 2 |
Lijadora eléctrica con batería | 2 |
Otro |
2.2 El Oferente deberá cumplir con la totalidad del listado del equipo mínimo, sin embargo podrá subsanar los documentos de algún equipo faltante, de acuerdo a la modalidad de subsanación establecida en los Documentos de Licitación.
2.3 El Oferente deberá mantener permanentemente el equipo mínimo en el sitio de la obra.
SECCIÓN IV.
FORMULARIOS
Formulario 1.
CARTA DE OFERTA
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta]
[Fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
A: [nombre y dirección del Contratante]
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste], ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del Contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en la siguiente moneda:
Descripción | Lempiras |
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, somos elegibles bajo las leyes hondureñas, de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Agente | Xxxxx y Moneda | Propósito de la Comisión o Gratificación |
(Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”)
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
Formulario 2.
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PROHIBICIONES O INHABILIDADES
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (indicar el nombre de la Empresa Oferente/En caso de consorcio y a las empresas que lo integran, por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , departamento de , a los días del mes de de 2018.
Firma y sello
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Formulario 3.
DECLARACIÓN JURADA
(Sobre la veracidad de la información en general y de conformidad con la ley de contratación del estado)
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (indicar el nombre de la Empresa Oferente/En caso de consorcio y a las empresas que lo integran
PRIMERO: Hemos leído y entendido en su totalidad el Documento Base de la Licitación Privada Nacional LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02, financiado con fondos de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Municipalidad de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx y el Instituto Hondureño de Turismo (IHT) a través de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, que incluye formularios, anexos, especificaciones técnicas y planos adjuntos a este Documento. Toda información proporcionada en los formularios para la misma, es exacta y veraz.
SEGUNDO: Por este medio autorizo y solicito a cualquier funcionario público, compañía de seguros, banco depositario, fabricante de materiales y equipos, clientes anteriores ya cualquier persona, empresa o sociedad mercantil, que suministre cualquier información pertinente que sea requerida por LA MANCOMUNIDAD que se considere necesaria para verificar la información y declaración es proporcionada o relativas a competencia y reputación.
TERCERO: De resultar seleccionados nos comprometemos a someternos a los manuales Operativo, las Leyes y Reglamentos Tribunales de la Republica de Honduras, en todo lo que se refiere a los trámites y ejecución del Contrato.
CUARTO: Que la documentación legal sobre constancias presentadas en fotocopias es copia fiel y concuerda con la original.
QUINTO: La Sociedad no está impedida para contratar con el Estado de Honduras ni comprendida en los Artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado.
SEXTO: Manifiesto que todo lo anteriormente dicho es cierto y en señal de lo cual, firmo la presente Carta de Compromiso, en la , a los días de _ del año 2018.
Firma y Sello
Nombre
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Formulario 4.
DECLARACIÓN JURADA DE CAPACIDAD TÉCNICA
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No. actuando en mi condición de representante legal de (indicar el nombre de la Empresa Oferente/En caso de consorcio y a las empresas que lo integran, DECLARO bajo juramento que mi representada tiene Capacidad Técnica para la Ejecución del Proyecto “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX”, LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02
Y para los fines pertinentes, extiendo la presenta en la ciudad de , a los días del mes de del año 2018.
Firma y Sello
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Formulario 5.
Declaración Jurada de Capacidad Financiera
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (indicar el nombre de la Empresa Oferente/En caso de consorcio y a las empresas que lo integran, DECLARO bajo juramento que mi representada tiene Capacidad Financiera para la para la Ejecución del Proyecto “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN XXXXXX XXXXXXXX”, LPRN- COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02
Y para los fines pertinentes, extiendo la presenta en la ciudad de , a los días del mes de del año 2018.
Firma y Sello
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Formulario 5
OFERTA TÉCNICA
5.1. Experiencia General de la Empresa
5.2. Experiencia Específica del Oferente
5.3. Nómina del Personal Propuesto y Asignación de Funciones
5.4. Hoja de Vida del Personal Clave Propuesto
5.5. Detalle Maquinaria y Vehículos a Utilizar en el Proyecto
5.6. Cronograma de Ejecución del Proyecto
5. OFERTA TÉCNICA.
5.1. Experiencia General del Oferente.
Describir la información detallada de cada uno de los contratos, ya sea en forma individual o como integrante de un consorcio.
Nombre legal de Oferente: [indicar nombre completo] Fecha: [indicar día, mes y año] (Identificar los contratos que demuestran continuidad en la operación).
Inicio (mes/año) | Fin (mes/año) | Años* | Identificación del contrato | Función de la Empresa |
[indicar mes/año] | [indicar mes/año] | [indicar número de años] | Nombre del contrato: [indicar nombre completo] Breve descripción del alcance: [describir el objeto del contrato en forma breve] Nombre del contratante: (indicar nombre completo] Dirección: (indicar ubicación, ciudad, país] | [indicar función del Oferente] |
* Indicar años calendario en los años con contratos con actividades, comenzando por el año de inicio de las actividades.
** La información aquí suministrada debe completarse para cada una de las experiencias presentadas y debe estar respaldadas por la copia autenticadas comprobante de las obras recibidas a entera satisfacción (actas de recepciones provisionales y/o definitivas), el cual fue emitido por el contratante.
5.2. Experiencia Específica del Oferente.
Describir la información detallada de cada uno de los contratos, ya sea en forma individual o como integrante de un consorcio.
Descripción de la obra ejecutada por el Oferente: | |
Nombre del Contratante: | |
Dirección: Teléfono: Fax: Correo electrónico: | |
País donde se ejecutó la obra: Lugar dentro del País: | |
Tiempo de ejecución de la obra: | |
Fecha de iniciación (mes/año) | Fecha de terminación (mes/año) |
Valor total de ejecución de la obra: (en Lempiras) | |
Si el contrato se realizó en consorcio, suministrar el valor del contrato que le correspondió al licitante que presenta la experiencia específica: | |
Si el contrato se realizó en consorcio, suministrar el nombre de las otras personas/firmas/entidades que formaron parte del consorcio. |
La información aquí suministrada debe completarse para cada una de las experiencias presentadas y debe estar respaldadas por la copia autenticadas comprobante de las obras recibidas a entera satisfacción (actas de recepciones provisionales y/o definitivas), el cual fue emitido por el contratante.
Oferente: (indicar
nombre completo del Oferente)
Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la propuesta) Cargo: (del firmante)
5.3. Nómina del Personal Propuesto y Asignación de Funciones.
No. | Nombre | Profesión | Cargo a desempeñar | % de Dedicación al proyecto |
Oferente: (indicar nombre completo del oferente)
Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la oferta)
Cargo: (del firmante)
Firma: (firma del oferente)
Fecha: (día, mes y año en que se firma la oferta)
5.4. Hoja de Vida del Personal Clave Propuesto.
1. Cargo propuesto (solamente un candidato deberá ser nominado para cada posición:
2. Nombre del oferente: [inserte el nombre del oferente que propone el candidato]:
3. Nombre de la persona propuesta: [inserte el nombre completo]:
4. Fecha de nacimiento: Nacionalidad:
5. Educación: [indicar los nombres de las instituciones educativas formales y otros estudios especializados de la persona, dando los nombres de las instituciones, grados obtenidos y las fechas que los obtuvo].
6. Asociaciones profesionales a las que pertenece:
7. Otras especialidades [Indicar otros estudios significativos después de haber obtenido los grados indicados en el número 5 – Dónde obtuvo la educación]:
8. Países donde tiene experiencia de trabajo: [Enumere los países donde la persona ha trabajado en los últimos cinco años].
9. Idiomas: [Para cada idioma indique el grado de competencia: bueno, regular, pobre, en hablarlo, leerlo y escribirlo]:
10. Historia Laboral [Empezando con el cargo actual, enumere en cronológico los cargos que ha desempeñado desde que se graduó la persona, indicando para cada empleo las actividades realizadas en el marco de esa contratación, fechas de empleo, nombre de la organización y cargos desempeñados]:
Desde [Año]: Hasta [Año]
Empresa: Cargos desempeñados: Actividades realizadas:
Certificación:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia.
