DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan de manera voluntaria que toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, incluidas las de su nulidad o invalidez, se regirán por las reglas de la buena fe y común acuerdo, luego serán resueltas a través de la conciliación extrajudicial. En caso no se pudiera llegar a un acuerdo por este medio, se recurrirá a la vía judicial correspondiente, para lo cual las partes renuncian expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la competencia de los tribunales de la ciudad de Lima.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En caso de surgir controversias entre el CONTRATANTE y el CONTRATISTA, las partes están facultadas para acudir a la vía coactiva fiscal.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El presente Contrato se suscribe sobre la base del principio de la buena fe, razón por la cual las partes convienen que, en caso de producirse alguna controversia entre ellas, relacionada con la interpretación, ejecución o eventual incumplimiento de este Contrato, así como de los acuerdos específicos derivados de éste, pondrán sus mejores esfuerzos para lograr mediante el trato directo una solución armoniosa, la que debidamente formalizada se incorporará al presente documento.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes declaran celebrar el presente CONVENIO según las reglas de la buena fe e intención común, en virtud de las cuales acuerdan que, en caso de producirse alguna controversia o reclamación entre ellas, relacionadas con la existencia, interpretación, ejecución o eventual incumplimiento del CONVENIO, pondrán su mejor esfuerzo, en la búsqueda de una solución equitativa y armoniosa, teniendo en cuenta los principios que han inspirado el mismo o, en su defecto, someterlo a las técnicas de mediación y arbitraje.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Por la presente Cláusula, las partes acuerdan que todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje unipersonal de derecho, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las discrepancias de los postores relacionadas con actos administrativos producidos desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato podrán dar lugar a la interposición de los recursos de apelación y de revisión. La interposición y tramitación de tales recursos se regirán por lo establecido Título IV del Reglamento (aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM), teniendo para ello en cuenta que la más alta autoridad administrativa de la SUNAT es el Intendente Nacional de Administración. Los conflictos, discrepancias o controversias que se generen de la interpretación o ejecución del contrato derivado de la presente Adjudicación Directa Pública, se resolverán mediante conciliación o arbitraje y de conformidad con lo establecido en el Artículo 53° del TUO de la Ley N° 26850.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Alternativos de Solución de Controversias.-De existir diferencias entre las partes contratantes no solventadas dentro del proceso de ejecución, podrán utilizar los procesos de mediación y arbitraje en derecho, que lleven a solucionar sus diferencias, de conformidad con la cláusula compromisoria respectiva.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. La solución directa será el mecanismo adoptado para dirimir las diferencias suscitadas entre las partes, antes de someterlas a la Jurisdicción de lo contencioso Administrativo.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que en caso surjan controversias sobre asuntos materia del presente Contrato, incluidas las referidas a rescisión, conclusión, ineficacia, nulidad, invalidez y/o resolución por incumplimiento del mismo, a elección de cualquiera de las partes, podrá optar por accionar y someterse ante:(i) El Poder Judicial de la ciudad donde se firme el Contrato; o,(ii) Sede Arbitral, siendo que EL GRUPO podrá elegir dicha modalidad de resolución de controversias, siendo obligatorio para COMPARTAMOS aceptar someterse a dicha vía cuando sea elegida por EL GRUPO. Por su parte, en los casos que COMPARTAMOS solicite la utilización de la vía arbitral, no será obligatorio para EL GRUPO someterse a dicha vía. COMPARTAMOS pone a disposición de EL GRUPO la atención de reclamos mediante los siguientes canales: • De manera presencial a través de cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional • A través de nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx • Llamando a la central telefonica al 00-000-0000 Cualquiera de los integrantes de EL GRUPO podrá presentar un reclamo, para lo cual deberá presentar la información indicada en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx o contactarnos a través de cualquiera de los canales antes indicados. COMPARTAMOS brindará la respuesta al cliente y/o usuario dentro de los 15 días hábiles de presentado el reclamo, los mismos que se podrán prorrogar excepcionalmente, siempre que, por la naturaleza del reclamo o requerimiento, requieran el pronunciamiento previo de un tercero, conforme a lo establecido en los numerales 7.1, 7.2 y 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Gestión de Reclamos y Requerimientos, aprobado a través de Resolución SBS N° 4036-2022.
DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que en caso surjan controversias sobre asuntos materia del presente Contrato, incluidas las referidas a rescisión, conclusión, ineficacia, nulidad, invalidez y/o resolución por incumplimiento del mismo, a elección de cualquiera de las partes, podrá optar por accionar y someterse ante:(i) El Poder Judicial de la ciudad donde firmen el Contrato; o,(ii) Sede Arbitral, siendo que el Cliente podrá elegir dicha modalidad de resolución de controversias, siendo obligatorio para Compartamos aceptar someterse a dicha vía cuando sea elegida por el Cliente. Por su parte, en los casos que Compartamos solicite la utilización de la vía arbitral, no será obligatorio para el Cliente someterse a dicha vía. Compartamos pone a disposición del Cliente la atención de reclamos mediante los siguientes canales: • De manera presencial a través de cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional • A través de nuestra página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx • Llamando a la central telefónica al 00-000-0000 El Cliente podrá presentar el reclamo, para lo cual deberán presentar la información indicada en la página web xxx.Xxxxxxxxxxx.xxx.xx o cualquiera de los canales antes indicados. Compartamos brindará la respuesta al Cliente y/o usuario, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de atención de reclamos.