PROCESO DE SELECCIÓN. Se entiende como las modalidades de selección objetiva previstas en la Ley 1150 de 2007 para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
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