Fecha: [Firma de la persona propuesta] Día/Mes/Año
Nombre completo del oferente:
Municipalidad
San Xxxxxx xx Xxxxxxxx
5.5. Detalle Maquinaria y Vehículos a Utilizar en el Proyecto.
El Oferente declara que la siguiente información, sobre la existencia de equipo necesario para realizar la construcción de la obra, refleja el detalle del equipo que el oferente pone a disposición para realizar la misma.
Descripción | Cantidad | Marca & Modelo | Estado actual | Propio (P) o Alquilado(A) | Especificaciones |
Oferente: (indicar nombre completo del oferente)
Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la oferta)
Cargo: (del firmante)
Firma: (firma del oferente)
Fecha: (día, mes y año en que se firma la oferta)
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5.6. Cronograma de Ejecución del Proyecto.
Deberá mostrarse las actividades principales a realizar para la ejecución de la obra, el orden cronológico de las mismas y los tiempos propuestos para cada una de ellas.
Tiempo Total de Ejecución en días calendario
No. | Actividad | Período y tiempo de Ejecución (Semanas) | |||||||||||||||
Oferente: (indicar nombre completo del oferente)
Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la oferta)
Cargo: (del firmante)
Firma: (firma del oferente)
Fecha: (día, mes y año en que se firma la oferta)
Formulario 7.
Presupuesto por Actividades.
No | Concepto | Unidad | Cantidad | Precio | Total |
A. TECHO XX XXXXXX Y TEJAS | |||||
1 | DESMONTAR CLAVADORES HORIZONTALES Y VERTICALES + LAMINA AISLANTE | m² | 670 | ||
2 | LIMPIEZA Y CURADO MADERA: ESTRUCTURA PAR Y NUDILLO | und | 21 | ||
3 | REPLANTEO DE CERCHAS XX XXXXXX: PAR Y NUDILLO | und | 21 | ||
4 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (clavadores y refuerzos) | m² | 560 | ||
5 | INSTALACIÓN CLAVOS + LAMINA ONDULINE Y LÁMINA ASFÁLTICA (+30% CLAVADORES VERTICALES Y HORIZONTALES NUEVOS) | m² | 640 | ||
6 | INSTALACIÓN DE 60% TEJA EXISTENTE+ LIMPIEZA, IMPERMEABILIZACIÓN Y ACARREO | m² | 384 | ||
7 | INSTALACIÓN DE 40% XX XXXX NUEVA + IMPERMEABILIZACIÓN Y ACARREO | m² | 256 | ||
8 | CUMBRERA DE CUBIERTA DE XXXX XX XXXXX | ml | 32 | ||
9 | FLASHING DE LÁMINA DE ZINC XXXX CAL 26 | ml | 42.5 | ||
10 | DESMONTAJE DE FLASHING EXISTENTE EN TECHO | ml | 42.5 | ||
11 | ENTABICADO EN PARED XX XXXXX ALTURA 30 CM | ml | 16 | ||
SUB-TOTAL TECHO XX XXXXXX Y TEJAS | |||||
C. ALEROS DE TECHO | |||||
12 | DESMONTAJE DE CIELO XXXX XX XXXXXX (ALEROS) | m² | 51.5 | ||
13 | DESMONTE, ELABORACIÓN E INSTALACIÓN DE CANECILLOS | und | 16 | ||
14 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (tabla) | m² | 50 | ||
15 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (canecillos) | und | 64 | ||
16 | INSTALACIÓN DE TABLÓN XX XXXXXX DE 2"X10" (70% NUEVO + 30% TABLÓN EXISTENTE) | m² | 64 | ||
17 | ACABADO FINAL PINTURA PARA MADERA (tabla y canecillos) | m² | 110 | ||
SUB-TOTAL ALEROS DE TECHO | |||||
X. XXXXXX PERIMETRAL MADERA | |||||
18 | DESMONTAJE XX XXXXXX PERIMETRAL XX XXXXXX | ml | 5 | ||
19 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (solera) | m² | 51.2 | ||
20 | REPOSICIÓN XXXXXX XX XXXXXX 6"X6" Cepillado y Curado | ml | 5 | ||
21 | ACABADO FINAL PINTURA PARA MADERA (solera) | m² | 51.2 | ||
SUB-TOTAL SOLERA PERIMETRAL MADERA | |||||
E.2 CIELOS RASOS NAVES LATERALES | |||||
22 | DESMONTAR TENDALES DAÑADOS | und | 12 | ||
23 | SUSTITUCIÓN DE TENDALES 6" X 8" | und | 12 | ||
SUB-TOTAL CIELOS RASOS NAVES LATERALES | |||||
J. PIES DERECHOS | |||||
24 | APUNTALAMIENTO COLUMNA DE MADERA (ARMADO Y DESARMADO) | ml | 5 | ||
25 | DESMONTAJE DE PIE DERECHO (COLUMNA DE MADERA) | und | 1 | ||
26 | INSTALACIÓN Y SUMINISTRO DE PIE DERECHO XX XXXXXX SMC | und | 1 | ||
SUB-TOTAL PIE DERECHOS | |||||
Z. VARIOS | |||||
27 | PROTECCIÓN SUELO CON MADERA RÚSTICA | m² | 450 | ||
28 | CONFORMACIÓN Y RESANE DE ELEMENTOS XX XXXXXX | ml | 500 | ||
SUB-TOTAL VARIOS | |||||
COSTO DIRECTO | |||||
UTILIDAD (12.00%) | |||||
PRESUPUESTO TOTAL DE OBRA |
Formulario 8.
Ficha de Costo Unitario.
ACTIVIDAD: | |||||||
CÓDIGO | UNIDAD | CANTIDAD DE OBRA | |||||
MATERIALES | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | CANTIDAD MATERIALES | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | REND | DESP | PRECIO | |||
SUB-TOTAL | |||||||
MANO DE OBRA | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | CANTIDAD JDR | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | RENDIMIENTO | PRECIO | ||||
JDR | |||||||
JDR | |||||||
JDR | |||||||
JDR | |||||||
SUB-TOTAL | |||||||
HERRAMIENTA Y EQUIPO | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | CANTIDAD XXXX Y EQUIPO | ||||
DESCRIPCIÓN | UNIDAD | RENDIMIENTO | PRECIO | ||||
SUB-TOTAL | |||||||
RESUMEN DE CONCEPTOS | % | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | ||||
COSTO DE MATERIALES | |||||||
COSTO DE MANO DE OBRA | |||||||
COSTOS DE EQUIPO | |||||||
COSTO DIRECTO DE LA ACTIVIDAD | |||||||
COSTOS INDIRECTOS (Maestro de Obra, Residente, Gastos Administrativos) | 11% | ||||||
PRECIO TOTAL DE LA ACTIVIDAD |
Sección V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO (CGC).
A. DISPOSICIONES GENERALES.
1. Definiciones.
Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrilla.
a) La Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica) es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta.
b) Eventos Compensables son los definidos en la Cláusula 43 de estas CGC.
c) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Supervisor de Obras de acuerdo con la Subcláusula 50.1 de estas CGC.
d) El Contrato es el Contrato entre LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC.
e) El Contratista es la persona jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
f) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
g) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato.
h) Días significa días calendario;
i) Meses significa meses calendario.
j) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.
k) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
l) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Supervisor de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
m) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 34.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación.
n) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Supervisor de Obras para la ejecución del Contrato.
o) LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
p) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
q) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Notificación de la Resolución de Adjudicación del Contratante.
r) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Contratante mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
s) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes consumibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
t) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
u) El Supervisor de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA con notificación al Contratista, para actuar en remplazo del Supervisor de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras.
v) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
w) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
x) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.
y) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Contratante.
z) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
aa) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.
bb) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.
cc) Una Variación es una instrucción impartida por el Contratante que modifica las Obras.
dd) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC.
2. Interpretación.
2.1. Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Supervisor de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC.
2.2. Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras).
2.3. Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:
a) Contrato,
b) Notificación de la Resolución de Adjudicación,
c) Oferta,
d) Condiciones Especiales del Contrato,
e) Condiciones Generales del Contrato,
f) Especificaciones,
g) Planos,
h) Lista de Cantidades valoradas (Oferta Económica),y
i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato.
3. Idioma y Leyes Aplicables.
3.1. El idioma del Contrato será el español y la ley que lo regirá será la hondureña.
4. Decisiones del Supervisor de Obras.
4.1. Salvo cuando se especifique otra cosa, el Supervisor de Obras, en representación de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, podrá dirigir órdenes e instrucciones al Contratista para la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
5. Delegación de funciones.
5.1. El Supervisor de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.
6. Comunicaciones.
6.1. Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.
7. Subcontratos.
7.1. El Contratista sólo podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista.
7.2. La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su objeto y de las condiciones económicas. Los trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato.
7.3. Tampoco podrá el Contratista ceder el Contrato sin la aprobación por escrito de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
8. Otros contratistas.
8.1. El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas que estarán ejecutando actividades de desmontaje xx xxxx, desmontaje y protección del entablonado interior, replanteo de cielo raso de la nave central, obras de restauración de cúpulas y bóvedas, para lo cual LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA realizará reuniones periódicas para la coordinación de las obras.
9. Personal.
9.1. El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Supervisor de Obras. El Supervisor de Obras aprobará cualquier remplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista.
9.2. Si el Supervisor de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.
9.3. Durante la ejecución de la obra EL CONTRATISTA deberá facilitar la disposición del personal de la obra para que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, ejecute un plan de capacitación vinculado al patrimonio cultural (patrimonio, criterios de restauración, técnicas constructivas tradicionales, medidas de seguridad y primeros auxilios).
10. Riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y del contratista.
10.1. Son riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA los que en este Contrato se estipulen que corresponden a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista.
11. Riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
11.1. Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA:
a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de:
i. el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o
ii. negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.
b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o en el diseño hecho por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras.
11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de:
a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación;
b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o
c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación.
12. Riesgos del Contratista.
12.1. Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, serán riesgos del Contratista.
13. Informes de investigación del sitio de las obras.
13.1. El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras
indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
14. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato.
14.1. El Supervisor de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.
15. Construcción de las obras por el Contratista.
15.1. El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.
16. Terminación de las obras en la fecha prevista.
16.1. El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Xxxxxx y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Contratante hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.
17. Aprobación por el Supervisor de Obras.
17.1. El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales.
17.2. El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias.
17.3. Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras definitivas deberán ser aprobados previamente por el Supervisor de Obras antes de su utilización.
18. Seguridad.
18.1. El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras.
18.2. El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia.
18.3. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA pondrá a disposición de EL CONTRATISTA un total de quince andamios metálicos modulares (dos metros de altura por cada módulo) y tres mascarillas respiratorias con sus correspondientes filtros de protección frente a polvo y químicos para su uso en las actividades de obra correspondientes según lo indicado en el Anexo 2: Especificaciones Técnicas del Proyecto. Una vez terminada la obra el equipo deberá ser devuelto a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en las mismas condiciones en que fue entregado a EL CONTRATISTA.
19. Descubrimientos.
19.1. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. El Contratista deberá notificar al Supervisor de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.
20. Toma de posesión del sitio de las obras.
20.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable.
21. Acceso al sitio de las obras.
21.1. El Contratista deberá permitir al Supervisor de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.
21.2. El Contratista deberá facilitar y apoyar el acceso al área de trabajo en visitas de obra programadas con antelación por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA dentro del programa "Abierto por Obras", cuyo objetivo es la apertura de una obra de restauración ante grupos provenientes de las comunidades locales y de instituciones educativas.
22. Instrucciones, inspecciones y auditorías.
22.1. El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Supervisor de Obras que se ajusten a los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
22.2. El Contratista permitirá que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, si así lo requiere el Contratante. Para estos efectos, el Contratista deberá conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por la AECID, por un período de cinco (5) años luego de terminado
el trabajo. Igualmente,
entregará a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el AECID a responder a las consultas provenientes de personal de la AECID.
23. Controversias.
23.1. Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Contratista y LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, deberá ser resuelto por éste, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante.
24. Procedimientos para la solución de controversias.
24.1 En el caso de controversias LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA interpretará mediante acto administrativo motivado, las cláusulas objeto de la discrepancia, resolviendo las dudas que resultaren. Esta potestad se ejercitará por medio del órgano administrativo de mayor jerarquía responsable de la ejecución del contrato, con audiencia del Contratista; y sin perjuicio de los recursos legales que correspondan.
25. Recursos contra la resolución de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
25.1. Contra la resolución de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, salvo que las CEC establezcan la posibilidad de acudir al Arbitraje.
B. CONTROL DE PLAZOS.
26. Programa.
26.1. Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratista presentará al Supervisor de Obras, para su opinión y posterior aprobación por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras.
26.2. El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades.
26.3. El Contratista deberá presentar al Supervisor de Obras para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Supervisor de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC de la próxima estimación de obra y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado.
26.4. La aprobación del Programa no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Supervisor de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
27. Prórroga de la fecha prevista de terminación.
27.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales.
27.2. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.
28. Aceleración de las obras.
28.1. Cuando LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Contratante deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
28.2. Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato.
29. Xxxxxxx ordenadas por el Supervisor de Obras.
29.1. El Supervisor de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras.
30. Reuniones administrativas.
30.1. Tanto el Supervisor de Obras como EL CONTRATISTA podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 31 de las CGC.
30.2. El Supervisor de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Supervisor de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
31. Advertencia anticipada.
31.1. El Contratista deberá advertir al Supervisor de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Supervisor de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
31.2. El Contratista colaborará con el Supervisor de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Supervisor de Obras.
C. CONTROL DE CALIDAD.
32. Identificación de defectos.
32.1. El Supervisor de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Supervisor de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Supervisor de Obras considere que pudiera tener algún defecto.
33. Pruebas.
33.1. Si el Supervisor de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable.
34. Corrección de defectos.
34.1. El Supervisor de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir.
34.2. Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Supervisor de Obras.
35. Defectos no corregidos.
35.1. Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Supervisor de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto.
D. CONTROL DE COSTOS.
36. Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica).
36.1. La Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica) deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista.
36.2. La Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica) se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica).
37. Desglose de Costos.
37.1. Si LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o el Supervisor de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica).
38. Variaciones.
38.1. Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista y deberán ser autorizadas por escrito LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
38.2. Cuando las variaciones acumuladas superen el 25% del Precio Inicial del Contrato se formalizarán mediante modificación del Contrato.
39. Pagos de las variaciones.
39.1. Se aplicará lo establecido en el Acuerdo A-003-2010, donde se aprueba el nuevo procedimiento para el reconocimiento de mayores costos o ajuste de precios.
40. Proyecciones de flujos de efectivos.
40.1. Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Supervisor de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos.
41. Estimaciones de obra.
41.1. El Contratista presentará al Supervisor de Obras cuentas por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Supervisor de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2 de la CGC.
41.2. El Supervisor de Obras verificará las cuentas del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele.
41.3. El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Supervisor de Obras.
41.4. El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica).
41.5. El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
41.6. El Supervisor de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en una estimación anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera aprobado anteriormente en consideración de información más reciente.
42. Pagos.
42.1. Las partes convienen que los trabajos objeto del presente contrato se paguen mediante la formulación de estimaciones.
El contratista presentará al supervisor de obra estimaciones de avance que indique el monto total de las sumas correspondiente a las obras ejecutadas, como consecuencia de la ejecución del contrato. La estimación se acompañará de un informe y fotografía de la obra ejecutada. El monto de los trabajos originales ejecutados y pagaderos por precios unitarios se establecerá de la manera siguiente: La certificación incluirá la relación de las obras ejecutadas en conformidad con las verificaciones realizadas por ambas partes o, en su defecto, con las evaluaciones de la Supervisión.
42.2 El monto de pago que deberá abonarse al Contratista se hará contra la estimación de obra hecha que deberá ser realizada por el contratista y aprobada por la supervisión. La supervisión notificará al contratista por escrito sobre el estado de los pagos y enviará copia de la cuenta en que estén basados, si se hubiera modificado la estimación suministrada por el contratista. El pago deberá efectuarse, a más tardar, cuarenta y cinco (45) días después de la fecha en que el contratista remitió a la supervisión el certificado. Sí el contratante se viera impedido por el contratista de proceder a una operación necesaria para efectuar un pago, el plazo de pago se suspenderá por un período igual al retraso resultante.
42.3 Certificado o cuenta final: Una vez concluidas las obras, el contratista preparará, la estimación referente a la última fase de ejecución.
42.4. Todos los pagos y deducciones se efectuarán en Lempiras.
43. Eventos compensables.
43.1. Se considerarán eventos compensables los siguientes:
(a) LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA permite el acceso al Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión de acuerdo con la Subcláusula 20.1 de las CGC.
(b) LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato.
(c) El Supervisor de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras.
(d) El Supervisor de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos.
(e) El Supervisor de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación.
(f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras.
(g) El Supervisor de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
(h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista.
(i) El anticipo se paga atrasado.
(j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
(k) El Supervisor de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación.
43.2. Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Supervisor de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida.
43.3. Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Supervisor de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Supervisor de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Supervisor de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Supervisor de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento.
43.4. El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Supervisor de Obras.
44. Monedas.
44.1. La moneda o monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud de este Contrato se especifican en las CEC.
45. Ajustes de Precios.
45.1. Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, en la forma
estipulada en las CEC.
46 Multas por retraso en la entrega de la Obra.
46.1. El Contratista deberá indemnizar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC.
LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista.
46.2. Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Supervisor de Obras deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios.
47. Pago de anticipo.
47.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional o una Fianza, emitida en la forma y por un banco o aseguradora aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía o fianza deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido rembolsado, pero el monto de la misma será reducido progresivamente en los montos rembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses.
47.2. El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales, servicios y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Supervisor de Obras.
47.3. El anticipo será rembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus rembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios.
48. Garantías.
48.1. El Contratista deberá proporcionar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en tres (3) meses la Fecha Prevista de Terminación.
48.2. Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada.
49. Costos por reparaciones.
49.1. El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones.
E. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.
50. Terminación de las obras.
50.1. Terminada sustancialmente las Obras, se efectuará en forma inmediata una inspección preliminar, que acredite que las Obras se encuentran en estado de ser recibidas, todo lo cual se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante del órgano responsable de la contratación por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, el Supervisor de Obras designado y el representante designado por el Contratista.
50.2. Entiéndase por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad.
51. Recepción de obras.
51.1. Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, y dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA procederá a su recepción provisional, previo informe del Supervisor de Obras.
51.2. Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al contratista para que a su costo proceda dentro del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales.
51.3 Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá a efectuar las comprobaciones y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen del Supervisor de Obras, se efectuará la recepción definitiva de la obra mediante acta suscrita de manera similar a como dispone el artículo anterior.
51.4 Cuando conforme a las CEC proceda la recepción parcial por tramos o partes de la obra un proyecto, la recepción provisional y definitiva de cada uno de ellos se ajustará a lo dispuesto en los artículos anteriores. Cuando así ocurra, el plazo de la garantía de calidad correspondiente a cada entrega a que estuviere obligado el Contratista se contará a partir de la recepción definitiva de cada tramo.
51.5 Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de acuerdo con lo que para tal efecto disponga el contrato.
52. Liquidación final.
52.1. El Contratista deberá proporcionar al Supervisor de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Supervisor de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los cincuenta y seis (56) días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del
Supervisor de Obras. De
no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Supervisor de Obras deberá emitir dentro de veinte y ocho (28) días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Supervisor de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
52.2. El órgano responsable de la contratación deberá aprobar la liquidación y ordenar el pago, en su caso, del saldo resultante, debiendo las partes otorgarse los finiquitos respectivos.
53. Planos finales.
53.1. Como requisito el Contratista estará obligado a entregar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA un juego de planos impreso original y dos copias en la misma escala de diseño y una digital, mostrando todos los detalles en planta y perfil de la obra como construida y toda la información sobre modificaciones que se hayan introducido. El Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC.
53.2. Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Supervisor de Obras, se retendrá el pago de la última estimación hasta no ser entregados.
54. Terminación del Contrato.
54.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato.
54.2. Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:
(a) Si el Contratista suspende los trabajos por veinte y ocho (28) días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Supervisor de Obras;
(b) La suspensión temporal de las obras por un plazo superior a dos (2) meses sin que medien fuerza mayor o caso fortuito, acordada por la Administración;
(c) La disolución de la sociedad mercantil contratista, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El Contratante podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna;
(d) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del contratista, o su comprobada incapacidad financiera;
(e) El incumplimiento de las obligaciones de pago más allá del plazo de cuarenta y cinco (45) días si no se establece en las CEC un plazo menor;
(f) Si el Supervisor de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Supervisor de Obras en la notificación;
(g) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del contratista dentro de los plazos correspondientes;
(h) Si el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;
(i) Si el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC.
(j) Si el Contratista, a juicio de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido la Cláusula 55 de estas CGC.
(k) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas;
(l) La falta de corrección de defectos de diseño cuando éstos sean técnicamente inejecutables;
54.3. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o el Contratista podrán terminar el Contrato también en los siguientes casos:
(a) La suspensión definitiva de las obras o la suspensión temporal de las mismas por un plazo superior a seis (6) meses, en caso de fuerza mayor o caso fortuito;
(b) La muerte del contratista individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del Contratante sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna en caso contrario.
54.4. No obstante lo anterior, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá terminar el Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevinientes a la celebración del contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución y/o la suspensión o cancelación de la donación de AECID, de acuerdo al artículo 67 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos Ejercicio Fiscal 2013.
54.5. El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes.
54.6. Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.
55. Fraude y corrupción.
55.1. El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
55.2. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, así como cualquier instancia de control del Estado Hondureño tendrán el derecho revisar a los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios sus cuentas y registros y cualesquiera otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño. Para estos efectos, el Contratista y sus subcontratistas deberán: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con este Contrato por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el Contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, los empleados o agentes del Contratista y sus subcontratistas que tengan conocimiento del Contrato para responder las consultas provenientes de personal del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas incumple el requerimiento de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por éstos, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el contratista o subcontratista para asegurar el cumplimiento de esta obligación.
55.3. Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.
56. Pagos posteriores a la terminación del contrato.
56.1. Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Supervisor deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado y menos el valor de las Multas por retraso en la entrega de la Obra aplicables. Ello sin menoscabo de las acciones que procedan para la indemnización por daños y perjuicios producidos a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. Si el monto total que se adeuda a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
56.2. Si el Contrato se rescinde por conveniencia de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o por incumplimiento fundamental del Contrato por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, el Supervisor de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado.
57. Derechos de propiedad.
57.1. Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras incluidas en estimaciones aprobadas o las indicadas a tales efectos en la Liquidación, se considerarán de propiedad del Contratante.
58. Liberación de cumplimiento.
58.1. Si se hace imposible el cumplimiento del Contrato por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA o del Contratista, el Supervisor de Obras deberá certificar la imposibilidad de cumplimiento del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de imposibilidad de cumplimiento, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos.
59. Legislación Laboral.
59.1. El Contratista deberá acatar toda la legislación laboral aplicable a su Personal, incluyendo la legislación hondureña sobre empleo, seguridad y salud, prestaciones sociales, inmigración y emigración, y deberá permitirle el ejercicio de todos sus derechos legales.
59.2. El Contratista deberá requerir de sus empleados el acatamiento de toda la legislación aplicable, incluyendo las relativas a seguridad en el trabajo.
59.3 El Contratista garantizará que ni él ni ninguna de sus filiales realiza ninguna práctica que sea incompatible con los derechos estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño que, entre otras disposiciones, reconoce el derecho del niño a estar protegido contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
60. Prevención de Riesgo Laboral.
60.1. El Contratista deberá:
(a) Cumplir toda la normativa de seguridad aplicable;
(b) Velar por la seguridad de todas las personas que se encuentren en el sitio de trabajo;
(c) Tomar todas las medidas razonables para mantener el sitio de trabajo y las instalaciones, libres de cualquier obstrucción innecesaria, para evitar cualquier peligro a estas personas;
(d) Dotar al sitio de trabajo de protección, iluminación, guardia y vigilancia hasta que las instalaciones se hayan terminado y recibido.
61. Seguridad y Salud.
61.1. El Contratista deberá tomar en todo momento todas las precauciones razonables para proteger la seguridad y salud de su Personal, y deberá nombrar una persona responsable de la prevención de accidentes en el sitio de trabajo, para mantener la seguridad y protección contra accidentes. Esta persona deberá estar calificada para el desempeño de dicha responsabilidad y tener la autoridad necesaria para dar instrucciones y tomar medidas para la prevención de accidentes. A lo largo de la ejecución del Contrato, el Contratista deberá facilitar todo lo que esta persona necesite para ejercer su responsabilidad y autoridad.
61.2. El Contratista deberá enviar a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA información detallada de cualquier accidente tan pronto como sea posible. El Contratista deberá conservar registros y realizará informes sobre la salud, seguridad y bienestar de las personas, así como de los daños a propiedades, según LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA lo requiera razonablemente.
61.3. El Contratista deberá tomar todas las medidas de orden y seguridad apropiadas para evitar accidentes en el sitio de trabajo que pudieran afectar tanto al personal como a terceros. El Contratista deberá respetar y cumplir todos los reglamentos e instrucciones de las autoridades competentes. En especial, se asegurará de que exista suficiente iluminación y vigilancia en el sitio de trabajo, así como una señalización adecuada.
61.4. El Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar que los trabajos sean causa de peligro para terceros, especialmente para el tránsito público, si éste no ha sido desviado.
61.5. El Contratista deberá contar en todo momento para sus empleados y dentro del área de trabajo sitios en donde puedan realizar sus necesidades fisiológicas en ambiente higiénico que reúnan los requisitos ambientales y de salubridad.
62. Protección del Medio Ambiente.
62.1. El Contratista tomará todas las medidas necesarias para proteger el medio ambiente (tanto en el sitio de trabajo como fuera del mismo) de acuerdo con la legislación aplicable y para limitar cualquier daño y molestia a personas y propiedades producidos por contaminación, ruido o por cualquier otra consecuencia de sus operaciones.
62.2. El Contratista deberá asegurar que las emisiones a la atmósfera, descargas en superficie y afluentes líquidos, resultantes de sus actividades, no excedan de los valores prescritos por la legislación aplicable.
63. Restos Geológicos o Arqueológicos.
63.1. Todo fósil, moneda, artículo de valor, antigüedades, estructuras y otros restos u objetos de interés geológico o arqueológico que aparezcan en el sitio de trabajo deberán ser puestos bajo el cuidado y custodia de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. El Contratista deberá tomar todas las precauciones
razonables para
impedir la retirada o el daño de tales hallazgos, por parte de su Personal u otras personas. El Contratista deberá, en cuanto descubra cualquiera de estos objetos, notificarlo de inmediato a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, quien emitirá instrucciones al respecto. Si, como consecuencia de dichas instrucciones, el Contratista sufre algún retraso o incurre en costos, el Contratista deberá notificar también a este respecto al Contratante y tendrá derecho, a:
(a) Una ampliación del plazo por dicho retraso, si la ejecución se ha retrasado o se prevé su retraso; y
(b) El pago de dichos Costos, que se incluirá en el Precio Contractual.
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC).
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (o) | El Contratante es: Mancomunidad de Municipios Lencas del Centro de Lempira Colosuca Representante Legal: Sr. J. XXXX XXXXX XXXXXX PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA MANCOMUNIDAD COLOSUCA Dirección: Oficinas Mancomunidad Colosuca, Antiguo Edificio Normal Mixta,Bº Mercedes, Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx. 00 Xxxxxx: Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx: 00000 Xxxx: Xxxxxxxx, C.A. |
CGC 1.1 (r) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es CUATRO (4) meses después de entrega de la orden de inicio |
CGC 1.1 (u) | El Supervisor de Obra se notificará oficialmente conjuntamente con la Orden de Inicio. |
CGC 1.1 (w) | El Sitio de las Obras está ubicada en: El Casco Urbano del municipio de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx |
CGC 1.1 (z) | La Fecha de Inicio es cinco (5) días después de la entrega del anticipo por parte de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y de la recepción por parte del Contratista. |
CGC 1.1 (dd) | Las Obras consisten en la restauración de la estructura de techos de la xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx, la cual consiste en el replanteo, reparación, limpieza, curado y reposición de piezas en la cubierta xx xxxxxx y soleras perimetrales de las naves que conforman el brazo longitudinal de la iglesia. Los trabajos abarcan la estructura principal de cubierta a dos aguas, la cual cubre 564 m2 de superficie en planta (interior y aleros) y está compuesta por veintiún tijeras o cerchas de sistema "par y nudillo”, apoyadas sobre soleras de coronación en las paredes longitudinales de adobe y en catorce pilastras xx xxxxxx al interior. El sistema de cubierta incluye la instalación de lámina impermeabilizante bajo teja y la terminación con xxxx xx xxxxx para una superficie total de 640 m2. El alcance del contrato incluye el suministro de materiales de construcción, la Mano de Obra Calificada y No Calificada, suministro de Herramienta Menor, Equipo y Maquinaria. |
CGC 2.2 | No se contempla terminar las obras por secciones. |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: 1. Orden de inicio 2. Garantías de fiel cumplimiento y anticipo 3. Cronograma de actividades y desembolsos 4. Especificaciones técnicas 5. Planos 6. Cantidades de obra con precio unitario |
CGC 8.1 | Se prevé a la fecha otros contratistas en la zona del proyecto |
CGC 9.1 | Personal clave: - Ingeniero/Arquitecto Residente |
- Maestro de Obra - Carpinteros - Albañiles - Pintor - Ayudantes de albañilería - Ayudantes de carpintería - Peones | |
CGC 20.1 | La fecha de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será como máximo cinco (5) días a partir de la orden de inicio emitida por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA |
CGC 25.1.1 | Contra la resolución de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA procederá la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo. |
B. Control de Plazos | |
CGC 26.1 | El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor de Obras dentro de ocho (8) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación. |
CGC 26.3 | Los plazos entre cada actualización del Programa serán de TREINTA (30 DÍAS) No se prevé retención por la presentación retrasada del Programa actualizado. |
C. Control de la Calidad | |
CGC 34.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: trecientos sesenta y cinco (365) días después de la fecha de recepción final de la obra |
D. Control de Costos | |
CGC 44.1 | La moneda del País es: Lempiras. |
CGC 45.1 | El ajuste de precios se realizará utilizando el procedimiento estipulado en los Acuerdos Ejecutivos A-003-2011 y A-003-A-2010 de fecha ocho de enero de dos mil diez, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del veinte de enero de dos mil diez. Y Cuadro Anexo de Incidencias Porcentuales publicada en el diario La Gaceta como fe de errata el 6 de febrero de 2010. |
CGC 46.1 | Se aplicará multa de 0.35% del monto del contrato por cada día de atraso conforme a lo establecido en el Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República vigente. |
CGC 47.1 | El pago por anticipo será de un 15% del monto del contrato y se pagará al Contratista a más tardar ocho (8) días después de la firma del contrato, una vez que hayan sido entregados los siguiente documentos: a) Garantías o fianzas de anticipo y cumplimiento de contrato. b) Programa detallado de ejecución de la obra, indicando costo estimado por actividad. c) Nómina del personal técnico asignado para la dirección y ejecución de la obra. La garantía a recibir será del 100% del anticipo, tendrá una vigencia por el mismo plazo del contrato y concluirá con el reintegro total del anticipo. |
CGC 48.1 | El monto de la Garantía de Cumplimiento es del 15% del valor del contrato y podrá ser una garantía de una Institución Bancaria o una Fianza de una institución aseguradora cuya vigencia será de hasta tres (3) meses después del plazo de entrega de la ejecución de la obra. |
CGC 48.2 | El Contratista “debe” presentar una Garantía de Calidad de Obra por un monto equivalente al 5% del monto total de la obra ejecutada con una vigencia de trecientos sesenta y cinco (365) días a partir de la recepción definitiva de la obra, en los términos dispuestos en la Cláusula 48.2 de los CGC. |
E. Finalización del Contrato | |
CGC 53.1 | Los planos actualizados finales deberán presentarse con la solicitud del último pago de la obra. |
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento.
PLANOS DE DISEÑO.
Los planos deberán quedar en la custodia del Supervisor de la Obra, pero se suministrarán al Contratista una copia de los mismos. El Contratista deberá proporcionar y hacer a su propio costo todas las demás copias que necesite y a la terminación del contrato deberá devolver al Supervisor del Proyecto todos los planos facilitados en virtud del contrato.
El Contratista deberá pasar aviso por escrito al Supervisor de la Obra, con la debida anticipación, de todos los demás planos o especificaciones que se requieran para la ejecución de la obra o para el cumplimiento del contrato.
La copia de los planos suministrada al Contratista en virtud de lo antedicho deberá guardarla en el sitio de la obra, debiendo estar la misma a todas las horas razonables a disposición del Supervisor del Proyecto y de toda persona autorizada por escrito y por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, para que puedan examinarla y usarla durante todas las horas razonables.
LIBRO DE BITÁCORA.
El libro de bitácora es un libro legal que tiene por objeto llevar un registro fiel de los avances de la obra, cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, planteamiento de alternativas, observaciones y recomendaciones que se requieran, ante la presencia de situaciones imprevistas en el sitio de la obra.
Tendrán acceso a este documento el Supervisor de la Obra o algún otro ejecutivo debidamente autorizado para ello por parte de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y por parte del Contratista, el Superintendente o ingenieros que tengan relación directa y conocimiento pleno de la ejecución de la obra.
Cualquier observación relacionada con la ejecución de la obra de parte de la supervisión al Contratista, deberá ser planteada y discutida entre ellos, hasta que se llegue a un común acuerdo previo a su anotación en este libro.
El libro de bitácora consistirá en un cuaderno único debidamente foliado, que el Contratista proporcionará a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA para que sea certificado en la primera y últimas páginas y plasmado en todas el sello; firmada su apertura por el Supervisor de la Obra y el Contratista.
Este documento deberá permanecer en una de las oficinas del proyecto que se destine para tal efecto y será de fácil acceso tanto para los representantes de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA como para los del Contratista, y en caso de que por razones debidamente justificadas se suspendiera la ejecución de la obra será retirado por el Supervisor de la Obra de ese lugar hasta el día en que se reanuden de nuevo las labores. Al finalizar la obra aludida, este libro se devolverá al Supervisor del Proyecto junto con los demás documentos requeridos, al momento de efectuar la recepción final del proyecto quien lo entregará a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
DAÑOS Y PERJUICIOS A PERSONAL Y BIENES.
El Contratista indemnizará, defenderá y salvará daños a cualquier persona o propiedad, debido a descuidos o negligencias en relación con el desarrollo de este contrato, como consecuencia de incumplimiento de pagos a los trabajadores, subcontratistas o cualquier persona que le suministre materiales, provisiones y demás bienes para el desarrollo y terminación de dicho contrato, y deberá pagar prontamente todas sus deudas, obligaciones y demandas incurridas en el desarrollo de dicho contrato, y además indemnizará defenderá y salvará de daños a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA y a sus empleados contra todos los litigios y
causas que pueda entablarle persona o personas que sufriesen heridas o daños debidos a algún acto de negligencia u omisión del Contratista o por el uso del material impropio o defectuoso en la construcción de la obra.
RÓTULOS.
Durante el tiempo que dure la construcción, el Contratista deberá colocar en la obra, en sitios visibles al público, el rotulo correspondiente.
No se pagará la primera estimación hasta que esté el rótulo debidamente colocado y aceptado por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
La colocación del rótulo será por cuenta del Contratista según instrucciones suministradas por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA. El diseño del rótulo será de acuerdo al modelo establecido por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, y esto de acuerdo a lo solicitado por la fuente de financiamiento.
LIMPIEZA.
El Contratista deberá mantener en todo tiempo el sitio de la obra libre de acumulación de desperdicios de materiales, escombros o basura, derivada de sus operaciones. A la terminación del trabajo, deberá retirar todo el material de desperdicio y basura del área de la obra de construcción, maquinaria y material sobrante, y deberá limpiar y dejar el trabajo completamente limpio, excepto si se especifica de otra manera.
El Contratista proveerá y mantendrá en favorables condiciones sanitarias, aquellas comodidades para el uso de sus empleados que sean necesarias para cumplir con los requisitos reglamentarios del Ministerio de Salud Pública.
El Contratista mantendrá en buen estado de limpieza sus oficinas y el sitio de la obra, y eliminará todos los desperdicios y mantendrá todas las áreas de la obra en estado sanitario presentable durante todo el tiempo que dure la ejecución del trabajo. El Contratista mantendrá durante todo el tiempo que dure el trabajo una oficina donde él o su representante puedan trabajar y recibir las instrucciones del Supervisor.
Si el Contratista no hiciere la limpieza LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá hacerlo y el costo de la misma será cargado al Contratista.
PROGRAMACIÓN.
Antes de que sea dada la orden de inicio el Contratista deberá presentar un Programa detallado de todas las actividades del proyecto, estableciendo su duración, formulando el calendario de ejecución e indicando el costo estimado de cada actividad. Junto al programa de ejecución del Proyecto, el Contratista deberá presentar el calendario de Inversión y Desembolsos, para programar el flujo de caja y hacer la correspondiente Reserva Presupuestaria de la Institución.
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN.
El Contratista deberá establecer un sistema de seguimiento constante del desarrollo de la obra contratada, que permita determinar oportunamente los cambios que puedan presentarse durante la ejecución del proyecto, tanto en la duración como en el costo estimado y así poder tomar las acciones sobre el plazo y el presupuesto aprobado.
EVALUACIÓN DEL PROYECTO.
El Contratista deberá participar en las sesiones de evaluación de la obra, que el Supervisor del Proyecto realice periódicamente y acatar todas las recomendaciones que de ellas resulte, a fin de alcanzar el éxito del proyecto en cuanto a duración y a costo estimado.
MATERIALES Y HECHURA.
Todos los materiales, suministros y equipos, deberán ser nuevos, de diseño estándar y hechura y calidad de primera clase.
Los materiales, suministros y equipos, deberán ser productos fabricados por manufactureros de reconocida experiencia y habilidad en el ramo, y de la calidad, clase y tipo especificado. No se aceptarán sustitutos ni los llamados "o similares", salvo bajo patente y certificado del fabricante.
Se dará prioridad de uso a los materiales (teja, ladrillo, cal y adobe) procedentes de bancos de producción existentes en las comunidades cercanas a la zona de trabajo, para lo cual LA MANCOMUNIDAD facilitará los contactos necesarios.
PATENTES.
El Contratista indemnizará, defenderá y salvará de daños a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA de cualquier litigio, gasto, reclamo, pena, daño o alegato de infracción de cualquier diseño, invento, material patentado o marca de fábrica o registro de propiedad literaria, en relación con la obra a realizarse bajo el presente contrato, que pudiera surgir durante la ejecución de la obra o después de su terminación.
PROTECCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA OBRA.
El Contratista será responsable por la protección y mantenimiento de su trabajo hasta que se emita el acta de recepción definitiva y deberá reparar y corregir daños causados a la obra por negligencias de él o sus empleados u otras causas, de modo que cuando la obra esté completa sea entregada a la Mancomunidad en condiciones de primera clase.
SITIO PARA EL PLANTEL DEL CONTRATISTA Y ACCESORIOS.
LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA a través de la Parroquia cederán una bodega existente en el terreno de la Casa Cural para el almacenamiento de los materiales del Contratista. Todo espacio adicional que se requiera, el Contratista, por su cuenta y riesgo, deberá localizar cobertizos de almacenamiento y accesos cuando así se requieran, así como facilidades sanitarias en la localización aprobada por el Supervisor de la Obra. Los costos resultantes de dicha localización serán por cuenta del Contratista.
PRIORIDADES DEL TRABAJO.
LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA se reserva el derecho de establecer en forma razonable, tanto para el mismo como para el Contratista, la secuencia o prioridad del trabajo de construcción en los diferentes capítulos contemplados en el presente contrato, y el Contratista deberá dar prioridad a los requerimientos específicos de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA girados a través del Supervisor.
LIMITACIONES DEL TRABAJO.
LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA proveerá derechos de vía o servidumbre para el trabajo especificado bajo este contrato dentro de los límites del mismo, los cuales están anotados o indicados en los planos.
El Contratista no entrará ni ocupará con personal, herramientas o materiales, ninguna propiedad privada fuera del derecho de vía sin el consentimiento del propietario.
Se entiende que el derecho de vía aquí referido significa solamente el permiso de usar o pasar a través de propiedades públicas o privadas en las cuales el Contratista va a llevar a cabo el trabajo.
Otros Contratistas y/o empleados de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrán tener la necesidad de entrar al sitio de trabajo para lo cual el Contratista deberá extender la cooperación razonable necesaria al personal autorizado de dichas empresas, para que puedan llevar a cabo el trabajo necesario.
DÍAS Y HORAS LABORALES.
A menos que sea especialmente permitido, no se podrá efectuar ningún trabajo de construcción entre las 6:00 p.m. y las 7:00 a.m., hora oficial predominante, ni en sábados por la tarde, ni en domingos y días feriados. Cualesquier gasto y/o daños, que resulten como consecuencia de las operaciones del Contratista fuera de las horas y/o días especificados, a menos que haya sido especialmente autorizado, correrá por cuenta del Contratista.
Si se hace absolutamente necesario realizar trabajos fuera de los límites del tiempo estipulado, anteriormente se deberá informar al Supervisor de la Obra con suficiente anticipación antes del comienzo de la ejecución de tales trabajos. El Contratista deberá obtener todos los permisos necesarios para trabajar fuera de los límites de tiempo especificado.
TRABAJOS EN PROPIEDAD PRIVADA.
Además de los requerimientos contemplados en este documento, el Contratista deberá notificar a cada propietario su intención de efectuar trabajos en su propiedad, por lo menos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
Las condiciones sub superficiales y superficiales de tales propiedades, deberán ser restituidas al estado en que se encontraban antes de comenzar el trabajo.
PROTECCIÓN Y REMPLAZO DE TUBERÍAS Y ESTRUCTURAS.
En los planos se podrán mostrar algunas tuberías, conductos, cables y estructuras que se suponen existentes en las áreas de trabajo. Esta información se mostrará para ayudar al Contratista, y la misma podrá variar algo de lo indicado.
Las características, funciones, materiales, dimensiones, localizaciones de cotas, arreglos o conexiones de estructuras subterráneas, pueden diferir de lo mostrado en los planos, además de que en el transcurso del trabajo se podrán encontrar otras obstrucciones. El Contratista deberá entender que LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA no es responsable por la exactitud o suficiencia de la información suministrada, y que no podrá hacer ningún reclamo por retraso o compensación adicional a cuenta de inexactitud, insuficiencia o ausencia de información relativa a obstrucciones reveladas o no reveladas en los planos, ni podrá reclamar la exoneración de ninguna de sus obligaciones o responsabilidades adquiridas bajo el contrato con motivo de que la extensión, localización o tipo de cualquier tubería, conducto o cable u otra estructura subterránea, que esté incorrectamente localizada, o haya sido omitida en los planos.
El Contratista notificará a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, la presencia de tubería de servicio enterrada dentro del área del proyecto, y presentará al Supervisor de la Obra a través del Superintendente los certificados de la solución del problema antes de comenzar los trabajos.
Deberá además mantener en servicio, las líneas principales y las conexiones domiciliarias de todos los servicios públicos encontrados, cualquiera que fuera el tipo de servicio, o adoptar las medidas necesarias para mantenerlo en operación. Las conexiones domiciliarias podrán ser cortadas únicamente con el personal de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, debiendo instalarse inmediatamente una conexión provisional.
El Contratista deberá instalar un sustituto permanente de óptima calidad de la parte cortada de la conexión domiciliaria original, el cual deberá ser inspeccionado por LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA antes de colocar el relleno.
El Contratista deberá proteger todas las tuberías y estructuras subterráneas que encuentre en el transcurso de la construcción de la obra. Debido a que algunas tuberías y estructuras subterráneas no estarán ubicadas en los planos, deberá proceder con cautela en la ejecución de su trabajo y hasta donde sea posible procurar más bien sostenerlas en su sitio. El Contratista deberá reparar todos los daños causados cualquiera que fuere su tipo, función o interferencia con el alineamiento de la tubería, estructuras o conexiones de servicio existentes.
El Supervisor de la Obra podrá emitir dibujos detallados e instrucciones de vez en cuando durante el progreso de la obra.
INFORMES REQUERIDOS DEL CONTRATISTA.
El Contratista deberá suministrar al Supervisor de la Obra, en la primera semana de cada mes, la siguiente información para ser incluida en los informes a LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
a) Descripción del trabajo realizado durante el período.
b) Descripción de cualquier problema de demora encontrada.
c) Comparación del progreso actual con el progreso programado.
d) Cantidades pagadas en Lempiras.
La información requerida por este párrafo, será presentada mensualmente al Supervisor de acuerdo con un programa, información que se suministrará juntamente con la estimación, sin la cual no se hará efectivo el pago correspondiente.
Dicho informe será entregado en original 1 copia impresa y una copia digital.
FOTOGRAFÍAS DE CONSTRUCCIÓN.
El Contratista deberá suministrar al Supervisor del Proyecto fotografías mensuales del progreso, tomadas en las ubicaciones indicadas por el Supervisor, previo desembolso de las estimaciones.
El archivo fotográfico será presentado en digital (CD) e impreso (original y dos copias).
Las imágenes deberán siguiendo los siguientes parámetros de calidad:
• Tamaño mínimo: 8 mega pixeles (ancho 2560 píxeles x alto 1920 píxeles).
• Resolución mínima de 300 píxeles por pulgada.
• Formato JPG.
Las fotografías en formato impreso deberán tener un pie de foto indicando el nombre de la actividad y en formato digital clasificadas por actividades.
CONCEPTOS SUMINISTRADOS POR EL CONTRATISTA.
El Contratista deberá suministrar todos los materiales de construcción, tuberías y accesorios, equipo, transporte, mano de obra o servicios en relación con esta obra.
PRUEBAS DE LABORATORIO.
Todas las pruebas de laboratorio necesarias para el cumplimiento de requerimientos específicos o para determinar la calidad de materiales o del trabajo ejecutado, se harán en el laboratorio que el Supervisor del Proyecto indique y su costo correrá por cuenta del Contratista.
USO DE MANO DE OBRA.
El Contratista, deberá hacer uso de mano de obra en forma intensiva, y que además, deberá contratar el personal que trabajará en la construcción de la obra, en lo que sea posible, en la comunidad o comunidades cercanas a la ubicación del proyecto y que estarán siendo beneficiadas por el mismo.
En el supuesto de no cumplir con lo anterior por circunstancias muy calificadas, deberá justificarlo previamente ante LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
ESPECIFICACIONES CONSTRUCTIVAS POR ACTIVIDAD.
Se adjuntan en Anexos en Especificaciones Técnicas Constructivas en formato PDF.
Sección VIII. Planos.
Los planos se adjuntan en archivo digital en el programa PDF y la lista de planos es la siguiente:
0. Portada
1. Plano topográfico
2. Planta arquitectónica
3. Elevación oeste
4. Elevación norte
5. Elevación este
6. Elevación sur
7. Corte I-I
8. Corte II-II y III-III
9. Corte IV-IV y V-V
10. Corte VI-VI
11. Corte VIII-VIII
12. Corte IX-IX
13. Corte X-X
14. Corte XI-XI
15. Hoja de detalles
16. Planta estructural de techos
17. Planta de cielos rasos
18. Planta de techos
Sección IX. Listado de Cantidades
No | Concepto | Unidad | Cantidad |
A. TECHO XX XXXXXX Y TEJAS | |||
1 | DESMONTAR CLAVADORES HORIZONTALES Y VERTICALES + LAMINA AISLANTE | m² | 670 |
2 | LIMPIEZA Y CURADO MADERA: ESTRUCTURA PAR Y NUDILLO | und | 21 |
3 | REPLANTEO DE CERCHAS XX XXXXXX: PAR Y NUDILLO | und | 21 |
4 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (clavadores y refuerzos) | m² | 560 |
5 | INSTALACIÓN CLAVOS + LAMINA ONDULINE Y LÁMINA ASFÁLTICA (+30% CLAVADORES VERTICALES Y HORIZONTALES NUEVOS) | m² | 640 |
6 | INSTALACIÓN DE 60% TEJA EXISTENTE+ LIMPIEZA, IMPERMEABILIZACIÓN Y ACARREO | m² | 384 |
7 | INSTALACIÓN DE 40% XX XXXX NUEVA + IMPERMEABILIZACIÓN Y ACARREO | m² | 256 |
8 | CUMBRERA DE CUBIERTA DE XXXX XX XXXXX | ml | 32 |
9 | FLASHING DE LÁMINA DE ZINC XXXX CAL 26 | ml | 42.5 |
10 | DESMONTAJE DE FLASHING EXISTENTE EN TECHO | ml | 42.5 |
11 | ENTABICADO EN PARED XX XXXXX ALTURA 30 CM | ml | 16 |
C. ALEROS DE TECHO | |||
12 | DESMONTAJE DE CIELO XXXX XX XXXXXX (ALEROS) | m² | 51.5 |
13 | DESMONTE, ELABORACIÓN E INSTALACIÓN DE CANECILLOS | und | 16 |
14 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (tabla) | m² | 50 |
15 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (canecillos) | und | 64 |
16 | INSTALACIÓN DE TABLÓN XX XXXXXX DE 2"X10" (70% NUEVO + 30% TABLÓN EXISTENTE) | m² | 64 |
17 | ACABADO FINAL PINTURA PARA MADERA (tabla y canecillos) | m² | 110 |
X. XXXXXX PERIMETRAL MADERA | |||
18 | DESMONTAJE XX XXXXXX PERIMETRAL XX XXXXXX | ml | 5 |
19 | LIMPIEZA Y CURADO XX XXXXXX EXISTENTE (solera) | m² | 51.2 |
20 | REPOSICIÓN XXXXXX XX XXXXXX 6"X6" Cepillado y Curado | ml | 5 |
21 | ACABADO FINAL PINTURA PARA MADERA (solera) | m² | 51.2 |
E.2 CIELOS RASOS NAVES LATERALES | |||
22 | DESMONTAR TENDALES DAÑADOS | und | 12 |
23 | SUSTITUCIÓN DE TENDALES 6" X 8" | und | 12 |
J. PIES DERECHOS | |||
24 | APUNTALAMIENTO COLUMNA DE MADERA (ARMADO Y DESARMADO) | ml | 5 |
25 | DESMONTAJE DE PIE DERECHO (COLUMNA DE MADERA) | und | 1 |
26 | INSTALACIÓN Y SUMINISTRO DE PIE DERECHO XX XXXXXX SMC | und | 1 |
Z. VARIOS | |||
27 | PROTECCIÓN SUELO CON MADERA RÚSTICA | m² | 450 |
28 | CONFORMACIÓN Y RESANE DE ELEMENTOS XX XXXXXX | ml | 500 |
Sección X. Formularios de Garantía.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
ASEGURADORA / BANCO GARANTÍA /FIANZA
DE CUMPLIMIENTO Nº:
FECHA DE EMISIÓN:
AFIANZADO/GARANTIZADO:
DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar que el Afianzado/Garantizado, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, CUMPLIRÁ cada uno de los términos, cláusulas, responsabilidades y obligaciones estipuladas en el contrato firmado al efecto entre el Afianzado/Garantizado y la MANCOMUNIDAD COLOSUCA, para la ejecución del proyecto “Restauración Estructura de Techos de la Xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx”, LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02, ubicado en el Casco Urbano de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx.
SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta:
BENEFICIARIO:
CLAUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTÍA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN EN LA ENTREGA DEL SUMINISTRO, A SIMPLE REQUERIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LENCAS DEL CENTRO DE LEMPIRA COLOSUCA ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCIÓN FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGÚN OTRO REQUISITO.
Las garantías o fianzas emitidas a favor de la MANCOMUNIDAD COLOSUCA serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de , Municipio de , a los del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
Formulario 8.
GARANTÍA POR PAGO DE ANTICIPO
ASEGURADORA / BANCO
GARANTÍA / FIANZA DE ANTICIPO Nº:
FECHA DE EMISIÓN:
AFIANZADO/GARANTIZADO:
DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza / Garantía a favor de , para garantizar que el Afianzado/Garantizado, invertirá el monto del ANTICIPO recibido del Beneficiario, de conformidad con los términos del contrato firmado al efecto entre el Afianzado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “Restauración Estructura de Techos de la Xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx”, LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02, ubicado en el Casco Urbano de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx. Dicho contrato en lo procedente se considerará como parte de la presente póliza.
SUMA AFIANZADA/GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta:
BENEFICIARIO:
CLAUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTÍA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN DE ANTICIPO, A SIMPLE REQUERIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LENCAS DEL CENTRO DE LEMPIRA COLOSUCA ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCIÓN FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGÚN OTRO REQUISITO.
Las garantías o fianzas emitidas a favor de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _ , departamento de , a los del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
Formulario 9
GARANTÍA DE CALIDAD
ASEGURADORA / BANCO
GARANTÍA/FIANZA DE CALIDAD:
FECHA DE EMISIÓN:
AFIANZADO/GARANTIZADO:
DIRECCIÓN Y TELÉFONO:
Fianza/Garantía a favor de , para garantizar la calidad de obra del proyecto: “Restauración Estructura de Techos de la Xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx”, LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02, ubicado en el Casco Urbano de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx, entregado por el Afianzado/Garantizado
.
SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA:
VIGENCIA De: Hasta:
BENEFICIARIO:
CLAUSULA OBLIGATORIA: “LA PRESENTE GARANTÍA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN DE CALIDAD, A SIMPLE REQUERIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LENCAS DEL CENTRO DE LEMPIRA COLOSUCA ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCIÓN FIRME DE INCUMPLIMIENTO CONFORME X XXX, SIN NINGÚN OTRO REQUISITO.
Las garantías o fianzas emitidas a favor de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.
En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de , departamento , a los del mes de del año .
FIRMA AUTORIZADA
ANEXOS
ANEXO 1: Invitación Licitación
ANEXO 2: Especificaciones Técnicas del Proyecto ANEXO 3: Planos del Proyecto
ANEXO 1: Invitación a Licitación
AVISO DE LICITACIÓN PRIVADA NACIONAL
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LENCAS DEL CENTRO DE LEMPIRA COLOSUCA “RESTAURACIÓN ESTRUCTURA DE TECHOS DE LA XXXXXXX XXXXXX DE LA CONCEPCIÓN DE SAN
XXXXXX XXXXXXXX”
LPRN-COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02
1. La Mancomunidad Colosuca invita a las empresas, interesadas en participar en la Licitación Privada LPRN- COLOSUCA No. 2016/SPE/0000400180-02 a presentar ofertas selladas para la Restauración Estructura de Techos de la Xxxxxxx Xxxxxx de la Concepción de San Xxxxxx Xxxxxxxx.
2. El Financiamiento para la realización del presente proceso será a través de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA con fondos que provienen del proyecto “Restauración de la Iglesia de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx para su puesta en valor como motor de desarrollo local en la Mancomunidad Colosuca” (Código No. 2016/SPE/0000400180), financiado por la Cooperación Española, fondos de la Municipalidad de San Xxxxxx xx Xxxxxxxx y el Instituto Hondureño de Turismo.
3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Privada Nacional (LPRN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán solicitar los documentos de la presente Licitación hasta el lunes 5 de noviembre de 2018, mediante solicitud escrita al correo electrónico xxxxxxxx.xx@xxxxx.xxx. Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en las páginas web siguientes: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y xxx.xxxxx.xx.
5. Se realizará una visita de campo obligatoria al Sitio de las Obras el día martes 6 de noviembre a las 8:30
a.m. siendo el punto de reunión las oficinas de LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA, ubicadas en la ciudad de Gracias, Lempira.
6. Los sobres conteniendo las ofertas serán recibidos hasta las 9:00 am hora oficial de la República de Honduras del día martes 20 de noviembre de 2018, en la siguiente dirección: Salón de Sesiones de la Mancomunidad Colosuca, Antiguo Edificio Normal Mixta, Bº Mercedes, Ave Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx. 00, Xxxxxxx, Lempira. Seguidamente a la recepción de las ofertas se procederá a efectuar la apertura de las mismas en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto de apertura.
Gracias, Lempira, 29 de octubre de 2018
J. XXXX XXXXX XXXXXX PRESIDENTE MANCOMUNIDAD COLOSUCA